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Educación abre investigación por una encuesta sobre sexo en instituto Requena (Valencia)


La Inspección educativa ha abierto una investigación por una encuesta sobre sexo realizada por alumnos de cuatro de la ESO de un instituto de Requena (Valencia), que formaba parte un trabajo de la asignatura optativa de Biología, han informado fuentes de la Conselleria de Educación. EFE, Valencia. La Generalitat conoció los hechos el pasado martes, después de que un padre comunicara la existencia de esta encuesta, que contenía 77 preguntas variadas de tipo sexual, que la Conselleria considera que "no son apropiadas" para los alumnos de esas edades, ya que el cuestionario se llegó a repartir entre alumnos de 12 años. La encuesta formaba parte de un trabajo realizado por los alumnos de cuarto de la ESO para una asignatura optativa en la que, al parecer, estaban tratando la educación sexual, según las mismas fuentes. Las preguntas, reproducidas por varios medios de comunicación, se referían a cuestiones como el tamaño del pene y la vagina, el lugar más habitual para masturbarse o hacer el amor, por la nacionalidad de las personas que más aguantan en la cama, o por el sexo anal y el punto G.

Un juez reconoce el derecho a objetar a un alumno de un colegio concertado


Zaragoza/Madrid, 12 de mayo de 2009. Hoy mismo se ha conocido una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza (notificada el pasado 28 de abril que) da la razón a unos padres contra la resolución del Gobierno aragonés que le denegaba la objeción a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) para su hijo de 2º de ESO. El fallo reconoce el derecho a la objeción de conciencia para el alumno (que tendría que cursar la asignatura a partir de septiembre) y lo declara exento de asistir a las clases y de ser evaluado de EpC; la objeción, según el magistrado, no podrá tener consecuencias negativas a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes. Según recuerda Teresa Monaj, portavoz de la Plataforma de padres EPC?… ARAGON VA SER QUE NO!, este Juzgado de Zaragoza es el mismo que dictó otra sentencia favorable a padres objetores a EpC el pasado 13 de abril. «Con esta resolución», asegura, «son dos las sentencias que dan la razón a los objetores a EpC tras las cuatro sentencias emitidas por el Tribunal Supremo en las que se denegaba el derecho a objetar a este conjunto de asignaturas». Los padres aragoneses esperan que las próximas resoluciones judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Aragón tenga en cuenta estas sentencias. La novedad más relevante de la nueva sentencia dictada en Zaragoza es que los padres recurrentes llevaban a su hija a un colegio concertado con ideario propio. Sin embargo, según el Magistrado, en los colegios concertados cabe perfectamente la objeción porque estos centros han de limitarse a la enseñanza reglada y no pueden apartarse (ni mucho menos contradecir) las directrices que emanan del currículo oficial de EpC. Además, la sentencia incluye los siguientes aspectos: Fundamenta su fallo en la doctrina del Tribunal Constitucional (máximo responsable de la interpretación del ordenamiento jurídico), en la propia Constitución, en algunos parámetros y votos particulares de las sentencias del Supremo y en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Las asignaturas de EpC incluyen una serie de contenidos éticos que pueden ser muy discutibles; en todo caso, lo que resulta rechazable es la necesidad de que los alumnos los asuman (hecho que afecta a los artículos 16 y 27.3 de la Constitución). El problema es que estas asignaturas obligatorias no se limitan a enseñar principios o valores generales, sino que éstos se convierten en código moral obligatorio o, al menos, óptimo. Con ello se permite al Estado el adoctrinamiento de los menores y se rompe el principio de neutralidad estatal, para establecer, valga la paradoja, una «confesionalidad laica». En la asignatura son continuas las referencias a la educación afectivo-emocional y a la toma de posturas y planteamientos de dilemas morales. Los criterios de evaluación de la EpC se configuran como un control de las actitudes personales de los alumnos respecto de lo enseñado. Por su parte, los textos de este conjunto de asignaturas muestran a las claras un adoctrinamiento en concretas opciones morales de distinto signo (dependiendo de los autores de los manuales) con el designio de hacer prosélitos. «En definitiva», concluye Teresa Monaj, «la sentencia considera que los alumnos a quienes van dirigidas estas enseñanzas, niños y adolescentes, están en un periodo de formación; si desde el Estado o el gobierno autonómico se les inculcan comportamientos en un cierto sentido, lo lógico es que los asuman. Queda claro, por tanto, que EpC contradice el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones». La Plataforma EPC?… ARAGON VA SER QUE NO felicita a todos los padres objetores a EpC por este nuevo triunfo de la libertad y espera que otros tribunales sigan dándoles la razón porque aseguran que, «a pesar de la propaganda gubernamental, la polémica sobre estas asignaturas adoctrinadoras no ha finalizado en absoluto». SE ADJUNTA SENTENCIA NOTIFICADA EL 28 DE ABRIL Para más información Teresa Monaj, Plataforma EPC?… ARAGON VA SER QUE NO, teléfono 639 763 521. Teresa García-Noblejas, Departamento de Comunicación. Profesionales por la Ética, teléfono 652881445

Las Cortes de Aragón rechazan por unanimidad cualquier forma de "adoctrinamiento" religioso o ideológico


El Pleno de las Cortes de Aragón aprobó, por unanimidad, una proposición no de ley de Izquierda Unida (IU) enmendada por el PP y Chunta Aragonesista (CHA) contra cualquier forma de "adoctrinamiento" religioso o ideológico en la docencia de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC). El acuerdo, que contó con el apoyo de los cinco Grupos Parlamentarios, PSOE, PP, Partido Aragonés (PAR), CHA e IU, alcanza a las dos redes de Enseñanza no universitaria sostenidas con fondos públicos, tanto la pública como la concertada. Los contenidos y los materiales de esta asignatura no deben incurrir en un adoctrinamiento ideológico, religioso "ni de cualquier índole", señala el documento aprobado, que emplaza al servicio de inspección educativa del Gobierno de Aragón a que "asegure", en un plazo de seis meses, a que se cumple este acuerdo. Además, las Cortes exigen que los contenidos y los materiales que se utilizan para impartir la docencia de esta asignatura coincidan con los contenidos establecidos en la misma. En su intervención, el diputado de IU, Adolfo Barrena, apostó por la Educación laica, "especialmente la pública" y consideró necesario hacer extensible este principio al resto de la Educación financiada con fondos públicos, lo que en Aragón incluye a la Enseñanza concertada. Barrena defendió la impartición de la asignatura y consideró que debe servir para favorecer el desarrollo de la personalidad y que las personas sean capaces de integrarse en la sociedad. El diputado de IU apostó por transmitir a los escolares los valores democráticos y constitucionales y rechazó que esta asignatura pueda reforzar el ideario de los centros educativos religiosos. La diputada del PP, María Antonia Avilés, se remitió a la sentencia emitida por el Tribunal Supremo (TS) sobre esta asignatura para reclamar el derecho constitucional de los padres a transmitir a sus hijos la moral que consideren oportuna y, expresamente, negó que el Estado tenga derecho a imponer una moral universal. También consideró preciso que no se inculquen a los escolares "puntos de vista sobre problemas morales que son controvertidos". Avilés introdujo una enmienda en el texto original de IU para rechazar cualquier adoctrinamiento, incluyendo el ideológico. La presidenta de CHA, Nieves Ibeas, apostó por impulsar, entre los alumnos, una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas, tras lo que recordó que los diputados de Chunta son "firmes partidarios de un Estado laico". La regionalista María Herrero apostó por transmitir a los escolares los valores constitucionales en todas las asignaturas y opinó que "ningún Grupo" Parlamentario tiene, probablemente, nada en contra de las Enseñanzas mínimas que establece un Real Decreto del Gobierno de España para esta asignatura. La socialista Mayte Pérez explicó que la asignatura de Educación para la Ciudadanía se imparte, de diversas formas, en más de 15 países de la Unión Europea (UE) y comentó que es preciso formar a los alumnos sobre sus derechos, deberes y principios fundamentales de convivencia.

Tras una "catarata" de sentencias contra la objeción a EpC, un juzgado de Zaragoza dicta sentencia favorable a los objetores


Un Juzgado de Zaragoza exime de cursar EpC acogiéndose a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Madrid/Zaragoza, 17 de abril de 2009. Dos meses después de conocerse las cuatro sentencias del Tribunal Supremo que rechazaban la posibilidad de objetar a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) y según informa la asociación aragonesa EPC?...ARAGÓN VA SER QUE NO!, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza ha notificado una sentencia (de 13 de abril, notificada el 14 del mismo mes) que reconoce el derecho de unos padres a objetar a las polémicas materias escolares, eximiendo a sus hijas (dos alumnas gemelas que cursan 3º de ESO) de cursar las asignaturas, asistir a clase y ser evaluadas. El Juzgado establece igualmente que las alumnas no podrán sufrir «consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y obtener los títulos académicos correspondientes». El Juzgado zaragozano que ha resuelto en favor de los padres objetores y contra el Gobierno de Aragón que rechazaba la posibilidad de objetar a EpC no desconoce las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo. Por el contrario, el Juzgado tiene muy en cuenta los votos particulares emitidos en las sentencias del Supremo; además, entiende que «con independencia del respeto que en todo caso le merecen las resoluciones del TS», la jurisprudencia de este Tribunal colisiona con la doctrina emanada del Tribunal Constitucional, así como con la de tribunales como el de Derechos Humanos. En definitiva, para amparar jurídicamente la objeción de los padres zaragozanos, el Juzgado se fundamenta en el artículo 16 de la Constitución Española (que regula la libertad religiosa y de conciencia), en el 27.3. (que garantiza que los padres podrán educar a sus hijos según sus convicciones religiosas y filosóficas). Además la sentencia afirma que: · La «moral común» impuesta por EpC obliga a los alumnos a la «vivencia práctica» de dicha moral, por encima de las convicciones de los padres. · Igual que no puede imponerse una enseñanza religiosa concreta, no puede imponerse una enseñanza obligatoria ideológica o moral. · Los contenidos de EpC, tal como está configurada, están sujetos a los vaivenes legislativos y a los cambios de Gobierno, lo cual supone implantar, como único valor indiscutible, el del relativismo, un concepto que es contrario a prácticamente la totalidad de las confesiones religiosas. En definitiva, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza confirma que en EpC «hay una serie de contenidos éticos que pueden ser muy discutibles, pero en todo caso lo que resulta rechazable es la necesidad de asunción de los mismos (…) El problema, en definitiva, es que no se limitan a enseñar tales principios o valores generales, cosa que ya se venía haciendo en asignaturas como Ciencias Sociales, Ética, sino que la concreción de los mismos (…) se convierte en un código moral obligatorio o al menos óptimo. Con ello, en definitiva, se permite al Estado el adoctrinamiento de los menores en los aspectos más contingentes de la realidad política y social». Con EpC, el Estado rompe su neutralidad. En conclusión, la filosofía pedagógica que inspira estas asignaturas choca con los derechos constitucionales de los padres, con independencia de que lo que se enseñe esté o no de acuerdo con las funciones paternas. Para Teresa Monaj, portavoz de EPC?...ARAGÓN VA SER QUE NO!, esta sentencia constituye un giro de 180º en la polémica sobre EpC. «Hay que recordar», afirma, «que tras las sentencias del Supremo se acusó a los objetores a EpC de politizar la educación y manipular a los alumnos. Ahora de nuevo la Justicia nos da la razón: EpC vulnera derechos fundamentales y la objeción es legítima jurídicamente». Por su parte, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, ha asegurado que « el juez tiene que atenerse a la ley, algo que en este caso se ha hecho, tomando como referencia la jurisprudencia del Tribunal Constitucional». Bazán cree que, al contrario de lo que ha difundido el Gobierno, la polémica de EpC y el respaldo jurídico a la objeción no se han cerrado en absoluto. «La polémica sigue viva y los derechos fundamentales de los padres están vigentes. El panorama judicial puede dar, a partir de ahora, un vuelco que favorezca a los objetores. No hay que olvidar que, antes de las sentencias del Supremo, los pronunciamientos judiciales favorables a la pretensión de los padres se acercaban a los 300».

Marta Cartabia, asesora Agencia Europea Derechos humanos: "Europa tiene un exceso de valores programados y un déficit de virtudes practicadasl"


Marta Cartabia, asesora de la Agencia Europea de Derechos Humanos de la Unión Europea, ha asegurado en el Encuentomadrid que “en Europa en este momento no sufrimos grandes persecuciones religiosas, pero hemos insistido tanto en la laicidad del Estado que el hecho religioso se ha privatizado”. Cartabia ha participado en una mesa redonda titulada “La cuestión religiosa en el ordenamiento jurídico actual”. Redacción Cultura - 29-03-09 Según la asesora de la Agencia Europea de Derechos Humanos en nuestra mentalidad la secularización del Estado y el tratamiento de la libertad religiosa se han convertido en lo mismo por una equivocación de nuestra historia pasada. “Estamos marcados por las guerras de religión y por las religiones de Estado, y eso se ha convertido en un rechazo del fenómeno religioso en el ámbito público”. Cartabia ha advertido de que existe el riesgo de imponer criterios laicistas, “la insistencia –ha dicho- sobre la laicidad ha mermado el ethos de la sociedad civil, por eso se difunde la Educación para la Ciudadanía”. La asesora y catedrática de Derecho Constitucional de Milán ha advertido del riesgo de que “a través de la educación de los valores se vuelva a una ética del Estado”. Pretender reconstruir un ethos público enseñando los valores civiles puede convertirse en una ilusión. Cartabia ha añadido que Europa tiene un exceso de valores programados y un déficit de virtudes practicadas. Por eso es necesario, según la catedrática, reconstruir espacios donde se recupere lo humano, como ha propuesto Benedicto XVI en el discurso que pronunció en el Colegio de los Bernardinos de París. “Un Estado que quiere el bien común –ha concluido- tiene que valorarlos y no desconfiar de esos espacios” que genera la experiencia religiosa. En la mesa redonda ha participado también Eugenio Nasarre, diputado del Partido Popular, que ha defendido la vigente Ley Orgánica de Libertad Religiosa. “La libertad religiosa tiene que formar parte del ethos de la democracia a través de una valoración positiva”. Eso es lo que, según Nasarre, se consiguió con la actual ley, que es breve y que fue expresión del espíritu de la Transición. Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid, el tercer ponente de la mesa redonda, ha explicado que el fenómeno de que el “Estado esté limitado debe mucho al hecho religioso. El Estado –ha añadido- debe superar la tentación del pensamiento de Kant y de Hegel que considera el hecho religioso un fenómeno de infantilismo”.

La sentencia de Ciudadanía, en diez días


M. Poveda. La Razón, 12/02/2009 MADRID- La sentencia del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía estará lista en diez días, tal y como se lo notifi có ayer la secretaria del Alto Tribunal al abogado de una de las partes implicadas. El dictamen resolverá los recursosde casación presentados por cuatro familias objetoras a Ciudadanía, a las que la Justicia autonómica les había denegado su derecho a la objeción. De respetarse este plazo de diez días, la sentencia se haría pública tres semanas después de que el pasado 28 de enero los magistrados del Supremo decidieran sobre el derecho a objetar a Ciudadanía de estas cuatro familias tras dos días y medio de deliberación. El retraso demuestra «que las cosas no están tan claras», han comentado fuentes de los objetores, que también prevén que los diez días «puedan alargarse aún más». Desde que se diera a conocer la posición del fallo, el Ministerio de Educación ha tratado de dar por zanjada la polémica sobre la asignatura y ha presionado a los objetores para que vuelvan a clase. Pero, lejos de resolverse, el tema de la objeción sigue más vivo que nunca. Buena prueba de ello son los «cerca de 1.700 recursos» –según la estimación de Benigno Blanco, presidente del Foro Español de la Familia– pendientes de resolverse en los tribunales. Precisamente, la única sentencia conocida tras el fallo del Supremo, procedente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha vuelto a reconocer el derecho de unos padres a objetar ya que sus hijos no estén obligados a cursar la asignatura. El fallo andaluz se dictó el mismo día que el Supremo resolvió en contra de las cuatro familias objetoras y, según Blanco, demuestra que «los tribunales siguen actuando con su propio criterio. La sentencia del Supremo no cambia nada». M. Poveda

El 28 de enero, el TSJ andaluz dictó otra sentencia favorable a los objetores


El 28 de enero, el TSJ andaluz dictó otra sentencia favorable a los objetores * derechos de los padres * educación * Objeción a EpC TSJ de Andalucía En esta oportunidad, los eximidos de EpC son los hijos de una familia granadina. * Nuevos recursos contra denegaciones de la objeción en Ciudad Real REDACCIÓN HO.- El mismo día en que la Sala Tercera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, decidía denegar el reconocimiento del derecho a objetar frente a Educación para la Ciudadanía a tres familias asturianas y a otra de Andalucía, el Tribunal Superior de Justicia de esta última región acordaba una nueva sentencia favorable al movimiento objetor. La resolución, notificada a los interesados el pasado viernes, día 6 de febrero, resuelve estimar el recurso interpuesto por un padre de Granada contra la resolución denegatoria de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Así pues, los magistrados reconocen "el derecho del demandante a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura ‘Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos", resolviendo que sus hijos pueden no cursar la asignatura, quedando exentos, en ese caso, de ser evaluados de la misma". En sus fundamentos jurídicos, la Sala de lo Contencioso-Administrativo aclara que únicamente reconoce la posibilidad de objetar a la EpC que en Andalucía se da en 3.º de la ESO y a la que, con el mismo nombre, se dará a partir del curso 2009-2010 en 5.º de Primaria. Sin embargo, deniega que se pueda hacer extensiva la objeción a otras materias (concretamente, frente a ‘Educación ético-Cívica' y ‘Cambios Sociales y de Género', esta última introducida en el currículo por la Administración educativa andaluza), puesto que "el recurrente sólo se ha referido a la primera de las asignaturas" en el texto de su demanda.

Aragón: La consejería no tomará medidas contra los objetores de Ciudadanía


Setenta jóvenes no van a clase y este mes se presentarán 50 nuevos recursos.El fallo del Supremo no sienta jurisprudencia en Aragón, sino en Andalucía y Asturias. Entra una alumna de 3° de Educación Secundaria al aula de un colegio público de Zaragoza. En la pizarra lee lo siguiente: Matrimonio igual a hombre-hombre y mujer-mujer. Esta estudiante no ha asistido a la clase anterior, en la que se ha impartido Educación para la Ciudadanía (EpC). En Aragón otros 70 jóvenes están en la misma situación. A pesar del fallo del Tribunal Supremo, en contra de la objeción, nada ha cambiado en esta comunidad. Los padres siguen en sus trece, y anuncian que a finales de este mes presentarán medio centenar más de objeciones. El Gobierno de Aragón no tiene previsto tomar medidas para obligar o sancionar a aquellos que no vayan a EpC. Apela a la responsabilidad y al razonamiento de las familias. El fallo del Tribunal Supremo, por lo tanto, no tendrá efectos prácticos en Aragón. Entre otras cosas porque se refiere solo a alumnos de Asturias y Andalucía. Habrá que esperar por lo menos a que se publique la sentencia. Aunque tampoco eso conllevará consecuencias para los objetores de esta comunidad. "La Administración se está aprovechando de la ignorancia jurídica de la ciudadanía. El fallo no vale para todos, sino para los casos concretos a los que se refiere y en esas comunidades", explica Vicente Franco, un padre cuya hija de 3° de Secundaria sigue objetando a la asignatura en un centro concertado de Zaragoza. En Aragón, 70 alumnos siguen sin ir a clase de esta asignatura. Así continuará siendo, por lo menos a corto plazo. El Departamento de Educación asegura que cuatro estudiantes de Huesca ya han regresado a las aulas, aunque la plataforma de oposición a esta materia reitera que las cosas "siguen igual", explica Teresa Monaj, portavoz de esta asociación. "Nuestra intención es continuar con las acciones. Se ha vendido el fallo como un gran triunfo, pero en realidad no supone nada. No es cierto que siente jurisprudencia. El Gobierno quiere cortar este movimiento, pero no lo va a conseguir. Aquí en Aragón seguiremos adelante y este mes presentaremos 50 objeciones en el Servicio Provincial de Educación. El movimiento sigue creciendo", avanza Monaj. El movimiento de oposición contra esta asignatura, lejos de apagarse, sigue vivo, e incluso puede ganar fuerza. "Las objeciones aumentarán porque algunos padres presentaron recursos cuando sus hijos no cursaban la materia. Dentro de poco deberán hacerlo, con lo cual el número seguirá incrementándose", pronostica Carlos Pérez, de la plataforma contra EpC. Desde el Gobierno de Aragón, sin embargo, se muestran más reservados, y recuerdan que algunas de las objeciones las presentaron madres embarazadas, o que hubo personas que presentaron hasta tres recursos. Los padres lo tienen claro. "Nosotros seguiremos objetando. Mi hija no está de acuerdo con lo que se enseña en esta asignatura. Y yo lo veo inadecuada. El Estado no puede sustuirme como padre, no debe impartir moral, porque es algo que me corresponde a mí", subraya Ricardo Moreno, otro padre objetor.

El TS avala la enseñanza de la religión en «condiciones equiparables» al resto


MADRID- La inclusión de la enseñanza de la religión católica en todos los centros de educación, «en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales» y en un régimen «de seguimiento libre» por parte de los alumnos, es plenamente legal y en ningún caso vulnera el principio de aconfesionalidad del Estado. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una sentencia en la que rechaza el recurso interpuesto por Izquierda Republicana contra la regulación de la enseñanza de religión que figura en el Real Decreto de 2006, que fija los contenidos mínimos del segundo ciclo de educación infantil. Además, ese partido solicitaba también que el Supremo plantease una cuestión de inconstitucionalidad respecto al Acuerdo firmado en 1979 entre España y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, petición que ha sido igualmente rechazada. En este sentido, la Sala esgrime que la inserción de la enseñanza de la religión en los planes educativos de los centros hace posible «tanto el ejercicio del derecho de los padres de los menores a que éstos reciban la enseñanza religiosa y moral acorde con las convicciones de sus padres, como la efectividad del derecho de las iglesias y confesiones a la divulgación y expresión pública de su credo religioso, contenido nuclear de la libertad religiosa». De esa forma, afirma el Supremo al respecto, «es igualmente obligado el respeto por todos, incluido el Estado, de que la educación que se imparta salvaguarde» ese derecho que asiste a los padres. Por ello, el currículo de la enseñanza religiosa «no suplanta la acción del Estado, sino que, por contra, la acomoda al mandato de «respetar el conocimiento de los valores religiosos y morales que los padres deseen para sus hijos, dentro del respeto a la libertad religiosa que la Constitución reconoce». Todo lo anterior no significa, como sostenía el partido recurrente, una vulneración de la aconfesionalidad del Estado, pues ésta no significa que se tenga que negar «el hecho religioso al que tienen derecho sus ciudadanos y, en general, los seres humanos. Y, en ese sentido, la aconfesionalidad del Estado no impide, «sino que implica», que los poderes públicos deben tener en cuenta «las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones». En el caso de la Iglesia Católica, la cooperación se articula en el Acuerdo con la Santa Sede, que tiene valor de tratado internacional.

Comunicado de Prensa de ANDOC, sobre la sentencia del Tribunal Supremo en los recursos frente a EpC


Comunicado de Prensa de la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (ANDOC), sobre la sentencia del Tribunal Supremo en los recursos frente a EpC A falta de conocer el contenido completo de la sentencia que, muy probablemente, introducirá matices importantes en la percepción inicial de la escueta nota que ha hecho pública el Tribunal Supremo, queremos hacer las siguientes manifestaciones: El pronunciamiento del Tribunal niega que exista el derecho a la objeción de conciencia en los casos examinados, pero no cierra la puerta a que se pueda plantear y reconocer en otros casos o en otros ámbitos procesales diversos. De una parte, cabe recurso ante el Tribunal Constitucional que ya en otras ocasiones ha reconocido el derecho a la objeción de conciencia, frente a una negativa previa del Supremo. El TC tiene una competencia específica para enjuiciar lesiones de los derechos fundamentales -como lo que ahora se discute- y es aventurado concluir nada sin esperar su postura y, en su caso, lo que determine el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por otro lado, la sentencia del TS contendría, según se ha sabido, un matiz importante al señalar que, aunque la asignatura como tal no lesione, en principio, el derecho fundamental de los padres a que sus hijos reciban una formación moral y religiosa de acuerdo con sus convicciones, no podrá ser un instrumento para que las autoridades administrativas o escolares, ni profesores, impongan a los alumnos criterios morales o éticos que son objeto de discusión en la sociedad. Su contenido debe centrarse en la educación de principios y valores constitucionales. El pronunciamiento del Supremo, no resta validez ni legitimidad alguna a la objeción de conciencia del personal sanitario y de los farmacéuticos, que ha sido reconocida tanto por el Tribunal Constitucional, como por el mismo Supremo y otros Tribunales inferiores, como un derecho fundamental de carácter individual vinculado a la libertad ideológica y de conciencia del artículo 16 de la Constitución. Compartimos con el resto de las Asociaciones defensoras del derecho a la objeción de conciencia a la EpC, la preocupación por el daño que puedan causar al derecho a la objeción de conciencia las manifestaciones precipitadas y con un claro interés descalificador, realizadas desde determinados medios políticos y mediáticos. Pero reafirmamos nuestra voluntad de seguir empleando todos los medios legítimos a nuestro alcance, especialmente los legales, para defender un derecho que consideramos esencial para el buen funcionamiento de la democracia, basada en el respeto a la dignidad y libertad de los ciudadanos. Jaén, 29 de enero de 2009

Las organizaciones favorables a la objeción valoran la sentencia del Tribunal Supremo sobre EpC


Madrid.- 28 de enero de 2009.- Las Organizaciones que defienden la objeción de conciencia en torno al conjunto de materias que conforman Educación para la Ciudadanía han ofrecido en el día de hoy una rueda de prensa para valorar conjuntamente el fallo del Tribunal Supremo que establece que “no existe el derecho a la objeción de conciencia” a la asignatura. Estas organizaciones destacaron que aún faltan muchos datos sobre la sentencia para valorarla en su conjunto y todo hace indicar que será una sentencia compleja y llena de matices, ya que han sido necesarios dos días y medio para llegar a una decisión por parte del Alto Tribunal. Las organizaciones no descartaron acciones de cara al futuro, una vez conocida la sentencia en su totalidad, bien ante el Tribunal Constitucional, y si llegase el caso a otras altas instancias internacionales. Asimismo, los convocantes han manifestado que los centros tendrán el máximo respeto y sensibilidad a las decisiones de las familias, evitando aspectos que entren dentro del terreno de la sensibilidad de las familias y su derecho a educar en la moralidad. Finalmente, los intervinientes han destacado que un tercio del Supremo no ha votado de manera favorable al fallo hecho público hoy, por lo que piden al Ministerio una mayor sensibilidad en este sentido y le invitan a revisar los contenidos de la materia.

EpC.- El TSJA reconoce en dos nuevas sentencias la objeción de conciencia en dos centros de Granada


La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reconocido en dos nuevas sentencias la objeción de conciencia de tres menores a la asignatura 'Educación para la Ciudadanía' (EpC), concretamente en dos centros de Granada. La Sala señala además que los menores tienen derecho a no ser obligados a cursar la asignatura y a no ser evaluado ni se tenga en consideración "a efectos de la promoción u obtención de títulos", según consta en los fallos, facilitados a Europa Press. Es la primera vez que el TSJA emite sentencias que afectan a alumnos y a centros de Granada, según señaló hoy en un comunicado la plataforma 'La Rosa Blanca de Granada' que, junto al Foro de la Familia y otras asociaciones, se ha opuesto a la implantación la asignatura en la provincia. Las sentencias se basa en fallos anteriores del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para indicar que cabe el derecho a la objeción de conciencia contra EpC, ya que en los Reales Decretos en las que se regula "se emplean conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa" y se produce una "vulneración del principio de neutralidad ideológica de los poderes públicos", atentando contra los artículos 16.1 (libertad ideológica y religiosa) y 27.3 (derecho de los padres a educar a sus hijos en sus propias convicciones) de la Constitución Española. Se indica, además, que es indiferente qué principios o qué convicciones tengan los padres para apreciar estas vulneraciones. 'La Rosa Blanca en Granada' y las demás asociaciones consideran que con estas dos nuevas sentencias se ven reflejadas "punto por punto" sus argumentaciones relativas a la asignatura, tal y como las han expresado en el último año a la opinión pública, "ya que no han podido presentarlas ante la Delegación de Educación, que se ha negado sistemáticamente a recibirlas". Se pone de manifiesto a su juicio el carácter ideológico de EpC, "que atenta contra los derechos fundamentales de todos los padres, sea cual sea su ideología o sus convicciones religiosas, y que, como consecuencia, ha producido el mayor movimiento de objeción de conciencia que ha visto la democracia española". La Junta de Andalucía debería, según consideraron desde la plataforma, "retirar la asignatura y no volver nunca a plantear una intromisión ideológica en el sistema educativo". "Se hace evidente, además, la necesidad de que los responsables políticos que han cometido este atentado contra los derechos fundamentales de las familias andaluzas presenten su dimisión, pues se ha demostrado su desprecio hacia las libertades democráticas y hacia el sistema educativo andaluz, que han intentado utilizar para sus propios intereses políticos. Una violación de los derechos fundamentales puesta de manifiesto por el más alto tribunal de Andalucía no permite que los responsables políticos de la misma se mantengan en sus cargos", concluyeron.

TSJCantabria niega a dos alumnas la objeción a EpC porque es un "mínimo" referente ético basado en la Constitución


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha denegado a la madre de dos alumnas de la región el derecho a la objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) porque, según la Sala, la asignatura se sustenta en los valores constitucionales y de los Derechos Humanos para trasladar un "mínimo referente ético" que "respeta" todas las opciones, incluidas por tanto las de los padres de las menores. La sentencia, fechada el pasado viernes, 16 de enero, es la primera que dicta el TSJC en relación a la objeción a esta asignatura y concluye que los principios que inspiran Educación para la Ciudadanía contribuyen a fomentar el pluralismo, "mediante el respeto --que no la imposición o exaltación-- de conductas diferentes". "Difícilmente puede hablarse de adoctrinamiento dirigido por el Estado en suplantación de las convicciones morales de las familias, sino del respeto a dichas plurales opciones, entre las que se encuentran, evidentemente, las que profesan los recurrentes", subraya la sentencia en respuesta a los argumentos de la madre de las dos alumnas. La sentencia cuenta sin embargo con un voto particular de un magistrado, Rafael Losada, que no comparte el fondo y defiende, por contra, el derecho a la objeción de conciencia. Y es que, a su juicio, la asignatura "constituye un intento de adoctrinamiento por parte del Estado que excede sus competencias", ya que se pretende "conformar en los alumnos una conciencia moral cívica concreta a través del establecimiento como valores y virtudes de unos determinados que el propio Estado incorpora más allá de su dimensión política".

El Supremo desarma el boicoteo y obliga a cursar Ciudadania (El País, 29 de enero de 2009)


La Sala aprecia que no hay adoctrinamiento en la asignatura en un fallo acordado por una amplia mayoría de magistrados El Tribunal Supremo ha puesto punto final a la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, impulsada desde el Foro de la Familia y otros sectores integristas católicos y respaldada por el PP en algunas autonomías, en una sentencia que determinará que la asignatura es obligatoria y hay que cursarla. Después de tres días de intensos debates sobre un asunto fuertemente ideologizado, los magistrados llegaron a un acuerdo que ayer dejó satisfecho al Gobierno y cuyos detalles se conocerán en las próximas semanas. El Pleno de la Sala de lo Contencioso acordó por 22 votos frente a 7 rechazar la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, al entender que no vulnera el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones, (artículo 27.3 de la Constitución), ni el derecho a la libertad ideológica y religiosa del artículo 16. La sentencia dejará claro, según fuentes del Supremo, que la asignatura hay que cursarla en todo caso, puesto que el alto tribunal no ha apreciado que haya "adoctrinamiento" al examinar las leyes educativas y ponerlas en relación con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No obstante, el alto tribunal deja la puerta abierta a que si en los desarrollos de los decretos autonómicos o en los libros de texto se apreciasen por los padres contenidos contrarios a esos derechos, puedan impugnar esos contenidos bien ante la inspección educativa o, en su caso, ante los tribunales de lo contencioso. El Pleno de la Sala de lo Contencioso examinó concretamente el decreto estatal y del Principado de Asturias y la conclusión es que ninguno de los dos vulneran los derechos establecidos en los artículos 27.3 y 16 de la Constitución. La sentencia del Tribunal Superior de Andalucía que reconoció por primera vez el derecho a la objeción no cuestionó el decreto de la Junta, sino el estatal, que ha sido avalado por el Supremo. Las fuentes consultadas no creen que de los demás decretos autonómicos, que en su mayoría se limitan a reproducir el estatal, se deduzcan motivos de inconstitucionalidad. Tampoco parece probable que los recursos pendientes en el Supremo -alrededor de 135- puedan contradecir la sentencia del Pleno dado que la mayoría se plantearon siguiendo un patrón común distribuido a través de Internet por los colectivos que alentaron la objeción de conciencia. Sin embargo, el alto tribunal dejará a salvo que, al margen de la objeción, si por parte del Estado o de las administraciones autonómicas se detectan contenidos de libros de texto que vulneren derechos constitucionales, la Inspección correspondiente podrá hacer proceder a su retirada. Y si antes de que la Inspección actúe los padres consideran que determinados libros de texto presentan contenidos que vulneran sus derechos, podrán pedir su retirada a la Administración o acudir a la vía contencioso administrativa. Las fuentes consultadas precisaron que lo que la sentencia no hará es precisar de qué se puede hablar y de no se puede. La sentencia del Tribunal Superior de Andalucía, primera que se dictó en España reconociendo el derecho a la objeción, y de la que fue ponente Enrique Gabaldón Codesido, hijo del ex presidente del Foro de la Familia, José Gabaldón, ha sido declarada nula. El magistrado del Tribunal Supremo Juan José González Rivas, ponente de los recursos contra esa sentencia y que era partidario de confirmarla, ha sido relevado de la ponencia, que pasará a otro magistrado. Los debates han durado alrededor de 20 horas y, según fuentes de los magistrados, no han sido broncos ni agresivos, dado que todos tomaron conciencia de que tenían que hacer un esfuerzo al tratarse de un tema fuertemente polarizado. Con todo, "no ha sido fácil y ha habido que pelear mucho para que el resultado no fuera el contrario al que ha salido", indicó un magistrado de la mayoría. Los magistrados examinaron otras sentencias de tribunales superiores, en algunas de las cuales se recogen razonamientos sobre contenidos concretos de libros de texto de la asignatura. En general, casi todos conocían alguno o varios de los libros, pero no llegaron a utilizarlos materialmente en el Pleno. Los colectivos que han apoyado el boicoteo a la asignatura, significadamente el Foro de la Familia, la fundación San Pablo CEU, la Confederación Católica de Padres de Familia y Profesionales por la Ética, han anunciado que acudirán en amparo del Tribunal Constitucional, aunque éste se prevé difícil a corto plazo. Expertos conocedores del Constitucional ven muy difícil que se les conceda la suspensión de la sentencia del Supremo hasta que se resuelva el recurso. Por tanto, todo apunta a que los hijos de padres objetores tendrán que volver a las aulas si quieren recuperar el trimestre perdido, dado que la asignatura es obligatoria.

El Supremo avala la Ciudadanía que hubiera podido ser (EL Mundo, 29 de enero de 2009)


EL TRIBUNAL Supremo acaba de salvar la asignatura de Educación para la Ciudadanía al establecer que no cabe la objeción de conciencia ni ante los dos decretos estatales que regulan la materia ni en los cuatro casos concretos analizados. Esto significa que los más de 50.000 alumnos cuyas familias habían objetado la asignatura deberán acudir a clase y estudiar la materia tal y como su centro la haya conformado. Sin embargo, para obtener la amplia mayoría de 22 contra 7 en el fallo, el Supremo va a incluir en la sentencia una importante matización: que la asignatura no permite a las autoridades administrativas o escolares, ni a los profesores, imponer a los alumnos riterios morales o éticos que sean objeto de discusión en la sociedad, puesto que el contenido de la materia debe centrarse en la educación de principios y valores constitucionales. Esta salvedad supone en el fondo una tremenda ironía pues lo que el Supremo está avalando es la EpC tal y como debería haber sido desde un principio. Es evidente que la gran mayoría de la sociedad española hubiera estado de acuerdo con una asignatura que se hubiese ajustado a ese modelo, por la misma razón que la Carta Magna sigue generando un amplio consenso. La polémica de la asignatura no es su teoría –enseñar civismo– sino su desarrollo en la práctica, y basta una rápida ojeada por algunos manuales de la asignatura para constatar hasta qué punto pueden diferir de ese ideal al que aspira el Supremo: mientras unos libros descalifican la laicidad, otros critican las posiciones de la Iglesia católica; mientras unos se niegan a reconocer el matrimonio homosexual, otros lo reivindican; mientras unos animan a los jóvenes a llevar consigo preservativos en todo momento, otros abominan de la experimentación con embriones. Parecería que en principio todos estos contenidos podrían ser impugnados según la sentencia del Supremo, pero también es cierto que en el caso de que los padres denuncien su caso particular, lo más probable es que el fallo se produzca cuando su hijo haya terminado el curso. Será, por tanto, una magra victoria. Todo esto no hubiera ocurrido si el Gobierno hubiese planteado la asignatura en la estela de las que ya existen en otros países europeos, y no como una puerta abierta para difundir su ideología. Ayer la ministra Mercedes Cabrera se congratulaba de que el fallo del Supremo dará fin a la «batalla política» en torno a la asignatura, pero la iniciativa para evitar que la Educación sea objeto de luchas partidistas debe brotar de quien gobierna y, en este sentido, bastaría con que el Ejecutivo hubiese consensuado los contenidos de la EpC con todos los partidos que defienden la Constitución, y en particular con el principal partido de la oposición, promoviendo una materia que difunda los principios y valores de la Carta Magna. En lugar de eso, lo que hizo fue permitir que cada centro haga de su capa un sayo y adapte la materia a su particular ideología o sistema de creencias, con la ridícula asunción de que esta asignatura va a convertirse en un criterio fundamental para elegir colegio en un país donde tal posibilidad está, en la práctica, bastante limitada. Lejos de «resolver el larguísimo debate» como afirmó ayer la ministra, el fallo del Supremo sólo le aplica un punto y aparte. Varias familias de objetores ya anunciaban ayer que recurrirán la sentencia ante el Constitucional y el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos si no comprueban que la asignatura cambia sus contenidos de acuerdo con lo que propugna el Supremo, convirtiéndose en lo que siempre debería haber sido.

Padres de Baleares recurren ante el Supremo la denegación del Tribunal Superior de Baleares de la objeción de conciencia a EpC


Palma de Mallorca. Los padres de Baleares objetores a la enseñanza de la asignatura Educación para la Ciudadanía y derechos Humanos (EpC) han presentado ante el Tribunal Supremo (TS) el primer recurso de casación contra la sentencia desestimatoria de la objeción de conciencia a esta materia, emitida el pasado 5 de noviembre por el Tribunal Superior de Justicia de las islas (TSJIB). En un comunicado, el Instituto de Política Familiar (IPF) de Baleares ha señalado que será el próximo 26 de enero cuando el alto tribunal se pronuncie sobre otros dos recursos presentados por padres de Asturias y Andalucía. Según recordó la entidad, hasta la fecha se han producido en todo el Estado 263 resoluciones favorables a los padres objetores. En concreto, estas decisiones proceden de Andalucía (36 sentencias y 82 autos de medidas cautelares), La Rioja (23 sentencias), Castilla y León (63 autos), Aragón (tres sentencias y 17 autos), Castilla La Mancha (33 autos) y Extremadura (dos sentencias y cuatro autos). Tal y como concretó, el recurso de casación señala que a través de EpC se está produciendo un "adoctrinamiento" en virtud de sus contenidos apologéticos, morales e ideológicos, y que "desde los mismos Decretos se está produciendo un exceso al pretender educar en valores a los hijos-alumnos, que no se hallan recogidos como principios constitucionales". En cuanto a la sentencia del TSJIB, es la primera vez que este órgano judicial se pronuncia sobre un recurso presentado por unos padres en Baleares para que sus hijos no cursen la citada asignatura. El tribunal considera que la materia "no incide en valores religiosos sobre posiciones morales o ideológicas", tal y como argumenta la parte demandante, sino que "educa en valores" de manera "objetiva, crítica y pluralista". Unas consideraciones que el IPF considera que no "se adentran jurídicamente en el fondo del recurso", sino que vienen a instaurar "fundamentos ideológicos" que deben ser "ajenos" a toda resolución judicial.

EpC.- Los objetores a la asignatura amenazan con recurrir al Constitucional si el Supremo no avala su postura


Los objetores a la asignatura obligatoria de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) manifestaron hoy que si el Tribunal Supremo no avala su portura, recurrirán al Tribunal Constitucional, al que pedirán, además, que de forma cautelar permita a los alumnos que no desean cursar la asignatura no asistir a clase hasta que dicte sentencia. Así lo advirtieron hoy en rueda de prensa representantes de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), el Foro de la Familia, la Confederación Católica de Padres de Alumnos (CONCAPA), la Asociación Católica de Propagandistas (ACdP) y Profesionales por la Ética, con motivo de la reunión del pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, el próximo 26 de enero, para resolver los primeros recursos de casación pendientes contra varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el de Asturias. Por tanto, van a ser los primeros casos en los que el Alto Tribunal va a tener la oportunidad de unificar doctrina para todos los tribunales y administraciones de justicia de España sobre si deben o no amparar la objeción. "No somos ciudadanos rebeldes e insumisos", advirtió el presidente del Foro de la Familia, Benigno Blanco, que aclaró que tanto padres como asociaciones han optado por la vía jurídica para defender ante los tribunales lo que consideran "un derecho". "Tenemos una absoluta confianza en lo que pueda dictar y esperamos con ansia el pronunciamiento, porque estamos seguros de que va a ser comprometido con la libertad y los derechos constitucionales como los que reclamamos", aseveró. En la misma línea, el presidente de los propagandistas, Alfredo Dagnino, señaló que los padres y asociaciones "confían" en la Justicia y "acatarán" la sentencia del Supremo. Sin embargo, advirtió de que seguirán su "batalla cívica, no sólo jurídica sino también cultural, gracias al compromiso decidido de los padres". Recordó, además, que este colectivo ha optado "de forma legítima" por el derecho a la objeción de conciencia, "que no exige un reconocimiento específico". "PEDIMOS RESPETO PARA EL SUPREMO TRABAJE SIN COACCIÓN" Por su parte, el presidente de la confederación católica, Luis Carbonel, denunció la campaña, "orquestada por alguna asociación de padres y por el Gobierno", para "intentar infundir miedo y presionar al Tribunal Supremo para que dicte una sentencia en contra de los objetores". "Esta actuación roza casi lo delictivo", subrayó Carbonel, para pedir "respeto" parta que los magistrados del Supremo "trabajen sin ningún tipo de coacción". En representación de la plataforma Profesionales por la Ética, cuyo principal objetivo desde hace dos años ha sido informar y asesorar a padres y asociaciones sobre la posibilidad de objetar a la materia, así como de llevar un recuento de las objeciones, su secretario general, Fabián Fernández, indicó que existen más de 50.000 impugnaciones; 17.000 recursos judiciales; 78 asociaciones de padres; y más de 270 resoluciones (tanto autos como sentencias) "que amparan esta iniciativa". "Esta batalla está haciendo historia y supone un hito sin precedentes en España", celebró.

El TSJN volverá a analizar la objeción a Educación para la Ciudadanía


El TSJN volverá a analizar la objeción a Educación para la Ciudadanía - El pasado diciembre, rechazó el recurso contra la primera sentencia debido a que no se justificaba qué norma estatal o comunitaria había infringido en su resolución - El tribunal emplaza a las partes a que comparezcan ante la Sala Tercera del Supremo en el plazo de treinta días AGENCIAS. Pamplona Viernes, 16 de enero de 2009 - 14:35 h. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha admitido a trámite el recurso de casación contra la segunda de las sentencias dictadas por este órgano que rechazaban la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) y ha decidido dar traslado del expediente al Tribunal Supremo para que sea éste quien juzgue. El pasado diciembre, el TSJN rechazó en un auto el recurso contra la primera sentencia debido a que en el escrito presentado por el abogado recurrente no se justificaba qué norma estatal o comunitaria había infringido el TSJN en su resolución, decisión que se encuentra actualmente recurrida por los padres. En esta ocasión, en cambio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN ha admitido a trámite el segundo recurso de casación ante el Tribunal Supremo tras incluir el escrito de los recurrentes los artículos y preceptos estatales y comunitarios supuestamente infringidos. En la providencia de hoy, el TSJN emplaza a las partes a que comparezcan ante la Sala Tercera del Supremo en el plazo de treinta días.

La objeción de conciencia, a debate en Soria. Conferencia de José Antonio Díez en Sala Gaya Nuño de Soria


(Por gentileza de la revista "Alumni" de la Universidad de Navarra, reproducimos la reseña de la conferencia pronunicada por José Antonio Díez en Soria, el pasado 31 de octubre. El pasado día 31 de octubre, tuvo lugar en el Salón Gaya Nuño, de Caja Duero, una conferencia de José Antonio Díez Fernández, sobre el tema Objeción de conciencia. Es la primera del ciclo de conferencias “Educando a los hijos”, que organiza la Fundación Arribes de Duero en colaboración con Alumni Universidad de Navarra. Díez es doctor en Derecho y, tras dedicarse a cuestiones de bioética, trabaja actualmente como Coordinador general de la Asociación para la Defensa de la Objeción de Conciencia. La conferencia estuvo dividida en dos partes, la primera destinada a mostrar los rasgos de la objeción de conciencia, y la segunda enfocada al caso concreto de la objeción de los padres a que sus hijos reciban la asignatura mencionada. Díez la diferenció de otras conductas que pretenden rebelarse ante una ley injusta, como pueden ser la desobediencia civil y la insumisión. Esta conducta está recogida en la Constitución como posible cuando se refiera a los derechos fundamentales referidos en nuestra Carta Magna. Pero es inviable que sea de aplicación automática, pues supondría el caos: todo el mundo podría objetar a cualquier cosa, y el ordenamiento legal quedaría sin fuerza. Por este motivo, cada cuestión de objeción de conciencia debe ser reconocida como tal por los tribunales para ser efectiva. En la “Educación para la ciudadanía” está en juego la libertad de los padres a educar a sus hijos según sus propias convicciones, recogida en el artículo 27 de la Constitución. El ponente señaló que muchos (entre el 65 y el 75 % de la población, dependiendo de los aspectos) ignoran su contenido, y la exigencia, no de conocimientos por parte del alumno, sino de actitudes, que serán evaluadas; esto implica además que el alumno se ve obligado a revelar externamente sus creencias, en contra del derecho también recogido en la Constitución. El problema ha adquirido tal magnitud, que en un año ha habido más de 50.000 ob-jeciones presentadas, lo que deja en mantillas una cifra similar de la objeción de conciencia al servicio militar, que tardó unos 10 años en alcanzar esa magnitud. Muchas de esas objeciones han sido desestimadas y se ha recurrido. El ponente mencionó que ya hay 146 sentencias de tribunales a dichos recursos, de las que 143 son favorables a la postura objetora; entre éstas, hay tres sentencias de tribunales superiores, dos a favor de los objetores y una en contra. La cuestión es candente. El acto concluyó tras algunas preguntas de los presentes para aclarar detalles, es-pecialmente de tipo jurídico. Tras los aplausos de rigor, Jaime García de Cárdenas se acercó a saludar al ponente: daba la casualidad de que habían sido compañeros de Colegio Mayor cuando ambos estudiaban en Madrid. A la salida, como el conferenciante reside en Jaén, comentó con Antonio Pardo (PhD MED’90) las cuestiones planteadas por el reciente proyecto de ley andaluz sobre el proceso de morir, que contiene numerosas cuestiones prácticas de difícil viabilidad; ambos se conocían por haber colaborado recientemente con el Máster en Bioética de la Universidad de Navarra, de la que el Dr. Pardo es subdirector.

Primera sentencia en Extremadura reconociendo la objeción de conciencia a EpC


Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo resuelve a favor de dos familias cacereñas y afirma que esas asignaturas vulneran los derechos constitucionales de los padres. REDACCIÓN HO (16-12-2008)- En la mañana de hoy se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Cáceres ha dictado la primera sentencia relativa a EpC en Extremadura. La resolución, según da a conocer la 'Plataforma Independiente de Padres Objetores de Conciencia a Educación para la Ciudadanía de Cáceres' por medio de un comunicado, es favorable a los padres que han objetado al conjunto de asignaturas denominadas genéricamente Educación para la Ciudadanía (EpC). La sentencia resuelve el recurso presentado por dos familias objetoras de Cáceres contra la Resolución del Delegado Provincial de Educación, que les denegó en su día el reconocimiento del derecho a ejercer objeción de conciencia y que fue confirmada por el Director General de Calidad y Equidad Educativa. Ninguno de los dos alumnos que ahora han quedado eximidos por el fallo judicial asistió durante el curso pasado a clase de EpC, por haberse declarado objetores sus padres. Ahora, tras meses de recursos y apelaciones, los tribunales dan la razón a estas familias. Hasta la fecha, los juzgados extremeños habían dictado varios autos de medidas cautelares que amparan provisionalmente a los objetores, pero ésta es la primera sentencia que reconoce su derecho a oponerse por razones de conciencia a que sus hijos cursen las mencionadas asignaturas, porque sus actuales currículos representan una intromisión del Estado y del gobierno autonómico en la formación de moral de los alumnos.

División en el Supremo sobre el derecho de objetar a Ciudadanía


MAGISNET, 3/12/2008 La Sección 7ª traslada al pleno la decisión sobre si cabe objetar a los decretos de Educación para la Ciudadanía. La división entre los cinco magistrados de la Sección 7ª de la Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sobre el derecho a objetar contra los decretos de Educación para la Ciudadanía impuestos en algunas comunidades es reflejo de la división de la sociedad española. Desde la propuesta inicial esta asignatura ha sido mal diseñada y peor comprendida. Ante la posibilidad de convertirla en medio de adoctrinamiento ideológico, los padres agrupados en torno al Foro de la Familia, Profesionales por la Ética o Concapa, entre otras organizaciones, han protestado por todos los medios para evitar que sus hijos cursasen la asignatura. Ante esta división en la Sección 7ª de la Sala 3ª, y la falta de consenso entre los magistrados, el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Ramón Trillo, ha decidido llevar al pleno la decisión, según la fuentes consultadas por MAGISTERIO. Una sentencia sin el consenso suficiente no resolvería el problema de la división y algunos ciudadanos podrían acogerse a los votos particulares de los magistrados en minoría. Un tema tan importante para la sociedad, y tan judicializado ya en este momento, exige una postura común, unitaria y contundente por parte de los 32 magistrados de la Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo. Decisión en enero La decisión se hará pública en el mes de enero, como pronto, cuando se reúna el pleno de la Sala 3ª. En ese mismo momento se dará a conocer la decisión para así evitar filtraciones interesadas. Por otro lado, la situación jurídica con respecto a la materia hace imprescindible el pronunciamiento del Supremo, ya que la disparidad de sentencias de Tribunales Superiores de Comunidades Autónomas impide que exista una doctrina jurídica común respecto a la materia. Este es el primer curso escolar en el que se imparte en toda España el área de Educación para la Ciudadanía, un conjunto de asignaturas que ha despertado, paradójicamente, la oposición de buena parte de la ciudadanía española. Formando parte de asociaciones o constituyendo agrupaciones y plataformas espontáneas, miles de padres y madres han recurrido a un derecho constitucional, el de la libertad ideológica y de conciencia, para defenderse frente a lo que consideran una intromisión estatal en la Educación de sus hijos. El resultado de este movimiento cívico es que ya se han presentado 50.420 objeciones de conciencia (correspondientes a otros tantos alumnos) en el conjunto de todas las comunidades autónomas y también de Portugal, país en el que se han registrado 21 objeciones de españoles que llevan a sus hijos al Instituto Español de Lisboa.

La Junta de Castilla-León dicta una resolución por la que exime provisionalmente a varios alumnos de cursar EpC


De esta forma, tal como concluye la orden, resuelve que "queda sin eficacia jurídica la obligatoriedad de cursar, recibir las enseñanzas y ser evaluado de la citada asignatura, sin perjuicio del mantenimiento de las obligaciones de escolarización y custodia que competen a la Junta de Castilla y León". De esta forma la Consejería de Educación, una vez conocidos los autos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha rectificado su actitud, contraria hasta ahora a adoptar dicha medida a todos los alumnos objetores sin necesidad de acudir al Tribunal. Las distintas plataformas de Castilla y León, que defienden los derechos de los padres y les prestan apoyo jurídico, junto con otras asociaciones de ámbito nacional, valoran muy positivamente esta medida adoptada por la Consejería. Los portavoces de los padres objetores castellanoleoneses consideran que esta medida, todavía provisional, es muy importante, además, porque, tal como ya hizo el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la orden reconoce que Educación para la Ciudadaníaengloba distintas asignaturas. Concretamente los alumnos a los que afecta la medida adoptada por la Consejería de Educación están cursando distintas asignaturas: Educación para la Ciudadanía en 2º de E.S.O, Educación Ético-Civica en 4º de E.S.O y Filosofía y Ciudadanía en 1º de Bachilllerato. La portavoz de Salamanca Educa en Libertad, Lourdes Ruano Espina, y el portavoz de Padres por la Libertad de Valladolid, José Sanz Aguilar, dos de las plataformas a las que pertenecen los alumnos a los que afecta la medida adoptada por la Consejería, consideran que “ésta es una buena noticia para todos, pero particularmente para aquellos padres que se encontraban en situación de indefensión, al no haber podido hacer valer sus Derechos Fundamentales ante los Tribunales de Justicia por inactividad de la Administración”. Dichas Plataformas han declarado, a través de sus portavoces: “lamentamos que haya sido necesaria la interposición de más de 250 recursos judiciales para que la Consejería de Educación haya rectificado su postura, pero reconocemos que esta decisión constituye un avance importante en el reconocimiento y la efectividad de los Derechos Fundamentales.” Recuerda Ruano, no obstante, que “la objeción de conciencia no es una mera solicitud, como se desprende del tenor literal de la resolución, sino la declaración o manifestación del ejercicio del derecho constitucional a la objeción de conciencia.” El abogado de las Plataformas de Salamanca, Valladolid, Soria y Ávila, Francisco José Ramos Vega, así como Esther Lázaro Hernanz, abogada de la plataforma Segovia Educa en Libertad han valorado positivamente la orden de la Consejería de Educación de Castilla y León. La portavoz de la Plataforma Segovia Educa en Libertad, Inmaculada López, ha manifestado que “ante esta situación insostenible, con más de 50.000 objeciones de conciencia, cerca de doscientas resoluciones favorables a los objetores (entre autos y sentencias), los padres instamos, una vez más, al Gobierno de la Nación a reconsiderar su postura, al igual que ha hecho la Junta de Castilla y León, y retirar Educación para la Ciudadanía tal como está planteada puesto que vulnera los derechos fundamentales de los padres, responsables de elegir la formación moral de sus hijos, entre otras cosas porque, tal como dice el TSJ de CyL, ‘no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del menor que los incorpore a su comportamiento para siempre’ y establece como criterio de evaluación ‘no sólo una asimilación de contenidos sino un determinado comportamiento.’ Una situación absolutamente intolerable contra la que los padres vamos a luchar hasta el final.”

LAS OBJECIONES A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA SUPERAN LAS 50 MIL


19 ciudades han celebrado hoy la consolidación del movimiento objetor más importante de la historia de España Madrid, 26 de noviembre de 2008. Este es el primer curso escolar en el que se imparte en toda España Educación para la Ciudadanía (EpC), un conjunto de asignaturas que ha despertado, paradójicamente, la oposición de buena parte de la ciudadanía española. Formando parte de asociaciones o constituyendo agrupaciones y plataformas espontáneas, miles de padres y madres han recurrido a un derecho constitucional, el de la libertad ideológica y de conciencia, para defenderse frente a lo que consideran una intromisión estatal en la educación de sus hijos. El resultado de este movimiento cívico es que, a fecha de hoy, se han presentado 50.420 objeciones de conciencia (correspondientes a otros tantos alumnos) correspondientes a todas las comunidades autónomas y también a Portugal, país en el que se han registrado 21 objeciones de españoles que llevan a sus hijos al Instituto Español de Lisboa. Por comunidades autónomas, Madrid suma el mayor número de objeciones a EpC (14 865), seguida de Castilla-La Mancha (9 312) y Andalucía (8193). Estos datos, recopilados por Profesionales por la Ética, han sido presentados hoy en ruedas de prensa celebradas simultáneamente en 19 ciudades españolas (Soria, Palma de Mallorca, Toledo, Salamanca, Segovia, Lucena, Barcelona, Almería, Cartagena, Valladolid, Jaén, León, Ciudad Real, Logroño, Santander, El Puerto de Santa María, Córdoba, Badajoz y Pamplona). Según Leonor Tamayo, coordinadora de la campaña de Objeción a EpC de Profesionales por la Ética, las más de 50 mil objeciones presentadas son fruto del coraje de los padres, que han decidido oponerse a un conjunto de asignaturas cuyo propósito es formar la conciencia moral de sus hijos.«Durante los últimos meses», ha asegurado, «los objetores han sufrido presiones y amenazas; el Gobierno de la nación y los gobiernos autonómicos de todos los partidos les ha ignorado o acusado de fundamentalistas, intolerantes, rebeldes… En comunidades como Andalucía, la Administración ha llegado a realizar actos presuntamente delictivos como publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad los nombres de los menores objetores. Frente a las persecuciones y amenazas, reiteramos que los objetores son sólo ciudadanos que exigen respeto para ellos y sus hijos. Nada más». Según Tamayo, este es el movimiento objetor más importante de la historia de España y sus protagonistas son los padres y madres que, espontáneamente, han creado 73 plataformas. «Desde Profesionales por la Ética», asegura, «vamos a seguir prestando toda la ayuda que precisen los objetores porque sólo tenemos un propósito: ni un paso atrás en la defensa de la libertad ideológica, de conciencia y de educación. Confiamos en que el Tribunal Supremo confirme el derecho a objetar pero, si fuera necesario, estamos dispuestos acudir al Tribunal Constitucional y a Estrasburgo».

Castilla y León recurre la sentencia contra los crucifijos


La Junta de Castilla y León finalmente sí recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Valladolid que obliga al colegio Macías Picavea de la capital vallisoletana a retirar los crucifijos de sus aulas. Así lo anunció ayer el consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, después de que el Consejo de Gobierno decidiese, en su habitual reunión semanal, adoptar esta medida una vez estudiados los informes jurídicos solicitados. Lo hizo además mostrando fotografías del presidente del Gobierno, de la vicepresidenta y hasta del ministro de Justicia. En ellas, José Luis Rodríguez Zapatero, María Teresa Fernández de la Vega y Mariano Bermejo aparecen jurando o prometiendo sus cargos, hace tan sólo unos meses, delante de un crucifijo. La presencia de este símbolo religioso en la mesa del Palacio de la Zarzuela es uno de los argumentos esgrimidos por la Junta de Castilla y León para recurrir la sentencia. «Si su presencia vulnera la Constitución, la vulnera para todos», subrayó De Santiago-Juárez, quien pidió que «alguien tendrá que explicar si son de distinta naturaleza constitucional a la hora de mantener un crucifijo las paredes de las aulas de un colegio, de los edificios judiciales o la mesa donde jura o promete su cargo el presidente del Gobierno». Además, el consejero portavoz cuestionó que, después de treinta años de democracia, tanto instituciones escolares como las distintas administraciones educativas de gobiernos de diferente signo político «hayamos alentado, provocado o consentido una vulneración continuada de derechos y libertades constitucionales». «¿Llevamos treinta años vulnerando la Constitución y nos enteramos ahora?», ironizó. En su argumentación, la Junta mantiene que «no puede compartir» con la sentencia, que la presencia de crucifijos «vulnere algunos derechos fundamentales y libertades públicas que consagra nuestra Constitución». El consejero portavoz insistió en que «la Junta respeta, pero no comparte» el fallo judicial, por lo que, como órgano competente, presentará el recurso ante el TSJ de Castilla y León, a la vez que afirmó que «nosotros no hemos judicializado este asunto». Con el recurso, la Junta pretende, además, obtener «un mismo criterio» a aplicar en este asunto en todos los colegios de la Comunidad ya que, aunque en la mayoría este asunto se ha resuelto dentro de los consejos escolares, todavía hay algún centro más pendiente de resolución judicial «y puede ser totalmente opuesta». Decisión de los consejos Otro de los argumentos esgrimidos para finalmente recurrir la sentencia es que el fallo va «contra un acuerdo del consejo escolar del colegio público Macías Picavea». En este sentido, José Antonio de Santiago-Juárez reiteró que éste es «un órgano de gobierno, no consultivo o de participación» y el Gobierno autonómico «siempre ha sido respetuoso con sus decisiones». Al respecto, recordó que una sentencia de septiembre de 2007 «deja meridianamente claro» que corresponde a los consejoz decidir si se mantienen los crucifijos.

La Fiscalía reconoce «la lesión a los menores» cuyos nombres aparecieron en el Boja


La Fiscalía de Sevilla ha decidido archivar las diligencias que incoó hace un mes aproximadamente con objeto de investigar las circunstancias que provocaron la publicación de nombres de menores objetores de la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). En este sentido, la propia fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, informó hoy de que para el Ministerio Público tiene "mayor relevancia la defensa de los intereses de los menores a mantener la privacidad de la decisión de instar el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia", frente "al ejercicio de unas acciones civiles encaminadas a obtener una indemnización adecuada a la trascendencia de la intromisión". En la resolución de la investigación, que fue abierta después de que lo solicitara por escrito el Partido Popular y una procuradora que representa los intereses de distintos padres implicados en el caso, la fiscal jefe concluye que la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación "produjo la lesión del derecho a la intimidad de los menores afectados" al publicar las resoluciones para sustituir la notificación personal de las mismas. En este sentido, las acciones legales que en sucaso le correspondería entablar al Ministerio Fiscal serían las previstas en la LO 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familia y a la propia imagen, "encaminadas a la reparación económica del mencionado perjuicio". Atención a daño a los menores Así las cosas, la fiscal jefe manifiesta que en el ejercicio de estas acciones se debe efectuar "una ponderación de los intereses en conflicto antes de resolver la procedencia de intervención judicial". "En esta ponderación debe atenderse tanto al criterio de la cualificada intensidad lesiva de la intromisión, como al posible daño que podría ocasionarse a la propia esfera de la intimidad de los menores que se intenta proteger mediante el ejercicio de acciones civiles ante los tribunales", agrega María José Segarra, quien señala que "es evidente y previsible la trascendencia que tendría la iniciativa procesal que se analiza, debido al apasionado y tenso debate publico sobre la materia" en Andalucía y otras comunidades autónomas, "de forma que es de prever un impacto no solo local sino nacional". Al hilo de ello, la fiscal jefe de Sevilla apunta que "la publicidad de la identidad de quienes han solicitado ser reconocidos como objetores, cuando ello está siendo rechazado por la Administración y fuertemente discutido en los tribunales, con resoluciones distintas en los distintos territorios autonómicos, tiene un mayor alcance y afectación en la órbita de la intimidad, pues el ciudadano afectado no ha dado su consentimiento por medio de actos propios a la exteriorización de esos actos". "Al menos en relación con los padres afectados por esta resolución no le consta a esta Fiscalía que hayan realizando una defensa pública y personal de sus posicionamientos, como sí se han realizado en otros casos con perfecta publicidad de su nombre y apellidos y que, evidentemente, cuestionaría la exigencia del respeto de la intimidad renunciada por ellos mismos", apostilló Segarra. Asimismo, la Fiscalía entiende también que "la vulneración del derecho a la intimidad que se ha producido con la publicidad dada en BOJA a las resoluciones administrativas afecta de forma directa a los menores afectados, que deberían comparecer en el procedimiento para ser oídos judicialmente, de manera que adquiriría tintes negativos para los intereses de los menores dada la trascendencia que cobraría la acción procesal llamando si cabe más la atención de todo su ámbito de conocimiento sobre esta opción personal". La Consejería de Educación ha dictado en fecha 10 de noviembre de 2008 instrucciones a la Secretaría General Técnica indicando, en relación con los actos administrativos que en cumplimiento de la legislación vigente deban ser objeto de publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que "deberán evitarse en todos los casos la identificación de las personas menores que sean interesadas en los procedimientos", por lo que ha estimado y aceptado la recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz. Por todo ello, el Ministerio Fiscal no va a proceder a entablar el ejercicio de las acciones civiles conforme a la LO 1/1982 de 5 de mayo de Protección Civil del derecho al Honor. Resoluciones de rechazo a la objeción Todo parte de una resolución emitida el pasado 15 de septiembre por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y publicada en el BOJA el 1 de octubre inadmitiendo o desestimando un total de 81 solicitudes de objeción de conciencia a la citada materia. Las resoluciones, según figura en este documento, son publicadas al resultar infructuosa su notificación en los domicilios registrados en cada uno de los expedientes. En concreto, se trata de 81 actos administrativos de inadmisión o desestimación de las solicitudes de objeción en las que quedan registrados tanto el nombre de la persona que formula la petición como el del alumno o alumna afectada por el expediente, aludiendo a hermanos muchas de las citadas resoluciones.

Murcia: Educación obligará a los objetores a asistir y examinarse de Ciudadanía


El consejero de Educación, Formación y Empleo, Constantino Sotoca, informó ayer de que la Consejería obligará a todos los estudiantes a asistir y a examinarse de la polémica asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), incluso a los objetores de conciencia que actualmente esperan una sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en relación a su derecho a objetar a esta materia o, en su caso, a la decisión del Tribunal Supremo. Sotoca anunció esta medida al conocer la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo del TSJ de Murcia que suspendía el recurso presentado por los padres de una niña de Cuarto de la ESO por la cual pedían que hasta que no se pronunciara la sala no se obligara a la pequeña a asistir a clase. En este sentido, el consejero aclaró que se trata de la suspensión de las medidas cautelares pero que, a pesar de ello, ha enviado una circular a los directores de los institutos de la Región para que obliguen a los niños a asistir a clase y recordó que quien no se examine de la materia constará como suspensa. Del mismo modo, Sotoca indicó que el TSJ aún no se ha pronunciado a favor o en contra de la objeción de conciencia contra esta materia y que, por tanto, “estamos a la espera de la sentencia del TSJ de la Región de Murcia y del Tribunal Supremo sobre el derecho o no a objetar”. Y es que el TSJ de Murcia indicó que es obligatorio que la niña acuda a clase debido a que considera que “no se acreditan los perjuicios irreparables que la asistencia supondría cuando a mayor abundamiento de la asignatura se debe estar impartiendo y recibiendo desde el principio del curso escolar”. Esta sentencia se une así a las ya existentes en otras comunidades autónomas como la de Navarra, Asturias, Baleares y Cataluña, que rechazaron también estas medidas cauteleras, mientras que la de Andalucía lo decidió al contrario, asegurando que aceptaban la objeción de conciencia de esta materia.

Los objetores a Ciudadanía han presentado 1562 recursos judiciales


159 resoluciones favorecen ya a los objetores Madrid, 19 de noviembre de 2008. A sólo dos meses del inicio del curso escolar, las asignaturas conocidas como Educación para la Ciudadanía (EpC) ya han sido evaluadas e incluso suspendidas por los tribunales de justicia. Hoy mismo, la asociación Profesionales por la Ética ha presentado los datos de los recursos judiciales que se han visto obligados a presentar los objetores a EpC en defensa de sus derechos. Generalmente, el proceso judicial se ha iniciado cuando los padres que habían presentado su declaración de objeción de conciencia han recibido un escrito de la Consejería de Educación negándoles la posibilidad de objetar. Según ha afirmado José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, la intransigencia de las Administraciones educativas y su insensibilidad con un derecho fundamental como es el de la libertad ideológica y de conciencia, ha obligado a los padres a acudir a los juzgados. «Iniciar un proceso judicial», ha afirmado, «es una medida extrema que se adopta cuando la otra parte, en este caso la Administración, ha cerrado todas las puertas a los ciudadanos, negándoles un derecho que no sólo está recogido en la Constitución Española sino también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Según datos recopilados por Profesionales por la Ética, los padres objetores a EpC se han visto obligados a presentar, a fecha de hoy, 1562 recursos judiciales. Por Comunidades Autónomas destacan los casos de Navarra (362), Castilla-La Mancha (344) y Castilla y León (251). Los tribunales han dictado 43 sentencias favorables a los derechos de los padres objetores en Andalucía (19 sentencias), Aragón (1 sentencia) y La Rioja (23). Además, han emitido 116 Autos de medidas cautelares (resolución provisional que exime a los objetores de asistir a clase de EpC y de ser evaluados hasta que se dicte sentencia) en Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura. Por otra parte, según Bazán, se han emitido solamente 3 sentencias en Teruel y Navarra denegatorias del derecho a la objeción a EpC. «Existen otras sentencias, concretamente 30 de Asturias y 1 de Baleares que reconocen el derecho de los padres a objetar pero fallan en contra de algunos casos concretos por falta de pruebas». La exposición de Bazán ha estado complementada por la de la abogada Pilar Herruzo, defensora de varios padres objetores de Córdoba, quien ha proporcionado las claves jurídicas de las resoluciones favorables a este derecho. En resumen, estas claves son las siguientes: · Los Tribunales, con independencia de si han dado o no la razón a los padres, han confirmado que el contenido de Educación para la Ciudadanía incide en las convicciones morales de los padres y alumnos. · Todas las sentencias recaídas hasta la fecha han reconocido que, cuando se ve afectado un derecho fundamental, es posible recurrir a la objeción de conciencia aun cuando no exista regulación legal al respecto. · Las sentencias que reconocen el derecho a la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía declaran que los alumnos objetores deben quedar exentos de la misma, sin que puedan sufrir ninguna consecuencia negativa en su expediente académico. Finalmente, ha intervenido Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, quien ha recordado que en esta batalla cívica por los derechos fundamentales se han producido situaciones esperpénticas debido a la insensibilidad del Gobierno y de numerosas administraciones autonómicas. Urcelay ha recordado que en septiembre pasado, la ministra de Educación aseguró que no existía ningún problema con la implantación de Educación para la Ciudadanía. «Ahora podemos preguntarle a doña Mercedes Cabrera si le parecen suficientes problemas 1562 recursos judiciales». Para el presidente de Profesionales por la Ética, este conflicto social se ha originado exclusivamente por la negativa del Gobierno a escuchar las razones de los objetores apostando, en su lugar, por las amenazas y las presiones a padres y alumnos, llegando a actuaciones presuntamente delictivas como la publicación de los nombres de menores objetores en el Boletín de la Junta de Andalucía. «La cuestión», concluye Urcelay, «es que miles de ciudadanos responsables han aceptado complicarse la vida por la libertad y por lo más valioso: los hijos; los de todos, los de hoy y los de mañana. Sea cual sea el fallo del Tribunal Supremo, seguiremos adelante mientras haya una sola familia dispuesta a mantener la lucha por su libertad y la de sus hijos. Llegaremos al Tribunal Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo; donde sea necesario. Es cuestión de compromiso, tenacidad y paciencia».

El TSJ de Castilla y León emite 12 autos que amparan a los objetores a EpC


REDACCIÓN HO.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido doce autos de suspensión cautelar (uno de los cueles se incluye como documento adjunto), por los que deja provisionalmente sin efecto la obligación de cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) para 16 hijos de familias objetoras de la región. Del primero de ellos, que resuelve otorgar las medidas provisionales que unos objetores de la provincia de Burgos solicitaban para su hijo, ha dado cuenta durante la mañana de este miércoles el Foro Español de la Familia. Durante el resto de la jornada de hoy, según comunica a HO Lourdes Ruano Espina, portavoz de Salamanca Educa en Libertad, las familias objetoras castellano-leonesas han recibido las notificaciones de 11 autos más que también otorgan a los interesados la exención cautelar que permitirá a sus hijos no cursar EpC hasta que el propio Tribunal dicte sentencia. De estas 11 resoluciones, 3 amparan a 4 niños de Salamanca, 2 eximen a 3 alumnos de Valladolid, 5 amparan a 7 estudiantes de Soria y uno otorga las medidas cautelares al hijo de unos objetores de Segovia. "Confiamos en que en los próximos días nos vayan notificando más autos de medidas cautelares, puesto que hay bastantes más familias que solicitaron al TSJ las medidas cautelares que ha concedido a los afectados por las resoluciones de las que hoy hemos tenido noticia", ha declarado a HO Lourdes Ruano. "A quien hay que felicitar y reconocer un enorme mérito es a los abogados que representan desinteresadamente a las familias objetoras de la región y a todos los padres objetores -los que ya han obtenido el amparo provisional del Tribunal y los que están a la espera de lograrlo-, que han mostrado una firmeza en sus convicciones a prueba de todo consejero", ha añadido cuando esta redacción la ha felicitado. Argumentación de las resoluciones Los 12 autos, que resuelven estimar la solicitud de la medida cautelar de dejar en suspensión la ejecutividad de las resoluciones del consejero de Educación, Juan José Mateos, por las que se denegaba el reconocimiento del ejercicio del derecho de objeción de conciencia a EpC, admiten la probabilidad de que esas asignaturas y sus criterios de evaluación puedan afectar al derecho a la libertad ideológica (art. 16.1 de la CE) y al derecho a decidir la formación moral de los hijos de quienes han planteado la objeción de conciencia (art. 27.3 de la CE), pero eluden pronunciarse sobre la cuestión de fondo: si se producen o no estas vulneraciones y, en caso afirmativo, en qué medida. Eso ha de ser resuelto mediante las futuras sentencias que el TSJCyL dicte para resolver los recursos presentados por las familias objetoras. Las resoluciones notificadas hoy exponen que en la tesitura de un hipotético fallo que estime el recurso de los padres sobre la objeción de conciencia, si no se adoptara la medida cautelar, éste perdería "sin género de dudas" su finalidad. Así mismo, afirman que los derechos que pudieran verse afectados no admiten genuina reparación "in natura" en caso de vulneración. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL también indica que, a diferencia de otras asignaturas, en virtud de lo dispuesto en los currículos fijados tanto por la Administración General del Estado como por la Junta de Castilla y León en afinidad con ella, la superación de las materias de EpC no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del alumno "que los incorpore a su comportamiento para siempre". "En suma, se entiende que se produciría una clara pérdida de finalidad del presente recurso si no se accede a la medida cautelar solicitada", indica la Sala, que también tiene muy presente que la duración del proceso sería "porcentualmente muy significada" en relación con la duración del curso académico y, por tanto, también lo serían la recepción y la asimilación de contenidos por parte de los alumnos cuyos padres han planteado los recursos ante el TSJCyL. El abogado de la mayoría de los afectados comenta los autos Francisco José Ramos Vega, letrado del Colegio de Abogados de Salamanca y defensor de numerosos padres objetores, considera muy probable que en los próximos días sean notificados nuevos autos de medidas cautelares y ha recordado que el TSJCyL acumula más de 250 recursos judiciales presentados por padres objetores, a los que la Junta de Castilla y León ha negado el derecho a objetar a Ciudadanía (denegando o inadmitiendo la objeción de conciencia). Así mismo, ha destacado que las objeciones presentadas en la comunidad castellano-leonesa superan los 3 000, pero la Consejería de Educación, ante la avalancha de recursos judiciales, se ha negado a responder al resto de padres objetores, hasta que no se hayan dictado las primeras sentencias. Al abogado le parece llamativo que, frente a la defensa de los derechos de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones morales, la Administración haya alegado, entre las causas por las que se opone a la concesión de esta medida cautelar, el supuesto "perjuicio organizativo y económico general", que no ha sido acreditado. Ha resaltado además que los magistrados recuerdan a la Consejería que ni siquiera ha contestado a los recursos potestativos de reposición que muchos padres objetores interpusieron. Finalmente, ha destacado que, con estas resoluciones judiciales favorables a los objetores, el TSJ de Castilla y León se suma a los tribunales de Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón y La Rioja y que en todas estas comunidades autónomas se han emitido más de 140 resoluciones judiciales favorables a los objetores. Valoración del Foro Español de la Familia Benigno Blanco, Presidente del Foro Español de la Familia (FEF) -al que está adherido HO- celebra la decisión del TSJCyL porque "reconoce el derecho de los padres castellano y leoneses a educar en libertad; el territorio libre de la imposición de EpC en España se amplía; la mancha de la libertad crece aunque sigan existiendo territorios oscuros donde ni Administración ni Tribunales actúan en defensa de la libertad como Navarra o Asturias. El Foro de la Familia confía en que nuevos Juzgados y Tribunales vayan sumándose y comprometiéndose con una efectiva protección de los derechos constitucionales de libertad de educación y objeción de conciencia; así como lo acaba de hacer este de Castilla y León". Por su parte, José Manuel Cantera Quitián, Portavoz en Castilla y León del Foro Español de la Familia, añade que con estas resoluciones, "queda claro que, también en Castilla y León, con la imposición de Educación para la Ciudadanía se está jugando con derechos fundamentales", por lo que espera "que la Junta extienda esta suspensión cautelar a todos los alumnos objetores de nuestra región, para garantizar que, por su actuación, no se vean vulnerados estos derechos constitucionales". Así, puntualiza Cantera Quitián: "Si algún padre de Castilla y León aún no había presentado su objeción por tener alguna duda sobre su validez, esta decisión del más Alto Tribunal de la región, debería dejarle las cosas totalmente claras." A este respecto, Blanco recuerda que "el Foro Español de la Familia, que ya contabiliza más de 45.000 objeciones de conciencia, de las cuales más de 3.000 pertenecen a Castilla y León, aconseja a todos los padres de familia con hijos en edad escolar que presenten la objeción de conciencia frente a esta asignatura para garantizar que sus hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideramos más idóneos para su felicidad personal y acierto en la vida y no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera." El presidente del FEF insiste también en que "la objeción de conciencia contra a la asignatura EpC se realiza mediante un escrito dirigido a la Consejería de Educación". Todos los pasos para formalizar el escrito están explicados en http://www.objetamos.com/. Además, el Foro de la Familia recuerda la existencia del Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada. Quienes deseen más información pueden llamar al teléfono 91.413.29.57.

Los afectados incorporan el informe del Defensor andaluz a su denuncia ante la Fiscalía


REDACCIÓN HO y EUROPA PRESS.- La resolución emitida por el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, que reconoce una "vulneración del derecho a la intimidad" en la publicación de los nombres completos de casi cien menores hijos de objetores a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) será incorporada a la denuncia elevada por los afectados a la Fiscalía de Menores. Además, este colectivo ha vuelto a reclamar el "cese inmediato" de la consejera de Educación, Teresa Jiménez. El abogado Carlos Seco, que representa los intereses de numerosas familias objetoras a EpC ha anunciado que, a la vista del contenido de la resolución emitida por la oficina del Defensor, que advierte de que la Consejería debería haberse "abstenido" de publicar los nombres de los menores, el documento será incorporado a la denuncia que obra en poder de la Fiscalía de Menores de Sevilla "en cuanto haya posibilidad". Seco ha celebrado que el Defensor del Pueblo Andaluz haya respaldado la tesis de los afectados (las familias de los menores cuyos nombres figuraban en 81 resoluciones de inadmisión o desestimación de sus declaraciones de objeción de conciencia) y ha resaltado que el documento "pone de relieve que la Consejería de Educación ha vulnerado los derechos fundamentales" de los niños. El letrado ha afirmado así mismo que la resolución "esclarece" el asunto y obliga al presidente andaluz, Manuel Chaves, a "cesar inmediatamente" a la consejera de Educación. A su juicio, todo el entuerto derivado de la publicación de los nombres de estos menores en el BOJA (caso que ya investiga la Fiscalía de Menores) prueba que "la consejera no está capacitada" para el cargo que ostenta. En la web del Defensor del Pueblo Andaluz se puede acceder al texto completo de la resolución, emitida el pasado 30 de octubre: Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 08/4183 dirigida a Consejería de Educación relativa a publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de una resolución donde se contienen los datos personales de las personas interesadas en el procedimiento y de las personas menores de edad representadas.

El TSJ andaluz anula de forma cautelar un suspenso en EpC


REDACCIÓN HO y EUROPA PRESS.- La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado un Auto mediante el que anula cautelarmente el suspenso impuesto en Educación para la Ciudadanía (EpC) a un alumno. Los magistrados entienden la calificación negativa como "denegación fáctica" del derecho a objetar, cuya legitimidad ha reconocido y amparado el Alto tribunal andaluz en una veintena de sentencias. El letrado sevillano Carlos Seco, que representa los intereses de numerosas familias objetoras a EpC, informó de que el auto dicta la anulación cautelar de dicho suspenso, "hasta que no haya una sentencia firme" que resuelva el recurso contencioso-administrativo elevado al TSJA contra dicha calificación, pues la familia del estudiante entiende que el suspenso no es otra cosa que la "denegación fáctica" de la solicitud de objeción de conciencia cuya resolución aún esperaba el alumno afectado. A partir de ahora, y hasta que el TSJA no falle en firme, la calificación de suspenso "desaparece del expediente educativo" de este alumno, "no se tiene en consideración". Carlos Seco advirtió de que el modo de obrar de la Consejería de Educación al suspender a un alumno cuya objeción de conciencia aún no ha sido resuelta, ha motivado "una situación absolutamente 'kafkiana': el TSJA ha suspendido un suspenso". Al respecto, y recordando que, como en su día informó HO, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ya había dictado un Auto que reconocía como "denegación fáctica" de las declaraciones de objeción de conciencia los suspensos impuestos a numerosos alumnos, Carlos Seco explicó que se trata de la primera notificación recibida en cuanto a los recursos contencioso-administrativos elevados contra dichas calificaciones, pues el citado Auto de fecha 31 de julio, notificado a las partes el 1 de septiembre, abría tal vía judicial para recurrir estos suspensos. Aquel Auto aludía a un procedimiento contencioso-administrativo impulsado por un colectivo de familias de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla a consecuencia de los suspensos con que sus hijos habían sido evaluados en la citada asignatura, pese a haber planteado los tutores de los niños la objeción de conciencia. Ante los argumentos de los recurrentes, que entendieron que los suspensos suponían un rechazo expreso a la objeción de conciencia planteada y aún por resolver, la Consejería de Educación solicitó la inadmisión de tales acciones judiciales, alegando que nunca se llegó a producir "acto administrativo" alguno en relación con sus declaraciones de objeción de conciencia. Igualmente, la Administración argumentó que el recurso era "extemporáneo", por el tiempo transcurrido desde que se formulara tal declaración. Según el contenido de ese Auto, los interesados "nunca" fueron informados del plazo en el que debían dar por desestimadas sus declaraciones de objeción por silencio administrativo. Consiguientemente, el Tribunal entendió (y ahora se reitera en el mismo criterio) que los recurrentes "no han obtenido otra respuesta que su denegación fáctica mediante la calificación de suspenso".

El TSJ de Castilla y León emite 12 autos que amparan a los objetores a EpC


Las resoluciones eximen provisionalmente de cursar esas materias a hijos de familias de Burgos, Salamanca, Valladolid, Soria y Segovia. REDACCIÓN HO.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido al menos doce autos de suspensión cautelar, por los que deja provisionalmente sin efecto la obligación de cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) para hijos de familias objetoras de la región. Del primero de ellos, que resuelve otorgar las medidas provisionales que solicitaban a unos objetores de la provincia de Burgos, ha dado cuenta durante la mañana de este miércoles el Foro Español de la Familia. Durante el resto de la jornada de hoy, según notifica a HO Lourdes Ruano Espina, portavoz de Salamanca Educa en Libertad, las familias objetoras castellano-lleonesas han recibido las notificaciones de 11 autos más que también otorgan a los interesados la exención cautelar que permitirá a sus hijos no cursar EpC hasta que el propio Tribunal dicte sentencia. De estas 11 resoluciones, 3 amparan a 4 niños de Salamanca, 2 eximen a 3 alumnos de Valladolid, 5 amparan a 6 estudiantes de Soria y uno otorga las medidas cautelares a objetores de Segovia. "Confiamos en que en los próximos días nos vayan notificando más autos de medidas cautelares, puesto que hay bastantes más familias que solicitaron al TSJ las medidas cautelares que ha concedido a los afectados por las resoluciones de las que hoy hemos tenido noticia", ha declarado a HO Lourdes Ruano. "A quien hay que felicitar y reconocer un enorme mérito es a los abogados que representan desinteresadamente a las familias objetoras de la región y a todos los padres objetores -los que ya han obtenido el amparo provisional del Tribunal y los que están a la espera de lograrlo-, que han mostrado una firmeza en sus convicciones a prueba de todo consejero", ha añadido cuando esta redacción la ha felicitado. Los 12 autos, que resuelven estimar la solicitud de la medida cautelar de dejar en suspensión la ejecutividad de las resoluciones del consejero de Educación, Juan José Mateos, por las que se denegaba el reconocimiento del ejercicio del derecho de objeción de conciencia a EpC, admiten la probabilidad de que esas asignaturas y sus criterios de evaluación puedan afectar al derecho a la libertad ideológica (art. 16.1 de la CE) y al derecho a decidir la formación moral de los hijos de quienes han solicitado la objeción de conciencia (art. 27.3 de la CE), pero eluden pronunciarse sobre la cuestión de fondo: si se producen o no estas vulneraciones y, en caso afirmativo, en qué medida. Eso ha de ser resuelto mediante las futuras sentencias que el TSJCyL dicte para resolver los recursos planteados por las familias objetoras. Las resoluciones notificadas hoy exponen que en la tesitura de un hipotético fallo que estime el recurso de los padres sobre la objeción de conciencia, si no se adoptara la medida cautelar, éste perdería "sin género de dudas" su finalidad. Así mismo, afirman que los derechos que pudieran verse afectados no admiten genuina reparación "in natura" en caso de vulneración. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL también indica que, a diferencia de otras asignaturas, en virtud de lo dispuesto en los currículos fijados tanto por la Administración General del Estado como por la Junta de Castilla y León en afinidad con ella, la superación de las materias de EpC no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del alumno "que los incorpore a su comportamiento para siempre". Benigno Blanco, Presidente de Foro Español de la Familia (FEF) -al que está adherido HO- celebra la decisión del TSJCyL porque "reconoce el derecho de los padres castellano y leoneses a educar en libertad; el territorio libre de la imposición de EpC en España se amplía; la mancha de la libertad crece aunque sigan existiendo territorios oscuros donde ni Administración ni Tribunales actúan en defensa de la libertad como Navarra o Asturias. El Foro de la Familia confía en que nuevos Juzgados y Tribunales vayan sumándose y comprometiéndose con una efectiva protección de los derechos constitucionales de libertad de educación y objeción de conciencia; así como lo acaba de hacer este de Castilla y León". Por su parte, José Manuel Cantera Quitián, Portavoz en Castilla y León del Foro Español de la Familia, añade que con estas resoluciones, "queda claro que, también en Castilla y León, con la imposición de Educación para la Ciudadanía se está jugando con derechos fundamentales", por lo que espera "que la Junta extienda esta suspensión cautelar a todos los alumnos objetores de nuestra región, para garantizar que, por su actuación, no se vean vulnerados estos derechos constitucionales". Así, puntualiza Cantera Quitián: "Si algún padre de Castilla y León aún no había presentado su objeción por tener alguna duda sobre su validez, esta decisión del más Alto Tribunal de la región, debería dejarle las cosas totalmente claras." A este respecto, Blanco recuerda que "el Foro Español de la Familia, que ya contabiliza más de 45.000 objeciones de conciencia, de las cuales más de 3.000 pertenecen a Castilla y León, aconseja a todos los padres de familia con hijos en edad escolar que presenten la objeción de conciencia frente a esta asignatura para garantizar que sus hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideramos más idóneos para su felicidad personal y acierto en la vida y no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera." El presidente del FEF insiste también en que "la objeción de conciencia contra a la asignatura EpC se realiza mediante un escrito dirigido a la Consejería de Educación". Todos los pasos para formalizar el escrito están explicados en http://www.objetamos.com/. Además, el Foro de la Familia recuerda la existencia del Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada.

El Vaticano dice que la objeción a la EpC no sólo es oportuna, sino necesaria.


6-11-08 (Agencias) El cardenal prefecto de la Congregación Pontificia para la Educación Católica del Vaticano, Zenon Grocholewski, considera que la objeción de conciencia de los padres y alumnos ante una educación cívica contraria a sus convicciones "no sólo es oportuna sino necesaria", según declara en una larga entrevista publicada hoy por la revista católica italiana 'Il Consulente Re'. Preguntado sobre si es lícito que padres y estudiantes ejerzan la objeción de conciencia ante una asignatura que, "como en el caso de España, promueve una sociedad fundamentada en el relativismo y el nihilismo anticristiano", Grocholewski responde que "sí, claro, porque se hieren los derechos fundamentales del hombre, reconocidos en la Declaración universal de 1948". El cardenal Grocholewski, de nacionalidad polaca, recordó que "en tiempos del régimen comunista" él mismo había optado junto a otras personas por la objeción de conciencia en ámbito escolar, "organizando cursos de religión católica", lo que en ese momento iba en contra de la ley. Según el cardenal, "todos los regímenes dictatoriales buscan guiar la escuela formando a ciudadanos que sean dóciles" a sus consignas, que en el fondo se convierten en "esclavos". "Yo personalmente, he experimentado esta realidad en mi propio país de origen, en Polonia, donde el régimen comunista dictaba lo que se tenía que enseñar y qué comportamientos se tenían que presentar como buenos", relata. "Se cerraron las escuelas católicas y se pretendía hacer callar a la Iglesia. Esto comportaba una evidente violación del derecho fundamental de los padres a educar a sus propios hijos según las propias convicciones. Y también una violación de los principios fundamentales de la democracia", explica. "De modo análogo se mueve alguna corriente política hoy en el poder, porque busca imponer a todos la propia concepción relativista sobre los comportamientos ético-morales", también con el objetivo de "no encontrar oposición a sus decisiones, que van en la dirección de esa concepción", señala. Por el contrario, Grocholewski sostiene que "no debe ser el Estado el que dicte qué contenidos éticos se deben enseñar a todos: el Estado, siguiendo los sanos principios de la democracia, debe, sobre todo, respetar el derecho de los padres a determinar la educación ético-religiosa que quieren para sus propios hijos, es más, debe ayudar a los padres a educar a sus hijos según su conciencia". En cuanto a la división que se suele hacer entre escuela pública y privada, consideró que el modo de enfocar este problema "no es del todo correcto". "Se debería, en cambio, hablar de escuela pública estatal y no estatal, en el sentido de que las instituciones escolares que no están gestionadas por el Estado también ofrecen un servicio público y deben encontrar una colocación justa en un sistema escolar integrado", concluye. Fuente: Telemadrid, El Mundo, Europa Press.

Varapalo del Defensor del Pueblo a Consejera de Educación andaluza por publicar nombres objetores EpC en el BOJA


Un mes después de que el BOJA publicara los nombres de 81 objetores de Educación para la Ciudadanía, todos ellos menores, ayer el Defensor del Pueblo Andaluz, resolvió la queja que había iniciado de oficio dando un fuerte varapalo a la consejería de Educación advirtiéndole de que ha vulnerado varias leyes y recomendándole que no vuelva a hacerlo. Así, la resolución del Defensor del Pueblo, rechaza las tesis de la propia consejería de Educación (que aseguraba que sólo había publicado una «somera indicación» y que insistía en que lo hizo porque no había podido notificar a los padres su resolución). Y concluye que el organismo que dirige Teresa Jiménez ha y vulnerado el derecho a la intimidad de los menores. Chamizo, que resuelve así la queja iniciada de oficio y a la que se sumaron varios padres objetores y el PP, recuerda en su resolución doctrina del Tribunal Constitucional, la Carta Europea de Derechos del Niño, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley Andaluza de los Derechos y Atención al Menor y hasta la Ley de Protección de Datos o la recomendación de la Fiscalía General del Estado de no publicar datos de los menores. Con toda esa jurisprudencia, Chamizo insiste en que Educación debería haber puesto «una especial atención, diligencia y celo en este asunto», absteniéndose de publicar el nombre de niños y niñas cuyos padres han solicitado que no se imparta la asignatura a sus hijos. «Con esa publicación se ha señalado a un grupo de personas menores cuyos padres o representantes forman parte de los ciudadanos que han optado por seguir una línea de actuación respecto a la asignatura»», dice Chamizo. Y la recomendación es bien clara: «que de modo inmediato se dicten las instrucciones oportunas y se adopten las medidas necesarias por la consejería de Educación para impedir que en futuras actuaciones realizadas por la Administración educativa se identifiquen a los menores con nombres y apellidos en aquellas resoluciones que, atendiendo a las normas procedimentales, deban ser objeto de publicación en los boletines oficiales que correspondan». En este sentido, Chamizo no comparte el criterio de Educación referente a la necesidad de proteger otros bienes constitucionales prevalentes a los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen de las personas menores. No acepta lo que dice Educación Además el Defensor deja muy claro que no puede aceptar la justificación de que el mecanismo de notificaciones es adecuado porque lo utilicen otras administraciones. Y es que, según Chamizo, la publicación en el BOJA con los datos personales de los menores supone «una vulneración del derecho a su intimidad contraria a la especial protección de que deben ser objeto este colectivo y que resultan especialmente obligados los poderes públicos». Pero ahí no acaban las vulneraciones en las que Educación ha caído. Según Chamizo, la publicación en el BOJA también supone una vulneración del artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Por ello, Chamizo hace un recordatorio legal de tres preceptos. En primer lugar, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. En ese punto el Defensor recuerda que si se aprecia que la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos, la Administración «debe limitarse a pu blicar en el diario oficio una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer sin necesidad de facilitar los datos identificativos de las personas interesadas». El segundo recordatorio explica que basándose en la Carta Europea de los Derechos del Niño, en la Constitución Española, la Ley de Protección Jurídica del Menor, y la Ley de los Derechos del Menor andaluza, hay una «supremacía del interés superior de la persona menor de edad sobre cualquier otro interés legítimo». Y el tercer recordatorio es sobre el «deber de secreto» regulado a través de la la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. Y también insiste en que «hubiera sido suficiente identificar a las personas reclamantes y a las personas menores representadas con las iniciales de su nombre y apellidos». «No podemos pasar por alto que cuando se produce un ataque a alguno de los derechos mencionados y el sujeto pasivo es una persona menor no sólo se lesiona su derecho al honor, la intimidad o la propia imagen, sino que estas acciones pueden perturbar su correcto desarrollo físico, mental y moral y, a la postre, interferir en su derecho al libre desarrollo de la personalidad». concluye. La consejería, que ayer no quiso hablar, tiene un mes para responder.

Los afectados incorporan el informe del Defensor andaluz a su denuncia ante la Fiscalía


Carlos Seco, abogado de las familias afectadas por la publicación de los nombres de sus hijos, reclama a Chaves el cese de la consejera de Educación. * El Defensor del Pueblo andaluz, contra la publicación de los nombres de objetores REDACCIÓN HO y EUROPA PRESS.- La resolución emitida por el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, que reconoce una "vulneración del derecho a la intimidad" en la publicación de los nombres completos de casi cien menores hijos de objetores a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) será incorporada a la denuncia elevada por los afectados a la Fiscalía de Menores. Además, este colectivo ha vuelto a reclamar el "cese inmediato" de la consejera de Educación, Teresa Jiménez. El abogado Carlos Seco, que representa los intereses de numerosas familias objetoras a EpC ha anunciado que, a la vista del contenido de la resolución emitida por la oficina del Defensor, que advierte de que la Consejería debería haberse "abstenido" de publicar los nombres de los menores, el documento será incorporado a la denuncia que obra en poder de la Fiscalía de Menores de Sevilla "en cuanto haya posibilidad". Seco ha celebrado que el Defensor del Pueblo Andaluz haya respaldado la tesis de los afectados (las familias de los menores cuyos nombres figuraban en 81 resoluciones de inadmisión o desestimación de sus declaraciones de objeción de conciencia) y ha resaltado que el documento "pone de relieve que la Consejería de Educación ha vulnerado los derechos fundamentales" de los niños. El letrado ha afirmado así mismo que la resolución "esclarece" el asunto y obliga al presidente andaluz, Manuel Chaves, a "cesar inmediatamente" a la consejera de Educación. A su juicio, todo el entuerto derivado de la publicación de los nombres de estos menores en el BOJA (caso que ya investiga la Fiscalía de Menores) prueba que "la consejera no está capacitada" para el cargo que ostenta. En la web del Defensor del Pueblo Andaluz se puede acceder al texto completo de la resolución, emitida el pasado 30 de octubre: Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 08/4183 dirigida a Consejería de Educación relativa a publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de una resolución donde se contienen los datos personales de las personas interesadas en el procedimiento y de las personas menores de edad representadas.

El TSJ de Baleares desestima el primer recurso contra la Educación para la Ciudadanía


Considera que es un deber constitucional la educación en los valores democráticos - Los padres reivindican su derecho a la formación moral, religiosa e ideológica de sus hijos ELMUNDO.ES, 6 de octubre de 2008. PALMA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha rechazado el primero de los 10 recursos de objeciAln interpuestos contra la EducaciAln para la CiudadanA­a. El alto tribunal considera que no es viable el recurso ya que no existe un derecho general que exima de los deberes constitucionales o legales con el solo motivo de que AŠstos sean contrarios a las creencias personales. El Tribunal considera que no cabe una oposiciAln ideolAlgica contra la asignatura ya dicha materia "educa en los valores de manera objetiva, crA­tica y pluralista en los valores comunes que constituyen el sustrato de la ciudadanA­a democrAAtica recogidos en la ConstituciAln". Asimismo la sentencia seL ala que la propia ConstituciAln exige una educaciAln "en el respeto a los principios democrAAticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales" , por lo que "no puede pretenderse una educaciAln al margen de principios o valores". Los demandantes por su parte, padres de alumnos de colegios baleares, piden que se reconozca su derecho a la formaciAln moral, religiosa e ideolAlgica, y "no se vean superados ni sustituidos por ninguna democracia militante, que venga a imponer a la ConstituciAln como norma suprema moral y AŠtica". El alto Tribunal ha tenido muy en cuenta para tomar su decisiAln, la carta magana asA­ como los criterios de evaluaciAln que rigen la polAŠmica asinatura, en los que se incluye la educaciAln en el respeto a la igualdad entre hombres y mujeres, el respeto al resto de personas con las que habitualmente el alumno convive y el conocimiento de sus derechos y deberes asA­ como d elos derechos humanos, entre otras.

Un fallo del TSJA desmonta la tesis de Educación para publicar los nombres de objetores a EpC


La última sentencia del TSJA sobre Educación para la Ciudadanía no sólo supone que una vez más el alto tribunal reconoce el derecho a la objeción de unos padres frente a la negativa de la Junta: también es la prueba de que Educación, que está personada en todos estos procedimientos, tenía perfectamente localizados a los padres, cuyos hijos, menores, salieron en el BOJA. El departamento que dirige Teresa Jiménez, que publicó el pasado uno de octubre los nombres de 81 objetores a los que le negaba la objeción, alegó para su publicación que no había podido localizarlos para notificarles su decisión. Sin embargo, esos padres a los que supuestamente no localizaba, son los mismos a los que el TSJA ha reconocido una nueva sentencia. El fallo, que se convierte en el número 18 reconociendo la objeción, es la respuesta a unos padres de la provincia de Cádiz, que habían interpuesto recurso contra la decisión de la Consejería de negarles la objeción a uno de sus hijos. Mientras esos padres estaban perfectamente localizados, el BOJA publicó los nombres y apellidos de otros de los hermanos antes de que se dictase esta nueva sentencia. Desmonta las tesis de la Junta La sentencia supone, según explicó el letrado de los padres, Carlos Seco Gordillo, que Educación pudo localizarlos en todo momento porque estaba personada en esos recursos. Y desmonta la argumentación de la Consejería de que no había podido localizarlos para notificarles la resolución. «Se prueba que la Consejería tenía en todo momento recursos o mecanismos para poder haberles notificado de forma individual sin necesidad de recurrir a la publicación en el BOJA», dijo Seco. En este sentido, el letrado pidió a la Consejería que «deje de hacer argumentos de tipo procesal» y asuma su responsabilidad en la vulneración de derechos fundamentales de los menores. De hecho, el Defensor del Pueblo, José Chamizo, inició hace varias semanas una queja de oficio pidiendo a Educación que explique porqué se publicaron esos nombres de menores. Una queja en la que se personaron tanto los padres como el propio PP. Y la Fiscalía de Sevilla, que en principio no actuó de oficio, ha abierto una investigación después de que varios padres (entre ellos los que ahora han recibido una sentencia del TSJA) y el PP presentaran una denuncia. Por ello Seco pedirá a la Fiscalía que también solicite testimonio de esta sentencia como documental probatoria de que la Administración disponía de medios para identificar a esos padres. «Tienen el poder del padre, su identificación, su DNI y hasta su domicilio para localizarlos», insistió

Primera sentencia favorable a objetores a EpC en Huesca. Hasta ahora, sólo había habido autos de medidas cautelares


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca considera que los contenidos y los criterios de evaluación de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía son contrarios a la Constitución y reconoce a un matrimonio el derecho a objetar por sus seis hijos. REDACCIÓN HO.- Por medio de una Sentencia adoptada el pasado viernes, 24 de octubre, la titular del Juzgado Contencioso-Administrativo único de Huesca, D.ª M.ª José Cía Bermúdez ha dictado la primera sentencia de Aragón favorable a los padres que han objetado al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía (EpC). La sentencia resuelve el recurso presentado por unos padres frente a la Resolución de la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Aragón que les negaba el derecho a objetar para que sus seis hijos no reciban esas enseñanzas. La resolución establece que el matrimonio recurrente tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía, que se imparte bajo tres denominaciones diferentes: "Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos", "Educación ético-cívica" y "Filosofía y ciudadanía". Consiguientemente, sus seis hijos quedan exentos de cursar esas materias. A lo largo de 18 páginas, la sentencia desgrana los contenidos curriculares del conjunto de materias denominadas Educación para la Ciudadanía, reflejados en los reales decretos estatales y en la legislación autonómica aragonesa. El Juzgado afirma que "estamos en presencia de contenidos y objetivos que se refieren a la formación moral a que se refiere el artículo 27.3 de la Constitución, que no puede formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo, sustraídos a la libertad de enseñanza garantizada en el artículo 27 de la Constitución". Su Señoría considera que "tales contenidos y objetivos son de carácter formativo moral" y que "en cuanto ajenos a la decisión de los padres respecto a las convicciones morales y religiosas en las que desean formar a sus hijos, son contrarios al derecho fundamental que les asiste conforme al artículos 27.3 y 16.1 y 2 CE". Así mismo, el fallo judicial recoge la jurisprudencia española en materia de objeción de conciencia (sentencias 53/1985 y 177/1996 del Tribunal Constitucional), así como las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (29 de junio y 7 de octubre de 2007) que reconocen expresamente el derecho de los padres a objetar a asignaturas obligatorias que dañen sus convicciones religiosas y filosóficas. La sentencia recuerda igualmente que "de los artículos 16.1 y 27.1 y 27.3 de la Constitución Española resulta el derecho a que se garantice la libertad religiosa e ideológica de todas las personas y, por tanto, resulta el derecho de los padres respecto de sus hijos menores, así como el deber del Estado y todos los poderes públicos de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". D.ª M.ª José Cía censura que el Estado pretenda imponer a los niños una ideología concreta, al manifestar que "el servicio público educativo del Estado debe tener lugar en el 'respeto' a tales principios democráticos de convivencia y los derechos fundamentales, pero sin ir más allá, sin imponer aceptación de valores de una ideología concreta de las diversas que caben en un Estado de derecho". La magistrada considera así mismo que son contrarios a la Constitución los criterios de evaluación que exigen a los niños demostrar que aceptan los principios morales marcados por el Estado. Su Señoría argumenta que "se pretende que se evalúe si el alumno 'acepta' determinados valores morales mientras que el artículo 27.2 de la Constitución sólo exige 'respeto'. El programa de la asignatura de Educación para la Ciudadanía excede el artículo 27.2 de la Constitución y vulnera así su artículo 27.3, el cual garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban una formación moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y que es precisamente la formación moral que excede y supera el ámbito del artículo 27.2". La resolución asegura también que el hecho de se establezca que los alumnos deben mostrar una actitud contraria a "estereotipos o prejuicios" genera una evidente situación de inseguridad jurídica al no definirse o concretarse éstos. Por último, la sentencia reconoce la legitimidad de la objeción de conciencia aunque los niños no cursen todavía las asignaturas. "El hecho de que los menores no cursen todavía la asignatura no puede ser alegado como motivo para desestimar el recurso ya que los hijos de los recurrentes se verán obligados a cursarlas y precisamente es esa obligación la que genera una lesión de las convicciones morales de los progenitores", dice textualmente el fundamento jurídico 4.º. Según Fermín Civiac, portavoz de la Plataforma de objetores EPC?... Aragón Va a Ser Que No!, "esta sentencia es una gran noticia para los objetores de Huesca, de Aragón y de toda España. Hasta hora se habían acumulado una docena de Autos judiciales de medidas cautelares favorables a los objetores pero ésta es la primera sentencia que reconoce sus derechos frente a la intromisión del Estado y el gobierno autonómico en la formación de la moral de los alumnos". Por su parte, Profesionales por la Ética asegura que, con esta sentencia, los fallos judiciales favorables a los objetores a Educación para la Ciudadanía se acercan a los 130, entre sentencias y Autos de medidas cautelares.

En Castilla-La Mancha no habrá objeción de conciencia a EpC


La Fiscalía Superior machega no admitirá demandas de objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Gaceta de los Negocios, 15-10-2008 Toledo. La Fiscalía Superior de Castilla-La Mancha ha dado instrucciones a todos los fiscales de la región para que se opongan a las demandas de objeción de conciencia que se presenten a la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) y en contra también de que suspenda la obligatoriedad de asistir a clase. Así se indica en una circular que remitió el pasado mes de septiembre el Fiscal Superior de Castilla-La Mancha, José Martínez Jiménez, quien también ha pedido a los fiscales que recurran aquellas decisiones judiciales contrarias a la postura del ministerio público en esta materia. Esta decisión he sido dada a conocer en Toledo por el propio Fiscal Superior de la comunidad autónoma, José Martínez, antes de presidir la Junta de Fiscales de Castilla-La Mancha, que entre sus asuntos del orden del día tiene el de unificar criterios respecto a la polémica asignatura. Explicó que esta determinación se tomó tras el debate social y jurídico que ha suscitado la aprobación y el diseño curricular de esta materia y ante las distintas decisiones que están adoptando los jueces a las peticiones de objeción de conciencia presentadas por los padres de los menores y la adopción de medidas cautelares para que sus hijos no cursen la asignatura hasta que no haya un pronunciamiento definitivo del Tribunal Supremo. José Martínez indicó que la respuesta del ministerio fiscal en Castilla-La Mancha, que se pretende sea unitaria, es la que se recoge en la instrucción 1/2008 que dictó el pasado mes de septiembre. En ella, la Fiscalía Superior pide a los fiscales que se opongan a las demandas sobre la objeción de conciencia, a las peticiones de los padres de medidas cautelares para no cursar la asignatura a la espera del fallo del Supremo y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la postura del ministerio fiscal. Esta medida, dijo el Fiscal Superior, fue fruto de un estudio "exhaustivo, intenso, riguroso y desde un punto de vista estrictamente técnico que hizo la Fiscalía de Castilla-La Mancha con el fin de adoptar una misma postura desde la imparcialidad y desde la objetividad, a la luz de los preceptos constitucionales". No obstante, este criterio unánime que se mantiene en la región por parte de los fiscales está supeditado -recordó- al que adopten órganos superiores de justicia y que tienen efectos vinculantes, indicó en alusión a la decisión que pueda adoptar el Tribunal Supremo y que podría hacer variar la postura del fiscal. Esta posición de la Fiscalía de la región es conforme con la adoptada por la Fiscalía General del Estado y en algunos casos también está en consonancia con algunos criterios de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. No obstante, reconoció que la unanimidad no existe entre los jueces de lo contencioso-administrativo de la región que en algunos casos han aceptado y en otros han rechazado las medidas cautelares solicitadas por los progenitores de los alumnos. (EFE)

Los objetores de Ciudadanía llevan su identificación en el BOJA al fiscal


EL MUNDO (15-10-2008) SEVILLA.- A lo largo de la semana en curso, el colectivo de padres y madres de los alumnos cuyos nombres fueron publicados en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA) elevará recursos por la vía Contencioso Administrativa contra la inadmisión o desestimación de sus solicitudes de objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), formulando una denuncia ante la Fiscalía de Menores del Alto Tribunal andaluz en cuanto a la difusión de los nombres completos de estos niños en una publicación oficial. El abogado sevillano Carlos Seco, que representa los intereses de numerosas familias objetoras de la asignatura EpC, informó a Europa Press de que ha recibido el «mandato» de los padres y madres de los alumnos afectados para elevar una denuncia a la Fiscalía de Menores del TSJA, si bien advirtió de que dicha instancia judicial «debería haber actuado de oficio» ante la «vulneración» de los derechos a la intimidad de los menores al ser publicados sus nombres en el BOJA. Igualmente, este colectivo de padres y madres de alumnos, todos ellos afectados por la desestimación o inadmisión de sus solicitudes de objeción de conciencia, se adherirá a la queja abierta de oficio por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, y formulará un recurso vía Contencioso Administrativa ante el TSJA contra las resoluciones de la Consejería de Educación mediante las que se desestimaban o inadmitían tales solicitudes. Rectificación pendiente Después de que el pasado 1 de octubre se publicara en el BOJA los nombres de casi cien menores de edad en resoluciones de inadmisión o desestimación de solicitudes de objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía, Carlos Seco lamentó que ni la consejera del ramo, Teresa Jiménez, ni el presidente andaluz, Manuel Chaves, «hayan rectificado», caso que tiene «muy molestos a los padres de los afectados» porque «los niños ni tan siquiera eran el destinatario de las resoluciones» publicadas. Los afectados, de cualquier forma, están resueltos a llevar sus acciones legales «hasta los últimos extremos», si bien Carlos Seco lamentó que la Fiscalía de Menores «no haya actuado de oficio, porque es su obligación». Todo parte de una resolución emitida el pasado 15 de septiembre por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y publicada en el BOJA el 1 de octubre inadmitiendo o desestimando un total de 81 solicitudes de objeción de conciencia a la citada materia. Las resoluciones, según figura en este documento, son publicadas al resultar infructuosa su notificación en los domicilios registrados en cada uno de los expedientes. En concreto, se trata de 81 actos administrativos de inadmisión o desestimación de las solicitudes de objeción en las que quedan registrados tanto el nombre de la persona que formula la petición como el del alumno o alumna afectada por el expediente.

Opositores a EpC dicen que al día hay 100 objeciones y aseguran que la cifra subirá


Las organizaciones opositoras a la educación para la ciudadanía han asegurado que a diario se presentan aproximadamente cien objeciones y que la cifra a día de hoy alcanza los 45.513 alumnos en toda España, un número que 'aumentará'. Esta es una de la conclusiones de la primera jornada 'Católicos y vida pública', organizada por la Asociación Católica de Propagandistas en el Colegio CEU San Pablo (Madrid), en la que, entre otros asuntos, se ha debatido sobre la asignatura educación para la ciudadanía, de la que han dicho que es 'adoctrinamiento'. En declaraciones a Efe, el presidente de Profesionales por la Etica, Jaime Urcelay, ha afirmado que en una sociedad democrática el Estado 'no puede imponer' y ha advertido de que las leyes en España 'no sólo son reales decretos, sino que está la Constitución, la suprema norma que reconoce el derecho prioritario de los padres a educar a sus hijos'. Tras recordar que ésta es también la opinión de muchos jueces, Urcelay ha detallado que a día de hoy hay 45.513 alumnos que han objetado a la asignatura de educación para la ciudadanía y 'pensamos que a medida que se vayan aclarando las incertidumbres en los centros y la postura de las administraciones educativas éstas puedan crecer'. Asimismo, ha explicado que son cerca de 500 los recursos judiciales planteados y 'más de cien autos y sentencias que dan la razón a los padres'. Isabel Bazo, presidenta de la Confederación Española de Centros de Enseñanza, quien ha denunciado 'amenazas y presiones' a los padres, ha manifestado que esta asignatura es adoctrinamiento y no formación. Por su parte, el secretario general de la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y de Alumnos (Concapa) en La Rioja, Enrique Domingo Oslé, ha lamentado que esta asignatura pretende transmitir 'como única moral válida a nuestros hijos la que el Gobierno ha tenido oportuno establecer'. 'La grandeza de nuestra Constitución es que de ella se deriva un derecho que es la objeción de conciencia', ha remachado. Preguntado por la postura que mantiene las Escuelas Católicas de Madrid (FERE-CECA) -contraria a la asignatura, pero ha decidido impartirla adaptada al ideario católico propio de sus colegios-, Oslé ha afirmado que respeta a esta organización, si bien no comprende su posición. 'Por solidaridad, aunque sea con todos aquellos que no pueden estudiar en colegios como los suyos', hay que 'promover y apoyar' la objeción, ha concluido. De la misma opinión es Benigno Blanco, presidente del Foro Español de la Familia, quien ha declarado que la FERE 'se está tirando piedras sobre su propio tejado'. Blanco ha asegurado que es hora de 'tomar partido' en relación a la educación para la ciudadanía y ha añadido que 'la libertad es de todos y cada uno', por eso ha pedido al Gobierno que 'rectifique'. Ha recalcado que 'jamás se le ha pasado por la cabeza a un gobernante europeo hacer una asignatura como la que se ha implantado en España'.

Un auto judicial de Albacete exime a otros 52 niños de cursar EpC


REDACCIÓN HO.- Esta misma mañana se ha hecho público, durante una rueda de prensa celebrada en Albacete, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de esta ciudad (ver documento adjunto) por el que se decreta la suspensión cautelar de la obligación de cursar las asignaturas del área de Educación para la Ciudadanía (EpC) para los hijos de 19 familias castellano-manchegas. Los padres a quienes ampara la resolución habían interpuesto recurso contra la resolución de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que les negaba la objeción frente a este conjunto de materias escolares y habían solicitado la medida acordada. La decisión de la Sala implica que provisionalmente los hijos de esos objetores no asistirán a las clases de las referidas materias ni serán evaluados de ellas, sin que esto pueda afectar negativamente a sus posibilidades de promoción ni de titulación académica. Los alumnos amparados por la medida son 52, la mayor parte de los cuales están escolarizados en colegios concertados adscritos la FERE, aunque también hay varios que estudian en centros de titularidad estatal. Alguno de ellos cursa la etapa de Primaria, varios ya están en 1.º de Bachillerato y la mayoría se encuentran cursando estudios de la ESO. El juez que ha dictado el Auto considera que la apariencia de buen derecho en la solicitud de los recurrentes “concurre desde el momento en que no es posible entender a priori como fraudulenta e insostenible la pretensión principal”. “Por parte del Ministerio Fiscal -dice el magistrado- se presentó escrito por el que no se oponía a la suspensión cautelar interesada en base a los argumentos que se dan en el mismo”. En el transcurso de la rueda de prensa, Caridad Navarro, presidenta de CONCAPA de Albacete y coordinadora del movimiento objetor a EpC en esta provincia, ha resaltado que “este segundo auto judicial de Albacete tiene para los padres objetores un doble valor: por un lado, procede de otro Juzgado de lo Contencioso-Administrativo distinto del que dictaminó lo mismo dos semanas atrás; por otro, corresponde al procedimiento con mayor número de familias recurrentes de los que hasta ahora se han presentado en España, ya que afecta a un total de 52 niños”. “Según los reales decretos que regulan los contenidos de las asignaturas, nuestros hijos tendrán que manifestar públicamente en clase sus opiniones y podrán ser evaluados por ello, lo cual nos parece inadmisible, además de estar prohibido expresamente por la Constitución”, añadió la presidenta de la CONCAPA provincial. “Tenemos el derecho a que nuestras familias tengan una identidad moral, a que nuestros hijos no sean ‘depurados’, y pelearemos por ello hasta llegar al Constitucional y si hace falta al Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, manifestó con firmeza. Por su parte, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética (PPE) y presente también en la rueda de prensa, ha manifestado que este Auto judicial se suma al casi un centenar de resoluciones judiciales que reconocen el derecho de los padres a objetar al conjunto de asignaturas conocidas como EpC. Según Bazán, “los objetores se muestran muy esperanzados por el reconocimiento que la gran mayoría de los tribunales han realizado de su derecho a la objeción de conciencia, y esperan que continúen las sentencias favorables en los cientos de demandas presentadas en prácticamente toda España”.

Un juez de Albacete da la razón a los objetores a EpC


* Un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Albacete decreta la suspensión cautelar de cursar la asignatura a seis padres objetores * La Junta dice que recurrirá, y que el auto no tiene ninguna aplicación real, porque ninguno de los alumnos con padres objetores va a cursar este año la materia GUADALAJARA, 02-09-08. 13 h. No ha podido estrenar el cargo con peores noticias la nueva consejera de Educación de la Junta de Comunidades, la alcarreña Mari Ángeles García: Hoy se ha sabido que un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete, ha decretado la suspensión cautelar de cursar Educación para la Ciudadanía a los primeros padres que llevaron, en esa provincia, la asignatura a los tribunales. Aunque sin entrar a valorar el fondo de la cuestión, el auto acepta la tesis del Ministerio Fiscal, favorable a la suspensión cautelar a la espera de una sentencia, dado que, de obligar a los niños a cursarla, “la obligatoria asistencia, estudio y evaluación de sus hijos menores a las clases en las que se imparten los contenidos de las asignaturas sobre las que se pretende el ejercicio de la objeción de conciencia, ya se habría producido y los daños que se hubieran podido causar a dichos menores necesariamente habrían de ser calificados como de imposible reparación”. Es la primera resolución de este tipo que se procuce en Castilla-La Mancha. Por su parte, la Consejería de Educación y Ciencia ha señalado esta misma mañana en una nota que el auto, que afecta a seis alumnos, "no tendrá ningún efecto real sobre la implantación de la asignatura en Castilla-La Mancha y será recurrido por el Gobierno regional". La Consejería no está de acuerdo en los términos en que se produce el auto, y no comparte la urgencia alegada en el mismo, "toda vez que sólo uno de estos seis alumnos cursará una de las materias objeto del recurso, y que no se trata de Educación para la Ciudadanía, sino de Educación ético-cívica de 4º de ESO. Materia, ésta última, que se venía cursando sin ningún tipo de objeción ni de polémica bajo la denominación de Ética". De esta forma, la Administración regional insiste en que Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos comenzará a impartirse con normalidad en las aulas de la región este curso 2008-2009 en 2º de ESO, y sigue defendiendo el valor de la misma como herramienta fundamental para la formación integral del alumnado.

El Supremo decidirá en tres meses sobre Ciudadanía


Preguntado por la eventualidad de abocar la decisión al Pleno de la Sala, integrado por una treintena de magistrados, Trillo indicó que "es una posibilidad", pero que aún tiene que madurar la decisión. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo tiene pendiente de resolver varios recursos contra decisiones de algunos tribunales superiores, como los de Andalucía y La Rioja, que reconocieron el derecho a la objeción de conciencia respecto de la polémica asignatura. El de Asturias se ha pronunciado en contra. La decisión del Supremo es fundamental para evitar la disparidad de sentencias. Ayer mismo, un juzgado de Albacete permitió de forma cautelar que seis alumnos no asistan a clase de Ciudadanía. Es el primer auto judicial favorable a los objetores en Castilla-La Mancha, aunque el Gobierno autónomo recurrirá la sentencia. La ministra de Educación, Mercedes Cabrera, exigió ayer a Esperanza Aguirre que "cumpla la ley", ante el anuncio de la presidenta de Madrid de permitir a los alumnos que sustituyan las clases de Ciudadanía por trabajos académicos o voluntariado, una propuesta que ya tumbaron los tribunales en la Comunidad Valenciana. El PP aúna criterios El Partido Popular, en su primera reunión tras las vacaciones, planteó reunificar las propuestas de las distintas comunidades donde gobiernan sobre Educación para la Ciudadanía, dijo la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal. El líder popular, Mariano Rajoy, se manifestó de nuevo en contra de la asignatura: "Ésa es la posición de la inmensa mayoría de mi partido y de la inmensa mayoría de los tribunales", dijo. Los populares opinan, con los obispos, que esta materia servirá para el "adoctrinamiento" de los niños.

El TSJ Asturias antepone en 14 sentencias la libertad de cátedra al derecho a objetar contra Ciudadanía


Asturias suma ya 504 recursos, de los que una treintena han llegado al tribunal autonómico y otros 16 ante el Supremo. Nuevo varapalo a los rebeldes asturianos frente a Educación para la Ciudadanía: catorce sentencias del Tribunal de Justicia de Asturias (TSJA) acaban de anteponer la libertad de cátedra de los profesores al derecho a objetar a la asignatura. En los fallos, del 24 de julio, la sala de lo contencioso administrativo del TSJA considera que los contenidos de la asignatura «no pueden suscitar duda alguna sobre su inconstitucionalidad». Además, reconoce que «a la Administración le corresponden establecer el marco general en que debe desenvolverse la actividad educativa a fin de garantizar la formación general de los alumnos» y, a los profesores, concretar los contenidos de cada asignatura «entro del derecho de libertad académica y de cátedra que corresponde a quienes llevan a cabo la función de enseñar con libertad dentro de los límites del puesto docente que desarrollan». Establece también que el contenido de la asignatura «no supone vulneración del principio de libertad ideológica y de religión o al de libertad de enseñanza». El fallo refrendan así la postura de la máxima instancia judicial de la región, que ya falló en febrero que la materia no vulneraba derechos fundamentales, como alegaban los padres. La sentencia han caído sobre ellos como un jarro de agua fría después de que el curso 2007/2008 concluyese en Asturias con medio millar de objeciones a la controvertida asignatura de nueva implantación, pero la batalla emprendida por asociaciones como el Foro de la Familia y Profesionales por la Ética, apoyadas por la jerarquía eclesiástica, anuncian, «no ha hecho más que empezar». «Septiembre caliente» «Asturias ha liderado desde el primer momento la oposición a la asignatura. Fuimos los primeros en levantarnos en armas y el resto de comunidades nos han seguido», afirma el presidente del Foro en Asturias, Ángel Mario Díaz, que resume así la situación: «Tenemos contabilizadas 504 objeciones, de las que más de una treintena han llegado ante el TSJA y 16 han alcanzado el Supremo». Díaz explica que «el goteo de objeciones es constante» y que la organización espera «una avalancha para el próximo curso», en el que la materia empezará a impartirse también en Primaria y Bachillerato además de en Tercero y Cuarto de Secundaria. Nuevas objeciones que, pronostica, «traerán un septiembre caliente y pondrán en serios aprietos a la Consejería» de Educación, que, «hasta el momento, ha demostrado una actitud completamente intolerante». Ángel Mario Díaz se refiere a que la consejería ha emitido su veredicto en más de treinta ocasiones: rechaza el derecho a objetar. «Y no contentos con eso, han montado una persecución en toda regla hacia los alumnos presionando a los colegios», denuncia Díaz. De los 16 estudiantes de Tercero de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) que no asistieron a clase en Asturias, la comunidad con mayor absentismo por esta causa, doce suspendieron una prueba extraordinaria que les daba una última oportunidad tras los exámenes finales, pero otros cuatro la aprobaron. «Algunos otros habían asistido a clase pero no se presentaron y, por tanto, constan como no evaluados». Esos alumnos de entre 14 y 15 años que han suspendido o que no se han presentado podrán pasar a Cuarto con la materia pendiente. El verdadero problema llegará este año con los que concluyan Cuarto, ya que, con una materia no evaluada, es imposible obtener el título de ESO, pasar de ciclo. «Podemos encontrarnos con alumnos que no puedan acceder a Bachillerato hasta que el juez no resuelva su caso, lo que puede prolongarse dos o tres años», advierte el portavoz del Foro de la Familia. Fuente: El Comercio, 30 de julio de 2008

Jaén, la provincia con más sentencias favorables a los padres objetores a EpC


ABC, 1-8-2008. La plataforma «Jaén Educa en Libertad» destaca que estas resoluciones favorables son un fuerte respaldo para los padres. JAÉN. La plataforma «Jaén Educa en Libertad» anunció ayer que ya son seis las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que respaldan a las personas objetoras a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) en la provincia jiennense.Con estas últimas sentencias, Jaén es la provincia andaluza «con un mayor número de resoluciones judiciales favorables a los padres objetores de conciencia », explicó este colectivo, que precisó que del as1 4 conocidas en el total de Andalucía, seis corresponden a padres objetores de laprovincia de Jaén. En la última sentencia, como en las anteriores, «el TSJA rechazal las alegaciones presentadas por el ministerio fiscal y la Junta manifestando expresamente que la asignatura, al tener como finalidad formar a los nuevos ciudadanos en valores comunes y emplear conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral ycívica, valoración ética, valores o conflictos sociales y morales puede ser razonablemente rechazable por los demandantes por razones filosóficas o religiosas». Así, la plataforma jiennense mostró su satisfacción porque «se reconoce de nuevo el derecho de los padres a ejercer la objeción de conciencia frente a la asignatura de Ciudadanía». «Jaén Educa en Libertad» resaltó que las estas sentencias y las dictadas por otros tribunales suponen un «fuerte respaldo a los padres objetores a Educación para la Ciudadanía», por lo que elGobierno y laJunta «deberán dar algún paso para resolver este conflicto que afecta ya a cerca de 44. 000 objetores en toda España y alrededor de 7. 000» en Andalucía.

El TSJ cántabro niega medidas cautelares a tres objetores, por estar en período no lectivo.


La Sala considera inapropiado conceder la suspensión provisional de la obligación de asistir a EpC porque estamos en época de vacaciones. Además, a dos de los afectados ni siquiera les corresponderá cursar la asignatura el próximo curso. HO y EUROPA PRESS.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado eximir de forma cautelar a tres alumnos de la asistencia a las clases de 'Educación para la ciudadanía', mientras se resuelven los recursos judiciales que han interpuesto sus padres para defender su derecho a la objeción. El Tribunal, en tres autos fechados en los días 8 y 9 de julio, rechaza la medida cautelar solicitada básicamente porque el curso ya ha finalizado y los alumnos se encuentran en plenas vacaciones escolares. En dos de los casos, se suma además el hecho de que los alumnos afectados ni siquiera tendrán que cursar la asignatura el próximo curso. Los padres de los alumnos habían reclamado como medida cautelar que sus hijos queden exentos de las clases de esta asignatura, en tanto se resuelven sus recursos contra las resoluciones de la Consejería de Educación en las que se les denegó el reconocimiento de su derecho a objetar. Los progenitores alegaron que "está en juego el derecho fundamental a la libertad ideológica y de conciencia" y explican que, si sus hijos se ven obligados a asistir a las clases mientras se resuelven los recursos, "se consumaría una violación de la conciencia". En cambio, sostienen que la ausencia de sus hijos a esas clases no perjudica "en nada ni a los intereses generales, ni al sistema educativo ni al resto de escolares". Por el contrario, la Consejería estima que la exención de esos alumnos por la objeción de conciencia de sus padres supondría "un perjuicio organizativo y económico a todos los niveles" de los centros escolares en que están escolarizados, que "afecta al interés general" y también a los propios estudiantes, si finalmente no se les reconoce el derecho a objetar. El TSJC no ha entrado a valorar las argumentaciones de las partes y ha resuelto que la petición no puede estimarse porque "las clases están suspendidas ya por el período de vacaciones estivales". Las medidas cautelares habían sido solicitadas por los padres de un alumno que ha estudiado durante el curso recién acabado 3.º de ESO en el colegio La Salle, una alumna que ha hecho 1.º de ESO en el Colegio Kostka y otra que estaba matriculada en 3.º de Primaria en el Colegio Peñalabra. En el caso de estas dos últimas, ni siquiera les corresponde cursar EpC a partir de septiembre, pues la escolarizada en el Colegio Kosta tendrá que cursarla en 3.º de la ESO y la alumna del Colegio Peñalabra habrá de estudiarla en 5.º de Primaria. Sin embargo, sí se verá afectado por la implantación del conjunto de asignaturas conocido como EpC el primero, que durante el curso 2008-2009 tendría que cursar 'Educación ético-cívica' de 4.º de ESO. ¿Resolverá el TSJC al menos ese procedimiento antes de que comience el curso 2008-2009? Considerando cuál es la razón esgrimida para denegar las medidas cautelares al alumno afectado, cabría esperar que así fuese. Las vacaciones escolares acaban oficialmente el 31 de agosto

El TSJ de La Rioja reconoce a 15 padres el derecho a la objeción de conciencia a EpC


Ayer jueves notificó a los representantes legales de los interesados ocho sentencias y hoy viernes les ha dado a conocer seis sentencias más y un auto de medidas provisionales. REDACCIÓN HO.- En dos días, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha notificado catorce nuevas sentencias favorables a los objetores de la comunidad. Durante la mañana de ayer, 17 de julio, notificó a la procuradora que representa a las familias objetoras ocho sentencias que reconocen el derecho a objetar en conciencia frente a las cuatro asignaturas conocidas como “Educación para la ciudadanía” (EpC). Hoy mismo, se le han notificado otras seis sentencias y un auto de medidas cautelares. Así se lo ha hecho saber a HO el abogado de los objetores y secretario general de CONCAPA-Rioja, Enrique Domingo. Las argumentaciones jurídicas con las que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal justifica sus fallos reiteran las esgrimidas en la sentencia del pasado día 8, que estimó un recurso interpuesto por los padres de un menor que estudia en el IES Duques de Nájera, de Logroño. Nuevamente, sus señorías consideran que, tal y como está diseñada en los reales decretos de enseñanzas mínimas de Primaria, la ESO y el Bachillerato, EpC es contraria a los artículos 16 y 27 de la Constitución, como en sus recursos alegaron los recurrentes. También vuelven a indicar que “la supuesta dualidad ética pública - ética privada no tiene el menor amparo constitucional” y que “la conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética, con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas”. Estas familias a las que el TSJR ha reconocido su derecho a objetar frente a EpC habían recurrido ante el máximo órgano judicial riojano las resoluciones administrativas en sentido contrario que les había notificado la Consejería de Educación, tras haber recibido sus declaraciones de objeción. Cada uno de los catorce fallos determina, como lo hacía el de la sentencia fechada el día 8, “la nulidad de pleno derecho” de la resolución denegatoria adoptada por la Administración Educativa autonómica, y reconoce “el derecho de la parte recurrente a ejercer el derecho de objeción de conciencia frente a las asignaturas de educación para la ciudadanía, según se regulan en los Reales Decretos 153/2006, 1631/2006 y 1467/2007?. Consiguientemente, las catorce resoluciones ordenan que los hijos de las familias que interpusieron los recursos queden exentos de cursar las cuatro asignaturas de EpC, lo que supone que han de ser eximidos tanto de asistir a sus clases como de ser evaluados, “sin que ello pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes”. Algunos de los alumnos a los que ha de aplicarse la exención dictada por el TSJR estudian en centros de los que es titular la Consejería de Educación y otros están escolarizados en colegios concertados. Es de esperar que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte recurra ante el Tribunal Supremo estas sentencias, como al parecer ha decidido hacer respecto de la del día 8 de julio. Aunque ningún alto responsable del departamento se ha manifestado sobre ello, eso fue lo que anunció el pasado día 15 Manuel Medrano, director de la Alta Inspección de Educación de la Delegación del Gobierno en La Rioja, como informó HO. El abogado de los objetores valora las sentencias Enrique Domingo ha manifestado a HO sus impresiones respecto del contenido de las sentencias y ha expresado lo que supone para él la experiencia que está viviendo, en su triple condición de abogado de las familias objetoras, secretario general de CONCAPA-Rioja y padre. Como abogado de los objetores, considera que “estas sentencias son un triunfo de las libertades y del Estado de Derecho, a la vez que un verdadero ejemplo del más auténtico ejercicio de la ciudadanía democrática”. Destaca que “en La Rioja, se está dando la circunstancia de que estas primeras sentencias reconocen derechos de familias de la pública y de un amplio abanico de colegios de la privada”. “Esto último”, ha señalado, “corrobora que la tesis de la FERE de que se puede adaptar el curriculum al ideario es una farsa: si fuese cierto, no habría motivo alguno para que el Tribunal concediera las objeciones a quienes escolarizan a sus hijos en centros FERE”. “Hay que tener en cuenta que estas sentencias reconocen derechos individuales, basados en unos hechos también concretos. Por lo tanto, si existiera la posibilidad jurídica de adaptar los contenidos al ideario, no habría ‘choque de conciencia’, luego técnicamente no podría reconocerse la objeción”, ha añadido. Así mismo, Domingo ha afirmado que “pese a que la asignatura se nos presenta como una suerte de ética pública -que, por lo tanto, debiera afectar solo al enjuiciamiento de actos ‘públicos’-, lo cierto es que en el propio desarrollo del currículo -sobre todo en ESO- se nos presenta esa ética también para los aspectos más íntimos, tales como la educación afectivo-emocional, la familia, etc. Es decir, los gobernantes se arrogan la facultad de establecer cuáles son los valores de lo que llaman ética cívica, pero nos los señalan también como válidos para lo que ellos mismos dejan al ámbito de la ética privada, por lo que su intención ideologizante es evidente”. Asegura que le causa especial satisfacción haber podido constatar, al leer el texto de las sentencias, que “hemos mostrado al Tribunal que nuestra oposición a la asignatura no obedece a ninguna creencia religiosa, sino, en esencia, a nuestro firme convencimiento democrático”. “En otras palabras”, prosigue, “la motivación de la objeción no está en lo que -con total acierto- haya podido decir la Conferencia Episcopal, sino en la Constitución y en los Tratados Internacionales. No es cuestión de determinar si la ideología que pretenden imponer es buena o mala, el problema es que el Estado no puede imponer ninguna ideología”. “Uno de los objetores que ya tiene sentencia se puso en contacto con nosotros y nos dijo que él era agnóstico y no era ‘pepero’, pero que a sus hijos no les imponía la moral nadie”, cuenta a modo de anécdota ilustrativa de su razonamiento anterior. “Como abogado”, confiesa, “es evidente que lo más bonito de nuestra profesión es la defensa de los derechos fundamentales, por lo que esta experiencia está siendo muy gratificante para mí”. Por otra parte, como secretario general de CONCAPA, dice haber llegado a la conclusión de que los padres han de implicarse mucho más en el sistema educativo y no pueden esperar que otros los defiendan. “Hemos hablado mucho de derechos, pero estos siempre van acompañados de responsabilidades, que hemos de asumir nosotros, los padres: ni los políticos, ni los titulares de los centros: nosotros”, asegura. Finalmente, la vivencia que como padre está suponiendo para él su implicación plena en el movimiento objetor, la resume recordando un comentario de un padre objetor a otro que dudaba: “Si quieres ser tú el referente moral de tus hijos, tienes que presentarles una conducta íntegra, auténtica y totalmente coherente con tus valores. Tus hijos saben que te opones totalmente a esta asignatura, si no actúas con todas las consecuencias, no percibirán una conducta coherente, por lo que tus principios morales no serán atractivos para ellos y, tarde o temprano, dejarás de ser su referente moral y te sustituirán por otro más auténtico”. Fuente: HO 18-07-08

El Gobierno de Chaves también ha flexibilizado su postura en EpC


M. B. SEVILLA (27-07-08) También en Educación para la Ciudadanía (EpC), uno de los temas en los que tanto el Gobierno central como la propia Consejería de Educación se mostraron más firmes al comienzo del curso pasado, han tenido que modificar su postura. Y pese a que la Consejería de Educación anunció a principios de curso que no transigiría con los alumnos objetores, y que suspendería a todos los que no acudieran a clase, igual que en Matemáticas o Lengua, al final la sangre no ha llegado al río. De hecho, la postura de la Junta de Andalucía ha ido flexibilizándose a la par que llovían las sentencias del TSJA a favor de los padres objetores y estos se multiplicaban. Primero fue una sentencia que daba la razón a unos padres objetores de Bollullos para que su hijo no acudiese a clase de Educación para la Ciudadanía ni fuera evaluado. Posteriormente llegó otra de otros padres, de Málaga. Y finalmente hace sólo unas semanas otra en Sevilla. A ello se sumó la sentencia que anulaba parte de los contenidos de la asignatura porque vulneraba derechos fundamentales. Aunque Educación ha recurrido cada uno de los fallos ante el Tribunal Supremo (como también ha hecho con la pieza fundamental) otra cascada de autos del TSJA decretando medidas cautelares para medio centenar de padres objetores, también ha calado. Pese a que el Departamento que dirige Teresa Jiménez ha minimizado en todo momento la polémica, argumentando que el número de objeciones contra la materia que le constaban no llegaban a 500 frente a la mayoría de los alumnos que han cursado con normalidad la asignatura, ha habido algunos cambios de postura. De hecho, en la tercera evaluación no todos los alumnos objetores han sido suspendidos como anunciaron a principios de curso. A algunos, los que tenían autos del TSJA dándoles la razón, o incluso con medidas cautelares, a la espera de la sentencia definitiva, les han calificado como no evaluados. Y después también han decidido ser más flexibles en cuanto al modo de recuperación de la asignatura para septiembre. Para recuperar Educación para la Ciudadanía a algunos les bastará con hacer un trabajo sobre una ONG o sobre la Constitución y los valores que esta proclama. Y de hecho algunos ya han elegido el tema a desarrollara para su trabajo: Cáritas.

El TSJ de La Rioja también admite la objeción a EpC


HO y EUROPA PRESS.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado con fecha 8 de julio una sentencia favorable a la objeción de conciencia, estimando un recurso interpuesto por los padres de un menor que estudia en el IES Duques de Nájera, de Logroño. Los recurrentes habían recurrido ante el TSJR la decisión administrativa adoptada por la Consejería de Educación, que les había denegado la objeción de conciencia. El fallo de la sentencia declara "la nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa objeto del mismo", y reconoce "el derecho de la parte recurrente a ejercer el derecho de objeción de conciencia frente a las asignaturas de educación para la ciudadanía, según se regulan en los Reales Decretos 153/2006, 1631/2006 y 1467/2007". "Declaramos a su hijo exento de cursarla", añade. EpC vulnera dos artículos de la Constitución Según la sentencia, la mencionada asignatura es contraria a los artículos 16 y 27 de la Constitución, que alegan los recurrentes. El artículo 16.1 "garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley". Por su parte, el artículo 27.3 establece que "los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Los magistrados invocan la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: "Al cumplir un deber natural hacia sus hijos, de quienes les corresponde prioritariamente «asegurar la educación y la enseñanza», los padres pueden exigir del Estado el respeto a sus convicciones religiosas y filosóficas. Su derecho corresponde, pues, a una responsabilidad estrechamente vinculada al goce y el ejercicio del derecho a la instrucción [STEDH de 29 de junio de 2007, TEDH 2007\53]". "Por lo tanto, el derecho fundamental de los padres consignado en el artículo 27.3 de la Constitución, a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, veda ese tipo de intervención estatal: tanto la imposición de criterios morales como el adoctrinamiento ideológico", prosigue el texto de la sentencia. Falsa dualidad ética pública - ética privada Por otra parte, sus señorías seguran que "la supuesta dualidad ética pública - ética privada no tiene el menor amparo constitucional". "La conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética, con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas", añaden. "Los ámbitos de los artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución no son, paralela y respectivamente, los de una moral pública y una moral privada, sino que el ámbito del artículo 27.2 se refiere sólo al respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, pero estos principios, derechos y libertades no son más que una parte de la denominada moral pública. Y de admitirse este concepto, el ámbito del artículo 27.3 de la CE abarcará la moral pública en todo lo demás que no sea ese respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, y abarcará también la completa moral privada", argumenta el Tribunal. El currículo de EpC excede el marco constitucional Tras citar el Dictamen del Consejo de Estado 2234/2006, sus señorías hacen notar que "la difusión por el Estado a través del sistema educativo de valores que no estén consagrados en la propia Constitución o sean presupuesto o corolario indispensables del orden constitucional, no se ajusta al artículo 27.3, que cuando garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, 'está estableciendo una órbita de libertad privada y de terreno acotado para el poder público, impidiendo formaciones ideológicas imperativamente predispuestas desde el Estado' (Auto del Tribunal Constitucional 276/1983)". Uno de los excesos en que incurre EpC se refiere a la ideología de género. "La difusión por el Estado a través del sistema educativo de la denominada ideología de género, no se ajusta al artículo 27.3, que cuando garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, 'está estableciendo una órbita de libertad privada y de terreno acotado para el poder público, impidiendo formaciones ideológicas imperativamente predispuestas desde el Estado' (Auto del Tribunal Constitucional 276/1983)", determina la sentencia. El Estado rompe la neutralidad que le impone la Carta Magna Respecto de la obligada neutralidad del Estado, la sentencia afirma que "dimana también de la aconfesionalidad del Estado (artículo 16.3 de la Constitución Española), que le obliga a no adoctrinar, es decir, a no asumir como oficial ninguna doctrina ética, moral, religiosa o humanista, y le impide transmitirla mediante el sistema educativo público, el cual ha de ser objetivo y plural en la transmisión del conocimiento y los saberes". "Así mismo, el deber de neutralidad del Estado", prosigue el texto, "le impide cualquier indagación sobre la ideología o creencias de los educandos (artículo 16.2 de la Constitución Española)". El TSJR considera que, a través del currículo de EpC (fijado por los reales decretos de enseñanzas mínimas de Primaria, la ESO y el Bachillerato), el Estado rompe ese principio de neutralidad porque, "con la denominada 'ética cívica', la asignatura no sólo se refiere a la dimensión pública de la conducta, sino que aborda cuestiones como la 'educación afectivo emocional', el 'reconocimiento de los sentimientos propios y ajenos', 'los interrogantes del ser humano', 'inteligencia, sentimientos y emociones', 'las relaciones interpersonales', 'los prejuicios', etc., imponiendo unas normas morales como 'valores universales'". EpC tiene voluntad adoctrinadora A juicio del tribunal, el desarrollo reglamentario de la LOE (reales decretos 1513/2006, 1631/2006 y 1467/2007) "pone de manifiesto un contenido de formación moral en esta asignatura y su expresa pretensión de conformar en los alumnos, una conciencia moral concreta, la denominada 'conciencia moral cívica', que sería una especie de moral pública, imponiéndoles como normas morales una serie de valores concretos que son los elegidos por el Estado en un determinado momento histórico, erigiéndolo así en adoctrinador 'de todos los ciudadanos y ciudadanas en valores y virtudes cívicas', pues trata de impartir e imponer conductas ajustadas a una moral concreta, no 'neutra', dando por supuesta una ética cívica o pública distinta de la personal". Para la Sala, los reales decretos que regulan y hacen obligatorias las asignaturas de Educación para la Ciudadanía son contrarios a Derecho, aunque su ilegalidad sólo podría declararla el Tribunal Supremo, ya que han emanado del Consejo de Ministros. "Estimamos el presente recurso, declaramos la nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa objeto del mismo, a que se contrae la presente litis, y reconocemos el derecho de la parte recurrente a ejercer el derecho de objeción de conciencia frente a las asignaturas de educación para la ciudadanía, según se regulan en los Reales Decretos 1513/2006, 1631/2006 y 1467/2007, y declaramos a su hijo, exento de cursarla, asistir a sus clases y ser evaluado, sin que ello pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes", dice el Tribunal en su fallo. Voto particular en contra de la resolución La sentencia sólo ha sido firmada por dos de los tres magistrados que componen la Sala. El tercer magistrado emite un voto particular a la misma por considerar que el recurso debía haber sido desestimado porque entiende que, aunque la asignatura tiene una carga moral, no tiene una voluntad de "adoctrinamiento". "No se pretende imponer ningún tipo de moral concreta como sostiene la sentencia, sino que tales contenidos forman parte de la denominada ética cívica entendida como conjunto de valores y principios éticos que una sociedad moralmente pluralista comparte", prosigue el voto particular. "Es una ética mínima. No se trata de imponer una ideología común a todos los ciudadanos", por lo que "el fallo jurisdiccional hubiera debido desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto", sostiene este juez.

EpC.- Profesionales por la Ética registra 41.107 objeciones a tres meses del inicio del próximo curso


Profesionales por la Ética anunció hoy que, a tres meses del inicio del próximo curso académico, en el que se impartirá de forma obligatoria Educación para la Ciudadanía en todas las comunidades autónomas --hasta ahora sólo lo habían hecho siete de ellas--, ha registrado un total de 41.107 objeciones de conciencia. Esta asociación denunció, además, que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, trata a los padres objetores a la asignatura "como delincuentes, por negarse a que sus hijos sean educados moralmente por el Estado". Así, Madrid con 10.875 objeciones de conciencia, Castilla La Mancha (8.790) y Andalucía (7.133) encabezan la lista de las regiones que más oposición muestran a la asignatura, seguidas de Murcia (3.895), Comunidad Valenciana (3.644) y Castilla y León (2.803). En este contexto, el presidente de profesionales por la Ética denunció que el Principado de Asturias, que se encuentra a mitad de tabla con 530 objeciones, y cuya Consejería de Educación ha rechazado la objeción mediante resoluciones administrativas, "no sólo ha suspendido a los alumnos objetores, sino que ha abierto expedientes por absentismo para amedrentar a los padres". SITUACIÓN JURÍDICA DE EpC En cuanto a la situación jurídica actual de objeción a EpC, el presidente de Profesionales por la Ética, afirmó que "hasta ahora hay tres sentencias (dos del TSJ de Andalucía y una del de Asturias) que "reconocen de forma explícita el derecho constitucional a objetar". Por este motivo, aseguró que "hay base jurisdiccional suficiente para que las administraciones dejen de tratar a los padres como delincuentes". "EpC está provocando una considerable fractura social y jurídica, al entrar en conflicto con los derechos fundamentales de los padres", aseguró, el presidente de Profesionales por la Ética, Jaime Urcelay, quien reiteró la "necesidad" de que el Gobierno "elimine del currículo esta asignatura o la haga optativa". En su opinión, el Ejecutivo "sigue falseando la realidad" de la nueva materia y "el derecho a los padres a objetar", alertando de que si el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales "mantienen la misma insensibilidad", el número de objeciones "se multiplicará". PECES BARBA "DOGMÁTICO E INTRANSIGENTE" En relación a las "críticas" del politólogo y jurista Gregorio Peces-Barba Martínez al movimiento objetor a Educación para la Ciudadanía, manifestando la "inviabilidad" de las objeciones, Urcelay aseguró que Peces Barba "ya se ha equivocado varias veces, sobre todo, cuando dijo que no iba a haber ninguna sentencia a favor de la objeción". Asimismo, el presidente de Profesionales por la Ética calificó al pensador de "dogmático e intransigente", por "decir cuáles deben ser los valores morales de los ciudadanos". "Le pedimos una mayor sensibilidad hacia la libertad de los padres", sentenció.

La Junta andaluza rectifica y no suspenderá a los hijos de objetores a EpC amparados por el TSJA


A. F. C. SEVILLA. La Consejería de Educación andaluza ha rectificado su decisión de suspender a los alumnos que no han asistido a las clases de Educación para la Ciudadanía por ser sus padres objetores de conciencia y ha mandado una nueva orden a los centros escolares en la que sustituye la de darles una «evaluación negativa», como mandó hacer a principios de este mes de junio, por la de calificarlos como «no evaluado». Esta decisión de la Junta ha sido calificada como de «muy positiva» tanto por el letrado Carlos Seco ,que ha protagonizado el conflicto jurídico entre los padres objetores y la administración educativa, como por el secretario general en Andalucía de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Rafael Camaño. El cambio de actitud de la Junta ha sido drástico ya que mientras que en la orden enviada por la Viceconsejería a los centros el 4 de junio decía textualmente que «no se estiman exenciones o procesos distintos de evaluación para determinadas materias» y que «el alumnado cuyos padres han presentado objeción de conciencia y que no ha asistido a las sesiones de clase de la materia de Educación para la Ciudadanía durante el curso escolar tendrán una evaluación negativa de la misma, tal y como se procedería en cualquier otra materia en circunstancias similares». Esa orden de la Junta provocó que las asociaciones de objetores a EpC y el letrado Carlos Seco recordaran a la Consejería que ya son varios los padres que están amparados por el TSJA que suspendió cautelarmente la obligación de los alumnos de acudir a clase, por lo que el suspenso que tenía previsto darles la Junta iba en contra de esas decisiones judiciales. De hecho, desde la CECE, Rafael Camaño instó también a la Junta a cambiar de actitud ya que según ha explicado a ABC «era una barbaridad porque de alguna manera con esa orden se estaba instando a los centros a no acatar las ordenes judiciales». En definitiva, Educación ha dado marcha atrás y ha enviado una nueva orden a los centros, con fecha de 23 de junio, en la que textualmente dice que «se ha detectado un error material» y ordena sustituir la orden anterior por esta otra en la que dice: «En lo que respecta a la materia Educación para la Ciudadanía, impartida en el curso 3º de la Educación Secundaria Obligatoria, del alumnado cuyos padres o tutores ha presentado recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con autos o cualquier resolución judicial en los que el tribunal acuerda suspender cautelarmente el acto impugnado, que consiste en la solicitud presentada en la Consejería de Educación del reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia respecto a la aplicación de la citada asignatura, en estos casos, los centros docentes deben consignar el los correspondientes documentos de evaluación del alumnado la expresión «no evaluado» acompañada de una diligencia en la que conste que así resulta por aplicación del auto o resolución citada. Esta orden sólo afecta sólo a los alumnos que ya han obtenido del TSJA la suspensión cautelar de la obligación de cursar EpC, pero no a los que aún esperan resolución. Sin embargo, el secretario general de CECE Andalucía informó ayer a ABC de que están negociando con la Junta que se aplique a todos los hijos de objetores, puesto que es de esperar que el TSJA dicte resoluciones similares para todos los que han recurrido.

Un auto de un juzgado de Huesca permite a unos padres objetar contra Educación para la Ciudadanía


La polémica asignatura de Educación para la Ciudadanía, creada por el Gobierno socialista para educar según los valores del Estado, ha recibido otro duro revés. En Huesca, un juez ha permitido la objeción para unos niños alegando que "la inasistencia de los alumnos a las clases presenciales de la asignatura, no provoca ningún daño a terceros". Para ello pone ejemplos como la ausencia de los alumnos a Religión Católica o la preparación en los centros escolares de menús para musulmanes, algo que no ocurre con niños celíacos o hipertensos. La Justicia ha emitido otra sentencia favorable a los objetores a la polémica asignatura de Educación para la Ciudadanía. En este caso ha sido en Huesca, donde el magistrado sustituto del Juzgado Contencioso Administrativo, Antonio Martín González, ha dejado en suspenso la medida llevada a cabo por el Gobierno de Aragón de la obligatoriedad de cursar esta asignatura. De hecho, estos padres presentaron un recurso por la vulneración de derechos fundamentales "frente a la resolución del Viceconsejero de Educación de fecha 03/04/08 que acordaba no haber lugar a la objeción de conciencia planteada frente a la asignatura 'Educación para la Ciudadanía' obligando a sus hijos a cursarla, en contra de las convicciones de sus progenitores". El juez asegura en su escrito que la "inasistencia de los alumnos a las clases presenciales de la asignatura, no provocan ningún daño a terceros". Y para ello argumenta que los alumnos objetores pueden realizar esas horas lectivas en otras materias o dedicarlas al estudio en el mismo centro como ocurre con la asignatura Aulas y Biblioteca. El magistrado dispone que "no se altera significativamente el buen funcionamiento del centro escolar" y se atiende a situaciones similares como la falta a la asignatura de Religión Católica. Destaca además el ejemplo propuesto por el juez que asegura que "también es habitual y frecuente la preparación de un menú escolar diferente para los alumnos musulmanes, algo que no ocurre respecto de los alumnos necesitados de una dieta especial como celíacos o hipertensos". "Las administraciones educativas parecen primar los motivos religiosos sobre las causas de salud", subrayó. En este sentido, si no se aprobara la objeción esto "provocaría que los hijos menores recibieran una enseñanza o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores, que es lo que éstos tratan precisamente de evitar".

El TSJA dicta el fallo número dieciséis contra Ciudadanía


Y van trece. La sala de lo contencioso administrativo del TSJA, otra vez la sección III, ha vuelto a dictar una sentencia en la que reconoce el derecho de unos padres a que sus hijos no estudien Educación para la Ciudadanía mientras se produce el fallo definitivo. Se trata de la medida cautelar número trece de este tipo. Pero a ella hay que sumar dos sentencias, las de los padres de Bollullos y otros de Málaga en la que se reconocía el derecho a la objeción de conciencia. Y a ello hay que añadir la de la demanda principal presentada por Calos Seco: es decir, el fallo que anulaba parte de los contenidos de la asignatura y que la Junta de Andalucía ha recurrido. Al final son un total de dieciséis los fallos contra la citada asignatura. El nuevo fallo concede en este caso las medidas cautelares para que sus hijos ni estudien la materia ni sean evaluados, a la espera de la sentencia definitiva. Lo más novedoso es que, en este caso, se trata de unos padres de Sevilla, cuyos hijos estudian en un centro privado y católico de Sevilla.Otra vez se trata de un recurso presentado por unos padres después de que la Delegación de Educación les inadmitiera su solicitud para que sus hijos (uno en tercero de ESO y los otros dos en Primaria) no estudiaran la asignatura objetando frente a ella. Sin embargo, el fallo emplea las mismas tesis que ha mantenido en los anteriores. Es necesario «salvaguardar la finalidad legítima del recurso». Además, según los magistrados «por la naturaleza del acto impugnado y de los derechos en juego, que son el de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y el de la libertad ideológica y religiosa, si se deniega la medida cautelar se crea una situación que no podría ser alterada por el contenido de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes, porque entretanto el menor habría recibido los contenidos educativos que se pretenden enviar». De ahí la necesidad de que, según los jueces, haya que adoptar la citada medida cautelar. En cuanto al hecho de que algunos de los niños no deben cursar todavía la citada asignatura porque no les toca este año, consideran que la petición es adecuada «aunque no tenga efecto inmediato sino cuando llegue el momento de cursar la asignatura». Carlos Seco, letrado que recurrió la asignatura valoró ayer de forma positiva el nuevo fallo y resaltó que tiene la peculiaridad de que los alumnos cursan sus estudios en un centro privado y que ninguno de ellos la cursaban en el momento de presentar la objeción. Para Seco, los argumentos del TSJA enlazan con la sentencia que anuló parte de los contenidos porque «como afirmaba aquel fallo los idearios o proyectos educativos no pueden en ningún caso garantizar el derecho de los padres a educar en libertad». Seco también destacó que el fallo recuerda que la adopción de la medida cautelar es adecuada aunque no tenga un efecto inmediato. Sí hay derechos vulnerados Por otro lado, Seco quiso contestar a la consejera de Educación, quién en manifestaciones publicadas ayer, insistió en que la asignatura «no conculca ningún derecho». Seco recordó a la consejera que si el TSJA ha anulado algunos contenidos de EpC, es por que sí se está vulnerando el derecho de los padres a educar en libertad. Además, Seco insistió en que como dice el TSJA es imposible adaptar la asignatura a los idearios y proyectos educativos, pues los Centros no pueden modificar objetivos o criterios de evaluación. Por ello, la consejera vuelve a insistir en la mentira, queriendo aparentar normalidad, insistiendo en un argumento falso sobre la adaptabilidad. Le instó a que ejecute la Sentencia, a que adapte el currículo a los resuelto, y que no vaya a incurrir en un supuesto de desacato que podría tener consecuencias penales.

Las objeciones a Educación para la Ciudadanía superan las 35.000


La polémica asignatura se implantará el curso que viene en 4º de ESO con el nombre de 'Educación ético-cívica'. Gaceta de los Negocios, 4 de junio de 2008. Madrid.- Las objeciones de conciencia frente a la asignatura 'Educación para la Ciudadanía' (EPC) han superado las 35 mil en toda España, a pocas semanas de que finalice el curso escolar. Según datos facilitados por Profesionales por la Ética, por comunidades autónomas, Castilla-La Mancha (8 042), la Comunidad de Madrid (8025) y Andalucía (6 483) son las comunidades con mayor número de objeciones presentadas. Según Leonor Tamayo, de Profesionales por la Ética, en las últimas semanas se están presentando objeciones masivas; es el caso de Collado Villalba (Madrid), localidad en la que ayer mismo la Plataforma Educa en Libertad Madrid Noroeste anunciaba la presentación de 1 063 nuevas objeciones correspondientes a centros educativos de Collado Villalba, las Rozas, Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Cercedilla, Galapagar y Torrelodones. Además, según indica www.objetores.org, en una semana han surgido nuevas plataformas de padres objetores a esta materia obligatoria. Es el caso de NI UN PASO ATRÁS (plataforma de Sevilla), PADRES EN ACCIÓN (Madrid) y TENERIFE EDUCA EN LIBERTAD (Tenerife). Por otra parte, Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética recuerda que en el curso 2008-2009 la asignatura EpC se implantará en toda España en 2º o 3º de ESO (en siete comunidades autónomas ya se venía dando en 3º de ESO) y, por primera vez, en 4º de ESO y en 1º de Bachillerato. En 4º la asignatura se llama Educación Ético-Cívica y mantiene los objetivos de la asignatura para toda la ESO; entre estos objetivos se encuentran "ayudar a los alumnos a construirse una conciencia moral y un pensamiento y proyecto de vida propios" así como "construir una ética común". Educación Ético-Cívica, tal como la ha diseñado el Ministerio de Educación, incluye algunas novedades respecto a 3º de ESO. Así, se incide en los dilemas ético-cívicos y en la consideración de las alternativas existentes, en la educación afectivo-emocional, en la identidad personal y en los interrogantes del ser humano. Entre los criterios para evaluar a los alumnos se tratará de comprobar "si se comprende el pluralismo político y moral" y si se "identifican los distintos elementos de la dimensión moral de las personas y del comportamiento humano y de los dilemas morales que se plantean en el mundo actual". Educación Ético-Cívica evaluará también si los alumnos realizan un "uso adecuado de la argumentación sobre dilemas y conflictos morales".

Nueva sentencia del TSJA que reconoce el derecho de los padres a elegir colegio.


El fallo denuncia la «penosa realidad de los niños», que no pueden estudiar en el centro escogido por su familia. S. R. sevilla- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres el derecho de sus hijos a tener una plaza escolar en el colegio concertado que deseen. Según la sentencia, prevalece su derecho constitucional a elegir el tipo de educación de sus hijos sobre el problema de masificación que pueda tener el centro, informa Efe. El TSJA asegura que hay que «ponderar los intereses en conflicto» y considera más importante «el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones». Frente a ello, «no existe dato objetivo que determine un perjuicio del interés general por la mayor escolarización de menores en el centro», dice el fallo. Los jueces otorgan a los padres, representados por la letrada Carmen García Díaz, el derecho a que su hija tenga plaza en el colegio concertado del barrio sevillano de Los Remedios que habían pedido, en una sentencia que no entra a valorar los restantes argumentos que utilizó la Junta de Andalucía para rechazar su petición. La Sección Tercera de lo Contencioso del TSJA denuncia en su sentencia «la penosa realidad de unos niños a los que, pese al decir solemne de la Constitución, se les niega el derecho a iniciar sus estudios en el colegio que sus padres eligen por falta de plazas bastantes». Añaden los jueces que creen «lamentable la realidad cotidiana de proliferación» de este tipo de pleitos «por el desfase entre el número de plazas escolares y el de candidatos a ocuparlas». «Y esto en una nación que tiene en las ínfimas tasas de natalidad uno de los problemas endémicos más preocupantes», añaden los jueces. La niña había sido rechazada porque el baremo no le dio puntos por tener una hermana escolarizada en el mismo centro, en un curso aún no concertado con la Junta. Sentencia firme La sentencia, que es firme, no entra a valorar tales razones y simplemente dicta que prevalece el derecho constitucional de los padres a elegir el tipo de educación y el de los niños para evitar los «perjuicios psicológicos» que pueden sufrir «con los sucesivos cambios de entorno educativo, emotivo y de amistades». Frente a ello, dice la sentencia que el único interés afectado es la existencia de más alumnos de los permitidos en cada unidad escolar, pero no hay un «perjuicio del interés general por la mayor escolarización de menores en el centro».

Parodia de Dios en un libro de Educación para la Ciudadanía.


El contenido de los manuales de Educación para la Ciudadanía (EpC) vuelve a estar en el centro de la polémica. Esta vez un libro para alumnos de 4º de ESO (15 años) editado por Akal ha desatado la crítica de asociaciones de objetores y padres por su «claro carácter adoctrinador». El manual, del que son autores Carlos y Pedro Fernández Liria y Luis Alegre, a la venta al precio de 22 euros, arremete contra la doctrina moral de la Iglesia católica, parodia la elección del Papa, critica el capitalismo, propone a Cuba como modelo económico y trata como innegociable el derecho al aborto, todo ello ilustrado con abundantes viñetas cargadas de expresiones soeces, según ha denunciado la asociación Educación y Persona. Así, por ejemplo, el manual hace un ataque frontal a la Iglesia en párrafos como el siguiente: «Resulta sorprendente que (...) algunos sectores de la Iglesia parezcan dispuestos a agotar todas sus fuerzas en combatir las leyes civiles que legitiman la unión entre personas del mismo sexo, las leyes que reconocen a las mujeres el derecho a interrumpir el embarazo o las que permiten el libre uso de anticonceptivos en las relaciones sexuales. Afortunadamente, no tenemos que anteponer sus enseñanzas a las de Jesucristo (página 175, tema: Problemas sociales en el mundo actual». Pero este no es el único párrafo en el que se carga contra la Iglesia; en otro apartado puede leerse: «La Iglesia se ha movilizado en contra de que esta asignatura de Educación para la Ciudadanía hablase siquiera de que existen opciones sexuales diferentes a las sancionadas por ellos. Han intentado ocupar el lugar de las leyes tratando de llenarlo con sus dioses y sus templos» (página 232, tema: «Teorías éticas y derechos humanos»). El texto viene ilustrado con viñetas en las que se parodia la creencia en Dios o distintas expresiones religiosas. Así, una de las ilustraciones representa a un hombre y una mujer cayendo al vacío con el título: «La expulsión de Adán y Eva del paraíso». El hombre dice: «Ya te lo advertí, Eva, que eso de que pensásemos no le iba a hacer ni una pizca de gracia al viejo» (página 234, bloque 6, «Igualdad entre hombres y Mujeres»). En el libro, en el que se asegura que se aborda la asignatura «desde una perspectiva radicalmente nueva que ofrece numerosas posibilidades para la autocrítica y la reflexión», también se defiende la libertad de la mujer a disponer de su cuerpo sin cortapisas de ningún tipo: «El derecho debe garantizar que cada uno pueda hacer con su sexo, su vida o su propiedad lo que quiera». Educación y Persona ha denunciado el marcado enfoque anti capitalista del texto: «La mayor amenaza que ha pesado nunca sobre la pervivencia de la familia la constituye precisamente el capitalismo». Además, propone a Cuba como modelo económico: «Hay sólo un país en el mundo que tiene un desarrollo aceptable y universalizable a la vez: Cuba. Fernando López Luengo, vicepresidente de Educación y Persona y catedrático en Filosofía, asegura que «da mucho que pensar que el único país ?sostenible? del mundo sea un país socialista». Además, denunció «la forma en la que algunos libros colaboran con el adoctrinamiento de los menores», aunque también reconoció que «la mayor parte de las editoriales han eludido los temas escabrosos saltándose los contenidos mínimos obligatorios». Pero ante todo cree que «el Estado no es quien para entrar en la ?ética personal? de mis hijos».

La Junta de Castilla y León anuncia que no reconocerá las objeciones de conciencia a Educación para la Ciudadanía.


Profesionales por la Ética denuncia que la Junta castellanoleonesa restringe libertades fundamentales de los padres. Más de 15.000 ciudadanos han escrito a Rajoy y a varios presidentes autonómicos del PP exigiéndoles que cumplan sus promesas electorales y reconozcan los derechos de los objetores a EPC. REDACCIÓN HO.- El consejero de Presidencia y portavoz de la Junta de Castilla y León ha declarado este jueves que la Consejería de Educación no reconocerá las objeciones de conciencia a la asignatura 'Educación para la ciudadanía' (EPC). Profesionales por la Ética (PPE) denuncia, a través de un comunicado remitido a HO, que con esta actitud, la Junta de Castilla y León se suma a posturas intransigentes de los gobiernos de comunidades autónomas como Asturias y Andalucía, donde no solamente se ha ignorado este derecho constitucional de los padres sino que además se está amenazando a los objetores a esta polémica asignatura. En Castilla y León, 'Educación para la ciudadanía' se implantará el año que viene en dos cursos de ESO y en 1.º de Bachillerato. En el mes de marzo pasado, el Consejero de Educación de Castilla y León se comprometió ante miembros de la 'Plataforma Soria Educa en Libertad' a recibir las objeciones, aunque intentó disuadir a los padres objetores con amenazas más o menos veladas. En los últimos meses, y ante la inminente implantación de EPC, en la comunidad castellanoleonesa se han constituido plataformas de padres objetores en León, Salamanca, Valladolid, Palencia, Burgos, Valladolid, Segovia y Soria. A seis meses de impartirse EPC en Castilla y León, PPE ha contabilizado 1.744 objeciones. En las últimas semanas, se están presentando masivamente. Ayer mismo, como ha informado HO, la plataforma 'Palencia Educa en Libertad' comunicó la formalización de 80 nuevas objeciones, correspondientes a centros concertados y públicos de la provincia. Por su parte, la plataforma vallisoletana 'Padres por la Libertad' presentó 205 objeciones de familias que se oponen a que sus hijos reciban EPC. PPE aporta datos por provincias: en Valladolid se han presentado al menos 583 objeciones; en Burgos, 550; en Salamanca, 209; en Soria, 202; en León, 130; en Palencia, 94; en Segovia, 36; en Zamora, 12 y en Ávila 10. Leonor Tamayo, coordinadora de la campaña de objeción a EPC de Profesionales por la Ética, advierte de que estas cifras siempre son menores que las reales, puesto que muchos padres objetan sin notificarlo a las plataformas y asociaciones promotoras de la objeción. La objeción de conciencia es un derecho "Los padres objetores de Castilla y León, al igual que los de toda España, solamente reclaman su derecho constitucional a la objeción de conciencia y el cumplimiento pleno del artículo 27.3 de la Constitución Española, que declara el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones morales y filosóficas", asegura Tamayo. "El Consejero de Presidencia ha argumentado que no caben las objeciones a EPC en Castilla y León porque en su comunidad han sido suprimidos los contenidos ideológicos. Sin embargo", añade Tamayo, "los padres objetan porque la asignatura sigue teniendo el objetivo de formar la conciencia moral de los alumnos". Para Jaime Urcelay, presidente de PPE, la decisión de la Junta de Castilla y León de rechazar las objeciones de los padres no hará sino intensificar la actividad de las plataformas de padres y ciudadanos. En los últimos días, a través de varias alertas de HazteOir.org, más de 15.000 ciudadanos han pedido a Rajoy y a los presidentes de varias comunidades autónomas en las que gobierna su partido que se respeten escrupulosamente los derechos de los padres objetores, tal como el PP se comprometió a hacer durante la campaña electoral. Además, plataformas ciudadanas que agrupan a unos 3.000 padres han escrito al presidente del Partido Popular en el mismo sentido. "No es coherente", afirma Tamayo, "que antes de las elecciones el presidente del PP se mostrara solidario con los padres objetores y asegurara que EPC era una asignatura de adoctrinamiento y ahora el PP esté haciendo lo mismo que el PSOE en las comunidades en las que gobierna".

Batalla jurídica campal por Epc en Andalucía, tras las sentencias del TSJA


Carlos Seco dijo no entender cómo en un Estado democrático, plural y libre, "pueden existir materias sobre las que no es posible el diálogo social". "No cabe reconocer derechos a determinados grupos y negárselos a otros. Quienes así actúan se sitúan fuera de las reglas del juego democrático", indicó el letrado. Por su parte, otro de los padres recurrentes, Miguel Gómez Agüero, acusó a la consejera de Educación de "enrocarse" en su actitud de no diálogo y le recordó que no es cierto que exista libertad de elección de centro en Andalucía "como prueban los sorteos de niños" en los colegios. Mientras tanto, el martes la Abogacía del Estado presentaba recurso a la sentencia del TSJA alegando la improcedencia de plantear una cuestión de legalidad de la norma nacional, según informa Efe. La Abogacía del Estado considera que los contenidos de la asignatura son constitucionales, pero en especial se opone a la decisión del TSJA de plantear al Supremo una cuestión de ilegalidad de los Reales Decretos. La Abogacía del Estado recurrió el martes la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló parte de la asignatura de Educación para la Ciudadanía. El recurso insiste en la improcedencia de plantear una cuestión de legalidad de la norma nacional. La Abogacía del Estado considera que todos los contenidos de la asignatura son constitucionales, pero en especial se opone a la decisión del TSJA de plantear al Tribunal Supremo una cuestión de ilegalidad de los Reales Decretos que, a nivel nacional, definieron los contenidos de la materia. Su recurso se basará en la improcedencia de que el TSJA haya planteado la cuestión de legalidad en una sentencia referida a normas andaluzas que son desarrollo de una legislación estatal, pues así "se abre el camino para anular, por esta vía, la norma del Estado". La Abogacía se une así a la Fiscalía de Sevilla en su decisión de pedir al Tribunal Supremo que revoque la sentencia del TSJA que anuló en Andalucía, por inconstitucionales, las referencias de la asignatura a la ideología de género, la homosexualidad y las opciones vitales. Recordaran que hace unos días, la Fiscalía de Sevilla actuando como una engrasada correa de transmisión al servicio de Manuel Chaves, el gobierno de Zapatero, el PSOE y del Fiscal General del Estado, presentaba ante el TSJA el escrito en el que anuncia su recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia que ha declarado nulos algunos de los contenidos de la asignatura Educación para la Ciudadanía. En ese escrito se cuestionaba el respeto a la Ley de Igualdad derivada de la Constitución. El escrito, con el que el Ministerio Público vuelve a posicionarse del lado de la Junta de Andalucía en la defensa de la citada asignatura, explica los motivos que le llevan a recurrir la sentencia que no son otros que, a su juicio, la sección III ha infringido la Ley de Igualdad que proclama la Constitución. En este caso, la fiscalía de Sevilla, al frente de la cual se encuentra María José Segarra, entiende que la sentencia "ha incurrido en la infracción de las normas de ordenamiento y de la jurisprudencia. En concreto-continúa- por infracción de la doctrina jurisprudencial sobre el principio de igualdad ante la Ley reconocido en el artículo 14 CE y de los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 16.1 y 27.3 CE". Además añade: a) que el TSJA ha dictado una sentencia basada en una valoración de eventuales valoraciones "in abstracto" sin haber incluido motivación alguna que haya puesto en conexión las alegadas vulneraciones con los derechos fundamentales del recurrente, ya que éste "matriculó a sus hijos en un centro privado que posee ideario católico". b) que la sentencia no ha aportado "argumentación motivada" que ponga en conexión la declaración de nulidad con los derechos fundamentales que eran invocados. La Fiscalía insiste en que considera "vulnerados" por errónea interpretación y aplicación, los artículos de la Constitución que reconocen los derechos fundamentales a la libertad ideológica y religiosa de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, así como del que consagra el principio de igualdad. Por su parte, el presidente de la Confederación Andaluza de Asociaciones de Padres de Alumnos Católicos (Confapa), Juan María del Pino, consideró "una falta de respeto tremenda hacia los tribunales andaluces, que el propio presidente de la Junta, Manuel Chaves, dé una vez más una lección del talante del 'régimen chavesiano', dedicándose a descalificar a los jueces porque la sentencia del TSJA sobre Educación para la Ciudadanía (EpC) no coincide con sus intereses". La Confederación Católica de Padres de Alumnos (CONCAPA) calificó de "empecinamiento absurdo" que el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, recurra "en lugar de consensuar", mientras la Confederación Española de Centros de Enseñanza admitió que lo "esperaba", ya que "no se puede quedar parado ante un ataque a su perspectiva de modelo de ciudadano".

El Foro de la Familia denuncia varios “atentados a la libertad de conciencia”


El Foro de la Familia ha expresado su preocupación por “las amenazas para la libertad ideológica y de conciencia que las iniciativas recientes del Gobierno y del PSOE”. Según la asociación, “en las últimas horas el PSOE de Madrid amenaza la libertad de conciencia de los médicos respecto a la dispensación de la píldora del día después (PDD), a la vez que el ministro Bernat Soria propone medidas restrictivas del derecho de objeción de conciencia médica frente al aborto”. Para el Foro, a ello se une que el Ministerio de Educación y los Gobiernos autonómicos socialistas “siguen con su campaña de acoso y rechazo a los padres que plantean objeción de conciencia ante la asignatura de Educación para la Ciudadanía”. Según el presidente del Foro, Benigno Blanco, “a la luz de estos antecedentes el anuncio de la vicepresidenta Fernández de la Vega de una nueva legislación sobre laicidad y libertad de conciencia sólo puede interpretarse como la voluntad política de restringir por ley la libertad ideológica y de conciencia de quienes no piensan como la mayoría parlamentaria”. Blanco cree que “otras iniciativas recientes del Gobierno, como la creación del Ministerio de Igualdad y la, anunciada por el presidente del Gobierno, Ley Integral para la Igualdad de Trato y Contra la Discriminación, parecen ir en el mismo camino”. El Foro de la Familia “anima a todos los ciudadanos a defender sus derechos por todos los medios que permite nuestro Estado de Derecho”. "En una sociedad libre de la Europa del siglo XXI", añade la nota publicada por el Foro de la Familia, “los atentados a la libertad, especialmente a la más radical de todas ellas, la de conciencia, sólo se pueden consumar si la propia sociedad lo permite a través del silencio y la cobardía de sus ciudadanos”. Por eso, “en la libertad de conciencia radica la esencia última de la dignidad de la persona: a nadie se le puede obligar a hacer lo que cree intrínsecamente malo. Es la enseñanza de los totalitarismos del siglo XX: si no se defiende la libertad de conciencia y pensamiento, el pluralismo social no se mantiene y las demás libertades se agostan”.

La consejera de Educación no negociará ni sobre EpC ni sobre los incentivos a maestros


Ni de Epc ni de los incentivos salariales. La consejera de Educación no parece dispuesta al diálogo. Ayer, en su primera comparecencia ante los medios de comunicación en Sevilla, la flamante consejera de Educación dejó muy claro que no parece dispuesta a dialogar con los protagonistas de dos de los principales frentes que ahora tiene abiertos: los sindicatos que se han mostrado en contra de los incentivos de 7.000 euros a los maestros y los padres recurrentes de la asignatura Educación para la Ciudadanía. Jiménez, que ayer se entrevistó con el secretario general de UGT-A, Manuel Pastrana, dejó muy claro que no piensa hablar con los padres que han recurrido la asignatura pese a que así se lo han pedido en varias ocasiones tras la sentencia del TSJA. «No cabe posibilidad de diálogo ninguno con los padres que han ido a los tribunales» dijo Jiménez dejando muy claro que la citada materia se seguirá impartiendo elpróximo curso en Andalucía. También porque, según dijo, los padres «tienen la oportunidad de elegir el centro que quieren para sus hijos» y la citada materia se adapta al ideario del colegio. Aunque afirmara que «acata y respeta la sentencia», la titular de Educación recalcó que se trata de una materia «derivada de una ley estatal», cuyos objetivos comparte totalmente la Junta de Andalucía. «No cabe diálogo con los padres», recalcó explicando que los servicios jurídicos están elaborando el recurso de casación contra la sentencia del TSJA que presentarán «en plazo». La otra cuestión sobre la que tampoco acepta el diálogo es el paro que han convocado varios sindicatos de la enseñanza para el próximo día 21 por su rechazo al incentivo de 7.000 euros que dará la Junta de Andalucía a los maestros para mejorar el rendimiento escolar. No habrá acercamiento pese a que, según las cifras que reconoce Educación, sólo un 35 por ciento de los centros ha respaldado el citado plan. El resto, es decir un 65 por ciento, se ha negado a aceptarlo. En este sentido, Jiménez también fue tajante: «El paro no condicionará ni nuestro trabajo ni nuestra agenda». La única posibilidad de hablar con los sindicatos convocantes del citado paro, Ustea, APIA, CGT y SADI, será, según la responsable de la Consejería, dentro de la Mesa Sectorial de Educación que se reunirá los próximos días para iniciar conversaciones sobre el acuerdo retributivo. No como otras CC.AA. Un acuerdo, que, según advirtió la consejera de Educación, no debe basarse únicamente en los salarios de otras comunidades autónomas aunque se tengan en cuenta, sino en los criterios derivados del Estatuto de la Función Docente. Pero la consejera y el secretario de UGT, Manuel Pastrana, aprovecharon también para salir al paso de las críticas de los sindicatos convocantes que han asegurado que lo quese persigue con los 7.000 euros es buscar el aprobado o incluso incentivar a los maestros para que «aprueben por la cara». Según recalcó Jiménez, que se mostró satisfecha con el apoyo del 35% obtenido por el plan, lo que se persigue con éste es «reforzar» la labor del profesorado y mejorarla y elevar la calidad educativa. «Los que hacen esas críticas desconocen la labor del profesorado y ofenden a los que hacen el esfuerzo por educar», dijo afirmando que el citado plan «no está persiguiendo el aprobado en sí mismo». O también que el incentivo no es el único punto del plan de mejora ya que existen otras como es una futura reducción de la ratio de alumnos por centro o la posibilidad de diversificar los niveles para lograr un mayor éxito entre los alumnos. UGT en su defensa También Manuel Pastrana quiso rechazar las críticas de los otros sindicatos al citado incentivo, asegurando que, quien hable en esos términos «no conoce el sistema educativo» y está atacando «a la dignidad de los docentes». Pastrana salió en defensa de la Junta de Andalucía cuando fue preguntado por el paro convocado para el próximo día 21 afirmando que el citado plan implica varias medidas que van destinadas a mejorar «sustancialmente» los resultados de la enseñanza.

El TSJ de Navarra rechaza en un auto medidas cautelares para dejar de cursar EpC


EL PAÍS, 3 DE MAYO 2008. Una vez más, un tribunal autonómico se ha tenido que pronunciar a petición de unos padres sobre si sus hijos deben seguir estudiando Educación para la Ciudadanía, una materia obligatoria en España, según establece una ley orgánica. En esta ocasión, ha imperado la prudencia en la decisión. La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha rechazado suspender cautelarmente, como le pedían los progenitores, la obligatoriedad de que vayan a esa clase hasta que se resuelva el recurso que han presentado.s Razona el tribunal que todos los jóvenes españoles deben ser educados según establece la ley, y ésta (la Orgánica de Educación) dice que tienen que estudiar esta materia. Pero también recurre al sentido común: si ahora admite la suspensión cautelar (lo que implicaría que los niños dejarían de ir a esa clase) y luego la resolución no está de acuerdo, los alumnos tendrían que aprender la materia completa, aunque no hubieran ido a clase. Criterios dispares No todos los tribunales han razonado del mismo modo. De hecho, hace unos meses pasó en Asturias precisamente lo que evita el tribunal navarro. El Tribunal Superior asturiano sí accedió en diciembre del año pasado a la petición de cinco familias y les eximió de cursar la materia hasta que hubiera sentencia. Meses después, en febrero, la sentencia fue en sentido contrario: no aceptó que se impugnara esta asignatura acogiéndose al "derecho a la libertad religiosa" y tampoco que se pudiera objetar. La sentencia de Asturias fue la primera y desde diciembre pasado se han pronunciado sobre la cuestión otros cuatro tribunales (incluido el de Navarra) con argumentos que se contradicen, según el tribunal que sentencie. La pelea es ideológico-política. Los obispos se oponen a que los niños tengan que aprender cuestiones como que el matrimonio homosexual es legal en España, apoyados por organizaciones católicas, y el PP lo ve como un tema fácil para armar ruido sobre las reformas educativas de Zapatero. Algunos gobiernos populares -Madrid, Comunidad Valenciana y Murcia- apoyarán a los padres que se nieguen a que sus hijos cursen esta materia. Y el goteo de pronunciamientos legales de instancias autonómicas seguirá, puesto que decenas de padres han recurrido de forma organizada por toda España.

PULSO ENTRE LA MINORÍA PARTIDARIA DE RELIGIÓN Y EL PRINCIPADO


A solo un mes y medio del final de las clases, el conflicto por la asignatura de Educación para la Ciudadanía está alcanzando cotas de máxima tensión. Los colegios asturianos han comenzado a abrir expedientes disciplinarios a todos los alumnos que se han negado desde el inicio del curso a asistir a las lecciones de esta materia. Hasta ahora, y a pesar de las advertencias lanzadas por el consejero de Educación, José Luis Iglesias Riopedre, los centros no habían adoptado ninguna medida contra los estudiantes objetores. Sin embargo, se acercan las notas finales y estos alumnos no podrán ser calificados. Los padres no están de acuerdo con este castigo y ya están presentando alegaciones. Así lo confirmó ayer Angel Mario Díaz, presidente del Foro de la Familia, la organización que aglutina a la mayor parte de los objetores en el Principado. Díaz está convencido de que se trata de una nueva medida de presión orquestada por la Administración asturiana para que pongan fin a su insumisión . Pero tampoco los expedientes disciplinarios les harán desistir. Díaz recordó que los alumnos de segundo de ESO pueden pasar a tercero con una asignatura suspensa y que solo les afectaría cuando tuvieran que promocionar al ciclo de Bachillerato, por lo que tienen un margen de dos años para resolver este problema. En este periodo saldrán a la luz los recursos que tienen planteados ante el Tribunal Supremo. Las familias acusan a la consejería de haber enviado a los inspectores a aquellos colegios donde tenían constancia de que había objetores a Ciudadanía. Al margen de los expedientes disciplinarios, que están regulados por los nuevos reglamentos de régimen interior de los centros, que entraron en vigor al inicio del curso, lo que les preocupa es la tensión que está generando entre los padres y los equipos directivos y tutores. "Lo único que buscan es enfrentarnos", insistió Angel Mario Díaz. El foro también critica la actitud de los inspectores, que están dando las instrucciones a los colegios de forma verbal y que en ningún momento están entregando documentación por escrito, por lo que no están respaldando sus decisiones.

La Justicia andaluza anula parte de la materia de Educación para la Ciudadanía


Actualizado miércoles 30/04/2008 14:34 (CET) EFE SEVILLA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el desarrollo en esta comunidad de todos los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que se refieren a ideología de género, relaciones homosexuales y opciones vitales. Según una sentencia notificada este miércoles, la sala de lo contencioso del TSJA considera que esta parte de los contenidos de la asignatura son incompatibles con la neutralidad obligada del Estado, aunque rechaza el recurso contra el resto de contenidos que se referían a asuntos como las células madre o la libertad del centro escolar para elegir los contenidos de la asignatura. Esta sentencia ha sido emitida por el pleno de la sección de lo contencioso del TSJA con sede en Sevilla y contiene los votos particulares de dos de los cinco magistrados que consideran que la asignatura es totalmente constitucional. La sentencia se debe a un recurso de cinco padres sevillanos, encabezados por los abogados Manuel y Carlos Seco Gordillo, ambos militantes del PP, y, respectivamente, ex diputado nacional y concejal en un municipio sevillano.

Jaén.- EpC.-Nace una plataforma para defender el derecho de objeción, que han ejercido casi 200 personas en la provincia


JAÉN, 25 Abr. (EUROPA PRESS) - La plataforma 'Jaén educa en libertad' ha sido presentada hoy en la capital como instrumento para responder al intento de crear una "moral de estado" con la asignatura Educación para la Ciudadanía, ya que "afecta a la formación moral de los alumnos". Por ello, las veinte familias que por el momento componen el colectivo piden que se reconozcan el derecho a objetar y ofrecen apoyo y asistencia jurídica gratuita a todos aquellos que deseen hacerlo. En la provincia, ya se han registrado casi 200. En rueda de prensa, el portavoz de la plataforma, Luis de Loma, afirmó que la asignatura conculca a los tutores derechos fundamentales establecidos en normativas como la Constitución Española o las cartas de derechos humanos de la ONU y la UE en las que se reconoce la libertad el derecho de los padres a educar a sus hijos, la obligación de los poderes públicos para garantizar la formación moral y la libertad moral y religiosa. En este sentido, indicó que formalmente, la formación moral no aparece en los contenidos de Educación para la Ciudadanía, pero sí en los procedimientos para desarrollarla. "Se trata de construir una ética común", apostilló De Loma, quien puso como ejemplo que no aparecen conceptos como la verdad, el esfuerzo, la superación, la humildad o la autoridad de padres y profesores. "Se basa en el relativismo moral, por cuanto no hay ni bien ni mal, ya que la ética se forma por consenso de la mayoría; en el positivismo jurídico, por cuanto la ética se iguala a la ley y todo lo legal, así como en la ideología diferente", explicó el portavoz para destacar seguidamente que la contestación que le queda a los padres es la objeción de conciencia, ya que "una parte de la asignatura entra en conflicto con las convicciones propias". Por el momento, según destacó, en la provincia de Jaén ya se han presentado casi 200 objeciones, una cifra que "cambia día a día". Asimismo, señaló que hay varias a las que Educación ha solicitado más información y nueve denegaciones que se corresponden con 48 solicitudes y que están siendo recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que "nos está dando la razón". Por su parte, la vocal de la enseñanza concertada en 'Jaén educa en libertad', Elisa Gómez, insistió en que la plataforma "nace por necesidad porque no se reconoce en derecho a educar en los principios y en los valores en los que cada padre cree". "Por ello, queremos dar apoyo y asistencia jurídica gratuita a todo aquel que quiera objetar y partiendo, por supuesto, del respeto a quienes no quieren hacerlo", subrayó. En esta línea, señaló que por el momento "son pocos", aunque vaticinó un aumento hasta "llegar a ser muchos porque buscamos lo mejor para nuestros hijos". Asimismo, hizo hincapié en que no se trata de una cuestión política ni de religión, sino de la libertad para educar a los hijos.

Presentan en Jaén siete recursos contra la denegación de objeción a Ciudadanía


Según han informado miembros de la Plataforma de padres objetores de la asignatura EpC de Jaén, desde el lunes, día en el que se constituyó la Plataforma, se han presentado siete recursos y esperan añadir otros tres antes del viernes. Además, la Plataforma tiene conocimiento de que desde que comenzó el mes de abril treinta padres ha presentado objeciones en los centros educativos de la capital, por lo que ya van más de 150 en toda la provincia. La Plataforma, que aspira a reunir a todos los padres objetores de la provincia de Jaén, se ha constituido con más de cincuenta padres, a los que ofrecen asesoramiento legal gratuito, además de un servicio por el que la asociación presentarían ante la Delegación de Educación las objeciones de los padres "que no se atreven a hacerlo, por las distintas presiones que se han producido en centros educativos". Por otro lado, el lunes se formalizaba la demanda de una madre de La Carolina (Jaén) a la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía admitía en marzo de forma "cautelar" el derecho a objetar la asignatura. Según la abogada de la familia, el auto definitivo está a punto de salir, pero la Junta de Andalucía ha recurrido la admisión de la medida cautelar. Mientras tanto, los profesores están suspendiendo la asignatura, por no asistir a esa clase, al niño que cursa tercero de ESO en el Instituto Pablo Olavide de La Carolina.

Aceptan el derecho de otros dos objetores contra Ciudadanía en Andalucía


SEVILLA. El TSJA ha dictado otros dos fallos, de unos padres de Priego de Córdoba y otros de Olivares, ambos objetores contra la asignatura Educación para la Ciudadanía. En los autos, en este caso de medidas cautelares para que los niños no acudan a la clase hasta que se resuelvan los recursos mediante sentencia, se acepta el derecho de estos padres. Como en fallos anteriores del mismo tipo, la sala de lo contencioso demostrativo del TSJA ha estimado el derecho de los padres «a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y el de libertad ideológica y religiosa». «Si se deniega la medida cautelar- dice el auto- se crea una situación que no podría ser alterada por el contenido de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes, porque entretanto su hijo habría recibido los contenidos educativos que se pretenden evitar». Querían expulsarlo Se de la circunstancia de que uno de los dos fallos corresponde a los padres de un niño de un instituto público que, además de ser suspendido en las dos primeras evaluaciones fue amenazado por el director del colegio que, incluso le había advertido que podía ser expulsado si continuaba con falta de asistencia injustificada. Con estos dos nuevos fallos son diez las medidas cautelares aceptadas por el TSJA que también ha dictado otras dos sentencias favorables a padres objetores: uno a la familia de Bollullos y otro a una de Málaga. Llamada al diálogo Ayer el letrado Carlos Seco Gordillo volvía a hacer una llamada al consenso pidiendo que, el nuevo o nueva titular de Educación se siente a negociar con los padres el contenido de la asignatura. En este sentido el letrado, que pide que la Junta deje de suspender a los alumnos cuyos padres objetaron contra la asignatura, cree que todavía es posible el acuerdo. Incluso, según aseguró ayer, sería posible, en caso de lograr un acuerdo con el nuevo consejero, desasistirse del recurso. De lo contrario el abogado, que espera que el alto tribunal dicte sentencia en unos días, recurrirá también los currículos de otras dos asignaturas de Bachillerato.

La Junta de Andalucía ha rectificado y comenzado a reconocer el derecho de algunos padres a realizar objeción de conciencia contra la asignatura Educación para la Ciudadanía.


La Junta de Andalucía ha rectificado y comenzado a reconocer el derecho de algunos padres a realizar objeción de conciencia contra la asignatura Educación para la Ciudadanía. De hecho, el pasado 9 de abril, la Delegación de Jaén de la consejería de Educación dictó una resolución a la que ha tenido acceso ABC en la que resuelve ejecutar el auto de medidas cautelares dictado por el TSJA el pasado 3 de marzo en el que se reconocía el derecho de una madre de Jaén, Pilar Colomina, a objetar contra la misma asignatura. En este caso, lo novedoso es que la Junta de Andalucía, que ha recurrido en súplica el auto del Alto Tribunal andaluz, decida acatar las medidas cautelares antes de la citada resolución y, por tanto, de que haya sentencia definitiva. Y más después de que la actitud de la Junta de Andalucía no haya sido la misma en otros casos. Por ejemplo, en el caso de la familia de Bollullos, la primera que tuvo una sentencia favorable del TSJA, la Junta de Andalucía no acató la orden hasta que no hubo sentencia. Pero no antes, cuando sólo había un auto de medidas cautelares. Además la resolución para acatar las citadas medidas se produce pese a que en este, como en otros casos, la Junta de Andalucía recurrió el auto de la sección III del Alto Tribunal. En este caso, la familia que se beneficiará de la aplicación de estas medidas cautelares será un matrimonio de La Carolina. La madre, Pilar Colomina, relató hace varias semanas a ABC, cuando recibió el primer auto, que la habían presionado para que su hijo acudiera a clase. No podrán suspenderle Además, en este caso, el niño fue suspendido en la primera y en la segunda evaluación tal y como había advertido la Junta de Andalucía que, aseguraba que EpC era igual de obligatoria que las matemáticas. Ayer Lole Serrano, letrada de varias familias objetoras de Jaén, aseguró que el efecto de esta resolución será que, a partir de ahora, Educación no podrá suspender al niño ni tampoco ponerle falta de asistencia. Al final, según la letrada, tendrán que calificarlo como no evaluado. Según confirmó la letrada, se trata del primer caso en el que Educación acata el fallo de medidas cautelares ya que el resto de padres de niños objetores no tienen resoluciones similares. Por su parte el letrado que recurrió la asignatura por una presunta vulneración de derechos fundamentales, Carlos Seco Gordillo, aseguró que la resolución pone de manifiesto que la Junta de Andalucía «rectifica su postura» y reconoce el derecho de los padres a objetar en conciencia contra EpC. Significa, según Seco, «que ha decidido aceptar que los alumnos no asistan a clase, no evaluarlos, y por tanto, no tener en consideración esta asignatura a efectos de la promoción y obtención de títulos, todo lo cual supondría que la Consejería ha decidido acatar la doctrina del TSJA dictada en las sentencias de Bollullos y Málaga y que, como consecuencia de ello, va a retirar todos los recurso que tiene interpuestos contra las resoluciones judiciales». Situación de esquizofrenia Sin embargo, Seco también advirtió de que la resolución de Educación puede deberse a que la consejería de Educación «se ha sumido en un estado de esquizofrenia profunda», de modo que , al mismo tiempo que recurre los autos de medidas cautelares en súplica, ordena su ejecución. «Es cierto que la Junta de Andalucía tiene que ejecutar las resoluciones judiciales, pero también lo es que no tiene ni pies ni cabeza que lo haga antes de que se resuelva el recurso de súplica que ellos mismos tienen interpuesto contra la medida cautelar, y no esperan a hacerlo cuando el TSJA resuelva su recurso», recalcó el letrado.

Satisfacción entre los padres contrarios a Educación para la Ciudadanía porque la Junta de Castilla-León quiera hacerla optativa


Tras el anuncio realizado por el portavoz de la Junta de Castilla y León, José Antonio de Santiago-Juárez, de que «los servicios jurídicos del Gobierno regional estudian la posibilidad jurídica de que Educación para la Ciudadanía sea optativa», la Plataforma Padres por la Libertad de Valladolid manifestó ayer su «satisfacción» con dicha medida. «Nos parece excelente que la Junta haya tenido en cuenta nuestras opiniones, ya que estamos defendiendo nuestro derecho a elegir y a educar», comentó ayer a este periódico, Susana Álvarez, miembro de la Plataforma en Valladolid. Respecto a la respuesta dada por el Gobierno regional, de que «no se puede objetar algo que no se está impartiendo», Álvarez explicó que «no existe un plazo legal para la objeción, ni un mínimo, ni un máximo. La obligación de cursar la asignatura se generó cuando fue aprobada la Ley Orgánica de Educación». Por su parte, la Plataforma Soria Educa en Libertad valoró que la Junta esté dando pasos ante el movimiento de los padres levantado contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Sin embargo, ante las declaraciones del portavoz regional, afirmando que el Gobierno regional estudiará la posibilidad de que sea optativa, estos padres de alumnos piden «que hagan unas declaraciones claras en el momento en el que sus servicio jurídicos estudien la situación». Solicitan que esas manifestaciones se pronuncien «en el sentido de que van a respetar la libertad de los padres para elegir la formación de nuestros hijos que es lo que nosotros estamos pidiendo», aseguró María Luisa Pérez, portavoz del colectivo. «Ese tipo de declaraciones nos parecen pasos favorables en el buen sentido y esperamos un pronunciamiento claro y hasta ese momento nosotros no vamos a parar». Considera que tal y como está planteada la asignatura «esa opción no existe» porque ya la Junta tiene un recurso del Ministerio porque eliminó parte de los contenidos de la asignatura. «Con esta posibilidad de que sea optativa suponemos que ocurrirá lo mismo», determinó. Silencio administrativo Afirmó que «no van a permitir un silencio administrativo». Esperan respuestas sobre la objeción de conciencia y llegarán a los tribunales si pasado el plazo legal la Junta no ofrece respuestas aceptando las objeciones de conciencia.En este sentido, señaló que desde los primeros contactos con el consejero de Educación las respuestas vienen siendo las mismas: «Lo estamos estudiando jurídicamente», dijo Pérez. No obstante, asegura que la Junta está comenzando a ser consciente de que se trata «de un problema real» por el importante número de de las objeciones de conciencia presentadas. Incidió en que la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía reconociendo el derecho de la objeción de conciencia es esencial y creen que, al igual que va a asumirla la comunidad de Madrid o de Murcia, podría hacerse en Castilla y León. Plataformas «espontáneas» María Luisa Pérez recordó, a su vez, que las plataformas que se están creando en la Comunidad «son espontáneas» y que esta misma semana se ha presentado la de Valladolid a la vez que entregó 300 objeciones de conciencia. «Desde luego, en Castilla y León el movimiento de los padres está creciendo muchísimo», destacó a este periódico. La portavoz soriana espera que otras agrupaciones de la región sean atendidas por el consejero de Educación. La plataforma Soria Educa en Libertad está recogiendo más objeciones de conciencia que entregarán a la Consejería en cuanto lleguen al centenar. «El objetivo de la plataforma es informar y aglutinar a todos estos padres para que todos juntos sepamos los pasos que tenemos que dar», incidió.

Casi 900 objeciones a EpC en Granada


La Rosa Blanca en Granada ha anunciado que las objeciones de conciencia a EpC en esa provincia se aproximan inexorablemente al millar. La mayor parte de ellas han sido tramitadas por familias residentes en la capital. REDACCIÓN HO.- La Rosa Blanca en Granada emitió el viernes 28 de marzo una nota de prensa en la que detalla que tiene registradas en la provincia 874 objeciones de conciencia a Educación para la ciudadanía, 841 de las cuales corresponden a la capital. La asociación objetora indica que la campaña de información que está realizando en colaboración con organizaciones como el Foro de la Familia y CONCAPA está dado un gran resultado, puesto que las charlas informativas realizadas en varios centros de la provincia ayudan a comprender a los padres la naturaleza impositiva e inconstitucional de esta asignatura. Al parecer, el motivo de que la mayor parte de las objeciones hayan tenido lugar en la capital se debe a que es en esta localidad en la que se han impartido la mayor parte de las charlas informativas. La Rosa Blanca en Granada recuerda a los padres que tienen derecho a ejercer la objeción de conciencia e insiste en que no se trata de una opción ideológica sino de un acto de libertad en defensa del derecho de los padres a decidir la educación moral y religiosa que han de recibir sus hijos, con independencia de cuáles sean sus convicciones políticas, morales o religiosas. La asociación manifiesta que todos los padres ven amenazado su derecho, reconocido por el art. 27.3 de la Constitución, por el proyecto ideológico de implantación de EpC en el sistema educativo español. "Nosotros apostamos por un sistema educativo público de calidad, y no por un dirigismo estatalista de la educación, contrario a la libertad y a la pluralidad necesaria para la convivencia democrática", dice literalmente el comunicado. "Al mismo tiempo, recordamos que la plataforma independiente de padres La Rosa Blanca en Granada solicitó hace seis meses una entrevista con el Delegado Provincial de Educación, personalmente, a través de su Secretaría y a través de los medios de comunicación, y el señor Delegado, que nos prometió recibirnos en una semana, todavía no se ha dignado a recibirnos, a pesar de que representamos ya a cerca de mil familias", añade la nota. Los objetores granadinos se lamentan de que "se mantiene una campaña de acoso y coacciones a los padres y alumnos objetores por parte de la Delegación, que debe cesar inmediatamente por su carácter totalitario y por respeto a las sentencias judiciales que ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en las últimas semanas". "No se puede exigir el respeto a una ley injusta e inconstitucional mientras se evade manifiestamente el cumplimiento de una sentencia judicial, obligatoria desde su dictado a pesar de que se desee recurrirla a instancias superiores", añade para finalizar. Quienes deseen ponerse en contacto con La Rosa Blanca en Granada pueden llamar al teléfono 667 09 18 15 o escribir a larosablancaengranada@gmail.com

Los maestros se rebelan frente al adoctrinamiento ideológico de EpC


Los profesores de institutos públicos y de iniciativa social se niegan a colaborar con el adoctrinamiento ideológico de EpC, informa la plataforma Educación y Persona. REDACCIÓN HO.- En los últimos días Educación y Persona está llevando a cabo una campaña informativa de la situación generada tras los últimos acontecimientos: * En la primera sentencia en España que reconoce la objeción de conciencia contra Educación para la ciudadanía, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce la naturaleza ideológica de la asignatura y la vulneración del derecho de los padres a la educación moral de sus hijos conforme a sus convicciones. En tal caso, se exime al alumno de cursar EPC y de evaluación. * Por otra parte, a las más de 27.000 objeciones presentadas en toda España se suman decenas de recursos judiciales contra la polémica materia curricular. * En Castilla-La Mancha la asignatura empezará a darse en 2º de ESO, en 4º de ESO y en 1º de Bachillerato despojando, en este último caso, a la asignatura de Filosofía de buena parte de sus elementos esenciales en beneficio de las intenciones ideológicas del gobierno. La Filosofía pasa a ser una herramienta más al servicio de unas decisiones políticas. "Nos consta que muchos profesores de Filosofía, en virtud de su derecho a la libertad de cátedra, seguirán dando la asignatura de Filosofía como se estaba dando hasta ahora. De igual modo darán la asignatura de EpC despojándola de su orientación moralizante", afirma Educación y Persona en un comunicado remitido a HO. Sin embargo, la plataforma cívica considera que "no es suficiente mantenerse fieles a la obligación de neutralidad ideológica del docente. Es necesario declararlo públicamente pues de otro modo podemos inducir a confusión haciendo creer que se puede dar la asignatura sin problemas". Así, Educación y Persona ha redactado un documento para dar testimonio público de lo que harán los profesores a los que nos corresponda dar la asignatura. Este documento se enviará a los padres de nuestros alumnos, al director del centro y, si se desea, a la Delegación de Educación. Esta iniciativa de los profesores pretende colaborar también con la movilización social de los padres que van a ejercer su derecho a la objeción de conciencia, añade el comunicado. Ese documento, titulado Declaración del profesor, se puede descargar en http://www.educacionypersona.es/documentos/Declaracion%20del%20profesor.doc

¿Por qué me convierto del Islam al Catolicismo?. Carta de Magdi Allan, vicedirector del Corriere della Sera


Querido director: Lo que te voy a contar se refiere a una decisión de fe y de vida personal, que, de ninguna manera, quiere implicar al 'Corriere della Sera', del que me honro en formar parte desde 2003, con el cargo de vicedirector 'ad personam'. Te escribo, por lo tanto, como protagonista de la vivencia y como ciudadano privado. El Domingo por la noche me convertí a la religión católica, renunciando a mi anterior fe islámica. De esta forma y por la gracia divina, vio la luz el fruto sano y maduro de una larga gestación vivida en medio del sufrimiento y de la alegría, entre la profunda e íntima reflexión y la consciente y manifiesta exteriorización. Estoy especialmente agradecido a Su Santidad, el Papa Benedicto XVI, que me administró los sacramentos de la iniciación cristiana, Bautismo, Confirmación y Eucaristía, en la Basílica de San Pedro, durante la solemne celebración de la Vigilia Pascual. Y adopté el nombre cristiano más sencillo y explícito: "Cristiano". Desde el domingo, pues, me llamo Magdi Cristiano Allam. El del domingo fue, para mí, el día más bello de mi vida. Adquirir el don de la fe cristiana en la celebración de la Resurrección de Cristo de manos del Santo Padre es, para un creyente, un privilegio inigualable y un bien inestimable. A mis casi 56 años, es en mi historia personal un hecho histórico, excepcional e inolvidable, que marca un punto de inflexión radical y definitivo respecto al pasado. El milagro de la Resurrección de Cristo se ha reflejado en mi alma, liberándola de las tinieblas de una predicación donde el odio y la intolerancia hacia el 'diferente', condenado acríticamente como 'enemigo', priman sobre el amor y el respeto al 'prójimo', que es siempre y en cualquier circunstancia 'persona'. Al mismo tiempo, mi mente se ha liberado del oscurantismo de una ideología que legitima la sumisión y la tiranía, permitiéndome adherirme a la auténtica religión de la Verdad, de la Vida y de la Libertad. En mi primera Pascua como cristiano, no sólo he descubierto a Jesús, sino que he descubierto, por vez primera, al auténtico y único Dios, que es el Dios de la Fe y de la Razón. Mi conversión al catolicismo es el punto de llegada de una gradual y profunda reflexión interior, a la que no pude sustraerme, dado que, desde hace cinco años, me veo obligado a llevar una vida blindada, con vigilancia fija en mi casa y con la escolta de los carabineros en todos mis desplazamientos, por culpa de las amenazas y de las condenas a muerte dictadas contra mí por los extremistas y los terroristas islámicos, tanto por los residentes en Italia como por los que viven en el extranjero. He tenido que interrogarme, pues, sobre la actitud de los que han dictado públicamente fatuas (condenas jurídicas islámicas), denunciándome a mí, que era musulmán, como "enemigo del islam", como "hipócrita cristiano copto que finge ser musulmán para perjudicar al islam" y como "traidor y difamador del islam", legitimando de esta forma mi condena a muerte. Me he preguntado a menudo cómo es posible que a alguien como yo que luchó de una forma convencida y ardiente por un 'islam moderado', asumiendo la responsabilidad de exponerme en primera persona en la denuncia del extremismo y del terrorismo islámico, haya terminado por ser condenado a muerte en nombre del islam y tras una supuesta legitimación coránica. Un islam conflictivo De esta forma me fui dando cuenta de que, más allá de la coyuntura que registra la implantación del fenómeno de los extremistas y del terrorismo islámico en todo el mundo, la raíz del mal está inscrita en un islam que es fisiológicamente violento e históricamente, conflictivo. Paralelamente, la Providencia me ha ido poniendo en el camino a personas católicas practicantes de buena voluntad que, en virtud de su testimonio y de su amistad, se convirtieron, poco a poco para mí, en punto de referencia en el plano de las certezas de la verdad y de la solidez de los valores. (…) Pero indudablemente el encuentro más extraordinario y significativo en la decisión de convertirme fue el que mantuve con el Papa Benedicto XVI, al que siempre he admirado y defendido siendo musulmán, por su maestría a la hora de establecer el vínculo indisoluble entre la fe y la razón como fundamento de la auténtica religión y de la civilización humana, y al que me adhiero plenamente como cristiano por inspirarme una nueva luz en el cumplimiento de la misión que Dios me ha reservado. Afrontaré mi destino con la cabeza alta Querido director, me has preguntado si no temo por mi vida, consciente de que la conversión al cristianismo implicará ciertamente una enésima, y mucho más grave, condena a muerte por apostasía. Tienes razón. Sé a lo que me expongo, pero afrontaré mi destino con la cabeza alta y erguida y con la solidez interior del que tiene la certeza de la propia fe. Y todavía más, después del gesto histórico y valiente del Papa que, desde el primer momento en que tuvo noticias de mi deseo, aceptó de inmediato administrarme en persona los sacramentos de la iniciación al cristianismo. Su Santidad lanzó un mensaje explícito y revolucionario a una Iglesia que, hasta ahora, quizás haya sido demasiado prudente en la conversión de musulmanes, absteniéndose de hacer proselitismo en los países de mayoría islámica y silenciando la realidad de los conversos en los países cristianos. Por miedo. (…) Por mi parte, quiero afirmar que es hora de poner fin al puro arbitrio y a la violencia de los musulmanes, que no respetan la libertad religiosa. En Italia, hay miles de conversos al islam que viven serenamente su nueva fe. Pero también hay miles de musulmanes convertidos al cristianismo, que se ven obligados a ocultar su nueva fe por miedo a ser asesinados por los extremistas islámicos, que se ocultan entre nosotros. Por una de esas casualidades que evocan la mano del Señor, mi primer artículo escrito en el Corriere el 3 de septiembre de 2003 se titulaba Las nuevas catacumbas de los islámicos conversos. Era una investigación sobre algunos neocristianos que, en Italia, denunciaban su profunda soledad espiritual y humana frente a la contumacia de las instituciones del Estado, que no tutelaban su seguridad, y frente al silencio de la propia Iglesia. Pues bien, quiero que del gesto histórico del Papa y de mi testimonio extraigan el convencimiento de que llegó el momento de salir de las tinieblas de las catacumbas y proclamar públicamente su voluntad de ser plenamente ellos mismos. Si aquí, en Italia, la cuna del catolicismo, si aquí, en nuestra casa, no somos capaces de garantizar a todos la plena libertad religiosa, ¿cómo podremos ser creíbles cuando denunciamos la violación de dicha libertad en otras partes del mundo? Pido a Dios que esta Pascua especial otorgue la resurrección del espíritu a todos los fieles en Cristo, que, hasta ahora, han estado sojuzgados por el miedo. Nota: hemos extractado algunos párrafos de la carta original, publicada en el "Corriere della Sera" del 24 de marzo de 2008.

El TJSA admite cinco objeciones a la asignatura EpC


La sección tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado cinco autos que exoneran cautelarmente a cinco alumnos de recibir clases de la asignatura Educación para la Ciudadanía hasta que se resuelvan definitivamente los recursos formulados por sus padres o tutores objetores contra la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. El abogado que defiende los intereses de estas familias, Carlos Seco, informó de que se trata de alumnos de San Fernando y El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, Lucena y Córdoba capital, y la propia capital de Andalucía. En cada uno de estos cinco autos, notificados hoy a este abogado, la sección tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA acuerda que estos alumnos no cursen la asignatura hasta que se dicte sentencia firme en cuanto al recurso formulado por sus padres contra la Consejería de Educación. Esta medida se acuerda, según el abogado, por que de prosperar el recurso, "ya se habrían producido los efectos que se pretenden evitar" y por que son "más dignos de protección la libertad ideológica y religiosa" y el derecho de los padres a elegir la educación de los hijos que los "difusos" intereses generales, que en cualquier caso no se ven afectados por la medida cautelar adoptada. Según ha manifestado Seco, en todos los casos en los que se ha solicitado la adopción de la medida cautelar, ésta ha sido acordada por el TSJA en base a los mismos argumentos. Con estas cinco nuevas medidas, ya son ocho las acordadas por el TSJA, de las que una cuenta ya con Sentencia favorable -el caso de Bollullos par del Condado -, y los demás se encuentran en tramitación. Seco quiso invitar a la Consejería de Educación a que en lugar de recurrir estos autos, se decida a suspender la aplicación de EpC, pues mientras se esté cursando, "se estarán vulnerando los derechos fundamentales de los padres".

La Rioja implantará una Educación para la Ciudadanía «sin contenidos ideológicos»


Las relaciones humanas entre hombres y mujeres, los prejuicios sociales o la valoración crítica de la división social y sexual del trabajo son algunas de las cuestiones que el programa de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EPC) dejará de lado en su implantación el próximo curso en La Rioja. Son temas que la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja ha eliminado respecto al Real Decreto del Ministerio de Educación, por estimarlos «problemáticos e ideologizantes». La asignatura llegará a la Comunidad en su segundo año de vida, tras un primero envuelto en polémicas en torno a la objeción de conciencia de padres. En este sentido, el director Educación de La Rioja, Rafael Federío, constata que aún no se ha presentado en la Comunidad ninguna solicitud, pero intuye que se podrán dar porque «estamos valorando qué hacer cuando se plantee el problema». Los alumnos de 2º de la ESO serán los primeros en cursar esta asignatura. Cabe recordar que el Real Decreto de la LOE (Ley Orgánica de Educación) establece unos mínimos que luego cada comunidad desarrolla. En el caso riojano, y respecto a EPC, Federío apunta que «el Decreto tiene un alto contenido ideológico, ya que habla de transmitir ciertas creencias opinables y no objetivas, que inmiscuyen a los padres». Por ello, la Consejería «ha intentado simplificar enunciados y lograr la neutralidad ideológica, sin desvirtuar el sentido de los mínimos del Ministerio». Cambio en la evaluación En este sentido, la asignatura en La Rioja obviará, además de las citadas, cuestiones como las relaciones intergeneracionales, conceptos como el racismo, la xenofobia y el propio sistema de evaluación académica, «que se establecía como un juicio de actitudes». También 'tocará' «la intuición que se desprende del programa inicial de que la única referencia moral válida son las leyes vigentes, que podría ser problemático si las propias leyes cambian, porque hablaríamos de una moral relativa». A cambio, el programa riojano respeta lo referente a derechos humanos e instituciones y procesos democráticos, y abordará contenidos como la puesta en práctica de métodos que inciten a la vida democrática, desarrollo en el alumno de una capacidad crítica, la educación vial o el reconocimiento de los derechos de las mujeres, precisa Federío. La asignatura ha sido objeto de polémica en varias de las comunidades donde ya ha sido implantada. En La Rioja, la Consejería de Educación admite «estar trabajando para cuando se planteen casos de objeción de conciencia». Precisamente, la objeción en otras regiones ha acabado en los tribunales. Según datos del Ministerio de Educación, actualmente hay tres sentencias de los TSJ de Aragón, Cataluña y Asturias favorables a la asignatura, y sólo el de Andalucía ha reconocido el derecho de los padres a objetar. A ello se suman 12 resoluciones favorables también a EPC. Medrano subraya que «todo acabará en el Supremo, que será el que dicte jurisprudencia, aunque», añade, «por la implantación de la materia en Europa, no me cabe duda de que irá en la misma dirección». El representante del Ministerio en La Rioja califica los movimientos contrarios a la asignatura de «minoritarios, pero muy activos», y lamenta «la batalla absurda planteada en torno a ella, más política que pedagógica». Asimismo, augura que, «cuando llegue el día a día de las clases, se demostrará que es una asignatura normal».

La Comunidad de Murcia defenderá a los objetores de Educación para la Ciudadanía


El consejero de Educación, Ciencia e Investigación, Juan Ramón Medina Precioso, aseguró ayer que defenderá a los objetores de conciencia de Educación para la Ciudadanía que, por el momento, son alrededor de 541 en la Región. Esta asignatura se implantará el próximo curso en los centros escolares murcianos, pero con unos contenidos alternativos al del resto de comunidades autónomas. Medina Precioso afirmó ayer que las regiones gobernadas por el PP plantearon cuestiones que fueran compatibles con “la pluralidad de creencias que hay en la Región”. Por todo ello, Medina indicó que los niños que hayan objetado recibirán formación en el horario de esas clases, enseñándoles la Constitución y otras cuestiones sobre este tema. Medina apuntó que esto será así “hasta que el Tribunal Supremo no aclare a los gobernantes si cabe o no la objeción” y resaltó que esperará “a que haya una sentencia firme” para la denegación de los recursos de esta asignatura.

Testimonio del matrimonio de Bollulos del Condado que objetaron contra EpC:


El abogado de la familia de Bollullos pedirá la ejecución provisional de la sentencia para que el niño no vuelva a suspender la materia. María Dolores, junto a sus hijos, entre ellos José Joaquín, exento de estudiar EpC, en su casa de... G. Sánchez de la Nieta Madrid. Nunca antes habían salido tantos titulares de Bollullos del Condado. María Dolores y Manuel tampoco esperaban ser los primeros padres en abrir el paso al derecho a la objeción de conciencia contra la polémica asignatura de Educación para la Ciudadanía. La semana pasada, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictaba la primera sentencia que avalaba la posiblidad legal de abstenerse de recibir estas clases. Antes de que comenzara el curso, estos padres andaluces querían enterarse de primera mano del contenido íntegro que su hijo, de tercero de la ESO, recibiría en la materia que empezaba a impartirse en siete comunidades. Desde Bollullos, un pueblo de Huelva, comenzaron el rastreo: la web ministerial con los temas de la asignatura, los decretos mínimos desarrollados por la Junta de Andalucía y el manual de McGraw-Hill que el Instituto Delgado Hernández iba a utilizar para la materia. "Vimos cómo en Andalucía se acentuaba el carácter ideológico de la asignatura", comenta María Dolores, madre del alumno objetor. Obeservaron cómo se incidía en una moral subetivista y relativista. Acudieron al libro de texto y tampoco aceptaron la forma de abordar temas relacionados con la familia, la educación o las relaciones afectivas y sexuales. "No queremos que el Gobierno de turno imponga unos valores diferentes a los nuestros. La asignatura aborda algunos temas que competen a los padres. Yo respeto todas las ideas pero tengo derecho a educar a mis hijos según mis convicciónes", explica el padre de José Joaquín, el alumno objetor. En la biblioteca Acudieron al Foro de la Familia, una de las principales asociaciones que han promovido la objeción frente a EpC, para recibir asesoramiento. Nada más iniciar los trámites jurídicos, el TSJA suspendió cautelarmente la obligatoriedad de acudir estas clases. "Mi hijo no ha estado en ningún momento en la asignatura. Durante esas horas, se va a la biblioteca del colegio a estudiar, a hacer otras tareas", explica la madre. El abogado que ha llevado el caso de estos padres, Abel Martínez, celebró la decisión del TSJA porque, a su juicio, reconocía un derecho fundamental para los padres, el de educar libremente a los hijos según sus creencias. "El tribunal andaluz ha admitido que la asignatura está regulando valores éticos que pertenecen al ámbito de la familia. Ha sido una sentencia valiente y justa". Martínez anunció a este periódico que va a solicitar la ejecución provisional de la sentencia, de forma que no vuelva a aparecer un suspenso en Educación para la Ciudadanía en las notas de José Joaquín, tal y como ocurrió en diciembre. "A partir de ahora deberá aparecer que está exento de estudiar esta asignatura", dijo el abogado.

Desestimados dos recursos contra Educación para la ciudadanía en Teruel


08/03/2008 J.M. PÉREZ BERNAD EFE/QUINTERO La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Teruel, María Elena Marcén, ha desestimado dos recursos contra la asignatura Educación por la Ciudadanía. El recurso fue presentado por dos conocidos militantes del PP en Alcorisa y sus respectivas cónyuges. Ambos alegaron que la negativa de la dirección del IES Damián Forment a admitir su objeción de conciencia para que sus hijos no estudiaran la polémica asignatura vulneraba "el derecho de los padres a que los hijos reciban la formación religiosa y moral acorde a sus propias convicciones y, en relación con ello, el derecho a la libertad ideológica y religiosa". La Diputación General de Aragón se opuso a que se admitieran los recursos por entender que la resolución "es conforme a derecho" y que los recurrentes "no formularon reparto alguno" en el trámite de audiencia pública del procedimiento de elaboración de la ley. El ministerio fiscal, por su parte, pidió que se desestimara la demanda. La jueza rechaza la causa de inadmisibilidad alegada por la DGA, ya que los recurrentes no acuden a la mera invocación de un derecho fundamental, sino que exponen los argumentos que fundamentan el recurso, vinculados a los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución. Sin embargo, las sentencias desestiman los recursos porque la asignatura no vulnera ningún derecho fundamental. OBJECIÓN DE CONCIENCIA La magistrada entiende que la objeción de conciencia, a diferencia de la libertad de conciencia, "no consiste en la garantía jurídica a la abstención de una determinada conducta, sino como una excepción", que se aplica al servicio militar. Asimismo, señala que el derecho a la libertad ideológica "no resulta suficiente para eximir a los ciudadanos por motivos de conciencia del cumplimiento de debe res legalmente establecidos". En opinión de la ponente, "frente a la obligatoriedad de las asignaturas establecidas por la Ley Orgánica de Educación, no cabe invocar un derecho de objeción de conciencia para no asistir a dichas asignaturas". La sentencia recuerda que la propia Constitución dispone que ninguna confesión "tendrá carácter estatal", con lo que establece "un principio de neutralidad de los poderes públicos en materia religiosa". Si bien la magistrada reconoce el deber del Estado y de los poderes públicos de garantizar "el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con suspropias convicciones", se desconoce el contenido de las asignaturas recurridas y los aspectos de las mismas que los afectados entienden "contrarios a la libertad ideológica". Según la sentencia, "el mero enunciado de una asignatura en la ley no puede entenderse como inconstitucionalidad por afectar a los derechos de las personas". La resolución señala que Educación para la ciudadanía tiene como fin "ofrecer a todos los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las características fundamentales y el funcionamiento de un régimen democrático, de los principios y derechos establecidos en la Constitución y en los tratados y declaraciones universales de los derechos humanos". Finalmente, estima que los contenidos de la asignatura "no pueden considerarse en ningún caso alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa y no entran en contradicción con la práctica democrática que debe de inspirar el conjunto de la vida escolar". Por todo ello la sentencia resuelve que "no cabe impugnar genéricamente las asignaturas relativas a Educación para la ciudadanía como contrarias al derecho de libertad ideológica y, en consecuencia, no procede amparar derecho fundamental alguno". Los padres afectados han anunciado que recurrirán al TSJ de Aragón. Fuente: El Periódico de Aragón, 8 de marzo de 2008

La sentencia del TSJ de Asturias, como la del TSJ de Andalucía, admite el derecho de objeción de conciencia


No es cierto que la sentencia asturiana deniegue el derecho de objeción La sentencia asturiana está recurrida ante Tribunal Supremo Con motivo de la reciente sentencia del TSJ de Andalucía que admite la objeción de conciencia frente a EpC, se está afirmando erróneamente que, por contra, existe una sentencia de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que niega ese derecho de objeción. El propio Gobierno andaluz está repitiendo esa afirmación que no es cierta. En efecto la única sentencia dictada en Asturias afirma expresamente que en España se puede plantear objeción de conciencia frente a una asignatura que atente a la libertad ideológica y religiosa y viole el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morarles. Para sostener esta afirmación el Tribunal asturiano cita en su apoyo la misma jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que recoge la sentencia andaluza de ayer. Por lo tanto ambos Tribunales coinciden en ésto: en España existe derecho constitucional a la objeción de conciencia y se puede ejercer frente a una asignatura que viole la libertad ideológica, religiosa y de educación de las familias. En lo que se diferencian las sentencias andaluza y asturiana es en que la primera entra a analizar los contenidos de EpC y concluye que existe esa violación de las libertades; mientras que el Tribunal asturiano -tras reconocer el derecho de objeción- , incongruentemente, rechaza el recurso de los padres objetores sin entrar a analizar para nada si los decretos asturiano y estatal reguladores de los contenidos de EpC incurren en la violación de esos derechos constitucionales pues considera que es prematuro hacer ahora ese juicio. Es decir, ambos tribunales dicen lo mismo sobre el derecho de objeción, pero el andaluz se pronuncia sobre una cuestión que el asturiano omite por razones difíciles de comprender. Por eso la sentencia asturiana está recurrida por los padres objetores ante el TS: no porque les quite la razón, sino porque no se pronuncia en ningún sentido sobre la cuestión de fonfo de los contenidos de Epc contrariosa a la libertad de conciencia. Benigno Blanco, Presidente del Foro Español de la Familia, señala que "Tanto la sentencia andaluza como la asturiana reconocen el derecho de objeción de conciencia; pero la sentencia asturiana, de forma sorprendente, no dedica ni una sola línea a analizar la incompatibilidad entre los contenidos de EpC y la Objeción de Conciencia de los padres; es decir, esta sentencia no se refiere para nada a la cuestión que los padres objetores habían planteado al Tribunal. Esta incongruencia entre la sentencia y el objeto del recurso fundamenta el recurso de casación ante el Tribunal Supremo".

Los jueces exigen respeto, defienden su independencia y tachan de «vergüenza» los ataques de Chaves al TSJA


La magistratura salió ayer en tromba a defender la independencia judicial, exigir respeto y contrarrestar los ataques a los magistrados del TSJA que han dictado la sentencia de Ciudadanía. Desde varias asociaciones de jueces o incluso desde el CGPJ se contestó a quienes vinculan el fallo con las filiaciones de jueces de la sección III. Así en la Asociación Profesional de la Magistratura, su portavoz nacional, Antonio García Martínez, tildó de «vergüenza» los ataques y dijo que están «con la boca abierta». La APM, que trató el tema en la reunión de la ejecutiva, insistió en que no salen de su asombro porque se «pone en solfa» una decisión judicial sin un solo argumento crítico en relación con la motivación en virtud de la cual ha sido adoptado. Críticas sólo jurídicas «Las decisiones judiciales están sometidas al deber de motivación y se critican con razonamientos jurídicos, no en función de nuestro origen familiar o por ser primos, tíos o hijos de una persona u otra», recalcó. Además el portavoz de la APM dejó claro que la sentencia «es fruto de una decisión de un tribunal y de una deliberación colegiada y un ponente que ha puesto por escrito el parecer del tribunal. «Es una vergüenza», remachó defendiendo «la independencia de los jueces». También desde el Foro Independiente Judicial, el magistrado de la sala de lo contencioso del TSJA y presidente de la sección territorial de Andalucía, José Ángel Vázquez García, no creía de recibo que se critique que la sentencia se dicte en campaña. «No lo admitimos; la sentencia se ha dictado cumpliendo con la Ley. No porque haya elecciones, sino porque ha concluido el proceso y había que dictarla». En cuanto a la filiación del ponente, dijo que, igual que los jueces tienen que abstenerse cuando hay causa para ello, también la Junta de Andalucía tiene mecanismos para recusar a un magistrado si ve circunstancias para que su decisión «no fuera ajustada a derecho». Por ello, Vázquez dijo que «el ponente fuera hijo de Gabaldón era sabido, podría haber hecho uso de la recusación si considerara que pudiera influir». Sin embargo para el Foro Independiente Judicial, la Junta «sabía que no tenía posibilidad legal y por eso no recusaron». Y en cuanto a la coincidencia electoral, Vázquez aseguró que era «un procedimiento preferente que viene por mandato legal obligado a dictar sentencia. ¿Paralizamos la actividad de los tribunales pensando que las sentencias puedan afectar al voto del ciudadano?», se preguntó. También fue crítico el presidente del Foro, el juez Conrado Gallardo que exige a la Junta «el mismo respeto que nos exigen». «Deberíamos pedir un expediente disciplinario a Chaves porque es una falta de respeto achacar intenciones políticas a un tribunal», dijo. Desde Jueces para la Democracia, su portavoz Jaime Tapia, afirmó que las críticas se deben hacer «siempre desde el punto de vista jurídico y no a la persona o la condición del pensamiento». Tras recordar que cuando hay datos se puede recusar al juez, Tapia afirmó que los jueces «no tenemos que estar atentos a si hay un proceso electoral», sino que dictan sentencia cuando termina el procedimiento. Y en el Consejo General del Poder Judicial su portavoz Enrique López descartó «razones políticas» en la sentencia, informa Europa Press. López reclamó un pronunciamiento del TS para que no haya diferencias por territorios, tildó de «inauditas» las declaraciones de Chaves y recalcó que cuando los jueces dictan sentencia lo hacen «en función de su conciencia y razones jurídicas». Pero ayer Chaves no se calló e insistió en que el magistrado ponente, Enrique Gabaldón, «podría haberse abstenido o inhibirse».

Los madrileños que objeten a educación Para la Ciudadanía quedarán exentos de cursarla.


Los alumnos madrileños que objeten a Educación para la Ciudadanía quedarán exentos de cursarla, y por lo tanto de ser evaluados. Así lo aseguró hoy la consejera de Educación, Lucía Figar después de mantener una reunión con varias asociaciones educativas. Por su parte, el Ministerio de Educación y Ciencia calificó hoy de "irresponsable" el llamamiento de la Comunidad porque supone el "incumplimiento de una Ley Orgánica". Además, recuerdan que esta medida "se apoya en una sentencia que va a ser recurrida y que, además, es contradictoria con otras sentencias de Asturias y Cataluña". Instrucciones a los colegios La consejera madrileña Lucía Figar aseguró que si no hay ningún cambio legal en la implantación del desarrollo de la asignatura el próximo curso, la Comunidad de Madrid estimará "positivamente" las objeciones de conciencia que se planteen en cualquier centro, y añadió que su departamento dará "instrucciones" a los colegios e institutos para que todos los objetores de estas asignatura reciban "la adecuada atención educativa" mientras dure el horario de las clases. La actividad alternativa a la asignatura la decidirán los propios centros, que según indicó Figar. Consistirá en hacer trabajos o estar en la biblioteca de manera que no sea una "atención discriminatoria" la que reciben frenta al resto de los alumnos. "No se les puede dar más clases extra de ninguna asignatura", apostilló. La decisión que tomen los centros, dijo la consejera, dependerá también de la cantidad de objeciones que reciban: "Es diferente uno que reciba las objeciones en bloque que en aquellos donde sólo hay un par por clase". La Consejería de Educación madrileña ha tomado esta decisión amparándose en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ampara el derecho de unos padres a objetar. Figar admitió que esta sentencia se refiere a un caso concreto, pero dijo que os argumentos que plantea es "de caracter universal" y les parecen de "plena validez". "Al margen de esto, cumpliremos la ley" Según dijo, mientras el Tribunal Supremo no se pronuncie, harán una lectura de la ley "lo más garante posible y lo más favorable posible" a los derechos de los padres y aseguró que "al margen de esto, la Comunidad cumplirá la ley". La consejera considera a la luz de la sentencia del TSJA, el movimiento de objeciones va a ser mayor después de hablar vesta mañana con representantes del Foro de la Familia, Profesionales por la Ética, la Confederación Católica de Padres y Madres (CONCAPA), la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Fundación San Pablo CEU y la Confederación de Padres y Alumnos (CEAPA). Figar señaló que se espera una "auténtica avalancha" en el registro de la Consjería, que durante los dos primeros meses del año ha recibido 1.113 objeciones. En la Comunidad de Madrid, la asignatura de EpC se implantará el próximo curso 2008-2009 y estará en el temario de 2º y 4º de ESO. "Gravísima irresponsabilidad" Mientras, la portavoz socialista en la Asamblea, Maru Menéndez, afirmó hoy que el Gobierno de Esperanza Aguirre tiene que cumplir la ley y está cometiendo una "gravísima irresponsabilidad" por fomentar la objeción de conciencia en la asignatura de Educación para la Ciudadanía. La portavoz socialista aseguró que el comunicado de la Consejería de Educación y la reunión mantenida hoy, "ponen de manifiesto que es la propia consejera Lucía Figar la que está promoviendo en determinados centros concertados el que se propicie la objeción ante una asignatura que hay que cumplir, como lo plantea la LOE (Ley Orgánica de Educación)".

«Lo que piensen los políticos me da igual; lucho por la educación de mis hijos»


Manuel Flores es albañil. Dolores Cano, ama de casa. ¿cómo iba a hacer otra cosa con seis hijos? No en vano los tienen de todas las edades: 15, 14, 13, 9, 8 y 5 años. Y viven en una humilde casa de Bollullos del Condado, lejos de la ciudad. El no lleva corbata ni ella va todas las semanas a la peluquería. Ni sus hijos van a colegios privados. Pero pese a que estudian en colegio público o en el instituto, están bien informados. Bajo esa apariencia sencilla se esconde una familia con mucho arrojo. Unos padres «preocupados por la educación de sus hijos» hasta el punto de ser capaces de llevar a los tribunales su negativa a que su hijo estudie Ciudadanía. Y a los que «ni les importa ni les asusta» lo que piensen los políticos. Dolores es muy clara y muy sencilla. «De palabras técnicas no entiendo, eso que lo diga el abogado». Pero se explica como un libro abierto: en su decisión influyó el comunicado de los obispos (son profundamente católicos). Por eso en junio decidieron objetar y que José Joaquín, el pequeño de 14 años, no fuera a clase. «Mi hijo no ha estado en ninguna clase de EpC. Se queda en la biblioteca durante esa hora, se pone a estudiar o a leer», dice asegurando que desde el primer momento se puso a indagar en los contenidos. «Tratándose de la educación de mis hijos, todo nos interesaba», recalca. Y empezó a moverse, a recopilar información hasta que dio con el Foro de la Familia. Cuando se le pregunta qué es lo que no le gusta de Educación para la Ciudadanía lo tiene claro: «No nos gusta el conjunto de la asignatura. El tema afectivo, sexual y todo ese tipo de cosas no nos gusta». Y tercia el marido, que se había mantenido callado: «No veo bien que a nuestros hijos los tenga que educar el Gobierno». Por eso, cuando la Junta de Andalucía les negó la posibilidad de la objeción y vieron las notas de su hijo (en diciembre le suspendieron) empezaron a «mover papeles» y optaron por seguir adelante en los tribunales con la ayuda del letrado Abel Martínez. Desde entonces, no han hecho más que recibir buenas noticias: primero vino un auto provisional. Ahora la sentencia. «El primer día le advertí al director que mi hijo no entraría en clase y que, si hacía falta me quedaría con él esa hora; entonces me dijo que lo iban a catear», asegura mostrándose contenta con el fallo y esperanzada en que sea «una puerta abierta para otras familias». De hecho, está recibiendo muchas llamadas de otros padres, de otros pueblos y otras ciudades. Y anima a todos a que «no pierdan la esperanza y luchen» Cuando se les pregunta cómo una familia humilde es capaz de meterse en este «embolao» y luchar contra la administración, es tajante: «Lo más importante es la educación de nuestros hijos. Yo lo único que he hecho se hacer valer mis derechos que me amparan basándome en la Constitución». Y dice que la Junta sólo se ha comunicado con ellos por carta pero nadie les ha llamado. Pese a que, quizás, «deberían hacerlo». «¿Qué han criticado la sentencia?. Lo que piensen los políticos me da igual. Lo que me preocupa es la educación de mis hijos, por eso también he objetado para los otros cinco». Y José Joaquín está presente en la conversación. Pero el niño, rubio y con cara de travieso, no dice nada. Mira y sonríe y afirma que está enterado de todo. Como sus padres.

El máximo tribunal andaluz reconoce la objeción a la asignatura de Educación


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres el derecho a objetar contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC), que "emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales". Seguir leyendo noticia La sala de lo Contencioso del TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, se basa en las doctrinas del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para equiparar el derecho a oponerse a esta asignatura con el derecho a la objeción a cualquier asunto que pertenezca al "claustro íntimo de creencias". Esta primera sentencia a favor de la objeción contrasta con otra emitida en febrero por el Tribunal Superior de Asturias, que negó que exista el derecho a objetar contra la EpC. El TSJA andaluz ha confirmado así el derecho de unos padres de Bollullos del Condado (Huelva) a que su hijo no curse la asignatura ni sea evaluado, lo que ya les reconoció en enero pasado en un auto de medidas provisionales. En la sentencia emitida ahora, el TSJA dice que los padres no han recibido del Estado y los centros docentes la información que exige el TEDH "para que puedan ejercer su derecho a educar a sus hijos". "En nuestro caso, esa información no se ha suministrado" y, además, los contenidos de la asignatura "tienen un alto grado de indefinición, lo que no facilita el ejercicio de los derechos de los padres". Junto a ello, los decretos que regulan la asignatura "emplean conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral, y cívica, valoración ética, valores o conflictos morales y sociales", añade el fallo. Ante esta situación, según los jueces, "es razonable que los demandantes, por razones filosóficas o religiosas, que no tienen por qué exponer detalladamente, puedan estar en desacuerdo con una parte de la asignatura", y es "lógico que soliciten que se excluya de ella a su hijo". Todo ello, "a falta de otras previsiones normativas que permitan salvaguardar su libertad ideológica o religiosa". El TSJA entiende, junto a ello, que "el interés público" está en la garantía de los derechos, entre ellos "la libertad ideológica y religiosa y el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Fuentes judiciales han explicado a Efe que, aunque este es el primer caso sentenciado, la misma sala del TSJA tiene en su mesa recursos similares de una decena de padres andaluces, por lo que es previsible que en próximas semanas se pronuncien en sentencias similares. Tanto la Fiscalía del TSJA como la Junta de Andalucía se opusieron al reconocimiento de este derecho por entender que "no existe el derecho a la objeción de conciencia que se pretendía ejercitar". Según los escritos de la Fiscalía, tal supuesto derecho "se configura en contra de un derecho fundamental básico como es el de la educación" y "el derecho que ostentan los padres para que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que esté de acuerdo a sus propias convicciones no abarca que determinen conforme a sus creencias un determinado modelo de sistema educativo".

TSJA rechaza dos recursos de Fiscalía y Junta contra la autorización de la objeción de conciencia


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado dos recursos interpuestos por la Junta y el Ministerio Fiscal contra un auto del Alto Tribunal que estimaba la solicitud de objeción de conciencia presentada por los padres de un alumno de Bollullos Par del Condado (Huelva) para que éste no curse la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), al suspender cautelarmente una resolución administrativa dictada por el viceconsejero de la Consejería de Educación, Sebastián Cano, que rechazaba dicha objeción. El auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, al que tuvo acceso Europa Press, explica que "sin prejuzgar el fondo de la cuestión" los magistrados desestiman los recursos "fundamentalmente" porque "no se invocan nuevos hechos que alteren la ponderación de intereses que motiva la medida". "El Ministerio Fiscal y la Administración insisten en oponer motivos de fondo que ahora no pueden ser considerados", reza el auto, el cual añade que "lo que se suspende es una acto singular y no una disposición general". En el auto recurrido, al que también tuvo acceso Europa Press, los firmantes consideraban que "si se deniega la medida cautelar" se crearía una situación "que no podría ser alterada por el contenido de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes", porque, entre tanto, "su hijo habría recibido los contenidos educativos que se pretenden evitar". Asimismo, respecto a la confrontación, por un lado, de los interés públicos en el cumplimiento de la norma y, por otro, los posibles perjuicios al derechos a los padres a educar a sus hijos en la formación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones, el TSJA indica que "debe sobreponerse la efectividad de los derechos sobre llamadas genéricas al interés público". LA POSTURA DE LA FISCALÍA. La suspensión cautelar de la medida contrasta con la postura de la Fiscalía de Sevilla, que se opuso al recurso presentado por los padres de Bollullos Par del Condado al considerar que la objeción de conciencia "se configura en contra de un derecho fundamental como es el de la Educación". Fuentes del Ministerio Público indicaron a Europa Press que dichos padres solicitaron la nulidad de la resolución administrativa dictada por el viceconsejero de la Consejería de Educación "al serle denegado el deber de asistencia para que no le fuera impartida EpC". En este sentido, la Fiscalía se opuso a la solicitud "tanto de fondo como la pretensión de suspensión cautelar de la resolución recurrida". La Fiscalía apuntó también que "el derecho que ostentan los padres para que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que estén de acuerdo a sus propias convicciones no abarca que determinen conforme a sus convicciones y creencias un determinado modelo de sistema educativo basado en la opción de contenidos".

La sentencia del Tribunal Superior de Asturias no analiza los contenidos de Educación para la Ciudadanía:


CONCAPA entiende que la sentencia ha dejado resuelta a favor de los padres la cuestión: el derecho a la objeción de conciencia por razones morales y religiosas existe, y está amparado por la Constitución Española y por la doctrina del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. REDACCIÓN HO.- Según CONCAPA, la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en relación con el derecho a la objeción de conciencia frente a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-cívica, y Filosofía y Ciudadanía -genéricamente agrupadas bajo la denominación de Educación para la ciudadanía (EpC)-, ha dejado resuelta a favor de los padres la cuestión: el derecho a la objeción de conciencia por razones morales y religiosas existe, y está amparado por la Constitución Española y por la doctrina del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Si finalmente el TSJA no ha amparado su ejercicio en este caso particular es, afirma el colectivo de padres, como consecuencia de haber centrado la fundamentación jurídica de la sentencia en una cuestión que no había sido planteada por las partes: la posible inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Educación (LOE). "Y al realizar este giro en sus argumentos, el Tribunal ha creado un nuevo problema, dejando la puerta abierta a la posibilidad de actuar contra los ‘actos concretos' de aplicación de las normas que regulan la EpC. Así, en su fundamento sexto, dice: no cabe impugnar genéricamente las asignaturas (...), pues sólo cabe invocar el referido derecho fundamental en relación con el caso concreto'",añade CONCAPA . "Por tanto, al hacer responsables de la concreción de los contenidos a los centros escolares en su programación, y a los profesores en su actuación dentro del aula, unos y otros podrían acabar siendo responsables de impedir a los alumnos y sus familias el ejercicio de un derecho fundamental, con el agravante de que si intentaran previamente indagar sobre las convicciones y creencias de cada uno de sus alumnos -para no obligar a aquellos que no lo desearan a recibir una formación contraria a las mismas-, estarían cometiendo una intromisión en su derecho a no declararlas. En cualquier caso, serían responsables de graves delitos", continúa argumentando la Confederación. La sentencia desmiente al Ministerio de Educación Por otra parte, CONCAPA incide en que la sentencia "viene a desmentir rotundamente al Ministerio de Educación y Ciencia", ya que considera que el derecho de los centros privados y concertados a gozar de un ideario o carácter propio -e incluso la autonomía pedagógica, que también alcanza a los centros públicos-, son límite a las decisiones de la Administración y permiten concretar de manera particular el contenido de las materias establecidas por la legislación. "Es decir, en general, todos los contenidos de todas las asignaturas pueden ser concretados y adaptados de forma diferente en cada centro docente". Finalmente, el colectivo de padres recuerda que el TSJA reconoce que "se desconoce el contenido de la asignatura", por lo que "el mero enunciado de una asignatura no afecta a derecho fundamental alguno", que es tanto como reconocer su incapacidad para pronunciarse sobre el fondo del asunto por no disponer de un desarrollo de los distintos epígrafes que la componen, al tiempo que supone una invitación a las familias para actuar contra los centros docentes y los profesores que impongan una visión contraria a las creencias y convicciones de sus alumnos.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias rechaza el derecho a la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía


El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado que exista derecho de objeción de conciencia para oponerse a cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía en los siete primeros recursos que ha resuelto, presentados por padres de alumnos. Así lo ha informado hoy en rueda de prensa el consejero de Educación, José Luis Iglesias Riopedre, que ha calificado de 'positivas' las resoluciones y que ha anunciado que los alumnos deberán volver a las clases de esta materia. En siete sentencias el TSJA reconoce el derecho del Estado a regular las materias y contenidos de la enseñanza, por lo que desestima los recursos de dichos padres de alumnos que entendían que cursar esta asignatura iba contra su libertad de conciencia y sus convicciones morales. Asimismo el TSJA reconoce el derecho del Estado a regular los contenidos de la enseñanza independientemente de las convicciones morales de cada persona. Las sentencias establecen que ni la regulación jurídica ni los contenidos de la asignatura vulneran derechos fundamentales, por lo que no existe un derecho a la objeción de conciencia en este caso. Recuerdan también el contenido de la Ley Orgánica 2/2006, por la que se incluye Educación para la Ciudadanía en el currículo escolar, y que dice textualmente que los contenidos de esta asignatura 'no pueden considerarse alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa, no entran en contradicción con la práctica democrática que inspira la vida escolar' y asegura que la educación en valores debe ser de carácter transversal. Riopedre ha recordado que, si bien estas sentencias admiten recursos en el Tribunal Supremo, al haber sido rechazados otros en la misma dirección en tribunales superiores de Justicia de diferentes comunidades autónomas, parece haber 'una corriente jurídica en contra del derecho a la objeción de conciencia en esta materia'. La Consejería de Educación recibió a finales del pasado año 33 peticiones de objeción de conciencia, tanto para tercero como para cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), y las rechazó todas. De esas 33, 24 familias recurrieron contra la resolución emitida por la Consejería de Educación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, que suspendió en diciembre cautelarmente la obligación de esos menores a asistir a clases de la materia, por lo que ahora quedan 17 casos por resolver. Las resoluciones notificadas ayer al Servicio Jurídico del Principado dejan automáticamente sin efecto dicha suspensión cautelar. El consejero ha afirmado que las sentencias reconocen el correcto contenido jurídico de la resolución emitida por su departamento, que rechazó el derecho de los padres a no enviar a sus hijos a clases de esta asignatura. 'Esto es un avance, y unidas a las sentencias que se han producido en Cataluña, se deduce que las restantes también serán rechazadas y los niños deberán volver a clase', ha finalizado Riopedre.

El Gobierno apercibe a una editorial por el manual de EpC cristiano


El Gobierno tolera y promueve [lo hizo, de hecho, Rodríguez Zapatero desde la tribuna del Congreso] cualquier manual que adoctrine en el relativismo moral, la ideología de género, el laicismo, la aversión a la forma de vida occidental y la negación de España. Pero no pasa ni uno que se salga de este patrón. El Ministerio de Educación ha avisado a la editorial Casals para que modifique su manual de Educación para la Ciudadanía, el único del mercado inspirado por los valores del humanismo cristiano. El libro de Casals, escrito para alumnos de Tercero de ESO, de 14 años de edad, no llama matrimonio a las uniones de homosexuales, defiende como natural la unión familiar de un hombre y una mujer, con o sin hijos, y señala que "la vida de una persona comienza nueve meses antes de su nacimiento: por eso el aborto y la experimentación con embriones atenta contra las personas indefensas, ya que les niega su condición de seres humanos con derecho a al vida". El coordinador editorial de la obra, Ramón Manté, declaraba el pasado 20 de mayo a El Periódico de Catalunya: "El terreno de las ciencias sociales es muy resbaladizo y la neutralidad no es posible". El Gobierno no acepta este manual de Educación para la Ciudadanía, a pesar de que el secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana, se comprometió informalmente con la patronal de los colegios católicos, FERE-CECA, a respetar una aplicación de la asignatura adaptada al ideario de estos centros. La FERE lo dio por bueno y, desde entonces, promueve la sumisión a la asignatura. Los hechos indican, sin embargo, que el Ministerio no tolera contenidos de Educación para la Ciudadanía que se salgan de la moral de Estado acuñada en los decretos de contenidos mínimos. Libertad Digital consultado con la editorial Casals para que comente el apercibimiento del Ministerio. Una portavoz autorizada del servicio de Prensa de la casa editora, con sede en Barcelona, ha atendido nuestra llamada. Casals dice: "No hemos recibido ninguna comunicación" de las actuaciones del Ministerio, confirmadas a LD por otras fuentes. No es el único intento de racionalizar y ajustar a valores objetivos una asignatura concebida como herramienta de adoctrinamiento del Gobierno socialista. En Reeducación para la Ciudadanía, el programa de Libertad Digital Televisión que dirige y presenta cada lunes a las ocho y media de la tarde Gabriel Albiac, el filósofo Gustavo Bueno Sánchez ha revelado que la Fundación DENAES, de la que es miembro, "se está planteando seriamente" la edición de "un Manual de Educación para una Ciudadanía española", como alternativa a la "basura dogmática" impuesta por el Gobierno de Rodríguez Zapatero.

(Ampl.) EpC.- El TSJC rechaza el recurso de tres entidades cristianas contra la asignatura


BARCELONA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) - El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado el recurso interpuesto por la Fundación Abat Oliba, E-Cristians y la Asociación Juristas Cristianos de Catalunya en contra del decreto de la Generalitat que despliega la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) en Catalunya, que este año empezó a impartirse en tercero de ESO en el territorio catalán, además de otras seis autonomías. El próximo año EpC también se impartirá en un curso de Primaria. Las entidades y el dirigente de UDC Manuel J. Silva reclamaban la suspensión de diversos artículos del decreto, la dispensa de la impartición de la materia en los centros de la Fundación Abat Oliba y la potestad de adaptar los objetivos y contenidos al ideario propio de dichos centros, alegando la "ilegalidad e inconstitucionalidad" del citado decreto. En su auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal "no aprecia que la aplicación de la regulación efectuada por los dos Decretos impugnados" produzca en los centros "perjuicios irreparables en su ideario, o al menos de una gravedad superior a los menoscabos que resultarían de la suspensión de la eficacia de la normativa impugnada". Según el TSJC, "no concurre en el caso de autos el presupuesto esencial y básico para la adopción de las medidas cautelares de régimen común" y "no se aprecian los posibles daños de difícil o imposible reparación derivados de la aplicación de las disposiciones generales impugnadas". Por todo ello, el Alto Tribunal acordó que "no ha lugar" a la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la representación de la parte recurrente, que aseguró que la asignatura "vulnera el valor superior de pluralismo político, así como los derechos de libertad ideológica religiosa y de culto, el derecho de los padres a recibir una educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y el derecho de los titulares de los centros docentes a establecer o disponer el proyecto educativo al que se incorpore el carácter propio o ideario". A juicio de las entidades, "algunos de los objetivos y contenidos de la citada asignatura tienen una dimensión de adoctrinamiento, con la voluntad de imponer determinadas concepciones concernientes a la sexualidad humana y a las relaciones entre el derecho y la moral que no son compartidas por todos". CONTRADICCIÓN CON EL IDEARIO CATÓLICO DEL CENTRO. La Fundación Abat Oliba considera "incompatible" poder satisfacer los objetivos y contenidos de la asignatura con el cumplimiento y respeto del ideario de sus centros, basado en la Doctrina de la Iglesia Católica. Respecto al auto del TSJC, uno de los magistrados ejerció un voto particular, al discrepar "respetuosamente" del criterio mantenido por la mayoría de la sala. A su juicio, deberían "suspenderse cautelarmente los Decretos impugnados en los términos" y de acuerdo a una serie de argumentos. Más de mil padres se han adherido al recurso presentado en octubre por las entidades a título individual porque, a su juicio, con la impartición de la asignatura la Generalitat "trata de imponer en la enseñanza pública y privada una "determinada moral que sólo unos pocos imparten".

Presentación en el Parlamento Europeo de un manifiesto contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía


Profesionales por la Ética denuncia ante el Parlamento Europeo la situación de EPC en España Madrid, 23 de enero de 2008.- Profesionales por la Ética ha presentado hoy en el Parlamento Europeo el Informe Educación para la Ciudadanía en España: la batalla por la libertad. El acto ha estado dirigido por Miguel Gómez de Agüero, Presidente de la Red Internacional de Profesionales por la Ética y José Luis Bazán, abogado y experto de los Derechos Humanos. Asimismo, ha estado presente Pilar del Castillo, eurodiputada española en el Parlamento Europeo y ex ministra de Educación, quien ha destacado que los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía sobre la construcción europea, la Constitución española pueden introducirse en distintas materias, como hasta ahora se venía haciendo. Asimismo, Pilar del Castillo ha afirmado que Educación para la Ciudadanía impone una determinada visión o una determinada moral y las visiones morales no se imponen: "Cada uno tiene las que tiene, son todas legítimas pero desde luego no puede ser obligatoria una de ellas, de la misma manera que no lo es la religión. ¿Qué pensaríamos si la religión fuera obligatoria? Todo el mundo pondría el grito en el cielo". En el acto han estado presentes otros eurodiputados como Jaime Mayor Oreja, Marie Panayotopoulos (griego) y José Ribero de Castro (portugués). La presentación se ha inscrito dentro de la campaña internacional que Profesionales por la Ética está llevando a cabo para dar a conocer la situación de los padres objetores frente a Educación para la Ciudadanía. Este movimiento contrario a la polémica asignatura ha recibido el apoyo de asociaciones como Catholic Family and Human Rights Institute (USA); Iona Institute (Irlanda); Instituit for Familie Politikk (Noruega); Comité pour la Dignité Humaine (Francia); APFN (Portugal); CDL (Alemania); Kids Net (Alemania); Forum of Life (Slovakia); GOL Foundation (Malta); CESPAS (Italia); Polish Federation of Pro Life Movements (Polonia); Civitas (Croacia) y New Woman for Europe (Bélgica), además del Observatorio de la EPA (European Parents Association) que representa a más de 150 millones de padres europeos. En el acto celebrado en Bruselas se ha pedido a los diferentes parlamentarios su adhesión al Manifiesto internacional que la EPA ya ha secundado y el compromiso de difundir esta situación en diversos foros y estamentos internacionales a fin de que presionar al Gobierno español para que modifique su política en relación con la asignatura Educación para la Ciudadanía. En dicho Manifiesto se destaca la situación de los padres españoles que han objetado en conciencia a la polémica asignatura y cuyos hijos están siendo presionados o amenazados. Para Profesionales por la Ética, los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía en España, lejos de seguir las recomendaciones del Consejo de Europa, introducen contenidos de orden moral que suponen una intromisión inaceptable en el derecho de los padres. En la actualidad son ya más de 22.000 las objeciones presentadas en España contra la asignatura. Asimismo se han interpuesto varios recursos contenciosos ante los tribunales en Asturias, País Vasco y Andalucía. Profesionales por la Ética tiene como misión promover y defender los valores éticos en la vida pública. Como realidad cívica está formada por una red de profesionales que, desinteresadamente, ofrecen sus capacidades para hacer efectiva, en todos los ámbitos, la primacía de la persona, de su dignidad y de sus derechos.

El TSJA autoriza a niños de Málaga a que no asistan a clase de Ciudadanía


Los objetores son cuatro hermanos de cursos en los que no se da la materia REYES RINCÓN - Sevilla - 16/01/2008 Cuatro hermanos de Málaga han obtenido autorización judicial para faltar, por ahora, a las clases de Educación para la Ciudadanía, aunque este año a ninguno de ellos le tocaba cursarla. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aceptado los recursos presentados por los padres de los menores contra una resolución firmada por el viceconsejero andaluz de Educación, Sebastián Cano, que rechazó la solicitud de objeción de conciencia presentada por los progenitores. La Viceconsejería no admitió la petición de los padres "por falta de objeto", ya que los cuatro menores, que asisten a colegios concertados de Málaga, no estudian ni 5º de Primaria ni 3º de ESO, los dos cursos en los que Educación para la Ciudadanía es obligatoria y evaluable para los alumnos andaluces desde el pasado mes de septiembre. El menor de los hermanos cursa Infantil de tres años; el segundo, 2º de ESO; y los dos mayores, 4º de ESO y 2º de Bachillerato. Al hijo pequeño le faltan siete años para tener que cursar esta materia, mientras que el tercer hijo debería estudiarla el próximo año. Los dos mayores, ni se han visto ni se verán afectados por la implantación de la asignatura. No obstante, los padres solicitaron al TSJA que suspendiera de forma cautelar la resolución del viceconsejero y el alto tribunal andaluz les ha dado la razón. Los firmantes del auto, fechado el 31 de diciembre, no se pronuncian sobre el derecho de los padres a ejercer la objeción de conciencia sobre la asignatura, una cuestión que queda aplazada para una posterior sentencia. La resolución emitida ahora se limita a aceptar la suspensión cautelar de la resolución del viceconsejero sobre esos hermanos, para lo que los magistrados se basan en el artículo 130.1 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Esta ley establece que la medida cautelar "podrá acordarse únicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso". Según explican los autores del auto, la medida cautelar procede cuando "la tardanza en dictar un pronunciamiento sobre la cuestión de fondo pudiera hacer inoperante aquel". Los magistrados entienden que en el recurso de los padres malagueños "concurre este presupuesto". "Si se deniega la medida cautelar se produce una situación difícilmente reversible", advierten. El argumento del TSJA no es compartido por la Consejería de Educación, que anunció ayer que recurrirá al auto. El viceconsejero reconoció su "perplejidad" ante la resolución judicial. "Este auto deja en suspenso algo que no tiene efectos prácticos" afirma Sebastián Cano. Según los datos aportados por la Consejería de Educación a principios de septiembre, son 252 las objeciones de conciencia contra Ciudadanía que se han registrado en Andalucía. Pero el auto del pasado 31 de diciembre se refiere sólo a los cuatro hermanos de Málaga y el viceconsejero advierte de que no puede aplicarse a ningún otro caso. "Este auto resuelve un acto administrativo concreto y único, sin posibilidad de que se pueda generalizar", explica Cano. Según publicó ayer el diario El Mundo, los padres de un alumno de Bollullos Par del Condado (Huelva) también han obtenido la autorización del TSJA para que su hijo no asista a clase de Ciudadanía. Ni la Consejería de Educación ni el gabinete de comunicación del TSJA tenían ayer constancia de este auto.

El TSJA rechaza de nuevo que los sindicatos se personen en la demanda de Ciudadanía


MERCEDES BENÍTEZ SEVILLA El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado los recursos de súplica de CC.OO, UGT y CODAPA contra el auto que rechazaba que estas formaciones estuvieran presentes en la demanda de unos padres contra Educación para la Ciudadanía. Los sindicatos, que pidieron personarse en el procedimiento en apoyo de la Junta de Andalucía y en contra de los padres sevillanos representados por el letrado Carlos Seco Gordillo, han visto como sus esperanzas de estar presentes en el procedimiento son de nuevo rechazadas por el Alto Tribunal andaluz. ¿Los argumentos de la sala?; Según el TSJA, que «no pueden considerarse directamente afectadas dichas organizaciones por la resolución que recaiga en este procedimiento». En ese sentido, sobre los argumentos de CC.OO y UGT que invocaban la vulneración del derecho de sindicación y la libertad de cátedra y enseñanza para estar presentes en el procedimiento, el TSJA afirma que esos derechos «no se consideran afectados por un derecho distinto, el invocado por los padres recurrentes». Además, el auto también explica que «el derecho a la tutela judicial no es un derecho absoluto a personarse en todos los procedimientos que se considera que puedan afectar a sus derechos e intereses pues el tribunal ha de ponderar en todo caso la legitimación de los que se pretendan personar». En cuanto a las alegaciones de la Confederación de Padres de Alumnos de la Escuela Pública, CODAPA, el Alto Tribunal señala que, en la medida en que se cuestiona la obligatoriedad de una asignatura y determinados contenidos de ella, en cuanto vulnera el derecho de unos padres a elegir la formación moral de sus hijos, «no afecta directamente a los intereses y modelo que defiende tal asociación, pues nada obsta a que, en el supuesto de estimarse el recurso, los padres integrados en dicha asociación pueden propugnar por una determinada educación moral y cívica. Por ello, en definitiva, argumenta que su interés «se confunde con el propio mantenimiento de la legalidad que es defendido por la Administración demandada». Otro interés distinto Ayer el letrado que presentó la demanda contra la asignatura, Carlos Seco Gordillo, aseguró que el nuevo auto demuestra que los sindicatos que pretendían personarse «no tienen legitimación» para estar en este recurso contencioso administrativo, y que el interés de estos «respondía mas a otro interés distinto al del procedimiento». Además el abogado consideraba «interesante» el auto porque, en referencia a las pretensiones de CODAPA que también pretendía estar en el procedimiento, hace hincapié en que cada padre tiene el derecho constitucional a elegir la educación de sus hijos y que el ejercicio de ese derecho por un grupo de padres no puede condicionar ni perjudicar su ejercicio por otro grupo de padres al ser tanto en uno u otro caso un derecho fundamental de cada uno de los padres». Se trata según insistió el abogado, de «derechos perfectamente compaginables». Por todo ello Seco Gordillo, que ahora está pendiente de que el TSJA estime algunas pruebas que pidió sobre ciertas fichas de los libros de EpC, se mostró satisfecho con el último auto porque, según dijo, deja claro que «cada padre puede elegir la educación de sus hijos en función de sus valores morales y religiosos». Dos denuncias, suspensos, presiones y mucha polémica La polémica ha rodeado a EpC desde su anuncio. Mientras el PP pidió que, como en otras comunidades, se aplazase un curso la puesta en marcha de EpC, un puñado de padres acudían a los tribunales denunciando que la asignatura vulneraba derechos fundamentales. Mientras el Alto Tribunal seguía adelante con la demanda (admitiéndola a trámite y apreciando «apariencia» de vulneración de esos derechos) los colegios andaluces comenzaban a impartirla. Y a la par, comenzaban a llegar las objeciones también acompañadas de la polémica. Padres objetores y Junta de Andalucía no se ponían de acuerdo ni en el recuento de las objeciones, cientos de ellas según los propios padres y muchas menos según la consejería de Educación. El curso seguía y la Junta cumplía a rajatabla lo dicho: además de requerir a los padres objetores con escritos casi amenazantes en los que le pedía que concretasen su objeción o intentando amedrentarlos citando sentencias y otra jurisprudencia, cateaba a los objetores. La primera evaluación ha llegado suspensa para esos jóvenes mientras el TSJA ya tiene otra demanda de otros padres sobre objeción.

La Junta pide a los padres que concreten su objeción a EpC


La Junta de Andalucía sigue adelante en su defensa de EpC y contra los padres que objetaron. La consejería de Educación, que suspendió en la primera evaluación a los niños cuyos padres objetaron, está enviando cartas a los padres en la que les pide que concreten los contenidos que plantean a su objeción. Las misivas, que esta semana han llegado a varios padres objetores aunque ya se habían enviado a otros anteriormente, explican que es necesario que cumplimenten varios requisitos para «continuar con la adecuada tramitación del correspondiente expediente administrativo». Y advierte a los padres para que tengan en cuenta «la jursiprudencia del Tribunal Constitucional en materia de objeción de conciencia» además de pedirle la documentación que acredite la representación legal del hijo para el que presentan la objeción. Ayer el letrado Carlos Seco Gordillo, que además de recurrir ante el TSJA también ha objetado para que sus hijos no cursen la materia, afirmó que ha recibido el citado escrito y lo valoró como el reconocimiento por parte de la consejería de Educación de la existencia del derecho a objetar. En ese sentido, el abogado presentará un escrito ante la viceconsejería de Educación, con su «más sincera satisfacción» porque «a través del citado requerimiento» la consejería reconoce el derecho a objetar frente a EpC ya que no de otro modo se puede interpretar que la consejería me requiera para que concrete los contenidos sobre los que ejerzo mi derecho constitucional, si aquella consejería partiera de una postura inicial de negar tal derecho a objetar». Además asegura que las consecuencias de ese reconocimiento son que sus hijos se encuentran exentos de la obligación de cursar esta asignatura y que por tanto la materia «no se tendrá en consideración a efectos de promoción de curso o para obtener el título académico». Defensa de la Constitución Por otra parte Seco Gordillo contestó a la consejera de Educación, Cándida Martínez, que le había acusado de politizar el recurso. Sin embargo, el letrado dijo que en su recurso no hay más politización que la Defensa de la Constitución y los valores democráticos. «Quienes nos oponemos a esta asignatura, lo hacemos en defensa de los valores básicos del sistema democrático: el pluralismo y la libertad ideológica», afirmó. Seco acusó a la consejera de de Educación de faltar a la verdad cuando dice que EpC es una materia conforme al contenido de la recomendación de la UE. Y eso porque, dijo, es incierto que la recomendación europea proponga educar a los alumnos en la existencia de un único modelo de ciudadano responsable en democracia.que proponga formar la conciencia moral y ética de los alumnos, y que establezca el relativismo moral y la ideología de género como valores que hayan de imperar en la sociedad.

Admitido el recurso de los padres del País Vasco contra Ciudadanía


El Tribunal estudiará la demanda de 14 familias contra el decreto autonómico El recurso contra el decreto de la asignatura en el País Vasco se admite «en protección de derechos fundamentales. R. S. La Razón MADRID- Nuevo éxito en los tribunales de los opositores a Educación para la Ciudadanía. Esta vez ha sido en el País Vasco. La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad notificó ayer que ha admitido a trámite el recurso contra el decreto que regula la nueva asignatura en los colegios vascos. La admisión se produce «en protección de Derechos Fundamentales» De acuerdo con Íñigo Urien, el abogado de los demandantes, tras esta decisión judicial, «el Gobierno vasco debe remitir el expediente que contiene lo que han utilizado para confeccionar el decreto regulador de la asignatura». Hecho esto, la sala dará un plazo para hacer la demanda. Injerencias El recurso se presentó hace un mes, el 27 de noviembre. Los 14 padres que la interpusieron entendían que la asignatura «vulnera los derechos fundamentales de los menores a su intimidad personal, al no declarar sobre su ideología, creencias y religión», de acuerdo con la asociación Profesionales por la Ética, promotora de la objeción de conciencia. Además, denunciaban la vulneración del derecho fundamental de los padres a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones sin injerencias del Estado o de la Administración. De acuerdo con la asociación de objetores, el currÍculum de Ciudadanía en el País Vasco tiene «una fuerte carga de educación moral para los alumnos». Por ejemplo, en la introducción a los contenidos de la asignatura se reconoce que la materia se introduce «en el mundo de los valores y de las elecciones personales», por lo que «el alumnado se enfrentará así a situaciones que exigen tomas de posición y juicios de valor». El decreto vasco también incluye «el rechazo de conductas violentas generadas por el sistema de sexo-género y las estrategias sociales de transmisión de roles y valores: familia, escuela, publicidad, medios de comunicación...». El recurso presentado en el País Vasco y ahora admitido a trámite se suma al interpuesto por varios grupos de padres (cinco andaluces, cuatro catalanes y 38 asturianos) contra la asignatura. En el caso de los andaluces, al igual que en el de los vascos, el recurso se interpuso por considerar que el decreto que desarrolla la asignatura vulnera los derechos fundamentales de las familias. Los padres catalanes y vascos acudieron a los tribunales contra un escrito de sus respectivas administraciones autonómicas en el que se rechazaba el derecho a la objeción de conciencia.

La objeción se extiende a Europa. La Asociación de Padres Europeos, con más de 150 millones de afiliados, denuncia las amenazas del Gobierno a las familias ? Piden respeto a «sus derechos fundamentales»


La nota enviada por los padres europeos anuncia que «intentarán conseguir que se respete el derecho de objeción». J. Brandoli madrid- Los objetores a Educación para la Ciudadanía han conseguido el apoyo de los padres europeos. Para los grupos opositores a la asigantura es algo más que un respaldo formal, ya que es precisamente en Europa donde el conflicto abierto en los juzgados puede ver su punto y final. Si la Justicia española no respalda el, a su juicio, derecho de objeción, será el Tribunal de los Derechos Humanos de la Unión Europea el que tenga la última palabra. Es uno de los grupos objetores, Profesionales por la Ética, el que pidió el apoyo de los padres europeos en su cruzada educativa. El resultado es que han obtenido la defensa reclamada, según ha podido saber este periódico: «El Observatorio de la EPA («European Parents Association») que representa a más de 150 millones de padres europeos, ha mostrado su apoyo público a las familias objetoras a Educación para la Ciudadanía y han mostrado su total adhesión al Manifiesto internacional que Profesionales por la Ética ha hecho llegar a dicha asociación», explican. Contenidos polémicos Profesionales por la Ética ha conseguido también que la EPA se manifieste sobre los contenidos doctrinales que ellos denuncian que tiene la asignatura. Aquí la respuesta dada en Europa ha sido contundente. Amenazas y presiones son algunos de los reproches que los padres europeos hacen a Ciudadanía. «En dicho Manifiesto se destaca la solidaridad de miles de familias de otros países con los padres españoles que han objetado de conciencia a la polémica asignatura y cuyos hijos están siendo presionados o amenazados». Además, la EPA se ha comprometido a denunciar en foros internacionales lo ocurrido con los objetores españoles e intentarán, junto a ellos, conseguir que se acepte la objeción. «Estas asociaciones se han comprometido, además, a difundir esta situación en diversos foros e instituciones internacionales a fin de exigir al Gobierno español que modifique su política en relación con esta asignatura y haga efectivos los derechos fundamentales de los padres y sus hijos», explican en Profesionales por la Ética. ¿Quiénes forman la EPA? La European Parents Association está respaldada por plataformas de Bélgica, Alemania, Francia, Gran Bretaña, Alemania, Dinamarca e Italia, entre otros países, y representa la voluntad de más de 150 millones de padres que promueven una activa representación en el ámbito educativo europeo. En la EPA se integran las asociaciones españolas Concapa, Fapace, Fapaes, Fapel y Ufepa. Orden moral «Para Profesionales por la Ética, los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía en España, lejos de seguir las recomendaciones del Consejo de Europa, introducen contenidos de orden moral que suponen una intromisión inaceptable en el derecho de los padres a la educación de sus hijos conforme a sus convicciones, y en la libertad de conciencia y la intimidad del menor», dicen. Estos fundamentos han sido aceptados por los representantes de los padres europeos, «lo que supone un importante respaldo para nuestra pretensión de conseguir que se respete nuestro derecho a objetar».

El TSJA tramita como protección de un derecho fundamental el recurso contra EpC


El alto tribunal andaluz ha admitido por vía preferente un recurso de unos padres bollulleros para que sus hijos no reciban clases de la asignatura de Educación para la Ciudadanía Redacción / Huelva, bollullos par del condado | Actualizado 21.12.2007 - 05:01 Uno de los centros escolares de Bollullos, al inicio del curso escolar. 0 comentarios 0 votos El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido tramitar por el procedimiento de protección de derechos fundamentales el recurso de unos padres para que se respete su objeción a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, tras un proceso similar abierto sobre el contenido. Fuentes judiciales han explicado que la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, ha admitido por la vía preferente de protección de los derechos fundamentales el recurso de unos padres de Bollullos del Condado para que se reconozca el derecho de sus hijos a la objeción de conciencia para no cursar la asignatura. Se trata del segundo proceso abierto por esta vía de derechos fundamentales, tras el incoado en septiembre pasado referente a los contenidos de la asignatura, en aquel caso por denuncia de cinco padres encabezados por dos letrados sevillanos, también dirigentes del PP andaluz, asunto que se encuentra pendiente de sentencia. En este nuevo caso, el TSJA ha admitido el recurso de los padres contra la resolución del viceconsejero de Educación de la Junta, según la cual no hay lugar "a la objeción de conciencia formulada respecto al contenido de la asignatura". Las citadas fuentes han añadido que la Fiscalía andaluza se ha opuesto a la admisión a trámite hasta que los recurrentes subsanen un defecto de forma y aporten la resolución del viceconsejero impugnada. La Fiscalía entiende que es preciso disponer de tal resolución para poder responder a los argumentos que alegue la administración y también "delimitar" el objeto del pleito, pues si se trata de una resolución del viceconsejero, el competente sería el TSJA, pero si es una resolución del delegado provincial de Educación, el asunto debería tramitarse ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso. La Fiscalía entiende que solo examinando el acto administrativo impugnado se podrá constatar si cumple los requisitos de admisibilidad, han añadido las fuentes. La Fiscalía andaluza ya se opuso, sin éxito, a la primera decisión del TSJA de tramitar el recurso contra la asignatura por la vía de derechos fundamentales, para lo que entonces apeló a su papel como garante del derecho supremo de los menores y argumentó que la asignatura y su obligatoriedad no vulneran derechos constitucionales ni contienen "ninguna referencia a ideología de género". Posteriormente, en su escrito sobre el fondo del asunto, la Fiscalía pidió a finales de noviembre que el TSJA autorice la asignatura pues se trata de una materia que respeta la libertad religiosa y es "razonable" en un sistema democrático. La Fiscalía, según un comunicado divulgado entonces, dijo que la asignatura contiene "un absoluto respeto de la opción educativa religiosa", que "no se ve afectada" por los contenidos y obligatoriedad de Educación para la Ciudadanía.

EDUCACIÓN. PECES-BARBA AFIRMA QUE OBJETAR CONTRA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA "NO ES LEGÍTIMO NI LEGAL"


SERVIMEDIA Presenta un libro para guiar a los profesores y "dignificar" la asignatura MADRID, 13-DIC-2007 El catedrático de la Universidad Carlos III Gregorio Peces- Barba afirmó hoy que la objeción de conciencia ante la asignatura de Educación para la Ciudadanía "no es un recurso legítimo ni legal" al que puedan acudir los padres de los alumnos españoles. Así lo afirmó hoy el ex Alto Comisionado de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, en la presentación del libro "Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos" que tuvo lugar hoy en Madrid. En este sentido, insistió en que en España "sólo está reconocido" objetar en ciertos supuestos. "Se ha producido una manipulación impresionante, hasta dar la impresión de que vale con que alguien declare su voluntad para objetar, cuando sólo es posible hacerlo cuando la objeción está reconocida por el Estado", sentenció. "¿Qué país podría resistir que cada ciudadano obedeciera lo que le parezca? El Estado tiene que reconocer la objeción para cada caso, y no parece probable que vaya a ocurrir ante Educación para la Ciudadanía", añadió. Con este libro, Peces-Barba busca "orientar" al profesorado encargado de impartir esta materia. Según explicó, "se trata de un libro académico" que no recoge "las cuestiones que han suscitado el mayor interés" ni polémica, sino que "se centra en los núcleos intelectuales e históricos de la materia". MATRIMONIO HOMOSEXUAL Así, aseguró haber excluido de las páginas de este manual cuestiones como la violencia de género o la homosexualidad, por tratarse de temas que la asignatura "sólo toca de pasada", pero que "no forman parte de su contenido esencial". No obstante, subrayó que "si el Tribunal Constitucional se pronuncia favorablemente" sobre la constitucionalidad del matrimonio homosexual (tras el recurso del Partido Popular contra la ley que lo regula), fomentará "su enseñanza de forma seria en clase". "El matrimonio homosexual está respaldado por la soberanía popular. Ahora bien, si el Constitucional se pronuncia en su contra, tendrá que desaparecer de los planes de estudio", añadió. Ética, democracia y educación, la distinción entre la "ética privada" y la "pública", la dignidad humana, valores como la solidaridad y la tolerancia, o el papel de las instituciones, la Constitución y el Estado son algunas de las cuestiones que aborda este libro. A su juicio, la obra "dignifica" la Educación para la Ciudadanía "frente a las consideraciones sin sentido que se han hecho sobre ella". "Vamos a enseñar a los chicos las 'reglas del juego'", subrayó: "que sepan que se puede lanzar libremente la opinión de que no se cree en la unidad de España, por ejemplo, y que la libertad de expresión encuentra límites cuando puede producir episodios violentos, como cuando se dice cosas como que se hará un referéndum en el País Vasco". También lamentó la "oposición de la Iglesia institucional" a la asignatura: "siempre ha habido temas recurrentes con los que (la Iglesia) trata de decir al Estado sobre qué temas puede o no hablar, y ahora parece que le ha tocado a Educación para la Ciudadanía", subrayó. Finalmente, defendió la creación de un "cuerpo de profesores especializados" desde el ámbito universitario para impartir esta asignatura.

Suspenden a los objetores que no han acudido a clase de Ciudadanía


Alumnos cuyos padres objetaron contra la asignatura Educación para la Ciudadanía y que no han acudido a clase están siendo suspendidos. Las notas, que esta semana están recibiendo los escolares andaluces, llegan con un suspenso para algunos alumnos que no acudieron a las clases en los centros educativos de la comunidad. Aunque el Gobierno advirtió a comienzos de curso cuando se puso en marcha la asignatura de que los alumnos que no acudieran a clase de esta materia no obtendrían el título académico, la llegada de las notas de la primera evaluación ha puesto de manifiesto que la postura de la Administración es firme pese a las críticas y las objeciones de conciencia. Las calificaciones lo han dejado claro: el que no va a clase suspende. Esta calificación provocó ayer la reacción del letrado que recurrió la asignatura EpC ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Carlos Seco Gordillo recordó que cuando un alumno no asiste a clase, la calificación aplicable debe ser «no evaluado» en lugar de ponerle un suspenso ya que si no asiste a clase «no se le puede calificar». Además, según el abogado, la objeción de conciencia no puede, en ningún caso, «privar del derecho a la promoción a la obtención de un título, al igual que no se le niega el ejercicio de la medicina al médico que no practica un aborto por razones de conciencia o no se cierra la farmacia del farmacéutico que no expende la píldora anticonceptiva». Para el letrado, la consejería de Educación tiene la obligación de dejar en suspenso la decisión de evaluar a estos alumnos hasta que se produzcan los pronunciamientos de los jueces a través de sentencia ya actualmente se están tramitando varios recursos ante los tribunales tanto contra la asignatura de EpC como contra la denegación de la objeción de conciencia. Penalizando la objeción Seco insiste en que la respuesta de la Junta de Andalucía es un instrumento de coacción que además está penalizando la objeción conciencia. «El alumno no ha cursado la asignatura por lo que no se le puede dar el mismo tratamiento que al que acude», afirmó Seco. En este sentido, el letrado recordó que el TSJA admitió a trámite el recurso contencioso contra EpC por que «existe apariencia en medida suficiente» de que la asignatura vulnera la libertad de enseñanza y el derecho de los padres a elegir el tipo de enseñanza que desean para sus hijos, además de la libertad ideológica y religiosa. Y también que el TSJ de Asturias, ha acordado suspender cautelarmente la obligatoriedad de asistir a la asignatura, lo que supone la inaplicación de una norma jurídica a una determinada persona (alumno cuyos padres han objetado) en base a que «su cumplimiento resulta contrario a sus creencias o a su ideología moral o religiosa». En el caso de EpC, se traduce, según el abogado, «no solo en que a ese alumno se le excluye de la obligación de asistir a las clases, si no que también implica la exclusión de esa materia a los efectos de evaluar la promoción del alumno o la obtención de un título académico, pues en otro caso se estaría gravando o penalizando el ejercicio de ese derecho constitucional. Esto supone una «presión» más que se suma a la que ya se produjo hace algunos día cuando desde un instituto de El Puerto de Santa María se apercibió a los padres de un objetor porque su hijo no acudía a esta materia e incluso se le advertía de que la no asistencia a Educación para la Ciudadanía podría tener como consecuencia que el alumno no promocionará. EpC sigue generando la polémica mientras el TSJA aún no ha emitido el fallo sobre la demanda que presentaron varios padres contra la asignatura por considerar que vulnera derechos fundamentales. Los sindicatos, a los que el alto tribunal negó la personación en el procedimiento de parte de la Junta de Andalucía y en contra de los padres, recurrieron esa negativa. Una vez que el TSJA resuelva sobre esa personación habrá sentencia. Si el procedimiento sigue retrasándose podría coincidir casi con la campaña electoral de las próximas elecciones.

Un Tribunal deniega a tres alumnos objetar Ciudadanía porque la Constitución lo impide


ESTHER ARMORA BARCELONA. Primer pronunciamiento judicial en España sobre el conflicto por la asignatura Educación para la Ciudadanía. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado un recurso contencioso-administrativo que presentaron unos padres para que sus tres hijos no cursaran este año la citada materia apelando a la «objeción de conciencia». En el recurso, interpuesto contra el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de Cataluña, el matrimonio pide que sus hijos queden «exentos» de esta materia por ser contraria a sus convicciones. Según alegaron los recurrentes, la citada materia «implica una formación moral que es contradictoria con nuestras convicciones como padres y primeros responsables de su educación». Cumplir la Ley de Educación No obstante, el alto tribunal catalán considera que la asignatura debe impartirse porque la Ley Orgánica de Educación (LOE) la establece en su artículo 24 como materia obligatoria en el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y en el tercer ciclo de Educación Primaria. «La asignatura que pretenden eximir los solicitantes a sus hijos es la establecida en el artículo 24 de la LOE, cuyo contenido, fines y criterios de evaluación se contienen en el Anexo II del Real Decreto 1631/2006, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la ESO», apunta el auto, al que ha tenido acceso ABC. Añade, asimismo, que «de igual manera se prevé como obligatoria en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Educación, para uno de los cursos del tercer ciclo de la Educación Primaria». Los padres invocaban su derecho constitucional a la objeción de conciencia, pero el TSJC sostiene en su auto que la Constitución Española no reconoce ese derecho «para negarse al cumplimiento o sometimiento de obligaciones y prestaciones», como sería el que sus hijos estuvieran exentos de cursar esta asignatura. El alto tribunal entiende, además, que «de los tratados internacionales firmados por el Estado español -a los que también apelaba el recurso- no se desprende tampoco ninguna dispensa del deber-función por motivos de creencia o convicción». Sólo uno debe cursarla por edad Más allá del derecho a la objeción de conciencia, el auto recuerda a los demandantes que sólo uno de sus tres hijos estaría en edad de cursar la materia, ya que los otros dos están en segundo de bachillerato y quinto de primaria, respectivamente. Portavoces de la Consejería de Educación consultadas por este diario expresaron ayer su «satisfacción» por el pronunciamiento del TSJC. El secretario de Políticas Educativas de la Generalitat, Francesc Colomer, indicó que el contenido del auto «no sido ninguna sorpresa para nosotros, sólo ha constatado la línea que el gobierno catalán ya marcó desde un principio en este conflicto y es que la ley debe cumplirse siempre». Objeción de conciencia Colomer destacó otra de las partes del auto del alto tribunal catalán, la que se refiere al derecho constitucional. «El pronunciamiento del TSJC ratifica que no está contemplada la objeción de conciencia para casos como éste y eso es muy positivo porque marca una línea de sentido común para posibles casos futuros», añadió el responsable de Políticas Educativas de la Generalitat. Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tiene pendiente de resolución otro recurso contencioso-administrativo que presentaron la Asociación de Juristas Cristianos de Cataluña, la Fundación Abat Oliba y e-Cristians contra los decretos de la Generalitat que regulan la asignatura de Educación para la Ciudadanía. La nueva materia aborda, desde la Constitución, el medio ambiente y la globalización; las parejas y familias en sus formas más variadas, integradas tanto por hombre y mujer como las formadas entre hombres o entre mujeres, entre otros temas. Un centro puede perder la licencia En Cataluña, sigue abierto el litigio entre la Generalitat y el Colegio Loreto-Abat Oliba. Este último, de ideario católico, imparte desde comienzos de curso una asignatura alternativa a Ciudadanía para el grueso de sus alumnos de tercero de ESO. De hecho, sólo 17 estudiantes cursan la materia obligatoria, mientras que 43 reciben clases de Educación para la Vida Social y Política. El gobierno catalán ha advertido al centro de que si no da la materia le retirará la licencia. El colegio, por su parte, aguanta y apela a la objeción. Fuentes del centro no quisieron ayer valorar el auto del Tribunal Superior catalán.

Nuevo revés judicial para la Consejería de Educación


Desde que el pasado mes de agosto, el letrado Carlos Seco Gordillo llevara al TSJA la asignatura de EpC por considerar que vulnera derechos fundamentales, varios son los reveses que la Junta de Andalucía ha tenido que encarar. Aunque al principio eran pocos lo que daban un duro por las posibilidades que tenían los padres en la batalla emprendida contra la Administración autonómica, los tribunales parecen estar poniendo poco a poco la cosas en su sitio. En un primer momento, tras la petición de la Fiscalía y el Abogado del Estado, el TSJA decidió no aceptar la suspensión cautelar de la asignatura, pero poco después, el alto tribunal sí que aceptaba la tramitación de la demanda por la vía especial de vulneración de derecho fundamental porque veía «apariencia» de esa vulneración. Entonces, la Junta de Andalucía decidía usar todas sus armas y trasladaba la demanda a editoriales, sindicatos y padres para que acudieran en su auxilio y se personaran de su parte y en contra de los padres. Un puñado de editoriales y sindicatos lo intentaron. El TSJA decía que no a las editoriales porque no veía el interés y creía que sólo actuaban ante la petición de la Junta. Ahora tampoco se lo permite a los sindicatos ni a los padres de la pública porque tampoco entiende que tengan interés en el procedimiento. Se quedan sólo los interesados: los padres contra la Junta. El fallo puede llegar con los polvorones. ABC Sevillla, 16 de noviembre de 2007

Solicitan entrevista con Zapatero para denunciar coacciones a hijos objetores


La organización Profesionales por la Etica ha solicitado entrevistarse con el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el presidente del PP, Mariano Rajoy, para exponerles las amenazas y coacciones que sufren los hijos de familias objetoras contra Educación para la Ciudadanía. Según el presidente de Profesionales por la Etica, Jaime Urcelay, el objetivo de estas entrevistas es presentar a los dos líderes políticos una radiografía de la situación de la objeción de conciencia frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. Esta organización, una de las más conocidas entre las que defienden la objeción, tienen previsto entregar a ambos líderes los ejemplos que, en su opinión, demuestran que alumnos cuyos padres han objetado frente a esta asignatura están siendo objeto de acoso y presiones. En este sentido, aseguran en un comunicado remitido a Efe que hace unos días los padres de un alumno de tercero de la ESO de un colegio de Alhendín (Granada) les notificaron que el centro había considerado como 'falta muy grave contra la convivencia' la ausencia del alumno a estas clases. Además, Profesionales por la Etica presentarán a Zapatero y Rajoy un catálogo de actuaciones positivas que se están aplicando en algunos centros escolares. Así, defienden a los centros que ofrecen a los alumnos objetores un aula de refuerzo y estudio mientras se imparte esta asignatura y abogan por la posibilidad planteada por la Comunidad de Madrid de que los estudiantes objetores realicen en esa hora labores de voluntariado. Profesionales ha asegurado a EFE que las direcciones de los centros educativos han recibido al menos 17.000 objeciones de conciencia entre abril y septiembre, a razón de 125 diarias, un movimiento que tendrá resultados a 'largo plazo'. Terra, 29-10-2007

El filósofo Gustavo Bueno denuncia un intento de "adoctrinamiento clarísimo" del Gobierno a través de EpC


Fecha de publicación: 17/10/2007 Lugar: Madrid (VERITAS) El filósofo Gustavo Bueno –que se define a sí mismo como "ateo católico"– presentó hoy en Madrid su último libro "La fe del ateo" (Editorial Temas de Hoy), criticando el intento de "adoctrinamiento clarísimo" del Gobierno a través de la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) y defendiendo como tesis de su libro que "la Religión es un problema importantísimo que no se puede marginar". El libro, subtitulado "Las verdaderas razones del enfrentamiento de la Iglesia con el Gobierno socialista", tiene un capítulo "Religión y educación para la ciudadanía", en el que el autor plantea el conflicto en torno a este tema entre la Conferencia Episcopal Española (CEE) y el actual Gobierno socialista. Durante la presentación de su obra, Bueno comentó este capítulo diciendo que no hace una "crítica menuda", sino que se mantiene más bien el nivel "filosófico o abstracto". Sin embargo, el escritor no dudó en dar opiniones muy concretas sobre EpC, como que está "más con la CEE que con FERE", atribuyendo la postura de la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE) al "desconocimiento" y a la "ignorancia". El filósofo se expresó en términos muy críticos con FERE afirmando que conoce a algunos de sus miembros y puede por ello sostener que son "ignorantes en materia de Teología", algo que no ocurre con otros sectores del clero, incluidos "muchos obispos, con los que se puede hablar de mil cosas". Bueno criticó igualmente los manuales con los que se impartirá EpC a los que calificó como "libros vomitivos", que entienden la "ciudadanía" como una especie de "armonía preestablecida", dibujando un concepto tan rebajado que resulta "repugnante" y de una "ingenuidad total".

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictamina contra la enseñanza obligatoria del Islam en la escuela


Redacción ANÁLISIS DIGITAL- 10/10/2007 El Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió ayer un dictamen contra la obligación de la enseñanza religiosa en Turquía que ofrece un singular interés a cuantos en España se oponen a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, en la medida que transmite valores y creencias contrarias a las convicciones morales de los padres de alumnos. El dictamen en cuestión va en contra de la obligación para los alumnos musulmanes de Turquía, tanto de primaria como de secundaria, de cursar la asignatura de cultura religiosa, por considerar que sus contenidos pueden provocar un conflicto con los valores que les enseñan los padres. El Tribunal estima, en efecto, que esa obligación infringe el derecho a la instrucción, recogido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, por lo que insta al Gobierno de Turquía a modificar su sistema educativo asi como a pagar a la familia que presentó el recurso 3.726,8 euros en concepto de costas judiciales y otros 850 euros por la asistencia judicial. En su sentencia, los magistrados europeos consideran que la asignatura de cultura religiosa "es susceptible de provocar un conflicto con los valores enseñados (por los denunciantes) a sus hijos en casa", máxime porque no se ofrece una alternativa a los preceptos del Islam suní que se enseñan en la escuela y porque se fuerza a los ciudadanos a declarar sus creencias religiosas o filosóficas. El origen del caso está en el recurso presentado por la familia de la estudiante Eylem Zengin, residente en Estambul, y que pertenece a la confesión de los alevis, una rama musulmana con larga presencia histórica en Turquía, pero cuyas prácticas religiosas difieren sustancialmente de las de la mayoría sunní ya que no van a las mezquitas, ni rezan cinco veces al día, ni consideran la peregrinación a La Meca una obligación. Las continuas demandas en 2001 ante la Administración presentadas por el padre de la alumna -nacida en 1988- fueron rechazadas e incluso el Consejo de Estado turco se pronunció en su contra en agosto de 2003. Los jueces de Estrasburgo, en cambio, han podido comprobar que en la asignatura de religión -de la que quedan eximidos desde 1990 los hijos de familias judías o cristianas- se da prioridad al Islam respecto a las otras religiones, los alumnos deben aprender fragmentos del Corán de memoria, así como instrucciones sobre los grandes principios de la fe musulmana, pero no se les presentan las particularidades de los alevis. Por eso, estimaron que las clases no responden a "los criterios de objetividad y pluralismo que deben caracterizar la educación dispensada en una sociedad democrática para que los alumnos desarrollen un espíritu crítico". En su dictamen, la Corte critica que la asignatura sea obligatoria para los niños musulmanes, pero también que los padres tengan que informar a las autoridades de sus convicciones para pedir una exención, que además no siempre se les concede. Como es notorio, en España la asignatura de la Religión no es obligatoria pero, en cambio, el Gobierno ha impuesto la obligatoridad, sin alternativa posible, a la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía que tiene un alto contenido ideológico y de referencias a una moral relativista contraria a las convicciones morales y religiosas de las familias. La Iglesia Católica en España ha insistido en diversas ocasiones que así como la religión no puede imponerse, tampoco puede imponerse el adoctrinamiento ideológico, sobre todo cuando entran en juego valores morales que van en contra de la fe que profesan los padres de los alumnos de primaria y secundaria, es decir, menores de edad a los que se quiere adoctrinar en el relativismo, en contradicción con los valores y virtudes que se enseñan en las clases de religión para los que han optado libremente por ellas. Se recuerda a este propósito que diversas asociaciones cívicas, como el Foro de la Familia o Profesionales por la Ética han anunciado ya su intención de acudir al Tribunal de Derechos Humanos precisamente para plantear una queja similar a la de los padres de la niña alevi turca en cuyo favor han fallado los magistrados europeos.

El TSJA rechaza que las editoriales se personen a favor de Educación para la Ciudadanía


A.F.C./SEVILLA, 2 de octubre El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado la petición de las editoriales Santillana Educación S.L y Ediciones Grazalema S.L. de personarse a favor de la asignatura Educación para la ciudadanía en el procedimiento iniciado contra la misma por un grupo de padres sevillanos. Sin embargo, el Tribunal ha admitido la petición de los representantes legales de estos padres de ampliar su recurso a las órdenes emitidas por la Consejería de Educación que regulan los curriculos de Primaria y Secundaria. Carlos Seco Gordillo, abogado y uno de los padres recurrentes contra EpC expresó su satisfacción a ABC por estas decisiones judiciales y calculó que tal como van las cosas «puede ser que haya sentencia para Navidad». El motivo por el que el TSJA no ha admitido la personación de las editoriales es porque tras su petición se les requirió que justificasen «el interés que les asiste» cosa que las editoriales no han hecho segun dice la Sala de lo Contencioso Administrativo que señala que se han limitado a manifestar que comparecen en virtud del emplazamiento que han recibido por parte de la Administración, Es decir que las editoriales han justificado su deseo de personarse sólo en el hecho de que la Junta de Andalucía les han pedido que lo hagan y el tribunal considera este motivo insuficiente. Por otra parte, el -TSJA explica su decisión de admitir la ampliación del recurso presentado por los cinco padres de alumnos andaluces a los decretos de la junta sobre EpC a las órdenes de la misma Junta que regulan los currículos de Primaria y Secundaria y que incluyen esta asignatura en base a «su relación con el objeto del recurso en tramitación y concretamente porque «las órdenes han sido dictadas en ejecución y para el desarrollo de los citados decretos». El Tribunal no estima el razonamiento del abogado de la Junta de que reproducen legislación estatal.

La querella presentada contra el Delegado de Educación de Toledo ha sido admitida


El Centro Jurídico Tomás Moro, a raíz de la nota interior emitida por el Delegado Provincial en Toledo de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, Ángel Felpeto Enríquez, por la que ordenaba a todos los Centros Educativos a no evaluar a los alumnos que objetaran en conciencia a su impartición (impidiendo así su promoción de curso), presentó con fecha 8 de junio una querella que ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Toledo. Madrid, 26 de septiembre de 2007.- La asignatura Educación para la Ciudadanía, conforme a los contenidos aprobados por el Ministerio de Educación y Cultura, introduce objetivos, materias y criterios de evaluación que afectan directamente a la formación moral de los alumnos desde los 10 a los 18 años, terreno en el que sólo corresponde a los padres decidir, tal como reconoce el artículo 27.3 de la Constitución Española. A través de esta nueva asignatura se pretende educar a los alumnos en la peculiar visón ética de la persona y de la afectividad que tienen los actuales gobernantes, en contra de la conciencia de la mayoría de padres y madres españoles. Por tal motivo el Centro Jurídico Tomás Moro tomó la decisión de defender a aquellos padres que objetaran y tuviera problemas administrativo por el ejercicio de tal derecho y de presentar cualquier tipo de iniciativa jurídica tendente a su defensa. En el ejercicio de esta decisión este Centro Presentó una querella contra el Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia, Ángel Felpeto Enríquez, que pretende formar a todos los Centros Educativos a que impidan el ejercicio constitucional a la objeción de conciencia. Tal imposición supone la comisión del delito contemplado en el artículo 542 del Código Penal, que pena con inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de entre uno y cuatro años a la autoridad o funcionario que impidiere el ejercicio de los derechos cívicos reconocidos por la Constitución. Fuente: Nota (parcial) de 26 de septiembre de 2007 del Centro Jurídico Tomás Moro

El TSJCyL da la razón a la Junta y atribuye al Consejo Escolar la decisión de retirar símbolos religiosos


VALLADOLID, 20 Sep. (EUROPA PRESS) - La sala contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) da la razón a la Junta y atribuye al Consejo Escolar la decisión de retirar de las aulas los símbolos religiosos. El TSJCyL, en su sentencia dada a conocer hoy y recogida por Europa Press, se pronuncia así sobre el contencioso iniciado por la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid (ACEL) cuya pretensión era la retirada de los crucifijos instalados en las aulas del colegio público Macías Picavea de la capital vallisoletana. La ACEL acudió en mayo de 2006 a la vía judicial después de no obtener respuesta a un recurso de alzada presentado ante la Junta en el que pedía que se retirasen los símbolos religiosos de las aulas del centro Macías Picavea. La asociación decidió acudir a los tribunales cuatro meses después de iniciar el procedimiento administrativo (que establece un plazo máximo de respuesta de tres meses). A pesar de que se agotó el procedimiento administrativo, la Dirección Provincial de Educación dictó una resolución en la que no se atendió la petición de ACEL de retirar los crucifijos de dicho centro escolar con la excusa de que los consejos escolares de los colegios son los únicos que tienen competencia para ello. Tras celebrarse juicio oral, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó sentencia el pasado 27 de febrero y declaró nula la respuesta dada por la Junta a la Asociación y ordenó a la administración educativa dar respuesta a la petición formulada sobre la retirada de crucifijos. La Junta decidió recurrir esta sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, quien ahora le ha dado la razón. En el fallo conocido hoy, el TSJCyL estima parcialmente el recurso de apelación presentado por la Junta contra la sentencia del 27 de febrero de 2007 y declara la conformidad parcial a derecho de la desestimación presunta del recurso de alzada y considera que corresponde al Consejo Escolar "la decisión inicial de la cuestión controvertida y sin perjuicio de la posibilidad de revisión de aquella por la Administración autonómica" En los fundamentos de derecho de la sentencia se recoge que los crucifijos deben ser considerados como bienes inmuebles por lo que su mantenimiento y conservación corresponde al consejo escolar.

El TSJA admite el recurso contra Ciudadanía como un caso de derechos fundamentales


Andalucía impartirá el lunes la asignatura a pesar de la decisión del Alto Tribunal. G. Sánchez de la Nieta Madrid. La asignatura obligatoria de Educación para la Ciudadanía que empieza a impartirse en los colegios de siete comunidades autónomas este curso podría vulnerar los derechos fundamentales. Así lo ha considerado el Tribunal Superior de Andalucía (TSJA), que el viernes admitió a trámite el recurso presentado por cinco familias andaluzas por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, tal y como habían solicitado estos padres. La sala de lo contencioso administrativo del Alto Tribunal ha dado la razón a estas familias en contra de los alegatos de la Fiscalía y de la Junta de Andalucía, ambas dependientes del gobierno socialista, que consideraban que no había dicha vulneración, por lo que pedían que se tramitara por vía ordinaria y no por procedimiento especial. Uno de los padres que interpuso el recurso, Carlos Seco Gordillo, mostró su satisfacción por la decisión del TSJA ya que, según explicó, “demuestra que hemos acertado con el procedimiento y supondrá que la resolución judicial final llegará más rápidamente”. El auto del TSJA, firmado por el ponente Rafael Sánchez Jiménez, señala que “sin hacer un juicio anticipado” sobre la efectiva violación de estos derechos invocados, “existe apariencia de tal vulneración en medida suficiente para la admisión a trámite del recurso interpuesto a través del indicado procedimiento especial”. Así, en el recurso se menciona la violación de “la libertad de enseñanza y derecho de los padres a elegir el tipo de enseñanza que desean para sus hijos, la libertad ideológica y religiosa”. Fuentes judiciales consultadas por LA GACETA han señalado que este tipo de procesos se podrían resolver en cuestión de semanas y variar la implantación de la asignatura en la Junta de Andalucía. El juez considera como posible falta de protección de los derechos fundamentales la “imposición de la denominada ideología de género”. El presidente de la Confederación Andaluza de Asociaciones de Padres de Escuela Católica (Confapa), Juan María del Pino, destacó a Ep que “la Justicia al final da la razón a la sociedad, porque cuando se demuestra fehacientemente que se gobierna de espaldas a una parte importante de la población, la única salida que queda a los padres es acudir a los tribunales”. Además, destacó que el auto aporta “una posición más cómoda para que los padres vean que efectivamente hay normas que nos amparan y que, desde luego, no deben acobardarse ante las amenazas del Ministerio de Educación y de la Junta de Andalucía”. Por su parte, y a pesar del auto del TSJA, el Gobierno andaluz destacó que el lunes, día en el que empieza el curso escolar, empezará a impartirse con normalidad la asignatura de Educación para la Ciudadanía. El viceconsejero de Educación de la Junta, Sebastián Cano, manifestó a Efe que el auto “sólo significa que va a continuar la tramitación”. Añadió que “estamos seguros de que el Alto Tribunal, cuando entre en el fondo, nos dará la razón en el sentido de que nuestra normativa en ningún modo vulnera los derechos fundamentales del alumnado y de las familias”. “Lo verdaderamente importante es que el TSJA no decretó la suspensión cautelar de los decretos educativos de la Junta, lo que sí que habría causado un daño importante al sistema educativo pues hubiera impedido el desarrollo normal del curso”, continuó Cano. El viceconsejero andaluz manifestó que en el curso que empieza el lunes todos los alumnos que deben cursar Educación para la Ciudadanía “van a tener la asignatura, que en modo alguno se va a dejar de dar”. Fuente: Gaceta de los Negocios, 15.09.2007

Arranca el curso más agitado de la democracia


La LOE introduce la asignatura de educación para la ciudadanía y permite que en Bachillerato se pase de curso con cuatro suspensos G. Sánchez de la Nieta. Madrid. Comienza el curso con las novedades de la Ley Orgánica de Educación (LOE), una norma que ha traído muchos titulares desde su aprobación, fundamentalmente por la incorporación de la polémica asignatura de educación para la ciudadanía. Llegó el momento de su puesta en marcha en medio de un panorama marcado por la desalentadora cifra de fracaso escolar, que señala que un 29,9% de jóvenes no sigue estudiando, y nos sitúa todavía muy por debajo de la media europea. Para combatir la mediocridad en las aulas, la ministra de Educación, Mercedes Cabrera, recordó un aspecto de la LOE: permite a los alumnos de 1º de Bachillerato que suspendan cuatro materias o menos matricularse de las asignaturas pendientes y ampliar con materias de 2º. De esta forma, “se facilitará que los estudiantes concentren sus esfuerzos en las materias no superadas y sigan avanzando con las nuevas”, dijo. Si suspenden más de cuatro materias, repetirán en su totalidad, según el real decreto que regula Bachillerato. Cabrera citó esta nueva fórmula como la mejor receta para hacer esta etapa no obligatoria “más atractiva, menos rígida, más flexible y ajustada a las necesidades” de los estudiantes. “Si un alumno consigue superar varias asignaturas de un curso, aunque no lo haya terminado, ¿es lógico penalizarle —se preguntó— obligándole a repetirlo completo? Creo que ésa es una invitación al abandono”, dijo la ministra. Según los Datos y Cifras del curso 2007/2008, presentados ayer por el Ministerio de Educación, el número de alumnos aumenta una vez más por la llegada de inmigrantes. Se prevé que 8.587.639 alumnos (1,2% más que el año anterior) comiencen el curso en todas las enseñanzas, de los cuales 7.205.890 cursarán una educación no universitaria. En la última década, la cifra de extranjeros se ha multiplicado por 10 pasando del 0,7% en 1997 al 8,4% de este año. Educación calculó que, para el curso que está comenzando, el crecimiento de este alumnado sea similar al del anterior, situado en el 14,5%. Una de las ventajas que recordó ayer el ministerio para este curso fue la extensión de la gratuidad al segundo ciclo de la educación infantil, que beneficiará a cerca de 1.300.000 niños de entre 3 a 5 años. Además, y también por primera vez, los alumnos y alumnas españoles comenzarán a aprender inglés desde los 6 años. Cerca de 15.000 padres han pedido objeción de conciencia Las familias se oponen a la asignatura porque vulnera el derecho fundamental de los padres a educar libremente a sus hijos G- Sánchez / J. Táuler. Madrid. Los rostros de la portada de LA GACETA son el gesto de la indignación y de la discordia. Son sólo un grupo de los cerca de 15.000 padres que han rechazado la nueva asignatura que trae la LOE, Educación para la Ciudadanía, que se impartirá este curso en siete comunidades autónomas (Asturias, Cantabria, Navarra, Aragón, Cataluña, Andalucía y Extremadura), todas ellas gobernadas por el PSOE, salvo la Comunidad Foral. En el resto de España comenzará en 2008. En total, son más de 226.000 alumnos de 3º de Secundaria, a excepción de los objetores, los que recibirán clases sobre valores democráticos y constitucionales, la solidaridad, la paz, la seguridad vial, el medio ambiente, y también sobre la familia y las opciones sexuales. Éste último apartado es el que ha provocado el rechazo de miles de padres que se oponen a que el Estado sea el responsable de la formación moral de sus hijos. Los críticos se quejan porque no comparten la visión de la persona y de la vida que incorporan los contenidos de una materia obligatoria. Critican el relativismo y la ideología de género que se deducen del programa o se incluyen explícitamente en algunos decretos autonómicos. Lo cierto es que más que los mínimos establecidos por el Ministerio —que evita las referencias a los asuntos más polémicos—, los padres temen los contenidos que por ley han ampliado las comunidades autónomas. De esta forma, y según un estudio de Profesionales por la Ética, hay ocho autonomías que “acentúan el carácter ideológico de la asignatura”. Andalucía incluye dentro de esta asignatura un apartado dedicado a las “preferencias sexuales”; País Vasco, añade un capítulo en el que enseñarán a “los alumnos a criticar los estereotipos que reciben en su propia familia”; Canarias recoge una unidad sobre “los conflictos éticos en el comienzo y el final de la vida” y Extremadura añade un contenido denominado “Estudios de género: el género como construcción social. La discriminación por orientación afectivo sexual”. Mientras, el Ministerio de Educación se ha mantenido inamovible en su defensa a la materia y argumenta que se trata de “una asignatura necesaria”, fundamentada en los valores democráticos, y que es de “obligado cumplimiento” puesto que está recogida en una ley aprobada por el Parlamento. Los que se oponen, han pedido insistentemente al Gobierno que retire los contenidos ideológicos, que haya un consenso en los contenidos o que, al menos, no se determine como obligatoria. La ministra dejó claro ayer que “no vamos a retirar los Reales Decretos porque el debate posible tuvo su momento y nadie dijo nada”. Además, afirmó que los contenidos de Ciudadanía “son respetuosos con los principios constitucionales” y que el debate que ha generado la materia “se está utilizando para lo que no es”. Son cerca de 30 asociaciones las que han promovido la objeción de conciencia como el recurso más eficaz para plantar cara a la asignatura. Desde el inicio de la movilización, en mayo de este año, no han cesado en su empeño por recopilar objeciones que materializaran su rechazo. Desde entonces, el Gobierno ha anunciado que los alumnos que no asistan a esta clase suspenderán, no pasarán de curso, no obtendrán el título e incluso —tal y como dijo el pasado viernes la ministra— se considerarán absentistas. El futuro de las CCAA Sin embargo, al final serán las comunidades autónomas las responsables de decidir el futuro de los alumnos que presenten objeción. De las siete comunidades autónomas que comienzan este año, Aragón y Cantabria tienen decidido que, por el momento, suspenderán a los alumnos “objetores”; Extremadura y Cataluña anuncian que estos alumnos no obtendrán el título correspondiente y tres — Andalucía, Navarra y Asturias— se abstienen de dar una respuesta porque aseguran que no han recibido los suficientes rechazos a la materia para determinar una posición oficial. Hasta ahora, las objeciones que han ido llegando a los centros públicos han sido recogidas por los directores y deben ser trasladadas a la consejería de Educación con la mayor brevedad posible. En los centros privados, el director no tiene autorización para recoger estos formularios, por lo que las familias deben acudir directamente a la consejería de Educación de su comunidad. Una vez que se comunique a estas familias cualquier consecuencia negativa ante este recurso —un suspenso, pasar la hora de esa clase en el patio o, incluso, mandar a esos alumnos a casa—, los padres iniciarán, como la forma más directa, un recurso para proteger los derechos fundamentales por la vía contencioso-administrativa. “Cuando se agotan los recursos ordinarios, si una persona estima que no se han protegido sus derechos puede acudir a los jueces”, explica José Luis Bazán, experto jurídico de Profesionales por la Ética. “La tramitación de estos procedimientos suele ser breve porque los tribunales dan prioridad a los recursos que atacan los derechos fundamentales”. Bazán no descarta que también pueda “recurrise por la vía civil e incluso, eventualmente, por la penal”.

Los catedráticos de instituto dan por «muerta» la asignatura de Ciudadanía


MILAGROS ASENJO. MADRID, ABC 29-8-2007 La Asociación Nacional de Catedráticos de Instituto (Ancaba) sostiene que Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos es una asignatura «muerta», que «ha fracasado» antes de implantarse porque «enfrenta a la sociedad» y perjudica a la escuela pública.El presidente de Ancaba, Julián Martín, considera que la nueva asignatura perjudica a la escuela pública porque, mientras la privada y la concertada pueden acogerse a su ideario para «pulir y adecuar los contenidos a su proyecto», la rigidez de la pública «encierra el peligro de invadir el ámbito de lo personal e incluso de ir más allá de lo que establecen los propios programas». En este contexto, el presidente de Ancaba advirtió en declaraciones a ABC que ante la polémica disciplina «el profesorado tiene miedo, no entiende por qué debe convertirse en un psicólogo o en un psiquiatra o sustituir a un padre para llenar las lagunas sentimentales o de valores con que los alumnos llegan a los centros educativos». Y ante la responsabilidad que recae sobre los docentes, «nadie querrá impartir voluntariamente una materia como ésta y serán los últimos en llegar los que forzosamente la asuman». Esta circunstancia puede hacer de la asignatura una «maría», aunque tendrá algunos forofos. «Asignatura «innecesaria» Para Ancaba, que representa a más de 3.000 catedráticos de Instituto, Educación para la Ciudadanía es una asignatura «innecesaria, con numerosos componentes ideológicos y políticos que la hacen cuando menos discutible», ya que la educación en comportamientos y actitudes corresponde a «los padres y no a la escuela». Además, «constituye una intromisión en temas de conciencia». Martín, catedrático de Lengua y Literatura españolas, opina que temas como «la Constitución, los sistemas políticos o las relaciones sociales deben estar integrados en las asignaturas de Historia y Filosofía, de las que el alumno sacará sus propias conclusiones». No obstante, admite que estos contenidos «valdrían para Educación para la Ciudadanía, pero la asignatura toca muchos temas desde el punto de vista personal». Y tal como está concebida y como algunos la quieren interpretar, «lleva a un conflicto gratuito en la sociedad y en los centros». El representante de los catedráticos acusa al Ministerio de Educación de «falta de decoro» al plantear esta materia, porque la ausencia de valores en los jóvenes «no se resuelve» con una asignatura como la propuesta. Acerca de la objeción de conciencia indica: «No tengo conocimientos legales y no creo que llegue muy lejos», pero «es normal que los padres estén recelosos del tratamiento de aquellos temas que tocan la esfera de intimidad personal, de la conciencia y recurran a ese instrumento para salvaguardar sus derechos». (...) La nueva asignatura comenzará el próximo curso académico a ser estudiada por más de 200.000 alumnos de 3º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de siete comunidades autónomas.

Castilla la Mancha aplaza la implantación de Educación para la Ciudadanía


La Comunidad presidida por Barreda no se implantará de momento EpC -La asignatura de Educación para la Ciudadanía no se aplicará en la Comunidad manchega, presidida por el PSOE, hasta el curso 2008-2009. Los responsables políticos en el área de educación quieren ver qué pasa antes en otras zonas de España para después decidir. José Valverde, consejero de Educación de Castilla la Mancha, dice que es la Justicia la que debe aclarar qué ocurre con esta asignatura. Valverde prefiere “que se vaya a la Justicia y que se obtenga una sentencia en cualquiera de los sentidos a que estemos, cada uno, manifestando opiniones que nos parecen correctas, pero que no tienen por qué ajustarse a la legalidad”. Por tanto, al consejero de Educación manchego le parece bien que los padres andaluces hayan acudido a la Justicia. Cadena COPE, 22 de agosto de 2007

Padres andaluces piden la suspensión cautelar de Educación para la Ciudadanía


Esperan que el TSJA atienda su petición antes del 17 de septiembre Rafael Cobo. Madrid. Los objetores de Educación para la Ciudadanía andaluces confían en que su comunidad sea la primera que suspenda, de manera cautelar, la aplicación de la polémica asignatura Educación para la Ciudadanía, mientras la Justicia resuelve si, como denuncian, la materia conculca su derecho a elegir el tipo de educación que desean para sus hijos. Con este objetivo ayer presentaron ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía cinco recursos contra la Consejería de Educación andaluza por los decretos del 8 de agosto que desarrollan la materia. Carlos Seco, el abogado que ha redactado el recurso, explicó a LA GACETA que el texto presentado razona que en la norma desarrollada por la Junta de Andalucía no se respetan los derechos de libertad de educación y de educación religiosa y moral que tienen los padres. Asimismo, explicó que la implantación de Ciudadanía vulnera los derechos jurídicos de los padres ya que el Gobierno andaluz ha aprobado el desarrollo de la asignatura cuando ya habían matriculado a sus hijos en los colegios. “No nos ha quedado otra salida que plantear este recurso ante los tribunales”. La pregunta que se hacen ahora es si el tribunal atenderá a tiempo su demanda de suspensión cautelar. “Imaginamos que la Consejería de Educación agotará los plazos mientras se lo permita la ley para presentar sus alegaciones, con lo que es posible que la suspensión no llegue antes del comienzo del curso escolar, el 17 de septiembre”. A pesar de ello, Carlos Seco tiene confianza en que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía atienda su petición de suspensión cautelar ya que “el hecho de que la asignatura no se implante en muchos territorios da pie a que se acepte la medida cautelar, porque nos situaría en situación de desigualdad junto a otras comunidades como Extremadura y Aragón”. Los cinco recursos presentados por este abogado sevillano — también padre de alumnos afectados por la asignatura— pretenden servir para que otros padres se adhieran voluntariamente. En Andalucía se han contabilizado hasta el momento 2.000 objeciones a la materia. “Esperamos que los padres contrarios a esta materia se vayan sumando al recurso que hemos planteado una serie de padres a título individual”. Gaceta de los Negocios, 21 de agosto de 2007

Numerosos padres acudirán al TSJ andaluz para interponer un recurso contra los Decretos que desarrollan EpC


Noticias COPE En Andalucía, el próximo lunes, numerosos padres acudirán al Tribunal Superior de Justicia andaluz para interponer un recurso contra la asignatura de educación para la ciudadanía. Con este recurso, los padres pretenden que el Tribunal andaluz impongan medidas cautelares para dejar en suspenso los decretos de la Junta que desarrolla la implantación de esta asignatura. Los recursos contenciosos administrativos estarán basados en la vulneración de los derechos fundamentales de libre elección de educación y la libertad de religión. Los padres dicen que Chávez ha demostrado muy poca voluntad de dialogo. Otra de las quejas es que se vulneran sus derechos jurídicos porque consideran que el gobierno andaluz ha aprobado el desarrollo de la asignatura cuando ya habían matriculado a sus hijos en el colegio. 15-08-2007

Cañizares responde a Zapatero que “el laicismo tampoco puede estar por encima de la ley”


“Las leyes deben respetar los derechos fundamentales”, dice G. Sánchez de la Nieta Madrid. Lejos de desaparecer o disminuir su ritmo en pleno mes de julio, el debate sobre la Educación para la Ciudadanía cobra cada día más fuerza. Ahora impulsado por ambas partes, el Gobierno y el sector partidario de eliminar la asignatura. El arzobispo de Toledo, monseñor Antonio Cañizares, aseguró ayer que a pesar de que en España el laicismo “se consagra como religión oficial”, no puede estar “por encima de la ley”. Respondía así a las declaraciones del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien afirmó, el pasado domingo, que “se va a aplicar lo aprobado en el Parlamento” ya que “ninguna fe se puede imponer a las leyes de la democracia”, en alusión a la nueva asignatura que comenzará el próximo curso en siete comunidades autónomas. “Se dice que la fe no está por encima de la ley, pero el laicismo tampoco puede estar por encima de la ley”, afirmó el también vicepresidente de la Conferencia Episcopal Española, durante su intervención en el curso de verano de la Universidad Rey Juan Carlos sobre Benedicto XVI: Pensamiento y propuesta en el II aniversario de su Pontificado, que se celebra en Aranjuez. El cardenal advirtió de que “la ley debe respetar los derechos fundamentales”, y en el caso de Educación para la Ciudadanía, “debe respetar el derecho de los padres, garantizado por el artículo 27 de la Constitución, a elegir la formación moral que quieren para sus hijos”. “Con Educación para la Ciudadanía se impone obligatoriamente una formación moral por parte del Estado a todos los ciudadanos”, insistió. Antes, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, insistió en lo que viene recordando desde el inicio de este debate: “No cabe la objeción” a esta asignatura porque está incluida en la ley aprobada por el Parlamento. Así que la nueva materia “se va a impartir y se va a cumplir”. Durante un encuentro organizado por el Foro de la Nueva Sociedad, De la Vega criticó a los promotores del recurso de la objeción de “confundir a la gente” y “faltar a la verdad”. Exigió que se retire el “discurso del miedo”, que argumenta que con esta asignatura hay riesgo de adoctrinamiento, porque el único objetivo que persigue es capacitar a los niños para que conozcan y ejerzan sus derechos y responsabilidades. A esto contestó la Concapa, que aseguró que algunos partidos políticos, como ERC y CiU, avalan la objeción de conciencia como derecho amparado por la Constitución y que, por tanto, no necesita regulación legal para ser ejercida. Por su parte, el portavoz del PP, Eduardo Zaplana, calificó las palabras de Zapatero como “huecas y vacías”, pronunciadas con el único objetivo de enfrentar a los españoles, de “crispar entre buenos y malos en lugar de buscar políticas de unión”. “¿Cómo va a caber la objeción, que no existe ni constitucionalmente, ni democráticamente? Están instrumentalizando las palabras para confundir a la gente”, declaró la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. Añadió que esta materia sólo persigue educar en valores. “Da igual que sea una asignatura, una iniciativa legal o cualquier otra política del Gobierno socialista. Pretenden siempre crispar entre buenos y malos en vez de buscar políticas de unión para mejorar el sistema educativo, que es fundamental para la igualdad de oportunidades”, señaló Zaplana. El secretario general de la Federación de Religiosos (FERE-CECA), Manuel de Castro, afirmó que “nada de lo que se refiere a la ética y a la moral se puede imponer en un estado democrático”. Y añadió que “la Iglesia no pretende imponer sus creencias”, y tampoco “el Estado puede imponer su moral”. Ricardo Blázquez se remitió al mensaje de Juan Pablo II lanzado en Madrid durante su último viaje a España y ante más de medio millón de jóvenes, subrayando que la fe no se impone, sino que se propone. “Eso es lo que pensamos los católicos, y nosotros no queremos imponer la fe a nadie”. La Confederación Nacional Católicos de Padres y Alumnos (Concapa) afirmó que algunos partidos políticos, como por ejemplo ERC y CiU, avalan la objeción de conciencia como derecho amparado en la Constitución española. Por tanto, este recurso “no necesita regulación legal para ser ejercido”.

Zapatero anuncia un 'gran salto' para facilitar a los jóvenes el acceso a la vivienda


XXIII CONGRESO DE LAS JUVENTUDES SOCIALISTAS EFE @ 22-07-2007 22:57 MADRID.- El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha anunciado que antes de que acabe la legislatura, en el próximo otoño, el Ejecutivo socialista dará un "gran salto" para facilitar a los jóvenes el acceso a la vivienda y contribuir a su emancipación. Zapatero se comprometió en estos términos a ayudar a los jóvenes en la clausura del XXIII Congreso de las Juventudes Socialistas, a cuyos miembros pidió que defiendan la asignatura de Educación para la Ciudadanía, al tiempo que resaltó los valores de una sociedad aconfesional y laica donde caben todas las creencias y "ninguna fe puede imponerse". Su mensaje sobre la vivienda consistió en un compromiso para abordar antes de que acabe la legislatura "un gran salto en política de vivienda" que según el presidente facilitará la "emancipación" y el acceso de "un gran número de jóvenes", aunque no dio más datos. Posteriormente, fuentes gubernamentales aclararon que las medidas en esta materia se referirán al alquiler y se concretarán en otoño. En un ámbito más ideológico, Rodríguez Zapatero hizo una entusiasta defensa del valor de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y aseguró que el rechazo a esta disciplina demuestra "hasta qué punto se puede intentar hacer demagogia y no entender cuál es el auténtico patriotismo". Según el jefe del Ejecutivo, "la mejor manera de hacer ciudadanos españoles es respetar y apreciar la Constitución", precisamente el objetivo de esta asignatura, sobre la que solicitó una "defensa continua" a los jóvenes socialistas. Aseguró que el rechazo a esta disciplina demuestra "hasta qué punto se puede intentar hacer demagogia y no entender cuál es el auténtico patriotismo". En este sentido, Zapatero advirtió que "ninguna fe puede imponerse en las leyes" porque en un sistema democrático caben todas las opciones y creencias e insistió en los valores de una sociedad aconfesional y laica para garantizar la pluralidad y la tolerancia. El presidente del Gobierno dijo que no quería hablar del PP, e incluso se permitió bromear ante los jóvenes socialistas al justificar su decisión porque se había levantado "feliz y contento". Afirmó que ya le había dicho todo al líder de ese partido, Mariano Rajoy, en el debate sobre el estado de la Nación y le emplazó directamente a los resultados de las próximas elecciones. Aunque en todo momento evitó mencionar al PP, antes de terminar su larga alocución, en la que animó a los miembros de Juventudes Socialistas a trabajar por los valores socialistas, arremetió contra quienes hacen "antipolítica" en vez de política. Recordó que el objeto de la "antipolítica" es controlar el poder, porque en la política el poder "lo controlan los ciudadanos con sus votos". Su alocución estuvo salpicada de aplausos de los asistentes, y Zapatero les obsequió con argumentos muy optimistas para el futuro, en una próxima legislatura que dio por hecho que tendrá gobierno socialista y en la cual habrá "más reformas" en favor de la igualdad, las políticas sociales, los derechos y la innovación. Algunas de estas iniciativas consisten en seguir impulsando la subida de las pensiones mínimas por encima del IPC o aumentar de la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional, que aunque llegará a 600 euros cuando acabe la legislatura, para Zapatero aún es "impropio" de un país que es la octava potencia mundial. También hizo referencia a la política de apoyo a las familias, que se ha concretado en la nueva paga de 2.500 euros por cada nuevo hijo, e hizo notar que "desconcierta" a determinados sectores. "España necesita niños", resumió el presidente entre las risas de los jóvenes socialistas, a los que recordó que "ha tenido que llegar un proyecto progresista" para que en España las políticas de apoyo a la familia permitan equiparar el país con los europeos más desarrollados.

CONCAPA solicita unidad contra Educación para la Ciudadanía


Padres, alumnos, profesores y titulares de centros podemos y debemos recurrir a todos los medios legítimos para defender la libertad de conciencia y de enseñanza. Como indica la Conferencia Episcopal “ninguno de tales medios legítimos puede ser excluido justamente en ninguno de los centros en los que se plantea este nuevo desafío: ni en los centros estatales ni en lo de iniciativa social. Cuando está en cuestión un derecho tan fundamental, como el de libertad de conciencia y de enseñanza, todos –y los católicos, en particular- debemos mostrarnos unidos en su defensa” Por ello CONCAPA ante la sordera y el talante impositivo de este gobierno que niega nuestro derecho a la libertad de enseñanza y al recto ejercicio de la libertad de conciencia –expresado, entre otras formas mediante la objeción de conciencia a esta asignatura- propondrá en breve una reunión con titulares de centros, profesores y alumnos para seguir promoviendo la objeción de conciencia así como otras acciones legítimas en defensa de nuestros derechos. No podemos perder nuestros derechos porque quienes los perderán y sufrirán las consecuencias de nuestra actividad o pasividad serán nuestros hijos que no merecen una formación totalitaria o gubernamental con independencia del partido político que esté en el poder. Y , por tanto, “se puede recurrir a todos los medios legítimos para defender la libertad de conciencia y de enseñanza, que es lo que está en juego, que la asignatura de educación para la ciudadanía tuviera carácter no obligatoria y fuera consensuada con los representantes de las asociaciones padres Olimpia García Calvo Gabinete de Comunicación de CONCAPA

Más de cuatro mil objeciones frente a "Educación para la Ciudadanía"


Redacción Análisis Digital - 12/06/2007 La mayoría de las objeciones, que pueden ser en estos momentos "muchas más", se están presentando en centros públicos y privados concertados de Toledo, Madrid, Murcia y Andalucía en general, según informó la coordinadora de la campaña de objeción de Profesionales por la Ética, Leonor Tamayo Las organizaciones que defienden la objeción de conciencia contra Educación para la asignatura de "Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos han contabilizado ya cerca de 4.000 escritos de padres y estudiantes contrarios a que sus hijos o ellos mismos, según los casos, reciban clases de esta asignatura obligatoria. Leonor Tamayo, coordinadora de la campaña de objeción explicó que se tiene conocimiento de esas objeciones porque los padres y los alumnos de 16 años que las registran en los centros lo comunican a Profesionales por la Ética y otras organizaciones, aunque hay otros que objetan pero no les informan por motivos diferentes. También precisó que las objeciones de Primaria se dan tanto en colegios públicos como concertados, y algunas también en Infantil con vistas al futuro, porque los padres ya anuncian que no desean esta materia cuando los hijos lleguen a quinto o sexto de Primaria. En Secundaria Obligatoria y Bachillerato, la mayor parte de las negativas se están registrando en institutos públicos, aseguró Tamayo. Preguntada por los profesores, explicó que "muchos" preferían no tener que impartirla, particularmente por algunos contenidos y, aunque no objeten, algunos están firmando un manifiesto en contra. Los centros no suelen poner impedimentos cuando alguien les comunica que quiere objetar; se limitan a ponerlo en conocimiento de las administraciones educativas, explicó Tamayo.

El Foro de la Familia contesta a José Antonio Marina


“Prima el derecho cierto de los padres a educar a sus hijos sobre el inexistente derecho de José Antonio Marina a educar a los hijos de los demás” El Tribunal Constitucional ampara el derecho de objeción de conciencia de los menores. Madrid, 1 de junio de 2007.- El Presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, manifestó esta mañana: “el portavoz oficioso del Ministerio de Educación y Ciencia respecto a Educación para la Ciudadanía ha empezado una carrera desaforada de denegación de derechos vigentes en su defensa de la nueva asignatura. Las palabras de Marina negando el derecho de una chica de 16 años a objetar de conciencia y el de los padres a educar a sus hijos ponen de manifiesto la profunda contradicción entre Educación para la Ciudadanía y los derechos constitucionales de las familias y las personas. Sería aconsejable que el Ministerio de Educación cambiase de portavoz pues con este tipo de defensa está deslegitimando absolutamente la nueva asignatura”, destacó. Asimismo, Blanco señaló que “el profesor Marina afirma que los padres no tienen un derecho absoluto a decidir sobre la educación de sus hijos: Y es así: ningún derecho es absoluto; pero, el derecho de Marina a educar a los hijos de los demás es equivalente a cero. Claramente prima el derecho cierto, aunque no absoluto, de los padres a educar a sus hijos sobre el inexistente derecho de José Antonio Marina a educar a los hijos de los demás”. Respecto al derecho a la objeción de conciencia de los mayores de 16 años, e incluso de menores de esta edad, la legislación española es muy clara: este derecho existe, es de rango constitucional y está amparado tanto por las leyes como por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) En prueba de lo anterior, el Foro Español de la Familia recuerda las siguientes resoluciones del TC y Leyes Orgánicas vigentes: La STC 53/1985, de 11 de abril, señala " por lo que se refiere al derecho a la objeción de conciencia (...) EXISTE Y PUEDE SER EJERCIDO CON INDEPENDENCIA DE QUE SE HAYA DICTADO O NO TAL REGULACION. LA OBJECION DE CONCIENCIA FORMA PARTE DEL CONTENIDO DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD IDEOLÓGICA Y RELIGIOSA RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 16.1 CE, y como este Tribunal ha señalado en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales" (FJ 14). En la STC 15/1982, de 23 de abril, se lee:"puesto que la libertad de conciencia es una concreción de la libertad ideológica que nuestra Constitución reconoce en el art. 16, puede afirmarse que la objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en la ordenación constitucional española"(FJ 6). En la STC 154/2002 “El menor es titular del derecho a la libertad religiosa. Partiendo del genérico reconocimiento que el art. 16.1 CE hace, respecto de los derechos y libertades que contempla, a favor de "los individuos y las comunidades", sin más especificaciones, debe afirmarse que los menores de edad son también titulares del derecho a la libertad religiosa y de culto”. Confirmado además por la Ley Orgánica de libertad religiosa, de desarrollo de dicho precepto constitucional, que reconoce tal derecho a "toda persona" (art. 2.1) y por el art. 10.2 CE, por lo dispuesto en la Convención de derechos del niño, de 20 de noviembre de 1989 (Instrumento de ratificación de 30 de noviembre de 1990, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 31 de diciembre de 1990), en cuya virtud quedan los Estados parte obligados al respeto del "derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión" (art. 14.1), sin perjuicio de "los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades" (art. 14.2). Asimismo, prescribe el art. 14.3 de dicha Convención que "la libertad de profesar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral o la salud públicos o los derechos y libertades fundamentales de los demás". En la STC 141/2000, FJ 5, que "desde la perspectiva del art. 16 CE los menores de edad son titulares plenos de sus derechos fundamentales, en este caso, de sus derechos a la libertad de creencias y a su integridad moral, sin que el ejercicio de los mismos y la facultad de disponer sobre ellos se abandonen por entero a lo que al respecto puedan decidir aquellos que tengan atribuida su guarda y custodia o, como en este caso, su patria potestad, cuya incidencia sobre el disfrute del menor de sus derechos fundamentales se modulará en función de la madurez del niño y los distintos estadios en que la legislación gradúa su capacidad de obrar (arts. 162.1, 322 y 323 Código Civil o el art. 30 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común)". Y Además la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, en esta misma línea, les reconoce explícitamente "derecho a la libertad de ideología, conciencia y religión" (art. 6.1), cuyo ejercicio "tiene únicamente las limitaciones prescritas por la ley y el respeto de los derechos y libertades fundamentales de los demás" (art. 6.2). En relación con este derecho dispone igualmente el art. 6.3 que "los padres o tutores tienen el derecho y el deber de cooperar para que el menor ejerza esta libertad de modo que contribuya a su desarrollo integral". Estas sentencias dejan suficientemente claro que una menor puede platear objeción de conciencia. Conviene que el profesor Marina recuerde también que a los menores de entre 16 y 18 años les han sido otorgados una serie de derechos como por ejemplo, el derecho a consentir las relaciones sexuales (cfr. Artículos 185 y 186 del Código Penal), conducir un ciclomotor, trabajar, recibir tratamientos sanitarios con su sólo consentimiento (incluso puede decidir algo tan dramático como abortar o consumir la píldora del día después), pueden casarse civil y canónicamente, etc. El Presidente del Foro Español de la Familia concluyó “visto el amplísimo ámbito de decisión que las leyes vigentes permiten a los mayores de 16 años, resulta incomprensible que Marina, por sí y ante sí, decida que Blanca, la chica que ha presentado objeción de conciencia, no puede saber si una asignatura es buena para su formación académica y personal”.

Rouco cuestiona constitucionalidad asignatura y avala objeción conciencia


La asignatura Educación para la Ciudadanía afronta 'obstáculos constitucionales insalvables': el derecho a la libertad religiosa y la de enseñanza, según el cardenal Antonio María Rouco, a cuyo juicio no puede negarse a los padres y alumnos mayores de edad el recurso 'legítimo' a la objeción de conciencia. En una conferencia pronunciada esta semana en la Academia de Ciencias Morales y Políticas, el cardenal alude al artículo 27 de la Constitución (libertad de enseñanza) para razonar que el Estado no puede introducir una asignatura obligatoria cuyo objetivo es la formación moral de los alumnos. 'Menos aún puede permitirse el Estado sub-introducir a través de los presupuestos antropológicos explícitos e implícitos de dicha asignatura una concepción del hombre, de la vida y del mundo que equivalga a una doctrina o ideología obligatoria que venga de hecho a competir con la formación religiosa elegida libremente o a suplantarla subrepticiamente'. Según Rouco, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones se restringiría si se impone una materia de esas características 'sin excluir a las concertadas, puesto que el derecho al ideario o carácter propio de esos centros es explicitado y fundamentado por el Tribunal Constitucional'. Argumenta asimismo que 'la imposición legal de una asignatura obligatoria de formación antropológica y moral con carácter general para todos los alumnos, significaría el no cumplimiento del artículo 27 de la Constitución en combinación con su artículo 16'. 'Chocaría -dice- con el derecho a la libertad de enseñanza de los padres y, subsidiariamente, de los titulares de los centros docentes en puntos concretos regulados claramente por el texto constitucional y explicitados nítidamente por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional'. Por último razona que 'a tenor a la jurisprudencia constitucional y jurídico-internacional comparada, no puede negarse a los padres de familia y a los alumnos mayores de edad el recurso legítimo a la objeción de conciencia'. Terra Actualidad - EFE

Felicita y apoya a las farmacias chilenas por su decisión de no comprar al Gobierno la PDD


Fecha Martes 29 de mayo Canal Iberoamérica MueveteChile pide la colaboración ciudadana en su campaña de apoyo a las farmacias chilenas que se niegan a comprar al Gobierno la llamada Píldora del Día Después (PDD), tal y como ha establecido el Ejecutivo, conscientes de sus efectos abortivos y de sus riesgos para la mujer. Con un simple click puedes mostrar tu adhesión. Participa Ante el rechazo de los laboratorios chileno de proveer la llamada píldora del día después (PDD), el Gobierno ha importado desde Colombia 25.000 dosis de la misma pastilla bajo la denominación de PostDay. El Gobierno, que ya gastó tiempo y dinero en comprar estas píldoras, ahora está obligando por ley a las farmacias a comprarle las pastillas, fármaco que ninguna de ellas se ha interesado en adquirir. Si es que obligan a las farmacias a comercializar la píldora, ya no sólo se está atentando contra la vida, sino incluso contra la libertad. Después sólo falta que nos obliguen a comprarla. La píldora del día después tiene un potencial efecto abortivo como se reconoce a nivel mundial, basta leer lo que el fabricante de PostDay pone en su página Web para comprobarlo: "Hace que la membrana del útero se vuelva más delgada de tal manera que los óvulos fertilizados no puedan adherirse al útero". Es decir, impide la implantación del óvulo fecundado produciendo un aborto.

LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA DEFIENDE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA


MADRID, 4 Jun. (EUROPA PRESS) - La Asociación Profesional de la Magistratura defendió hoy el derecho a ejercer la objeción de conciencia de los alumnos ante la asignatura de Educación para la Ciudadanía, aunque estos sean menores de edad. El portavoz nacional de la APM, Antonio García, señaló en declaraciones a Europa Press que "el Estado no debe imponer una moral pública; el paternalismo estatal está superado, y no puede quitarnos nuestra conciencia". En caso de que se multipliquen las objeciones de conciencia respecto a la nueva asignatura, "el que no quiera recibir la asignatura, no la recibirá, porque lo que no se puede hacer es perder un derecho fundamental que está en la Constitución". Según señaló Antonio García a Europa Press, "la libertad de conciencia está reconocida como un derecho básico", del que se deriva "el ejercicio de la objeción de conciencia", aunque este derecho no esté desarrollado en una ley específica. Respecto a las consecuencias de posible una objeción de conciencia masiva, García comparó ese caso con una objeción "a la asignatura de Formación del Espíritu Nacional", y señaló que "no pasaría nada si muchos objetaran a la imposición de esa materia". Según dijo, "un alto porcentaje de médicos objetaron en el caso del aborto, con todo el derecho a hacerlo, y no ha habido consecuencias de alcance". La APM señaló que la forma habitual de ejercer sus derechos por parte de un menor es a través de sus padres, "pero en los actos que una persona pueda realizar por sí misma, si tiene madurez suficiente, aunque sea menor de edad, no necesita actuar representado por otra persona", señaló García. El portavoz nacional de la APM señaló, en todo caso, que el ejercicio de este derecho es una "cuestión jurídica compleja". Para la APM, "algunas personas defienden los derechos fundamentales en unos casos, y en otros no", en referencia a algunas de las críticas emitidas a la posibilidad de objetar a Educación para la Ciudadanía. "Todas las personas, también los menores, tienen derecho a objetar", señaló Antonio García. "Si los alumnos objetan, no creo que violenten el derecho a nadie", aseguró.

Aguirre ofrece "tareas de voluntariado" a los alumnos que rechacen Educación para la Ciudadanía


La presidenta de la Comunidad de Madrid vigilará que la nueva asignatura "transmita valores que sean de todos" La presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata a la reelección por el PP, Esperanza Aguirre, ha anunciado hoy que si renueva su mandato el próximo 27 de mayo creará una "opción de voluntariado" para los alumnos de la ESO cuyas familias muestren "objeción" a que se les imparta la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía. Aguirre ha expresado este compromiso en la localidad de Las Rozas, donde también ha prometido incrementar de 100 a 300 euros el importe de las ayudas por nacimiento y adopción de hijos -el denominado cheque-bebé- así como mantener los beneficios que se aplican a las familias numerosas, "por mucho que le moleste a la Ministra de Educación", ha afirmado. En su intervención ante centenares de roceños, Aguirre se ha comprometido a "tomar las medidas necesarias" para que, si renueva mandato, los institutos de la Comunidad ofrezcan "labores de voluntariado" a los alumnos cuyas familias no desean que asistan a clase de Educación para la Ciudadanía, asignatura que se empezará a impartir en España a partir del próximo curso. EFE - Madrid - 13/05/2007

Néstor Ferrara, ex presidente de Educación y Gestión, en ALBA: “La FERE está manteniendo una postura incoherente” en relación a la EpC


Nadie entiende la postura de la FERE en defensa de la asignatura Educación para la Ciudadanía, historia que ahora vuelve a repetirse con la reforma del Bachillerato y la nueva materia de Filosofía y Ciudadanía. "Tendríamos que estar todos unidos con nuestros obispos", señala el ex presidente de Educación y Gestión, Néstor Ferrera, en una entrevista publicada en ALBA. ¿Ingenuidad o abanderados ideológicos? "Muchos nos hacemos esa misma pregunta", añade Ferrera al citado semanario. ALBA, Luis Losada Pescador.- Hasta en Roma se preguntan por qué la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE) mantiene una postura diferente a la Conferencia Episcopal en relación a Educación para la Ciudadanía (EpC). "Una vez que los obispos han hablado tendríamos que estar todos unidos; no se entiende la postura incoherente que está manifestando la FERE", señala a ALBA el P. Néstor Ferrera, ex presidente de la patronal de centros religiosos Educación y Gestión (EyG). "La CONCAPA se puso al lado de los obispos y la FERE debía haber hecho lo mismo por prudencia y coherencia, aunque quepan matices en la forma de aplicar las directrices”, añade. ¿Hay un pecado de ingenuidad o en el fondo la cúpula de la FERE comparte este proyecto ideológico?, pregunta el semanario. "Esa duda la tenemos muchos", señala Ferrera, que añade que probablemente exista "dicotomía" entre las bases y las cúpulas de la FERE. "Esta dicotomía no es buena, está desorientando. No puede ser que exista una postura de la Iglesia católica y que los centros religiosos piensen lo contrario", añade. ¿Por qué no se escucha una voz discordante dentro de la FERE? ¿Existe el silencio de la subordinación a la autoridad jerárquica?, se le pregunta. "El director de colegio que está en el día a día deja que otros solucionen los problemas; muchos se encuentran en una carrera para sobrevivir económicamente y la realidad escolar es mucho más compleja que hace tan solo 10 años", contesta Ferrera. El ex presidente de EyG niega que los religiosos de la enseñanza se hayan convertido en funcionarios de tercera. "Seguimos en punta en la oferta de valores del Evangelio". No obstante, reconoce que los religiosos son ya minoría en los centros y que la clave se centra ahora en los seglares que están empezando a asumir responsabilidades de los centros. "El gran reto ahora está en que los carismas sigan en marcha. En esto se está haciendo mucho, aunque todavía queda mucho por hacer", indica. Pacto de Rubalcaba El P. Ferrera estuvo en la cabecera de la manifestación del 12N. "Aunque ya no tengo responsabilidades en estos temas, tenía que ser solidario con las organizaciones que habían convocado la marcha", declara. Por eso no entiende por qué finalmente la FERE se "descolgó" de este movimiento social. "A muchas personas nos dolió la postura institucional de la FERE que todavía nadie ha podido entender". ¿Pacto de Rubalcaba? "Algo se tuvo que pactar con el entonces portavoz parlamentario del PSOE, pero todavía no lo sabemos el qué". Un plato de lentejas. O quizás algo más… Tras el pacto de Rubalcaba, el Gobierno otorgó la corbata de oro al presidente de la FERE, P. Manuel de Castro. Este escribió en defensa de EpC y la vicepresidenta De la Vega acudió al acto conmemorativo del 50º aniversario de la FERE. "Pese a todo, la manifestación y el movimiento social fue un éxito; algunos piensan que la Ley habría sido distinta si el movimiento no hubiera existido. Algunas cosas de la LOE son herencia de la LOCE, cosas que yo había negociado con Pilar del Castillo. Obviamente hay otros temas que han cambiado 180 grados y tampoco podemos hacer profecías", afirma el P. Ferrera. La polémica "Escuela Católica" Hace tres años, la FERE impulsó la "unidad funcional" con la patronal de centros religiosos Educación y Gestión (EyG). Puesto que la mayoría de los centros de EyG son propiedad de religiosos, propusieron crear una dirección única y un logotipo único: Escuela católicas. De esta forma, se pretende realizan estrategias conjuntas: defensa de la educación católica, convenios colectivos, lobby en la legislación, etc. La decisión fue y sigue siendo muy polémica. En primer lugar porque varios centros religiosos se enmarcan en otra patronal: la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE). Escuelas Católicas estableció la doble cuota generando un problema para los centros que ya estaban en CECE, como la mayoría de los centros valencianos. Además, muchos centros de EyG no son regidos por religiosos, sino por el propio obispado, poco propicios a someterse a la autoridad de los religiosos. Pero es que además, la unidad funcional suma realidades diferentes, porque los religiosos de la enseñanza tienen un carácter jurídico canónico mientras que EyG es una patronal regida por criterios civiles. Y por si fuera poco, FERE es una organización de carácter estatal mientras que EyG es una confederación de patronales autonómicas. "Nos guste o no vivimos en un estado autonómico donde las autonomías tienen transferidas las competencias educativas y debemos de adaptarnos a esa nueva organización", indica el ex presidente de EyG, Néstor Ferrera, que también fue delegado de la FERE en Canarias durante muchos años. "La FERE ha hecho y hace un servicio a España y a la educación indiscutible", añade. Esta polémica unidad funcional no parece sino una maniobra de la FERE para mantener su cuota de influencia en un entorno en el que la reducción en el número de religiosos, estaba llamada a ir perdiendo peso. Pero además, parece un intento de acabar con la representación patronal de la CECE, que mantiene una posición mucho más beligerante con el proyecto laicista del gobierno. Y un último detalle: la utilización del nombre "católico" en el logotipo institucional de las ‘escuelas católicas’ exige la aprobación del obispo del lugar. "A mí no me han solicitado nada", señala el Cardenal Arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco. Fuente: HazteOir.org http://www.hazteoir.org Lunes 23 de abril de 2007

COLEGIO CATÓLICO INTERPONE OBJECIÓN DE CONCIENCIA CONTRA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA


La dirección del Colegio Monte Tabor, los profesores y padres de familia decidieron interponer la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía, con lo que esperan sea el inicio de un movimiento contra dicha materia. El Semanario Alba informó que la decisión se tomó luego de una serie de reuniones entre la dirección del centro y los padres de familia, en las que se les informó sobre todo lo relacionado con esta asignatura laicista que vulnera el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo a sus propios valores y convicciones morales. Los padres decidieron unánimemente objetar dicha materia. En ese sentido, el director de Monte Tabor, Juan Antonio Perteguer, señaló que se espera para este viernes contar con 400 de los 700 boletines de objeción preparados para los padres. "Esperamos que haya movimientos similares en otros centros que fuercen a la retirada de la asignatura", expresó. Perteguer explicó que si bien "el derecho de la objeción corresponde a los padres", el profesorado se ha sumado "con un manifiesto" en el que expresan su apoyo. Por su parte, el patronato de la Fundación Tiempos Más Nuevos, de la que depende el centro, ha firmado un manifiesto señalando su disconformidad con el sistema de valores que se pretende imponer con esta asignatura. En el texto, la fundación exige el respeto al derecho de los padres a educar a sus hijos "sin intromisiones de ninguna especie" y añaden que se opondrán a esta materia "sin perjuicio de las acciones legales que les correspondan". Fuente: Aciprensa, MADRID, 27 Abr. 07

Continúan las objeciones frente a la imposición de "Educación para la Ciudadanía"


Tres matrimonios más se han unido ya para solicitar, amparándose en el derecho a la objeción de conciencia frente a la imposición de "Educación para la Ciudadanía", el imreso para negarse a que sus hijos reciban esta asignatura. Profesionales por la Ética apoya a estos padres y madres de familia que defienden una educación en libertad para sus hijos sin adoctrinamientos. El matrimonio formado por Patricia Martínez y Jaime Urcelay han presentado tres objeciones de conciencia frente a la asignatura "Educación para la Ciudadanía" en los colegios de la Comunidad de Madrid a los que acuden sus hijos: Orvalle (Las Matas) y Colegio Internacional Kolbe (Villanueva de la Cañada). Igualmente, Fabián Fernández de Alarcón y María Delgado, en nombre de sus tres hijos, han presentado el impreso de objeción de conciencia en el colegio Santa María de Las Rozas para impedir que sus hijos reciban "Educación para la Ciudadanía". Tanto Jaime Urcelay como Fabián Fernández de Alarcón pertenecen a la asociación Profesionales por la Ética, una de las promotoras de la objeción de conciencia frente a la asignatura "Educación para la Ciudadanía". Fabián Fernández de Alarcón ha asegurado que en la Comunidad de Madrid se han presentado hasta la fecha al menos 30 objeciones de conciencia frente a esta materia obligatoria. "Muchos padres prefieren salvaguardar su intimidad y no dar sus datos pero tienen claro, lo mismo que nosotros, que el Estado no puede imponer una asignatura para la formación moral de sus hijos; los valores en los que queremos educar a nuestros hijos los elegimos nosotros y no el Gobierno de turno", ha manifestado. Por su parte, Alicia Pérez y Agustín Losada, padres de cuatro hijos, han objetado en el colegio Monte Tabor de Pozuelo de Alarcón. Según asegura esta familia, en los próximos días se conocerán muchas objeciones más porque numerosos padres las están presentando. "Precisamente porque queremos educar a nuestros hijos como buenos ciudadanos nos oponemos a que se les impartan valores ajenos a nuestras convicciones en materias como el sentido de la vida, los fundamentos de la moral o la diversidad sexual". Fuente: Análisis Digital, 27/04/2007

Madrid registra el segundo escrito de objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía


Unos padres de la Comunidad de Madrid han presentado este martes en el colegio de sus hijos el escrito por el que presentan objeción de conciencia frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía. La familia Navarro-Tamayo, padres de cinco hijos, ha presentado el escrito en el centro San José de Cluny de Pozuelo de Alarcón porque han "querido dejar claro que esta materia se entromete en la formación moral" de sus hijos y se oponen a ello. Es el primer caso en Madrid pero no a nivel nacional, ya que un grupo de padres ya entregó en el colegio San Juan Bautista de Toledo un impreso en el que declaraban su oposición a que sus hijos reciban las enseñanzas recogidas en esta asignatura. (Libertad Digital 18 de abril 2007) La familia Navarro-Tamayo lo tiene claro: "Aunque no todos nuestros hijos van a cursar la asignatura en el curso que viene, hemos querido dejar claro que esta materia se entromete en la formación moral de nuestros hijos y sencillamente, nos oponemos a ello". Esta familia, la primera en la Comunidad de Madrid que presenta un escrito de objeción de conciencia sobre la asignatura de Educación Para la Ciudadanía, entiende que la formación moral se la tienen que dar ellos y el centro educativo que ellos elijan: "No podemos consentir que ningún Gobierno cocine un sistema de formación moral que se opone a nuestras convicciones y lo imponga como asignatura obligatoria". Leonor Tamayo que, es, además, una de las responsables de la campaña de objeción de conciencia frente a la asignatura Educación para la Ciudadanía, ha explicado que "una muestra de lo que va a ser la asignatura Educación para la Ciudadanía es que las organizaciones de homosexuales que promueven la marcha del Orgullo Gay del 2007 acaban de recordar que esta materia escolar es importante como avance logrado por los colectivos homosexuales". En este sentido, una treintena de organizaciones que plantean la objeción de conciencia ante la asignatura Educación para la Ciudadanía ya han denunciado que "algunos" de los contenidos de esta materia implican una formación moral "contradictoria" con las propias convicciones. Según estos colectivos, la asignatura supone un "adoctrinamiento" al servicio del poder y una "imposición" del Estado porque ha sido redactada "sin el consenso mínimo de la comunidad educativa".

Defensor del Menor pide consensuar Educación Ciudadanía para evitar dudas


El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, reclamó hoy el 'máximo consenso posible' para que los contenidos de la nueva materia Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos no generen 'ninguna duda'. En declaraciones a Efe, dijo que si alguien planteara la objeción de conciencia contra la asignatura habría un 'problema' para las Administraciones ya que es obligatoria y la escolarización también lo es hasta los 16 años y, por otro lado, está el derecho de los padres a que los hijos sean formados según sus convicciones. Explicó que la asignatura tiene unos contenidos mínimos, establecidos por la Administración central, que las comunidades pueden adaptar y elaborar los propios según sus competencias. 'Hay que trabajar en consensuar un modelo que no genere ninguna duda en ningún ciudadano', insistió. La enseñanza es un derecho y una obligación y 'no debería generar controversias', pues con la 'educación y los niños no se juega', concluyó. Terra, 10 de abril de 2007

Una familia de Toledo, primeros objetores de conciencia ante Educación para la Ciudadanía


TOLEDO. Un grupo de padres entregó ayer en el colegio «San Juan Bautista» de Toledo, más conocido como Tavera, el impreso mediante el cual declaran su oposición a que sus hijos reciban las enseñanzas recogidas en la nueva asignatura denominada Educación para la Ciudadanía, creada por la Ley Orgánica de Educación. Este impreso se encuentra en la «Guía para la Objeción de Conciencia» elaborada por el colectivo Profesionales por la Ética, y cuenta, entre otras entidades, con el apoyo del Foro Español de la Familia, del Centro Jurídico Tomás Moro y del Observatorio para la Objeción de Conciencia. A primera hora de la mañana, un grupo de padres entregaba en la secretaría del colegio, un centro privado concertado gestionado por las Hijas de la Caridad, el documento. Esta medida venía siendo anunciada desde hace tiempo por diversos colectivos, pero ha sido ahora cuando se ha materializado por primera vez. Preguntados por las razones que les han llevado a tomar esta decisión, los padres objetores respondían afirmando que «lo que no estamos dispuestos a aceptar es que se inculque a nuestros hijos una formación que incluye contenidos morales acerca de su desarrollo afectivo y sexual, acerca de las diversas opciones sexuales de los adultos, sobre todo teniendo en cuenta que a su edad son todavía niños». Acelerar la maduración A juicio de estos padres, «lo peor que se le puede hacer a una criatura es robarle su infancia y acelerar su maduración innecesariamente. Bastantes horrores vemos en el mundo con niños-soldado, niños obligados a prostituirse o niños obligados a trabajar en condiciones inmundas como para caer en el error de querer hacerles adultos antes de tiempo. Ya que podemos garantizarles una infancia feliz, no vamos a tolerar que se les introduzca prematuramente en el mundo de los adultos con burdas excusas como su desarrollo afectivo-emocional». ABC, 14-03-2007

Rouco defiende la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía


José R. Navarro Pareja Madrid-El cardenal arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco, aseguró ayer que los principales problemas en las actuales relaciones entre «Iglesia y comunidad política» en España se dan en el campo de la educación, tanto en el tratamiento «discriminatorio» que la LOE otorga a la asignatura de Religión católica como en la nueva materia de Educación para la Ciudadanía que supone una antropología «impuesta por el Estado». Ante esta situación, Rouco afirmó que el «recurso a la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía puede estar justificado». El arzobispo de Madrid, que hizo estas declaraciones en un desayuno informativo organizado por Nueva Economía Forum, aprovechó su intervención para analizar las relaciones entre Iglesia y comunidad política. En este sentido, destacó que después del acuerdo alcanzado con el Gobierno en materia de financiación de la Iglesia, el problema que «queda pendiente, y no de poca importancia, es el de la clase de Religión y el respeto del derecho de los padres a la elección de centro». Así, recordó que la asignatura confesional, una vez aprobada la LOE, «sigue sin alternativa equiparable en la enseñanza y sufre de una situación de discriminación académica». Aunque dejó abierta la posibilidad de que este problema «pudiera verse aminorado y aliviado en la forma práctica de llevar a cabo la aplicación de la Ley», reconoció que la clase de Religión católica vive una «especie de calvario» desde hace décadas. Siguiendo con el símil, añadió que «si seguimos pacientemente esta subida al calvario, a lo mejor algún día vemos el triunfo de la resurrección». Sobre Educación para la Ciudadanía, Rouco constató que el «temor» de los obispos españoles «no es infundado», pues «leyendo los objetivos, el temario y los criterios de evaluación nos encontramos con un programa de antropología filosófica impuesto por el Estado», lo que contradice la doctrina del constitucional que afirma que la «escuela pública debe tener una ideología neutra, y no laicista». La Razón, 23/02/2007

El TC convalida los acuerdos con la Iglesia en materia de Educación


SENTENCIA. El Mundo Actualizado viernes 23/02/2007 JOSÉ MANUEL VIDAL MADRID.- Los obispos saltan de alegría. El Tribunal Constitucional (TC) les ha dado la razón en todo lo que venían sosteniendo, desde hace años, sobre los profesores de Religión. El Alto Tribunal resuelve a favor de la Iglesia y consagra una serie de artículos de los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979. Los más importantes: que la Iglesia debe decidir el contenido de la asignatura de Religión y designar y destituir a los profesores que la imparten. Hace cuatro años, las autoridades eclesiásticas de Canarias no renovaron el contrato a la profesora de Religión María del Carmen Galayo por mantener una relación afectiva con un hombre después de separarse de su marido. La profesora recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que, a su vez, elevó el caso al TC para que éste dictaminase si el Acuerdo sobre Enseñanza suscrito entre la Iglesia y el Estado se ajusta a la Constitución. Y el TC falló que sí en todos los extremos planteados. Primero, que les compete a las confesiones determinar "la idoneidad" de los profesores de Religión. Segundo, que la Iglesia puede tener en cuenta, al contratarlos y despedirlos, no sólo sus "conocimientos dogmáticos", sino también su conducta, "en la medida en que el testimonio personal supone para la comunidad religiosa un componente definitorio de su credo". El TC señala también que la facultad de elegir a los profesores de Religión constituye una garantía de no injerencia del poder público y "no vulnera el derecho individual a la libertad religiosa de los profesores de Religión". Y, por último, dictamina que le corresponde a la jerarquía de la Iglesia señalar los contenidos de la enseñanza religiosa católica, así como proponer los libros de texto y el material didáctico. 'Ciudadanos de segunda categoría' Los profesores de Religión están que trinan, como es obvio. "El Constitucional hace gala de una absoluta insensibilidad y relega a los profesores de Religión a ciudadanos de segunda categoría", considera, indignado, Alfredo Sepúlveda, del sindicato USIT-EP. En cambio, ayer mismo -y como si esperase el fallo- el cardenal de Madrid, Antonio María Rouco Varela, decía durante un desayuno informativo que la jerarquía católica vive con el Gobierno un "calvario" de décadas con la clase de Religión. Pero añadía: "Si nosotros seguimos pacientemente esa subida al calvario, a lo mejor algún día vemos el triunfo de la resurrección". Premonición. Rouco indicaba también que "va a ser muy difícil" que la Iglesia católica "guarde su identidad" en la asignatura de Religión si es el Gobierno quien nombra a sus profesores y no las diócesis, como hasta ahora. El purpurado madrileño hacía referencia incluso a otra sentencia del TC en la que éste sostenía que "la escuela pública debe tener una ideología neutra, no laicista". Precisamente por eso, porque el Estado debe ser neutral, Rouco señaló que "no es infundado el temor" de los obispos frente a la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía, porque supone "un programa de antropología filosófica y ética impuestas por el Estado". Ante esta situación, "puede estar justificada la objeción de conciencia", concluyó al respecto. Listo, escurridizo y con tablas, como en él suele ser habitual, Rouco dijo no conocer al nuevo ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, y encargado directo de las relaciones con la Iglesia. Y también aseguró que no sabía si el Gobierno tiene una "hoja de ruta laicista", pero lo que constata es que se está cambiando el marco jurídico para interpretarlo desde una "acusada laicidad".

Los obispos preparan una nueva batalla contra el Gobierno por la educación


El conflicto se centra ahora en los contenidos de la asignatura educación para la ciudadanía JUAN G. BEDOYA - Madrid EL PAÍS - Sociedad - 12-02-2007 Los obispos ultiman estos días una agenda para 2007 que apuntala rencillas internas y, sobre todo, nuevos conflictos con el Gobierno socialista. Apenas hay novedades sobre el pasado curso. Los prelados, descontentos con las decisiones de Educación sobre la enseñanza del catolicismo en la escuela pública, centrarán en cambio la ofensiva en cómo el Ejecutivo ha planteado la asignatura educación para la ciudadanía. La batalla contra la supuesta "ilegalidad" de los contenidos de esa materia curricular alcanzará a instituciones e instancias judiciales españolas y europeas. "En los años pasados los alumnos podían tener dos horas de clase de religión a la semana. Ahora, el Gobierno las quiere reducir a una sola hora. Parece que existe el deseo de que la religión quede como algo residual, algo de muy poca importancia que se deja ahí por no quitarlo, casi como un residuo decorativo. Da pena comprobar que después de 30 años de democracia estemos todavía con esta discusión de 'religión, sí; religión, no', cuando es un asunto que cualquier país serio debería tener resuelto". Estas palabras del arzobispo de Pamplona, Fernando Sebastián, uno de los grandes ideólogos de la jerarquía católica, resumen el estado de ánimo de la Conferencia Episcopal Española (CEE). La tesis es que el Gobierno no sólo debe respetar la libertad religiosa de los ciudadanos, sino que debe favorecerla facilitando su enseñanza, en este caso de la moral y religión católicas. "La manera de entender las cosas del Ejecutivo lleva fácilmente a una cierta violencia espiritual y cultural", dice el arzobispo Sebastián. La asignatura de religión sigue dentro del sistema educativo, impartida por decenas de miles de profesores contratados y pagados por el Estado, pero seleccionados para cada curso por los obispos. Es decir, el Gobierno introdujo muy pocas novedades en la reforma aprobada el curso pasado. Pese a todo, los prelados se sintieron muy insatisfechos, casi agredidos, y respaldaron que sus organizaciones afines se movilizaran a fondo contra la Ley Orgánica de Educación (LOE). Eso fue el año pasado. En 2007 la ofensiva va más allá. Los obispos quieren intervenir también en el valor curricular y los contenidos de las asignaturas alternativas a la de catolicismo. Para ello preparan un manifiesto, que van a hacer público tras la reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal, los próximos días 27 de febrero a 1 de marzo. El comité ejecutivo episcopal ultimó el documento en su reunión del jueves, primera del año. Componen este órgano seis prelados y un sacerdote jesuita: los cardenales Antonio María Rouco (Madrid), Antonio Cañizares (Toledo) y Carlos Amigo (Sevilla); los arzobispos Lluis Martínez Sistach (Barcelona) y Carlos Osoro (Oviedo); el obispo de Bilbao y presidente de la CEE, Ricardo Blázquez, y el jesuita Juan Antonio Martínez Camino, como portavoz y secretario general de la institución. El objetivo del manifiesto episcopal, que va a ser "muy duro" según fuentes eclesiásticas, es la asignatura llamada educación para la ciudadanía. Algunos prelados ya han reclamado a fieles que ejerzan la objeción de conciencia ante esa asignatura, y la propuesta ha sido asumida con entusiasmo por la asociación Profesionales por la Ética. Presentada como la "promotora de la campaña de objeción de conciencia frente a la imposición obligatoria de la asignatura educación para la ciudadanía", esta organización también está estudiando denunciar "la ilegalidad de los contenidos de esta materia curricular ante diferentes instituciones e instancias judiciales españolas y europeas". Jaime Urcelay, portavoz de Profesionales por la Ética, apela a un dictamen del Consejo de Estado para decirle al Gobierno que "no puede formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo la difusión de valores que no estén consagrados en la Constitución". Afirma: "Los contenidos de la asignatura educación para la ciudadanía claramente se entrometen en la formación moral de los alumnos. Por tanto, es posible iniciar acciones políticas y legales en defensa de los derechos de los padres en todos los ámbitos posibles". Profesionales por la Ética sostiene en un largo documento que el Ministerio de Educación ha sometido a varias "gravísimas manipulaciones" al dictamen del Consejo de Estado en que la citada asociación basa sus severas denuncias, y se propone hablar con los grupos parlamentarios del Congreso sobre el asunto antes de tomar otras decisiones. Otro asunto es la unanimidad episcopal ante estas campañas. La severidad crítica que algunos prelados reclaman contra el Gobierno por estos conflictos educativos ahonda la división de la Conferencia Episcopal. Son muchos los que reclaman más energía -entre otros, los cardenales Rouco y Cañizares-, pero abundan también quienes apuestan por el diálogo o por unas denuncias menos agrias.

La Concapa cree posible la objeción de conciencia en Educación


Educación ABC, 10 de febrero de 2007 MADRID La Confederación Nacional Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos (CONCAPA) considera «extensiva analógicamente» a otros colectivos una sentencia del TSJA que reconoce la objeción de conciencia de los farmacéuticos en la dispensa de la píldora del día después. A su juicio, las familias y los alumnos tienen el mismo derecho frente a Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. La sentencia reconoce la objeción como parte del derecho a la libertad ideológica y de conciencia «amenazada» por normas del Gobierno. Así, se respalda la «negativa de un individuo a cumplir una norma por entender que su cumplimiento es incompatible con el respeto debido a un valor moral». Nota redacción: la sentencia a la que se hace referencia resuelve un recurso presentado por un miembro de ANDOC.

Profesionales por la Ética estudia llevar a los tribunales la nueva materia


C. M. Madrid- La asociación Profesionales por la Ética, promotora de la campaña de objeción de conciencia frente a la imposición obligatoria de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, anunció ayer que estudia denunciar la ilegalidad de los contenidos de esta materia curricular ante diferentes instituciones e instancias judiciales españolas y europeas. De acuerdo con el portavoz de Profesionales por la Ética, Jaime Urcelay, el dictamen del Consejo de Estado advierte al Gobierno que no puede formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo «la difusión de valores que no estén consagrados en la Constitución y los contenidos de la asignatura Educación para la Ciudadanía claramente se entrometen en la formación moral de los alumnos». Por tanto, es posible «iniciar acciones políticas y legales en defensa de los derechos de los padres en todos los ámbitos posibles». La Razón, 8/02/2007

CONCAPA pide una rectificación a la ministra tras el “engaño” sobre Educación para la Ciudadanía


(VERITAS) CONCAPA ha solicitado disculpas a la ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera, quien aseguró que el Consejo de Estado avalaba la asignatura de Educación para la Ciudadanía, afirmación que se desmiente con la publicación del Dictamen del Consejo de Estado en relación con los contenidos mínimos de determinadas enseñanzas obligatorias. La reacción de CONCAPA se suma a la de Profesionales por la Ética, que veía en el dictamen del Consejo de Estado una llamada de atención sobre los contenidos de Educación para la Ciudadanía, así como una vía abierta para plantear su inconstitucionalidad. CONCAPA cree que el dictamen del Consejo de Estado pone “en evidencia a la ministra”, y manifiesta “los riesgos de que la “Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos” se inmiscuya en valores que no son comunes a toda la sociedad”. Asimismo, la Confederación de padres considera que el Dictamen del Consejo de Estado refuerza las propuestas que “CONCAPA planteó ante el Consejo Escolar del Estado y, en particular, a la inclusión de una cláusula de conciencia en el texto del Real Decreto”. Tras las que consideran “falsedades de la ministra”, CONCAPA cree que se hace “más necesaria que nunca la utilización del único mecanismo legítimo que ha dejado a la sociedad civil para proteger su libertad: la objeción de conciencia”. VERITAS AV07020607 Fecha de publicación: 06/02/2007

HazteOir y ChequeEscolar piden al Consejero de Educación de Madrid que regule la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía


El presidente de la plataforma ciudadana HazteOir.org, Ignacio Arsuaga, y el presidente de la asociación ChequeEscolar.org, José Castro, se han reunido en la mañana de este lunes para pedirle al consejero de Educación de la Comunidad de Madrid, Luis Peral, que regule el derecho a la objeción de conciencia a cursar la polémica asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) considerada un “adoctrinamiento ideológico” y una “imposición ministerial”. Ambas asociaciones argumentan que EpC “no ha logrado más que rechazo social por parte de los padres, alumnos, profesores y colectivos educativos, religiosos y sociales en general”. O dicho de otra manera: la sociedad ha entendido que la nueva asignatura impulsada por la LOE vulnera el derecho/deber de los padres de constituirse en los primeros educadores de sus hijos, tal y como está reflejado en la Declaración Internacional de los derechos Humanos y en el artículo 27 de nuestra Constitución. “Con la imposición de EpC, los padres se ven suplantados por el Estado”, sostiene Castro. La oficialización de la teoría de género, la negación de la existencia objetiva de la verdad y el bien o su marcado carácter laicista resultan los puntos más críticos. “Junto a todo ello, la EpC abusa de las emociones y de los afectos de los alumnos, sobre los que basa todo el programa educativo, y renuncia a la pedagogía del esfuerzo, la exigencia y la voluntad”, señala Arsuaga. El asunto, argumentan Arsuaga y Castro, se vuelve más grave toda vez que el director general de Educación, Pérez Iriarte, reconociera que el objetivo de la polémica asignatura era formar en ideología a los alumnos sin convicciones. Frente a esta imposición calificada por HazteOir y ChequeEscolar como “totalitarismo ideológico”, solicitan de Peral que regule los mecanismos necesarios para que los padres de alumnos que no compartan esta imposición adoctrinadora puedan ejercer su derecho a la objeción de conciencia. “Prever un mecanismo administrativo para el ejercicio de este derecho, contenido en el artículo 16 de la Constitución y reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, facilitará mucho la organización académica de los centros educativos, cuyas direcciones podrían verse, en caso contrario, desbordadas y sin capacidad de respuesta”, argumentan. Fuente: Hispanidad, 6 de febrero 2007

Foro Familia pide objeción a nueva asignatura y ley apoyo mujer contra aborto


El Foro Español de la Familia (FEF) instó hoy a la objeción de conciencia a la nueva asignatura Educación para la Ciudadanía y señaló que promoverá iniciativas legislativas en los diecisiete parlamentos autonómicos para que las mujeres con embarazos no deseados reciban apoyo institucional para evitar que aborten. Según dijo hoy a Efe en Ciudad Real el vicepresidente del FEF, Benigno Blanco, tras participar en un acto informativo, la federación de asociaciones solicitará a los padres de familia que presenten por escrito su negativa en los centros educativos como una objeción a que sus hijos estudien la asignatura obligatoria Educación para la Ciudadanía. Blanco, quien fue secretario de Estado de Infraestructuras del anterior gobierno del PP, explicó que el FEF ya ha registrado ante notario la comisión que se encargará en Castilla-la Mancha de realizar los trámites y de recoger las 20.000 firmas que se exigen para que la iniciativa pueda tratarse en el parlamento regional. Añadió que en España se producen al año alrededor de 100.000 abortos, y que muchos de ellos corresponden a mujeres jóvenes que han tenido un embarazo no deseado y optan por abortar como salida más rápida y fácil. 'Queremos -dijo Blanco- que existan medios y posibilidades institucionales para que se asesore y se preste a estas mujeres el apoyo necesario para que busquen soluciones alternativas al aborto'. La iniciativa se llevará a cabo a través de la llamada Red Madre, que según Blanco ya funciona desde el año pasado en la Comunidad de Madrid, donde ha prestado apoyo a 11.000 mujeres. Por su parte, el secretario general de Profesionales por la Etica (PPE) -una de las asociaciones que integran la FEF-, Fabián Fernández, informó de que esta agrupación promueve el derecho de los padres a que sus hijos no cursen la asignatura Educación para la Ciudadanía, ya que, dijo: 'el Estado no debe entrar en la educación ética y moral de los niños'. 'Esta asignatura -explicó Fernández- pretende formar una moral de Estado, es una intromisión en la libertad de educación de nuestros hijos'. Precisó que la asociación pedirá a los padres que presenten una objeción, mediante carta dirigida al centro, ya sea público, privado o concertado, en la que informen a la dirección del deseo de que sus hijos no asistan a clase de esa asignatura. Terra, 30-01-2007

Escuela inglesa prohíbe que alumna católica luzca crucifijo


Samantha Devine y su crucifijo. (ACI).- Una escuela secundaria en Gillingham, Kent, ha amenazado a una alumna de 13 años de edad, con expulsarla si insiste en lucir el pequeño crucifijo de plata que cuelga de su cuello. Esto ocurrió en la escuela Robert Napier, donde un estudiante católica devota identificada como Samantha Devine, denunció que le han exigido dejar de su usar su crucifijo alegando que se trata de una amenaza contra la salud y seguridad del centro educativo. Devine salió de la escuela llorando después que hace unos días le ordenaran sacarse el crucifijo. “Estoy orgullosa de mi religión y es mi derecho lucir una cruz en mi cuello. No puedo entender por qué la escuela cree que un pequeño crucifijo en cadena de plata tan delgada es una amenaza contra la salud y seguridad”, indicó. Según la alumna, “a otras religiones se les permite mostrar sus creencias a través de brazaletes o turbantes, entonces ¿por qué no puedo llevar una cruz para mostrar mi devoción a Dios?”. “Me sentí molesta y conmocionada cuando el maestro me pidió que me sacara el crucifijo”, indicó Samantha, a quien le dieron solo la alternativa de usar el símbolo como pequeña insignia. “Estoy decidida a lucir el crucifijo sin importar las consecuencias, aunque sea suspendida o expulsada”, indicó. Su madre la apoya.”Creemos que Sam tiene el derecho de estar orgullosa de lo que cree y llevar un símbolo de su fe”, agregó. ¿Joyería? El director de la escuela, Paul Jackson, alegó que la prohibición responde a una política del centro educativo que prohíbe a sus alumnos utilizar joyería entre séptimo y décimo grado. “La única excepción de nuestra norma es la joyería que constituye un requerimiento esencial de una religión particular”, indicó Jackson. Fuente: The Telegraph ©LONDRES, 15 Ene. 07 / 04:47 pm

El Gobierno quiere frenar la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía


El Ministerio afirma que servirá para «formar en ideología a las personas con menos convicciones» Celia Maza La ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Madrid- En el Ministerio de Mercedes Cabrera hay cierta preocupación. El motivo de este malestar es el interés que miles de familias ya han manifestado por la objeción de conciencia frente a la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía. El Ministerio ha encargado incluso unos estudios jurídicos para saber cómo puede hacer frente a esta situación. Así al menos lo indica Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de Profesionales por la Ética en Madrid -asociación que ofrece apoyo jurídico a los padres que no quieren que sus hijos cursen la materia-. El experto se reunió ayer con el secretario de Educación, Alejandro Tiana, para tratar el asunto. Según Fernández de Alarcón, desde el Ministerio existe una clara intención de desactivar la campaña que informa a los padres sobre este derecho. «Tiana nos ha reconocido estar preocupado, pero no nos pueden detener porque nuestros expertos tanto del ámbito jurídico como del educativo tiene claro que lo que hacemos es legal», asegura. La asociación ha solicitado en innumerables ocasiones una reunión con la ministra para hablar sobre la asignatura, pero no fue hasta ayer cuando fueron recibidos. Justo cuando los reales decretos de enseñanzas mínimas de Primaria y Secundaria ya han sido aprobados, es decir, cuando ya no hay nada que negociar. «Lo que quieren es desactivar nuestra campaña», afirma Fernández de Alarcón. Aún así, Profesionales por la Ética decidió acudir a la cita para presentar sus propuestas. La primera: retirar la asignatura; la segunda, reconocer de forma legal la objeción de conciencia; la tercera, elaborar un decreto para que Educación para la Ciudadanía sea voluntaria y no computable -al igual que Religión-. Todas les fueron denegadas. La asociación siempre ha defendido que la asignatura supone una intromisión en la dimensión moral y privada que sólo corresponde a la familia, y desde ayer aseguran que cada vez está más claro el objetivo del Gobierno. «La reunión no ha hecho otra cosa que reforzar aún más nuestras ideas porque el mismo José Luis Pérez Iriarte -director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa- afirmó que lo que se pretende con la materia es ‘‘formar en ideología a las personas con menos convicciones’’». Al respecto, Fernández de Alarcón apunta que querer dar una educación ética de mínimos en todas las ideologías supone arrancar la base al sistema de valores de muchas familias porque «no todo es relativo». Desde que empezaron la campaña el pasado mes de noviembre para informar a los padres qué es la objeción de conciencia, más de cien mil familias se han puesto en contacto con la asociación para manifestar su desacuerdo con la nueva y polémica asignatura. En el supuesto de que unos padres hagan uso de este derecho, el centro tendrá que elegir qué alternativa ofrece los alumnos. La Razón, 19 de enero de 2006

Reclaman al Ministerio de Educación la retirada de Educación para la Ciudadanía


Profesionales por la Ética mostró ayer al Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) su oposición a la nueva asignatura de “Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos” reclamando su retirada, constituirla como voluntaria o regular en un decreto complementario a la Ley Orgánica de Educación (LOE) una posible objeción de conciencia de las familias para que sus hijos no cursen esa materia. Así lo expusieron la presidenta de la Federación, Teresa García Noblejas, y el secretario general de la organización en Madrid, Fabián Fernández de Alarcón, en una reunión mantenida ayer con el secretario general de Educación, Alejandro Tiana, y el director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte. No obstante, los representantes ministeriales se negaron a aceptar estas reivindicaciones mostrando su "falta de voluntad negociadora" en el encuentro, mantenido a petición del Ministerio por su preocupación por la "exitosa" campaña contra esta materia organizada por Profesionales por la Ética Fernández de Alarcón. Tras lamentar que el Ministerio de Educación les reciba cuando los decretos de enseñanzas mínimas de Primaria y Secundaria ya están publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el secretario general de esta asociación en Madrid denunció que ambos dirigentes del Ministerio de Educación reconocieron "explícitamente" en el encuentro que se trata "claramente" de una materia "que pretende formar en ideologías a personas carentes de condiciones". Jueves, 18 Enero 2007 08:48:00 Miguel Ángel Gallardo

El Tribunal Constitucional bávaro confirma la prohibición de llevar velo islámico en clase


El Tribunal Constitucional del Estado Libre de Baviera rechazó ayer el recurso de inconstitucionalidad contra la ley que desde 2005 prohíbe que las profesoras musulmanas puedan llevar el velo islámico en clase. La argumentación de la sentencia del Tribunal es que la actitud de los profesores, pero también de los padres y de los alumnos que llevaran ese velo, iría en contra de los "valores occidentales y cristianos" contenidos en la Constitución de Baviera. La demanda de inconstitucionalidad había sido interpuesta por una organización religiosa musulmana con sede en Berlín, que consideraba que la prohibición del velo islámico suponía un tratamiento desigual, porque la ley bávara permite en cambio dar clase a las monjas católicas vestidas con su hábito, que incluye toca. El Gobierno bávaro, en la ley aprobada a fines de 2004 y que entró en vigor en 2005, justificaba ese desigual tratamiento en que el hábito de las monjas se correspondía con valores educativos "cristianos y occidentales", mientras que el velo islámico podía ser interpretado como manifestación de una actitud incompatible "con los valores fundamentales y los objetivos educativos de la Constitución bávara". Valores y vestido El Tribunal afirma que la ley está redactada de forma tan abstracta que no brinda un intolerable trato preferente a las confesiones cristianas: la referencia a los valores educativos y culturales cristiano-occidentales es meramente descriptiva del "mundo de valores" expresado en la Constitución bávara. Por ese motivo, "el legislador está justificado al tratar de incluir en la formación escolar la forma religiosa y la tradición del pueblo". El legislador, en consecuencia, podría considerar amenazada la transmisión "fehaciente" de esos valores fundamentales si los profesores llevan determinados símbolos o vestimenta, que por ese motivo podrían ser prohibidos. Ahora bien, qué vestimentas en concreto pueden ser prohibidas es algo que debe decidir cada juzgado competente. En los dos años de aplicación de la ley, ninguna profesora ha sido despedida. Sólo hubo tres casos, en escuelas elementales y secundarias, en los que se decidió que las profesoras, en lugar del velo islámico, deberían llevar una prenda "neutral" con la que cubrirse la cabeza, de modo que no se consideraran expresión de fundamentalismo. (...) Reacciones contrapuestas Abdurrahim Vural, presidente de la asociación islámica berlinesa que presentó la denuncia ante el Tribunal Constitucional de Múnich, abundó tras conocer la sentencia en su opinión de que la ley falta a la igualdad. Si bien respecto a Baviera tendrá que tirar la toalla, anunció que presentaría la correspondiente denuncia de inconstitucionalidad contra la prohibición del velo islámico en las escuelas de otro Estado alemán, el de Hesse. El ministerio de Culto de Baviera, por el contrario, se felicitó por la sentencia. La Asociación de Profesores y Profesoras de Baviera (BLLV) opinó que la sentencia aporta sobre todo seguridad jurídica y permite que las escuelas regentadas por religiosas queden al margen de las "disputas acerca del fundamentalismo". Albin Dannhäuser, presidente de la BLLV, añadió en declaraciones al diario Süddeutsche Zeitung, que el tema del velo islámico juega un papel muy secundario en las escuelas bávaras: "En la práctica, no hay ningún problema". Necesidad de una ley Al margen o más bien para poner orden en lo que pudieran legislar los Estados federados, el Tribunal Constitucional alemán, con sede en Karlsruhe, había sentenciado en septiembre de 2003 que sólo mediante leyes claramente fundamentadas podría prohibirse a las profesoras musulmanas llevar el velo. Por eso varios Estados han elaborado las correspondientes leyes. Con distinta suerte, ya que el Tribunal Administrativo Federal, con sede en Stuttgart, anuló en julio de 2006 la prohibición de llevar velo impuesta a Doris Graber, una alemana conversa al Islam, alegando la ley del velo del Estado de Baden-Württemberg. Curiosamente, el argumento invocado por el Tribunal Administrativo Federal para permitir a dar clase con el velo islámico apareció de nuevo en Baviera. Pero la argumentación es distinta: el Tribunal de Stuttgart afirma que el hábito de las monjas es "una vestimenta de indudable motivación religiosa, y no sólo una ropa llevada por tradición o por un credo": así que, permitir a las monjas sí y a la maestra islámica no, llevar ropa que en ambos casos va contra la prohibición de hacer "manifestaciones religiosas", sería privilegiar a las confesiones cristianas, algo que la Ley Escolar no permite. Aunque los representantes de Baden-Württemberg alegaban que la escuela en que daba clase Graber era en su origen una escuela monacal, la profesora alegó que el 60% de los niños son extranjeros y que ella es la tutora que habla con padres de religión. Fuente: Santiago Mata. Gaceta de los Negocios, 16 de enero 2006

A los musulmanes no nos ofenden los belenes»


La Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas (Feeri) se desvinculó ayer de la polémica por la supresión de belenes en colegios públicos y recomendó que se deje disfrutar a los niños durante estos días de Navidad sin que los adultos entren en polémicas sobre estos hechos «ridículos». En declaraciones a Europa Press, el portavoz de la Feeri, Javier Isla, comentó que «bienvenidos» los belenes si gustan a los niños, y se mostró contrario a retirarlos de los espacios públicos, en este caso colegios, por una supuesta ofensa a alumnos de otras confesiones. «Si en una clase de 30 alumnos, cuatro son musulmanes, pues ya será su familia quien se encargue de explicarles los preceptos de su confesión», expuso. Para Isla, los belenes «son una tradición española de muchos siglos y no voy a venir de fuera a quitarlos». Fuente: www.abc.es, 21 diciembre de 2006

La directora de un Instituto de Mijas (Málaga) tira a la basura un Belén hecho por alumnos de Religión


(VERITAS) Los profesores de Religión y alumnos del Instituto “Las Lagunas” de Mijas (Málaga) y el colectivo de padres católicos de Málaga han expresado su indignación por la que consideran una “actitud irrespetuosa” por parte de la directora del Instituto, Mercedes García del Álamo, al quitar un Belén montado por los alumnos de Religión de 1º ESO con “el argumento de que en una escuela pública de un país laico no están permitidos los símbolos religosos”, explica la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales de Andalucía (APPRECE-Andalucía). Juan Luis Yudego, profesor titular de Religión del Centro, explicó a Veritas que los hechos ocurrieron el pasado 30 de noviembre cuando su compañera de Religión en el Instituto decidió realizar un Belén con los alumnos, “una actividad programada por el equipo de profesores de Religión del Centro como procedimiento educativo, cuyo objetivo es que el alumnado comprenda y valore los distintos elementos culturales y religiosos que forman parte de las tradicionales fiestas de la Navidad que se celebran en nuestra sociedad”, explicó Yudego. “La profesora de Religión, al entrar en el aula al día siguiente, no encontró el Belén en su lugar y buscándolo por otras dependencias del Centro lo encontró metido en unas bolsas de basura, donde la directora lo había depositado, pudiendo observar el deterioro que habían sufrido algunas piezas”, relató el profesor titular de Religión, quien aseguró haberse reunido inmediatamente con la directora con la única respuesta de que se trata de una “escuela pública de un país laico y no están permitidos los símbolos religiosos” y que “este tipo de actividades no pueden tolerarse en un centro público donde conviven alumnos de diferentes religiones que podrían sentirse ofendidos”. Yudego mantiene que se trata de una actividad cultural y artística donde todos los alumnos han escogido la asignatura de Religión y solicita a la directora que sea “tolerante y respetuosa”. Ambos profesores de Religión han manifestado “sentirse humillados en su dignidad profesional” y Yudego confiesa estar pasando varias noches sin dormir por lo sucedido. Veritas ha intentado ponerse en contacto con la directora del centro, Mercedes García del Álamo, para escuchar su valoración al respecto, pero no ha querido hacer manifestaciones declinando la invitación a exponer su versión de los hechos. Las primeras reacciones no se han hecho esperar y los padres de alumnos afectados han comenzado a enviar cartas de apoyo a los profesores de Religión afectados e incluso los alumnos se encuentran recogiendo firmas donde expresan su malestar y piden a la Dirección que reponga el Belén de su propiedad. Por su parte, el vicepresidente de APPRECE-Andalucía, Santiago Vela, explicó que se han puesto al servicio de los profesores y de los padres los servicios jurídicos de la Asociación para que realicen las acciones que estimen oportunas y muestra su deseo a que “el Belén sea restituido”, confiando en que “no haga falta llegar al extremo de acudir a los tribunales”. Asimismo, Eduardo Caro, presidente de la Federación de CONCAPA (Confederación Católica de Padres de Alumnos) en Málaga, expresó su malestar por lo acontecido, en lo que considera “una actitud irrespetuosa”. VERITAS AV06121502

Las escuelas católicas advierten de que el Gobierno pretende imponer creencias a los alumnos.


Las Escuelas Católicas (FERE-CECA y EyG) advirtieron ayer del «riesgo» de que Educación para la Ciudadanía «se convierta en instrumento para imponer concepciones ideológicas o creencias a los alumnos por parte del Gobierno de turno», al tiempo que alertaron contra el Manifiesto del PSOE sobre «Constitución, laicidad y educación para la ciudadanía» que, en opinión de la principal patronal de la enseñanza concertada en España, «puede ser la confirmación de dicho riesgo». En un comunicado, esta entidad (que engloba el 80% de los colegios concertados en España) incide en que «nunca ha defendido la inclusión de una nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía, sino que la educación en valores cívicos se lleve a cabo de manera transversal, volcando sus contenidos en otras áreas del currículo y en la acción tutorial». Voto en contra En este sentido, recuerdan que sus representantes en el Consejo Escolar del Estado «votaron en contra» de esta materia cuya introducción «ha supuesto, en la práctica, una reducción horaria de la clase de Religión, que pierde un sexto de su carga lectiva en la ESO». Por ello, en su comunicado, Escuelas Católicas «hace suya la preocupación manifestada por la Conferencia Episcopal española» en su reciente pastoral, en la que alertaba del «riesgo de una inaceptable intromisión del Estado en la educación moral de los alumnos, cuya responsabilidad primera corresponde a la familia y a la escuela». No obstante, y tras aclarar este punto, los colegios concertados católicos recordaron que su postura ante dicha normativa, avalada desde el Episcopado, «ha sido la del diálogo y la negociación con el Ministerio de Educación para evitar que desde sus contenidos se impongan opiniones sobre las que la sociedad española no tiene una posición compartida (eutanasia, aborto, divorcio, matrimonios homosexuales...)». Dicha negociación dio como resultado la desaparición de estos puntos en el currículo de mínimos presentado por el Gobierno. Aun así, FERE-CECA y EyG advierten que «está por ver si los desarrollos reglamentarios autonómicos se ajustan a este mismo criterio». De no ser así, «y de vulnerarse la neutralidad ideológica», los padres «tendrían derecho a adoptar las medidas que creyeran más oportunas para salvaguardar su derecho a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos». Pese a esta afirmación, «no comparte y cree improcedente» que se planteen en sus centros «la objeción de conciencia o la desobediencia civil» frente a Educación para la Ciudadanía, al garantizar en dichas escuelas «una perfecta conformidad de la enseñanza de esta asignatura con el proyecto educativo, dispuesto por el titular del centro, e imbuido de los valores cristianos». Elección de libros de texto Para garantizarlo, esta entidad «va a orientar a sus centros, tanto en la elección del libro de texto como en la del profesor que imparta esta asignatura, y se ocupará de formar convenientemente a los mismos a través de jornadas y cursos de formación». Finalmente, Escuelas Católicas afirma no tener «necesidad de elaborar libros propios», como han propuesto otras entidades, dado que «ya existen editoriales que merecen nuestra total confianza». Fuente: ABC, 13 de diciembre de 2006

Profesionales por la Ética sostiene que el verdadero propósito de Educación para la Ciudadanía es “adoctrinar a los niños”


Madrid, 07/12/2006 (VERITAS) La Asociación Profesionales por la Ética, promotora de la Guía de Objeción de conciencia para padres frente a la asignatura “Educación para la Ciudadanía” mostró hoy, jueves 7 de diciembre, el análisis sobre la asignatura Educación para la Ciudadanía que se desprende del Manifiesto “Constitución, Laicidad y Educación para la Ciudadanía”, publicado por el PSOE con motivo del 28º aniversario de la Constitución Española. Para esta Asociación, “los contenidos de Educación para la Ciudadanía instruirán a los alumnos en los nuevos derechos del Gobierno Zapatero: aborto, matrimonio entre homosexuales y exclusión radical del hecho religioso”. Jaime Urcelay, presidente de la Asociación, destaca que “nos encontramos ante un intento evidente e insólito de transformación de la sociedad mediante el adoctrinamiento obligatorio en la escuela” y recuerda que ante “este descarado proyecto de imponer obligatoriamente la doctrina Zapatero en las escuelas”, seguirán promoviendo la objeción de conciencia de los padres para que sus hijos no sean manipulados ideológicamente. “Al tratarse de una asignatura evaluable y obligatoria, los alumnos que no asimilen los contenidos impartidos podrán perder su beca escolar o repetir curso o, simplemente, ser suspendidos por no compartir las ideas del Gobierno socialista”, explica Profesionales por la Ética.

El Foro de la Familia considera “lamentable” la negativa de la ministra de Educación al derecho a la Objeción de Conciencia


(VERITAS) El vicepresidente del Foro Español de la Familia (FEF), Benigno Blanco, manifestó hoy que “es lamentable que la ministra de Educación desconozca que el Tribunal Constitucional ha afirmado reiteradamente que la Objeción de Conciencia forma parte del derecho a la Libertad ideológica y religiosa reconocido en el Art. 16.1 de la Constitución”. El vicepresidente del FEF afirma que “cuando una ministra del Gobierno niega un derecho fundamental de la persona, reconocido en la Constitución y amparado por el tribunal Constitucional, se está colocando al margen del estado de Derecho” y se pregunta si “éste el tipo de ciudadanía en el que la ministra Mercedes Cabrera quiere educar a los españoles”. Fecha de publicación: 29/11/2006 VERITAS AV06112905

La Iglesia se moviliza contra la obligatoriedad de la Educación para la Ciudadanía en la escuela


El Gobierno ve grave que los obispos inciten a no cursar la alternativa a la religión El secretario general de Educación, Alejandro Tiana, consideró ayer grave que los obispos inciten a la desobediencia respecto a la asignatura Educación para la Ciudadanía, y tildó de irresponsabilidad que les acusen de adoctrinamiento sin poner ni un sólo ejemplo que apoye estas palabras. Precisamente ayer cientos de personas se manifestaron en la Plaza Mayor de Madrid movilizados por la Iglesia católica en contra de la asignatura alternativa a la Religión al entender que «será usada por los diferentes gobiernos para implantar su ideología en las aulas». Las declaraciones de Tiana responden a las declaraciones del portavoz de la Conferencia Episcopal, Juan Antonio Martínez Camino, defendiendo la objeción de conciencia para no cursar la asignatura en el caso de que se plantee como obligatoria y entre a regular cuestiones morales. «Consideramos un hecho grave que inciten a la desobediencia de una Ley que ha sido aprobada por el Parlamento español, como es la LOE y todo lo que se refiere en ella a la Educación para la Ciudadanía», dijo Tiana. El secretario de Educación cree que es un error del Episcopado no apoyar esta asignatura, que contiene los valores cívicos que fundamentan la democracia y el respeto a los Derechos Humanos. Asimismo, tildó de «irresponsabilidad» que les acusen de adoctrinamiento despreciando la opinión de todas las Comunidades Autónomas, que no pusieron ninguna objeción a los contenidos de la asignatura ni en Educación Primaria ni en Educación Secundaria Obligatoria. «No aceptamos ese tipo de imputaciones», concluyó. Cientos de personas se manifestaron ayer en la Plaza Mayor de Madrid contra la asignatura en un acto convocado por agrupaciones católicas. Un arzobispo llama a la desobediencia El arzobispo de Granada, Javier Martínez, aseguró ayer que estaría «justificada la objeción de conciencia y la desobediencia civil» contra la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía «si su implantación supone una grave invasión de un derecho fundamental de los padres y no se cuida este derecho». Durante su intervención en el 34 congreso de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), que se celebra en Granada, Martínez dijo que la libertad educativa está terriblemente amenazada en la sociedad española. Cuando en la vida se tiene la misión de educar, no se puede renunciar a ella, indicó. Respecto a la nueva asignatura propuesta por el Gobierno que es difícil de entender la desconfianza de la clase política en la capacidad de los padres para educar a los hijos». OTR Press, Madrid, 20/11/2006

La Conferencia Episcopal defiende derecho objeción conciencia padres


Los participantes en la jornada de estudio sobre Educación para la Ciudadanía, convocada por la Conferencia Episcopal Española (CEE) hoy en Madrid, criticaron los contenidos y el planteamiento de la futura asignatura, y defendieron el derecho a la objeción de conciencia de los padres. El cardenal y arzobispo primado de Toledo, Antonio Cañizares, afirmó en la clausura de la jornada que contra esta cuestión solo cabe 'el que se retire o el movilizarse', mientras que el secretario de la CEE, Martínez Camino, mencionó que una posible solución sería que la asignatura no tuviese carácter obligatorio, El presidente de la CEE y Obispo de Bilbao, Ricardo Blázquez, al presentar las jornadas expuso algunos de los interrogantes que se plantean ante 'esta novedad de nuestro sistema educativo: ¿por qué introducir esta materia?, ¿qué sentido tiene?, y ¿cómo se determinan los contenidos?. Para Bláquez la cuestión es 'delicada' porque se trata de valores, principios y orientaciones que 'tocan con la responsabilidad primordial de los padres'. No obstante, el presidente de la CEE expresó su confianza en que con el diálogo pueda alcanzarse una situación satisfactoria para todos. El portavoz de la CEE, Juan Antonio Martínez Camino, dijo que 'si se comprueba que la asignatura que se impone invade cuestiones de moral, o sobre el bien y el mal, o sobre la educación de conciencia de los alumnos, los padres tendrían pleno derecho a articular la objeción de conciencia y oponerse a que sus hijos estudien esos programas'. La primera ponencia corrió a cargo del profesor de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad de Cantabria, Joaquín Mantecón, quien disertó, desde el punto de vista del ordenamiento jurídico español e internacional, sobre 'el derecho de los padres a la educación de los hijos, según sus convicciones'. Para Mantecón, en base a ese ordenamiento 'los padres tienen derecho a escoger el tipo de educación que quieren para sus hijos', indicó que el Estado, en general, se muestra poco propicio a subvencionar la escuela privada', salvo los casos excepciones de países como Bélgica y Holanda, y abogó por que en aras de la igualdad real el Estado facilite la enseñanza de la religión en los centros públicos. El profesor de Derecho Eclesiástico en la Universidad de Navarra, Jorge Otaduy Guerin, expuso el tema 'Neutralidad ideológica del Estado y del sistema educativo público', y afirmó que 'en una sociedad democrática los poderes públicos deben sujetarse a límites, de modo que su preponderancia institucional no derive en perjuicio de la libertad de los ciudadanos'. Para el profesor, 'ante la pregunta de si se ajusta la objeción de conciencia reconocida por el derecho español a la hipótesis de rechazo de una enseñanza escolar contraria a las propias convicciones, la respuesta afirmativa cuenta con sólidos apoyos'. El presidente de 'Profesionales por la Etica', Jaime Urcelay Alonso, cerró la sesión de la mañana con la ponencia 'Antropología subyacente en el currículo del área de Educación para la Ciudadanía'. El profesor de Etica en la Universidad de Valencia, Agustín Domingo Moratalla, analizó por la tarde los 'Elementos ético-morales presentes en el currículo del Area de Educación para la Ciudadanía', Moratalla realizó un repaso histórico por las distintas leyes de educación que ha habido en España durante la democracia y ha presentado 'algunas trampas' que esconde la asignatura de Educación para la Ciudadanía. 'Esta materia, dijo, nos pretende introducir en una cultura de derechos y obligaciones y en una mentalidad donde lo moral va a ser sustituido por el derecho'. La jornada concluyó con una mesa redonda en torno a 'una propuesta aceptable de Educación para la ciudadanía', moderada por el director del Servicio Jurídico Civil de la CEE, Silverio Nieto Núñez, y con la intervención de José Antonio Ibáñez Martín y David Reyero García, ambos de la Universidad Complutense de Madrid, junto con el catedrático de Filosofía Teófilo González Vila, profesor de la Universidad San Pablo CEU. Mientras González Vila destacó que 'no estamos en contra de la educación moral, sino en contra de este modo concreto de educar moralmente que presenta Educación para la Ciudadanía', el profesor Muñoz incidió en que 'no se recuerda en la historia de España un rechazo social más grande en relación con una asignatura'. Por su parte, el profesor Reyero indicó que 'detrás de la oposición a esta asignatura hay pensamiento sólido y que precisamente uno puede oponerse a ella porque se ha leído el texto de la ley'. Antonio Cañizares, que clausuró la jornada manifestó que 'ante esta ley sólo cabe 'el que se retire o el movilizarse, en los niveles de opinión pública y de objeción de conciencia, porque de la misma manera que hoy hablamos con preocupación de la juventud LOGSE, en el futuro hablaremos de la juventud de la Educación para la Ciudadanía'. Terra Actualidad – EFE 17/11/2006

La objeción de conciencia. Jaime Rodríguez Arana, Catedrático Derecho Administrativo


Uno de los principios inspiradores del Estado de Derecho es, junto a la separación de poderes y la primacía de la ley, el reconocimiento de una serie de derechos propios e innatos a la persona, que hoy llamamos derechos humanos o derechos fundamentales. Se trata de derechos que nacen con la persona, que a ella pertenecen y que el ordenamiento jurídico debe reconocer. Ni los crea ni los puede atacar porque el Estado no existe ni está para entrometerse en la vida personal de los ciudadanos, sino precisamente para hacerla posible en las mejores condiciones. Los derechos fundamentales de la persona no son de concesión graciosa de los políticos, sino que son propios de la condición humana. En este sentido conviene señalar que el Título I de la Constitución de 1978 que lleva como rúbrica "De los derechos y deberes fundamentales" establece los principios generales sobre la materia. Así, en el artículo 10.1 se señala que "la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son el fundamento del orden político y la paz social". Es decir, el precepto diseña los grandes criterios o parámetros constitucionales en los que se incardinan los derechos inviolables de la persona, conectados, como no podía ser de otra manera, con la dignidad de la persona y el desarrollo libre de la personalidad. Ciertamente, muy difícil será que se pueda desarrollar libremente la personalidad si el ciudadano no pudiera ser congruente y coherente con los postulados de su propia conciencia. Es más, en la medida en que los derechos inviolables de la persona, el libre desarrollo de su personalidad y su dignidad son fundamentos del orden político y la paz social, los poderes públicos están obligados por el artículo 9.2 de la Constitución a promover las condiciones para que la libertad sea real y efectiva. El Estado no está para imponer criterios o principios sujetos a la libertad como ocurre en el mundo de las convicciones y las creencias, sino que debe facilitar que cada persona pueda ser coherente y congruente con sus propias convicciones y creencias mientras éstas no sean constitutivas de delito. Es decir, si se atropella la libertad de elección de los padres en función de sus convicciones, éstos deben poder ejercer la objeción de conciencia. Este breve comentario del Título I de la Constitución me parece relevante en orden a buscar el significado constitucional del derecho a la objeción de conciencia como derecho fundamental a partir de una interpretación armónica y sistemática de nuestra Carta Magna. Efectivamente, el derecho a la objeción de conciencia, que se deriva del Título I, que es donde se establecen los principios generales en materia de derechos y deberes fundamentales, es verdad que no está como tal reconocido expresamente en la sección primera del Capítulo II, "Derechos y libertades". Sin embargo, el reconocimiento en los artículos 16 y 18 de la libertad ideológica, de expresión y pensamiento implica también, sin más límites que el mantenimiento del orden público, que la persona, para ejercer estas libertades pueda reaccionar jurídicamente ante decisiones del poder que violenten su conciencia pues, si no fuera así, sería imposible el ejercicio de la propia libertad. Claro, se trata de ámbitos en los que están en juego las convicciones y las creencias, los pensamientos y las ideas de los ciudadanos. Que no esté recogido expresamente el derecho fundamental de la persona a la objeción de conciencia en la sección primera del Capítulo II de la Constitución, que es el marco, como dice el artículo 53, de la tutela judicial de los derechos fundamentales de la persona no quiere decir, ni mucho menos, que no se pueda invocar ante quien corresponda en cada caso. Argumentar en sentido contrario supondría desconocer los principios del Título I de la Constitución en materia de derechos fundamentales y, fundamentalmente, practicar un positivismo jurídico que, si recordamos el siglo pasado, dejó sembrados de cadáveres los campos y las ciudades de la vieja Europa. ¿Cómo es posible que se afirme, como hace la Constitución, que el libre desarrollo de la personalidad es fundamento del orden político y social y, a la vez, se deje, por ejemplo, sin amparo el derecho a la objeción de conciencia? En fin, aunque hasta el momento la objeción de conciencia se ha reconocido legalmente para el caso del servicio militar, lo que está muy bien, no parece razonable restringir el ejercicio de este derecho fundamental únicamente a este supuesto. Existen otros ámbitos también relevantes a los que se refiere la objeción de conciencia, como puede ser el derecho a la vida, el derecho a la libertad educativa o el derecho de los padres a elegir el centro de enseñanza de acuerdo con sus convicciones. Derechos que el Estado debiera proteger y promover como es su obligación. Sin embargo, cuando el poder público cede al consumismo y al individualismo insolidario, como es el caso, y se cercenan principios de libertad porque se obliga a que los ciudadanos caminen por el carril que señala el pensamiento único, entonces la objeción de conciencia no es sólo un derecho fundamental de la persona, sino una necesidad pública para romper el yugo de un poder invasor que intenta, como se comprueba a diario, formar en serie a los ciudadanos bajo las consignas un inconformismo y una sumisión que pretende evitar el ejercicio de la libertad solidaria. Diario de Avisos, Tenerife, 27 de octubre de 2006

Consejo Escolar rechaza objeción padres ante Educación Ciudadanía


La Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado rechazó hoy la propuesta de la Confederación Católica de Padres de Alumnos (CONCAPA) de que las familias puedan alegar 'objeción de conciencia' si no están conformes con los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Este órgano consultivo debatió hoy el borrador del real decreto del Ministerio de Educación y Ciencia que establece las enseñanzas mínimas comunes que deberán tener todos los alumnos en todas las comunidades autónomas en el ciclo de Educación Primaria. En la reunión se debatieron varias enmiendas de las organizaciones de la comunidad educativa representadas en la Comisión, entre ellas una de la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (CEAPA) para que la asignatura de Religión salga del horario lectivo. Esta propuesta ha sido rechazada 'por un escaso margen', según informó CEAPA, que ha reafirmado su objetivo de conseguir una educación 'pública y laica' y que ha vuelto a pedir la derogación de los acuerdos con la Santa Sede por considerar que son 'un escollo' para el desarrollo de este tipo de escuela. Por su parte, la CONCAPA defendió que las comunidades autónomas puedan regular la 'objeción de conciencia' de los padres cuando no estén conformes con el contenido de la asignatura Educación para la Ciudadanía. Esta enmienda fue también rechazada, informó a EFE el vicepresidente primero de la organización, José Manuel Martínez Vega, quien criticó el 'empeño' de algunas organizaciones por sacar la Religión de la escuela y por reproducir este debate en todas las reuniones. Por su parte, el portavoz del sindicato de profesores STES Augusto Serrano explicó a EFE que no prosperó una enmienda para el reconocimiento de las diferentes identidades sexuales y distintos grupos de familias en la asignatura Educación para la Ciudadanía en el ciclo de Primaria. Precisó que la primera votación registró un empate, aunque al final la propuesta decayó por el voto de calidad de la presidenta del Consejo Escolar, Carmen Maestro. Terra Actualidad – EFE 24-10-2006

Un libro recoge las razones y argumentos para la objeción de conciencia ante la asignatura Educación para la ciudadanía


'Educación y ciudadanía en una sociedad democrática', de Concepción Naval y Montserrat Herrero (Editorial Encuentro Educación) recoge las razones y argumentos para la objeción de conciencia ante la asignatura Educación para la ciudadanía. El libro recoge los argumentos de intelectuales españoles que responden, desde una perspectiva interdisciplinar, a cuestiones como ¿En qué consiste el ideal de la ciudadanía?, ¿Qué es ser ciudadano en democracia?, ¿Qué papel juega en ello la educación? o si ¿Supone la educación para la ciudadanía una manipulación de las conciencias? Entre los autores se hallan el doctor en Filosofía por la Universidad Complutense de Madrid José María barrio, el catedrático de Historia de las Ideas y de las Formas Políticas Dalmacio Negro, el doctor en Filosofía y catedrático de Filosofía de Instituto Francisco Altarejos o el investigador del Instituto de Filosofía del CSIC, José Luis González de Quirós. A ellos se unen el catedrático de Filosofía de la Universidad de Navarra Alejandro Llano, la licenciada en Filología Hispánica por la Universidad Complutense Mercedes Esteban, el doctor en Filosofía por la Universidad Complutense José Antonio Ibáñez Martín, el doctor en Pedagogía por la Complutense David Reyero, la doctora en derecho María Calvo y el doctor en Ciencias de la Educación Javier M. Valle. Precisamente, el Observatorio para la Objeción de Conciencia en materia de Educación para la Ciudadanía se presentó el pasado martes en Madrid como 'un foro de seguimiento de la nueva asignatura, que propone la objeción de conciencia frente a los contenidos que atenten contra el derecho constitucional de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas'. El Foro Español de la Familia (FEF) proporcionará apoyo y asistencia jurídica a las familias que, a principios del curso 2007-2008, quieran eximir a sus hijos de la clase de Educación para la ciudadanía, esta nueva nueva asignatura obligatoria que se impartirá en los colegios españoles a partir del próximo curso y que, a juicio de los integrantes de esta asociación, podría llevar a la 'ideologización' tanto moral como política de la enseñanza. Terra Actualidad - Europa Press 15/10/06

Harvard propone una asignatura obligatoria de religión para sus alumnos


Según un informe, la educación "profundamente secular" no prepara adecuadamente a los alumnos Aceprensa. 11-10-2006. 108/06 Un comité de la Universidad de Harvard, encargado de revisar los planes de estudios de los pregraduados, acaba de firmar un informe preliminar en el que recomienda crear una asignatura obligatoria de religión. El informe señala que la educación liberal que se imparte en Harvard, a la que califica de "profundamente secular", no prepara adecuadamente a los alumnos para la vida fuera de la universidad. El objetivo de la asignatura es colocar a los estudiantes y profesores en el centro de los debates religiosos contemporáneos. La asignatura, que podría titularse "Razón y Fe", contendrá materias de política internacional, diálogo entre religión y ciencia, y religión como creencia personal. Según Louis Menand, profesor de Harvard y codirector del comité, "hace treinta años, cuando se revisó por última vez el plan de estudios, la gente nos habría dicho que la religión no era algo que debiera conocer todo el mundo. Hoy, muy pocos discutirían que es extremadamente importante en la vida moderna" ("The Wall Street Journal", 5-09-2006). La revisión del plan de estudios ha durado cuatro años. La mayoría de las reformas se refieren a la Facultad de Artes y Ciencias, que engloba los estudios de Humanidades, Ciencias Naturales, Informática y Ciencias Sociales. La Universidad de Harvard maneja un concepto de "educación general" que busca conectar lo que los estudiantes aprenden en la universidad con la vida después de Harvard, para que les ayude a comprender la complejidad del mundo. De ahí que, aparte de las asignaturas específicas de cada disciplina, el informe incluya cursos obligatorios de ética, historia, sociedades extranjeras, etc. La religión será una más. La Universidad de Harvard se fundó en 1636 para formar a ministros protestantes. Aunque anteriormente tuvo otros, en 1692 adoptó el lema "Veritas, Christo et Ecclesiae" (La verdad por Cristo y la Iglesia) y se encajó en el escudo, formado por tres libros, que representaban la razón y la revelación divina. Los dos libros de la parte superior, que se mostraban abiertos, representaban la palabra de Dios revelada a través del Antiguo y el Nuevo Testamento. El tercer libro, puesto del revés, simbolizaba los límites de la razón y la necesidad de la revelación divina. Los derroteros secularistas que tomó la universidad siglos después se han visto reflejados en el escudo. Ahora solo aparece la palabra "Veritas", de la que dicen que es una forma abreviada del lema o el emblema familiar. En cualquier caso, el lema completo ya no se utiliza de forma oficial. Al tercer libro se le dio la vuelta en algún momento, quizás con la idea de representar justamente lo contrario del escudo original: la razón no tiene límites y la revelación no es necesaria. ACEPRENSA

Presentación del Observatorio para la Objeción de Conciencia en materia de “Educación para la Ciudadanía”


El FEF insiste en que se hará objeción si los contenidos lo requieren (VERITAS) El Observatorio para la Objeción de Conciencia en materia de “Educación para la Ciudadanía" se presentó esta mañana en Madrid como “un foro de seguimiento de la nueva asignatura, que propone la objeción de conciencia frente a los contenidos que atenten contra el derecho constitucional de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas”. Aunque el secretario general de Educación, Alejandro Tiana, volvió a reiterar hoy tras la reunión con los representantes de las Comunidades Autónomas en la Comisión General de Educación, que los contenidos de esta asignatura no vulnerarán el derecho de los padres a la educación moral de sus hijos, el Observatorio se mantendrá alerta. El vicepresidente del Foro Benigno Blanco dijo en este sentido durante la presentación del Observatorio que “los padres no estamos en contra de esta asignatura, sino contra los contenidos que afecten a la formación moral de nuestros hijos”. Por su parte, el presidente del FEF, José Gabaldón animó a todos los padres a objetar frente a los contenidos que no estén en sintonía con sus principios y Fernando Gortázar, presidente del Observatorio dijo que “los padres tenemos el derecho y la obligación de proteger la educación de nuestros hijos, y las autoridades deben ponernos los medios para facilitarlo”. Fecha de publicación: 10/10/2006 18:23 Lugar: Madrid VERITAS AV06101013

Una guía para padres objetores de educación para la Ciudadanía


Una guía para padres objetores de educación para la ciudadanía Varias asociaciones asesorarán a las familias que rechacen la nueva materia Agustín Alonso. Madrid. Después de meses de reuniones y trabajo, las principales asociaciones profamilia engranan las armas legales para luchar contra la asignatura de educación para la ciudadanía. No ha habido movimientos significativos en este terreno desde el pasado mes de julio, cuando se dio a conocer el segundo borrador del Ministerio para la asignatura. En él se incluía la explicación a los alumnos desde los 10 años que hay diferentes tipos de familia, incluyendo las formadas por parejas del mismo sexo. Ahora, el Foro de la Familia (FEF) anuncia la creación del Observatorio para la Objeción de Conciencia, con la colaboración de la Asociación Nacional para la Defensa de la Objeción de Conciencia (ANDOC), Profesionales por la Ética (PPE), HazteOir.org y el Centro Jurídico Tomás Moro. Esta iniciativa pretende ofrecer a las familias asesoramiento legal y mecanismos jurídicos gratuitos para que puedan ejercer el derecho a la objeción de conciencia frente a una asignatura que estas asociaciones consideran un instrumento de adoctrinamiento ideológico-moral. Su rechazo se apoya en los borradores de la asignatura, que recogen el lenguaje y los conceptos de la ideología de género. No entienden que el Gobierno haya mantenido esa asignatura a pesar de las críticas del Consejo Escolar, del Consejo de Estado y de buena parte de la sociedad civil, y desconfían de las propuestas del entorno ideológico del PSOE, de “clara inspiración laicista”, como la formulada por la Fundación CIVES y la Universidad Carlos III, lideradas por Victorino Mayoral y Peces-Barba, respectivamente. Desde el Observatorio, recuerdan, además, la proposición no de ley aprobada en el Congreso en junio en la que se pide al Gobierno que se establezcan medidas para lograr a través de la escuela una mayor aceptación social de la homosexualidad, actuando sobre “las capacidades afectivas del alumnado”. Objeción por escrito El grueso del Observatorio lo forma un comité asesor compuesto por catedráticos y otros juristas expertos en la materia. Entre ellos están Rafael Palomino, de la Universidad Complutense; Joaquín Mantecón, que fue subdirector general de Asuntos Religiosos con el PP y con el actual Gobierno hasta hace unos meses; Daniel Tirapu, de la Universidad de Jaén; o el mismo presidente del FEF, José Gabaldón, que fuera vicepresidente del Tribunal Constitucional. Su misión será explicar y ofrecer el soporte jurídico necesario para objetar. El mecanismo para llevar a cabo la objeción de conciencia será una comunicación por escrito de los padres al director del colegio. El escrito se tendrá que presentar cuando se realice la reserva de plaza o a la entrega de la matrícula para el próximo curso, 2007-08, que es cuando comienza a aplicarse la LOE. ¿Y si las autoridades educativas se negaran a aceptar el ejercicio de la objeción? Los promotores del Observatorio realizarán movilizaciones y acudirán a los tribunales. En cualquier caso, y sea cual sea el programa definitivo de la asignatura, mantendrán una vigilancia continua sobre libros de texto y contenidos. Además, el Observatorio comenzará en breve la difusión de una "guía para padres" preparada por PPE en la que se explican los motivos para objetar y va a contar con una página web (www.objetamos.com), cauce de información, coordinación y difusión de formularios y documentos. El Observatorio señala que “la objeción de conciencia no es una desobediencia civil ni una negativa a cumplir la ley, sino el ejercicio de un derecho constitucional”. Lo fundamenta en la sentencia que sobre la ley del aborto dictó el Tribunal Constitucional en la que afirmaba que, aunque la ley no regule la objeción de conciencia, el derecho a objetar existe al amparo del art.16 de la Constitución, sobre libertad ideológica y religiosa. Fuente: Gaceta de los Negocios, 10 de octubre de 2006

Cabrera cree que es "difícil" que alguien plantee objeción de conciencia con la asignatura de Educación para la Ciudadanía


La ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera, ha declarado que considera "difícil" que alguien plantee "problemas de objeción de conciencia" ante la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos por su contenido. Esta nueva materia, que está incluida en el currículum escolar de la Ley Orgánica de Educación (LOE), ha estado rodeada de polémica desde que se anunció su creación, aunque la ministra defiende que su temario tiene que ver con "aprender valores como de convivencia, tolerancia y diálogo". L D (Europa Press) Durante la rueda de prensa en la que la ministra ha presentado los presupuestos de su Departamento para 2007, Cabrera ha declarado que "me costaría mucho trabajo pensar que alguien que viera esos contenidos pudiera plantear problemas de objeción de conciencia" ante la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Cabrera no quiso entrar en las declaraciones realizadas por el portavoz y secretario general de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Juan Antonio Martínez Camino, que defendió la objeción de conciencia de los padres para que sus hijos no reciban obligatoriamente esta asignatura. Por otra parte, la titular del MEC calificó de "muy positiva" la última reunión con representantes de la Conferencia Episcopal sobre la asignatura de Religión. En concreto, explicó que en ella se hizo balance de lo sucedido en anteriores encuentros, se intercambiaron opiniones y ambas partes quedaron en cruzar sus respectivas propuestas, pero que "no está cerrado el tema". Fuente: Europa Press, 2/10/06

Concapa decide sumarse al Plan de Convivencia y pide que Educación para la Ciudadanía no se imponga


MADRID. La Confederación Nacional Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos (Concapa) se sumará al Plan de Convivencia en las Aulas impulsado por el Ministerio de Educación y en los próximos días se iniciarán conversaciones en este sentido, según explicaron ayer tanto el presidente de Concapa, Luis Carbonel, como el secretario general de Educación, Alejandro Tiana. Las declaraciones se produjeron tras la entrevista que los representantes de los padres católicos mantuvieron ayer con la ministra de Educación, Mercedes Cabrera. Entre las cuestiones tratadas en el encuentro, destaca Educación para la Ciudadanía. Carbonel expuso sus discrepancias con la asignatura porque los contenidos propuestos constituyen un «adoctrinamiento» de los alumnos. El Ministerio se ha comprometido a enviar a la Concapa los últimos borradores de la asignatura, pendientes aún de discusión con las comunidades autónomas, con la intención de colaborar en el desarrollo de su currículo y llegar a un acuerdo sobre sus contenidos. En opinión de Carbonel, que apela a la objeción de conciencia para no cursar esta asignatura, Educación para la Ciudadanía no debería imponerse. Por esta razón y según sus palabras, pidió a Cabrera un «portillo» que permita no cursarla sin consecuencias negativas para los alumnos. Hay que tener en cuenta que es una materia obligatoria. La ministra señaló que no sería necesario porque no encierra el peligro de adoctrinamiento. Carbonel y Tiana calificaron de «satisfactorio» el encuentro y aseguraron que, por ambas partes, hay voluntad de diálogo, porque «los canales de diálogo, sin haberse cerrado, han estado deteriorados», dijo Tiana. Sobre la Religión, no hubo conclusiones a la espera de una nueva reunión con la Conferencia Episcopal. Fuente: ABC 22/09/06

El Foro de la Familia llama a la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía.


El Foro de la Familia se reunió con distintas asociaciones y expertos con el ánimo de sentar las bases de una campaña en defensa de la Objeción de Conciencia en la Educación que tiene por objeto evitar la "imposición" de la asignatura de Educación para la Ciudadanía que el Gobierno tiene previsto implantar el curso que viene. Su coordinadora de comunicación, María Luengo, explicó que se trata de una materia que "ha sido impuesta", que "no aporta nada al curriculum" y que en función de los borradores recibidos "apunta a una clara intención de manipulación por parte del Gobierno de turno para instruir en sus ideas determinadas". L D (Agencias) La coordinadora de Comunicación del Foro de la Familia, María Luengo, se preguntó acerca de "quiénes van a ser los profesores de esta asignatura si se trata de una materia nueva que no ha sido impartida jamás en las universidades", informa Europa Press. Por todas estas cuestiones, esta asociación inició el desarrollo de una iniciativa en defensa de la Objeción de Conciencia en la Educación. Según dicen "es perfectamente jurídica" ya que "se trata de un derecho constitucional" y con ella se dará salida a la "preocupación" de todos aquellos padres que no quieren que sus hijos estudien esta materia. Precisamente para dar información y respuestas a los padres tuvo lugar un encuentro entre distintas asociaciones al que, además del Foro de la Familia, asistieron representantes de ANDOC de Andalucía y Cataluña, Profesores por la Ética, La Plataforma de la Escuela Pública, Pacto por derechos y Libertades, Hazte Oír, así como distintos expertos catedráticos de la materia y juristas como Rafael Navarro Valls o representantes del Centro Jurídico Tomás Moro. Propuestas concretas Pese a que, según apuntó Luengo, se trató de "una nueva toma de contacto", no es la primera reunión de esta índole que se celebra y ya se han elaborado "propuestas concretas" como la redacción de "un manifiesto que saldrá en breve". La asignatura no entrará en vigor hasta el año próximo pero ya son "miles de padres, tanto de la escuela pública como de la concertada, los que se han puesto en contacto para pedir información sobre las posibilidades de actuación frente a esta asignatura", informó Luengo. Fuente: Libertad Digital, 13 de septiembre de 2006

El Gobierno dispone de cuatro meses para aprobar las enseñanzas de la LOE


«Decíamos ayer». Esta frase pronunciada por Fray Luis de León cuando retomó sus clases en la Universidad de Salamanca, tras salir de la cárcel, puede servir para trazar el panorama del curso escolar que comenzará a primeros de septiembre. Es cierto que, a diferencia del año anterior, la Ley Orgánica de Educación (LOE) ya está aprobada, aunque en el nuevo año escolar tan sólo se aplicarán medidas de carácter general que apenas afectan al alumnado. Será en el curso 2007-2008 cuando comiencen a entrar en vigor las nuevas enseñanzas y las normas de evaluación y promoción de curso. Como norma general, la LOE establece que los alumnos de Secundaria que suspendan al menos tres asignaturas deberán repetir curso. Sin embargo, si el equipo docente lo considera oportuno, un alumno podrá promocionar con tres materias pendientes. A finales de año En definitiva será la elaboración de los decretos de enseñanzas mínimas, que deberán estar listos en diciembre de este año, la que centre el debate escolar. Y dentro de estos mínimos, Religión y Educación para la Ciudadanía son las dos asignaturas que concitan más polémica y ante las que se anuncian duras negociaciones en el proceso de elaboración de los mínimos. Para el conjunto de las enseñanzas, las autonomías que gobierna el PP ya han anunciado que elaborarán programas y hasta libros de texto comunes. De hecho ya se «han repartido» las áreas para elaborar sus programas. Pero nada de esto se hará realidad hasta el curso 2007-08, cuando se implanten las enseñanzas de 1º y 2º de Primaria y 1º y 3º de la ESO. Y así hasta completar el sistema en el curso 2009-10. En este curso sólo entrarán en vigor las normas sobre escolarización de inmigrantes, así como otras disposiciones de carácter general referidas a la nueva configuración del Consejo Escolar, la elección de director de centro, la jubilación anticipada de los docentes (medida implantada en 2005), las bibliotecas escolares y la elaboración del informe anual del Gobierno al Congreso de los Diputados sobre los indicadores del sistema educativo. También podrán anticiparse programas de diversificación curricular para paliar el fracaso escolar. Con estas previsiones, así se presenta el curso 2006-07. Nuevas enseñanzas. Se impartirán las enseñanzas vigentes, ya que diciembre próximo es la fecha límite para que el Gobierno fije los mínimos de Primera y Secundaria tanto obligatoria como posobligatoria (Bachillerato y FP), así como de la enseñanza de idiomas. Luego, las autonomías adaptarán sus currículos de acuerdo con el porcentaje horario de que dispongan -las enseñanzas mínimas comunes deben ocupar el 55% en las comunidades con lengua cooficial y el 65% en las que no la tienen- y entre 2007-08 y 2009-2010 se extenderá el modelo. Así, en 2006-07 se impartirán los mismos programas que el curso pasado. Evaluación y promoción. Se mantienen de acuerdo con lo regulado en la Ley de Calidad (LOCE) y en los decretos que la desarrollan. Los alumnos sólo podrán promocionar con dos materias suspensas y tendrán exámenes extraordinarios en julio o septiembre. Religión. Esta asignatura comenzará a impartirse al mismo ritmo que las demás, aunque todavía se desconoce su consideración definitiva. A la vuelta del verano, seguirán las negociaciones entre representantes del Ejecutivo y de la Conferencia Episcopal. La LOE sólo dice que la asignatura de religión católica será de obligatoria oferta para los centros y de libre elección para los alumnos. Este curso, la asignatura seguirá como obligatoria oferta para el colegio, opcional para los alumnos, evaluable, aunque no computable para el expediente y con alternativa. En el caso de otras confesiones, su enseñanza se regirá por los acuerdos suscritos entre ellas y el Estado español. Educación para la Ciudadanía. La nueva materia creada por la LOE se impartirá en uno de los cursos del tercer ciclo de Primara (5º-6º), en uno de los tres primeros de Secundaria Obligatoria y en Bachillerato. En el mejor de los casos, se enseñará el próximo curso en la ESO y no podrá entrar en vigor en Primaria hasta el 2009-10. Su diseño será complicado, ya que las organizaciones anti LOE han anunciado que, si no se modifica su contenido, recurrirán a la objeción de conciencia para impedir que sus hijos la estudien. Escolarización de inmigrantes. Es uno de los pocos preceptos de la LOE que se aplican ya. Según lo legislado, las administraciones educativas garantizarán que la escolarización de los inmigrantes que se incorporan al sistema de forma tardía se realice de acuerdo con sus circunstancias, edad y conocimientos; de manera que accedan al curso más adecuado y tengan los apoyos oportunos para alcanzar el mejor nivel. La ley establece que para atender a estos alumnos se permitirá un aumento de hasta el 10% de escolares por aula. Admisión de alumnos. Los nuevos criterios se aplicarán a partir del curso 2007-08, lo que significa que el proceso de matriculación que se abra en la próxima primavera se ajustará a la nueva normativa. Entre las medidas para reforzar el derecho a elegir centro destaca la que determina que las familias podrán presentar las solicitudes de admisión en el colegio que deseen para sus hijos. Fuente: M. ASENJO ABC, MADRID 30 agosto de 2006,

La ministra de Educación considera infundadas las críticas de "adoctrinamiento" de la Educación para la Ciudadanía


www.terra.es 07-08-2006 En una entrevista concedida a la agencia EFE,y en la que se pronunció especialmente sobre la filosofía de las medidas que desde el Ministerio se pensaba tomar para luchar contra la “endogamia” en la Universidad española, la ministra Cabrera, aprovechó para salir al paso de las posturas que acusan de “adoctrinamiento” a la nueva materia de “Educación para la Ciudadanía”. Sobre las críticas contra la materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, obligatoria en Primaria y Secundaria, Cabrera no cree que respondan a ningún plan organizado para desgastar al Ministerio: 'Nunca he creído en las conspiraciones históricas', enfatiza. Entiende la discrepancia entre quienes piensan que este tipo de cuestiones hay que enseñarlas transversalmente y quienes defienden que tienen que ser una asignatura diferenciada. Pero considera 'totalmente fuera de lugar' las acusaciones de adoctrinamiento: 'Prefiero pensar que la actitud de quienes están planteando la objeción de conciencia contra la materia se debe a ignorancia sobre los contenidos de lo que hasta ahora son borradores.' En cuanto a si habrá una alternativa obligatoria a la clase de Religión, reitera que los derechos de los padres que quieren educación religiosa son los mismos que los de aquellos que no la desean. 'Esto tiene mucho que ver no ya con la decisión de si alternativa o no alternativa, sino con cosas tan prácticas como la ordenación de los horarios de los centros y la autonomía de éstos para organizarse.' Según la ministra, los derechos de unos y otros han de ser igualmente respetados y protegidos. 'No ya el derecho de los padres -concreta-, que por supuesto es fundamental, sino el derecho de los niños, de que ninguno pueda sentirse discriminado o tratado de manera desigual por el hecho de cursar o no cursar una materia o por sus ideas religiosas'. (NOTA: La selección del texto de la entrevista -que versa fundamentalmente sobre la endogamia en la Universidad- ha sido realizado por ANDOC)

El Tribunal Supremo avala la separación por sexos en las aulas


ABC, 3 de agosto de 2006 J. BASTANTE MADRID. El Tribunal Supremo ha dictaminado que la educación diferenciada por sexos «no es discriminatoria», avalando la legitimidad de este tipo de enseñanza que se imparte en alrededor de 150 colegios de nuestro país. La sentencia desestima un recurso planteado por la Federación de Trabajadores de Enseñanza de UGT de Asturias contra las subvenciones recibidas por tres centros de esta autonomía que ejercen la denominada educación diferenciada (niños por un lado y niñas por otro). La sentencia, que crea jurisprudencia, apunta que «no se discute» que «este tipo de enseñanza es lícito», al tiempo que recuerda que «no hay norma expresa que prohíba el sostenimiento público de centros que la practiquen». Según el Tribunal, «no se puede asociar la enseñanza separada con la discriminación por razón de sexo», tal y como argumentaba el sindicato. En este sentido, el secretario general de FETE-UGT en Asturias, Daniel Rodríguez, manifestó la intención de su sindicato de elevar un recurso al Tribunal Constitucional. Para Manuel de Castro, secretario general de FERE-CECA, la sentencia es «razonable y lógica», puesto que «no se puede defender legalmente que la enseñanza diferenciada discrimine a nadie». En su opinión, y aunque la mayoría de los centros católicos «optamos por la coeducación como elemento pedagógico», la educación de niños y niñas por separado «no se puede prohibir ni limitar, porque se trata de un derecho, y mucho menos poner en inferioridad de condiciones» con otras propuestas.

Insumisión familiar: el Presidente de CONCAPA-Andalucía plantea la objeción de conciencia ante Educación para la Ciudadanía


INSUMISIÓN FAMILIAR La próxima entrada en vigor de la contrarreforma educativa del PSOE imponiendo la asignatura “Educación para la ciudadanía”, ha provocado que se alcen ya voces llamando a la insumisión de las familias que se niegan a someter a sus hijos a esta muestra de estatalismo educativo. A mediados de este curso, el representante de CONCAPA-Andalucía, Juan María del Pino, ya se planteó públicamente el camino de la objeción total para aquellos padres cuyo derecho a elegir colegio había sido conculcado por la Administración. En los primeros niveles de la enseñanza obligatoria, en torno al ochenta por ciento de las familias españolas eligen la enseñanza de la religión católica para sus hijos. Se trata de una enseñanza a la que la LOE socialista ha negado el carácter de evaluable, otorgándole el papel de comparsa curricular del alumnado. La entrada en vigor de la LOE supondrá, en la práctica, que los alumnos desde sus primeros años en la enseñanza reglada, reciban mensajes previsiblemente contradictorios según estén en clase de religión o de “Educación para la ciudadanía”, si bien la “legitimidad” de esta última vendrá reforzada por su carácter evaluatorio. Estando aún por ver los manuales que se preparan para la asignatura promovida por el Ejecutivo socialista, no es necesario forzar la imaginación para adelantar una vida escolar en la que las enseñanzas sobre el derecho a la vida, la adopción de hijos, la manipulación genética o la definición de la familia, sean radicalmente distintas en boca de uno u otro profesor. Insistimos, con la diferencia de que unos conceptos se someterán a examen y otros no. El Estado está muy cerca de dar una dentellada siniestra al derecho constitucional que los padres tienen para elegir la educación de sus hijos. Otra más. Resulta así razonable que organizaciones cívicas como el Foro Español de la Familia presidido por Benigno Blanco, o la Confederación Católica de Padres de Alumnos (CONCAPA) de Luís Carbonel, estén dispuestas a promover el ejercicio de la objeción de conciencia de los padres para no permitir que sus hijos cursen una asignatura que servirá a la imposición del laicismo como doctrina social. La insumisión familiar es, sin duda, una opción valiente que se propone para una institución –la familia- sociológicamente conservadora; efectivamente es un reto que, sin embargo, no carece de precedentes. A mediados de este curso, el representante de CONCAPA-Andalucía, Juan María del Pino, ya se planteó públicamente el camino de la objeción total para aquellos padres cuyo derecho a elegir colegio había sido conculcado por la Administración. La LOE ha sido otro ejemplo de contraprogramación legislativa del gobierno socialista; en este caso, ejercida contra otra ley del PP aprobada muy tarde y posiblemente en la convicción de revalidar una tercera legislatura. El anticlericalismo decimonónico del PSOE y de sus socios a la izquierda, ha vuelto a privar a la sociedad española de la necesaria estabilidad legislativa en cuestión tan esencial como la educación de nuestros hijos. Otro ejemplo más del cortoplacismo electoral que guía la acción de gobierno. Fue Edmund Burke quien escribió que lo único que se necesita para que el mal triunfe es que los hombres buenos no hagan nada. La objeción de conciencia de las familias es todo un reto que se plantea a la propia esencia conservadora de la institución, pero ni es gratuito ni se esgrime en defensa de un derecho menor. Todo lo contrario. Los padres tenemos el derecho fundamental y la obligación moral de educar a nuestros hijos en aquellos valores que deseamos transmitir y no en los que dicte el gobierno de turno. Fuente: MINUTO DIGITAL, 25 de julio de 2006 Editorial

Alejando Tiana, Secretario general de Educación: «El objetivo es que el alumno respete la diversidad para permitir la convivencia»


Entrevistas | La polémica sobre la Educación para la Ciudadanía «En lo único que hay conflicto es en algún aspecto referente a la familia; si ése es el problema podemos ponernos de acuerdo en una formulación que no moleste a nadie», afirma Alejandro Tiana. —¿Cuál es el objetivo principal de la Educación para la Ciudadanía? —Proporcionar el conjunto de referencias que son necesarias para ejercer la ciudadanía en un Estado democrático de comienzos del siglo XXI. El objetivo es que el alumno respete la diversidad para permitir la convivencia. —La Iglesia católica y el PP dicen que el Gobierno pretende adoctrinar. —Eso es absolutamente imposible en nuestro sistema educativo. El ministerio fija unas enseñanzas mínimas, las comunidades autónomas establecen luego los currículos, los editores de materiales didácticos los interpretan y, finalmente, son los centros y los profesores los responsables de impartir la materia. No va a haber un libro único en el que se diga de manera cerrada lo que se tiene que enseñar, como en los países totalitarios. —¿Qué opina del llamamiento a la objeción de conciencia? —No tiene sentido. Tengo la tranquilidad total de que no estamos desbordando ningún ámbito que las autoridades educativas no tengan competencia para regular. —¿Se corre el riesgo de que al alumno se le enseñen cosas contradictorias en la clase de Religión y en Educación para la Ciudadanía; por ejemplo, sobre la familia? —Pero eso es lo que se encuentra en la vida cotidiana, donde hay una pluralidad de situaciones y diversos juicios morales sobre ellas. La escuela no es una isla separada de su entorno. Fuente: “La Voz de Galicia”. SOCIEDAD Edición Impresa 23/07/2006

Los obispos apoyan la objeción de conciencia de las familias contra la materia sobre Ciudadanía


Monseñor Cañizares y Mariano Rajoy, ayer, en la Universidad Rey Juan Carlos La Conferencia Episcopal mantiene «una sintonía total» con «todas las medidas que los padres y las familias católicas tomen respecto a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, incluyendo la posibilidad de la objeción de conciencia». Según señalaron a ABC fuentes oficiales del Episcopado, la Casa de la Iglesia considera «preocupante» la regulación de esta materia, que podría significar un «intervencionismo intolerable del Estado en la educación moral de los alumnos», por lo que «comprende» la «lógica preocupación» de las familias y «avala» las movilizaciones propuestas por el Foro de la Familia y Concapa, entre otras organizaciones, contra esta asignatura. La preocupación de Iglesia y familias católicas respecto a una materia que, entre otras cuestiones, incluirá el estudio de las «distintas realidades familiares», incluyendo dentro de las mismas a las uniones entre parejas homosexuales, fue uno de los puntos de protagonismo ayer, durante la inauguración de un curso de verano en la Universidad Rey Juan Carlos celebrado en Aranjuez, y en el que intervinieron el cardenal de Toledo, Antonio Cañizares, y el presidente del Partido Popular, Mariano Rajoy. Laicismo como doctrina. Durante su intervención, el vicepresidente del Episcopado denunció que Educación para la Ciudadanía «es un instrumento para convertir el laicismo en la doctrina oficial del Estado» que, además, propone «un totalitarismo encubierto» y «un relativismo que nos impone un mundo donde no hay nada verdadero». Por ello, monseñor Cañizares saludó la iniciativa del Foro Español de la Familia, que llamó a los padres a ejercitar su derecho de objeción de conciencia y a negarse a que sus hijos reciban esta asignatura. «Todo lo que sean iniciativas en libertad y estén dentro de un orden democrático me parecen buenas», señaló el cardenal de Toledo. El vicepresidente del Episcopado también se refirió a las perspectivas de futuro de la asignatura de Religión, de la que dijo que «no tiene futuro porque España no está dispuesta a respetar los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede». En esta línea, el purpurado recordó que la Constitución española reconoce el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos y los Acuerdos Iglesia-Santa Sede establecen que la enseñanza de la religión debe ser de oferta obligatoria en los centros y se debe impartir en condiciones equiparables al resto de las asignaturas. «Esto debe cumplirse, lo exige el estado de derecho; además el derecho de los padres es inalienable», apuntó Cañizares, quien defendió «el carácter netamente escolar» de la enseñanza de la Religión. No obstante, defendió la posibilidad de que ésta forme parte de la evangelización, puesto que «si no podemos evangelizar en la escuela no podremos evangelizar en ninguna parte». «Gobierno sectario» Por su parte, Mariano Rajoy insistió en la necesaria «limitación» del Estado en materia educativa y en su «obligación de respetar y atender» las convicciones de las familias. Dicho enfoque, para el presidente del PP, «es rigurosamente incompatible con los postulados del estatalismo educativo que, en sus diversas vertientes, ha negado siempre los derechos de los padres en materia educativa». Refiriéndose a Educación para la Ciudadanía, Rajoy concluyó que «se conculcaría gravemente el modelo educativo si se estableciera una norma en contra del sentir de las familias y sin respetar escrupulosamente sus derechos». «Sólo un Gobierno sectario caería en una tentación así. La libertad religiosa comprende el derecho de la Iglesia a transmitir a sus fieles su doctrina», concluyó Rajoy, quien advirtió del «riesgo de adoctrinamiento que supone la pretensión de nuestro gobierno de imponer una asignatura que tenga como objeto configurar un modelo determinado de ciudadano». Fuente: EFE (18 julio de 2006)

Guía para la objeción contra el «adoctrinamiento» en la escuela


Guía para la objeción contra el «adoctrinamiento» en la escuela El Foro de la Familia, Profesionales por la Ética y otras asociaciones asesorarán a los padres que rechacen Educación para la Ciudadanía M. Villasante Madrid- Las asociaciones de profesionales y familias que se oponen a la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía trabajan en la elaboración de una Guía de Objeción de Conciencia para que los padres sepan qué pasos deben seguir y qué consecuencias podría tener para sus hijos la negativa a cursarla. La nueva materia, que será obligatoria en un curso de Primaria, dos de Secundaria y uno de Bachillerato, contiene un «riesgo real de adoctrinamiento ideológico en la escuela en función del Gobierno de turno», según explicó Ramón Novella, de Profesionales de la Ética, artífices de la publicación. Esta organización mantuvo ayer una reunión con distintas asociaciones, entre ellas el Foro Español de la Familia y los padres católicos de Concapa, en la que, además, avanzaron en la idea de crear un Observatorio de la Objeción de Conciencia para asesorar a las familias y poder resolver algunas preguntas cruciales. La asignatura, que podría comenzar a aplicarse en la ESO a partir del curso 2007-2008 (según el calendario de la LOE), incluirá en esta etapa contenidos sobre sexualidad, relaciones familiares y opciones religiosas, entre otros, según el proyecto que maneja el Ministerio. Profesionales por la Ética, que todavía trabaja en un borrador inicial de la guía, pretende responder a cuestiones como la articulación legal de la objeción de conciencia, qué hacer si el centro escolar la rechaza o qué ocurriría si un alumno tuviera esta asignatura sin evaluar. Éstas son las ideas con las que trabajan: ?¿A qué cursos y edades afecta la asignatura? La nueva materia tendrá carácter transversal en toda la educación obligatoria, pero será una asignatura específica en uno de los dos cursos del tercer ciclo de Primaria (10 a 12 años), en uno de los tres primeros de Secundaria (12 a 15 años), en 4º de este tramo (15 a 16) y en un curso de Bachillerato (de 16 a 18 años), bajo la denominación de «Filosofía y Ciudadanía». ?¿Qué puedo hacer para que mi hijo no curse la materia? Los padres tendrían que notificar a la dirección del centro que se acogen a la objeción y que han decidido que sus hijos no asistan a estas clases. ?¿En qué consiste la objeción de conciencia? Esta figura se define como la «negativa a cumplir un mandato o norma jurídica invocando un imperativo de conciencia que impide el cumplimiento». ?¿Es legal? ¿Cómo se recoge en la legislación española? El Tribunal Constitucional ha declarado que el derecho a la objeción de conciencia tiene base constitucional en su artículo 16, que proclama la libertad ideológica. ?¿Quién objeta, el alumno o los padres? Si son menores, los hijos no pueden ejercitar formalmente su derecho a la objeción de conciencia, por lo que deben ser los padres, como responsables de la tutela de sus derechos, los que lo hagan. ?¿Qué pasos hay que seguir para plantear la objeción? Si Educación no articula algún procedimiento específico, dirigir un escrito a la dirección del centro para poner en su conocimiento que, por razones de conciencia y por considerar que algunos contenidos vulneran el derecho de los padres a que los hijos reciban la formación moral acorde con las convicciones de los progenitores, los hijos no asistirán a estas clases. ?¿Qué consecuencias académicas puede tener? Si se articula algún procedimiento regulador de la objeción de conciencia, no habría consecuencias. Si no, en Primaria tampoco habría en principio problemas, porque no hay un número de suspensos determinado para la repetición de curso, que sólo se puede producir una vez en toda la etapa. En Secundaria, los alumnos pueden promocionar con dos materias suspendidas, incluso con tres si el equipo docente decide que su naturaleza no le impiden seguir. En principio, se puede obtener el Graduado en ESO con dos suspensos (si no son Matemáticas o Lengua). Más problemas habría en Bachillerato, porque se puede pasar de primero a segundo con dos suspensos, pero es necesario haber aprobado todas las materias de los dos cursos para obtener el título. ?Si la petición de objeción es rechazada ¿pueden obligar a un alumno a recibir la enseñanza? Nadie podría forzarlos a asistir a clase. En todo caso, el centro podrá adoptar las medidas sancionadoras previstas para los casos de ausencia reiterada (en la práctica, ninguna). En el caso de los alumnos de 2º de ESO o de Bachillerato, con el que se ha dado en llamar «derecho de huelga», no habría ningún problema. ?¿Puede tener consecuencias legales? Para los hijos, en ningún caso. Para los padres, a la vista de la jurisprudencia del Constitucional, tampoco cabe prever esta posibilidad. Al alumno se le podría imponer alguna conducta sustitutiva, previsiblemente la asistencia a alguna actividad académica paralela. ?¿Quién puede ayudar a los padres en caso de que no se acepte la objeción? Algunas asociaciones, entre ellas el Foro Español de la Familia y Profesionales por la Ética, tienen previsto crear el Observatorio para la Objeción de Conciencia, que servirá para canalizar y orientar las iniciativas ciudadanas y para defender el ejercicio de este derecho ante los poderes públicos. Fuente: La Razón, 27 de julio de 2006

Entidades familiares catalanas piden objeción conciencia asignatura ciudadanía


TERRA (Agencia EFE) educación-derechos 21-07-2006 Entidades familiares catalanas piden objeción conciencia asignatura ciudadanía Diversas entidades educativas catalanas y sobre la familia han propuesto a los padres que sean 'objetores de conciencia' ante la asignatura 'educación por la ciudadanía y los derechos humanos', inscrita en la nueva ley educativa, según ha informado el Grupo de Entidades Catalanas de la Familia en una nota. La reacción de estas entidades catalanas, entre las que se encuentran Profesionales por la Etica, la Fundación Persona o la Asociación de Madres y Padres para la Libertad de Educación, se produce después de que el pasado 17 de julio el Ministerio de Educación remitiera a las Comunidades Autónomas el borrador de la nueva asignatura. La llamada a la 'objeción de conciencia' de estas asociaciones catalanas se suma a la que ya anunció el Foro de la Familia y que apoyó la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA), reivindicando 'el derecho de los padres a decidir' recurriendo 'si fuera necesario, a la objeción de conciencia'. Las entidades catalanas han coincidido con la CONCAPA en rechazar el borrador porque consideran que la asignatura 'comporta un riesgo real de adoctrinamiento ideológico en la escuela, según los intereses del Gobierno'. Para el Grupo de Entidades Catalanas de la Familia, la asignatura de Educación para la Ciudadanía 'quiere transmitir los valores morales e ideas del Gobierno sobre la sexualidad y el matrimonio, la supuesta pluralidad de modelos de familia y la ideología de género'. El portavoz de este grupo de entidades catalanas, Ramon Novella, ha animado al Gobierno 'a rectificar y no adoctrinar a los alumnos a través de una asignatura obligatoria y evaluable que no cuenta con la aceptación de una gran parte de los padres y educadores'. Novella ha llamado la atención sobre el hecho de que 'si la asignatura se lleva a cabo, los alumnos serán evaluados de conocimientos ideológicos que se oponen a los valores en los que les educan sus padres'. El portavoz de las entidades que rechazan la nueva asignatura ha alertado de que 'si el Gobierno no tiene en cuenta las reivindicaciones y críticas a la nueva materia, promoverán de cara al próximo curso una oposición activa a la asignatura y propondrán a las familias que ejerciten el derecho a la objeción de conciencia'. En este sentido, la organización Profesionales por la Etica ha elaborado una guía de objeción de conciencia que han puesto a disposición de los padres que lo deseen. Por el contrario, organizaciones catalanas de gays y lesbianas y sindicatos como UGT han felicitado al Ministerio de Educación por el contenido que sobre esta asignatura establece provisionalmente el borrador.

Prohíben entrar a casi 100 alumnos a su colegio por ir a un acto religioso


Prohíben entrar a casi 100 alumnos a su colegio por ir a un acto religioso Sábado 17 de junio | Jóvenes El director de un colegio de Baeza, en Jaén, ha prohibido este viernes la entrada a casi un centenar de alumnos que volvían de la ofrenda del Corpus. 400 padres han firmado una carta de protesta y han decidido formar una asociación "para que todas las religiones puedan mostrar su cultura en los centros educativos". HAZTEOIR.ORG (COPE / ABC) .- Esta misma escuela es la que recientemente retiró los crucifijos de las aulas. Los padres de los alumnos del centro se sienten "perseguidos" ante esta actitud en la que "no se respeta la opinión de todos". 400 padres, por el momento, han firmado como protesta por la decisión de eliminar los símbolos religiosos. María de las Nieves Ligero, la portavoz de los padres, señaló, en alusión a las autoridades educativas, que "ellos piensan que nosotros no tenemos derecho a dar nuestra opinión, pero nos sentimos muy perjudicados porque si se elimina la cultura del centro estaremos perdiendo nuestro derecho, y queremos que nos tenga en cuenta y no al margen". Han sido 400 rúbricas de otros tantos padres de niños que acuden al colegio San Juan de la Cruz y que han decidido unir sus fuerzas en una asociación que pueda defender mejor sus derechos y apostar, como decía Maria de las Nieves Ligero, "para que todas las religiones puedan mostrar su cultura en los centros educativos. Yo creo que es donde mejor se reflejan la cultura de cada uno y donde deben coexistir y no eliminarse".

Cataluña: El Tribunal Superior suspende la prórroga por un año de los conciertos educativos


Cataluña: El Tribunal Superior suspende la prórroga por un año de los conciertos educativos Un juez del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente la resolución del Departament d´Educació que prorrogaba por un año los conciertos educativos. La Generalitat pretendía ganar tiempo con esa resolución a la espera de que la aprobación de la ley orgánica de Educación (LOE) permitiese una revisión de los conciertos y su aprobación por un periodo menor al que fija actualmente la ley, que es de cuatro años. La resolución de la dirección general de Centres Educatius fue publicada en el DOGC el pasado 30 de diciembre, pero fue recurrida por la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Escuelas Libres (Fapel) y ahora el alto tribunal catalán le ha dado la razón. Pese a que ayer por la tarde el Departament d´Educació informó a través de una nota de que está a la espera de conocer el calendario de la LOE para decidir si plantea recurso contra esa interlocutoria, otras fuentes daban como muy probable que la solución final sea la prórroga de los conciertos por un periodo de cuatro años. Tal como están las negociaciones en el Senado, todo indica que la LOE no estará aprobada antes de mediados de mayo, por lo que difícilmente se puede prolongar la actual situación de indefinición de las escuelas privadas concertadas. Y más cuando dentro de pocos días se inicia el proceso de preinscripción. Irene Rigau, diputada de CiU, ya presentó hace unos días una interpelación en el Parlament en la que preguntó por los informes jurídicos y la memoria económica que acompañaban esa resolución, sin que obtuviera una respuesta convincente. Según informó a Europa Press el presidente de la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Escuelas Libres, Antoni Arasanz, la resolución aprobada ha quedado anulada a favor de la ley vigente, que prevé la renovación por cuatro años. La decisión del juez responde al recurso contencioso-administrativo que la Fapel presentó el pasado mes contra la resolución de la conselleria, bajo el argumento de que no era "legal porque se apoya en una ley -la LOE- que todavía no se ha aprobado", según explicó Arasanz. A juicio del presidente de la Fapel, "lo que quería la conselleria era prorrogar los conciertos por un año para que cuando toque renovarlos hacerlo a su manera". Según una nota de la conselleria que dirige Marta Cid, "dado que el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya no ha compartido el criterio del Departament d´Educació, que había expuesto a las patronales, y ha suspendido la vigencia de la resolución, ahora la Administración analizará con detalle el calendario de aprobación de la LOE y valorará si interpone o no recurso". Esta resolución constituía por otro lado una de las condiciones por las cuales las patronales de las escuelas concertadas se resistían a firmar el Pacte Nacional per l´Educació en Catalunya. El lado positivo de esa interlocutoria puede ser la desaparición de otro escollo en la negociación por el Pacte Nacional per l´Educació, que se suma de ese modo a la retirada de las enmiendas que la Entesa Catala de Progrés (integrada por representantes del PSC, ICV y ERC) había presentado en el Senado sobre los conciertos. Sin esos dos obstáculos, el sí de la patronal de los centros privados parece más cercano. Por el contrario, sigue la incertidumbre sobre la actitud que finalmente adoptarán CC.OO. y UGT, una vez que Ustec ha optado por el rechazo. Sin embargo, también se ha producido un giro importante en el sector público con la decisión de los Moviments de Renovació Pedagògica de dar su apoyo a la decisión de implantar la sexta hora en primaria. Esa actitud y la de las federaciones de padres puede pesar decisivamente en la balanza final. Los sindicatos han conseguido también que se establezca un proceso de implantación global de la sexta hora en los centros públicos. La Vanguardia, 07/03/06

Duras críticas de los padres católicos a Educación para la ciudadanía


ABC, 7 DE JUNIO DE 2006. Duras críticas de los padres católicos El diseño de los contenidos de Educación para la Ciudadanía ha reactivado las críticas de los sectores que se mostraron más beligerantes con la LOE. La Confederación católica de padres Concapa alerta sobre un «conflicto psicológico y social insuperable» para los alumnos, por recibir una formación moral en casa y otra distinta en el centro escolar y amenaza de nuevo con ejercer la objeción de conciencia ante la asignatura, porque «la imposición de lo políticamente correcto por parte del Gobierno y la intromisión en el derecho de los padres a decidir la formación moral de sus hijos son un llamamiento a la rebelión ciudadana». La Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) considera que la educación afectivo-emocional que se recogerá en la asignatura de Educación para la Ciudadanía pertenece al «estricto» ámbito familiar, con lo que «sólo los padres tienen derecho a determinar cómo se abordan estos temas». Esta patronal entiende que «mientras no se demuestre lo contrario, seguiremos creyendo que puede existir una grave e irresponsable intromisión en el campo de la conciencia personal».

El crucifijo en la escuela no viola la laicidad. Sentencia Consejo de Estado italiano


El crucifijo en la escuela no viola la laicidad El Consejo de Estado italiano, tribunal supremo en la jurisdicción administrativa, afirma en una sentencia publicada el 13 de febrero pasado que la presencia del crucifijo en las aulas de una escuela pública no es contraria a la laicidad. Resumimos la parte de la sentencia relativa al fondo del asunto . miércoles, 08 de marzo de 2006 (Fuente: SperoPress) El caso tiene su origen en el recurso de una madre finlandesa que invocaba el principio de la laicidad del Estado para que la escuela de Padua donde estudiaban dos hijos suyos retirara todos los símbolos religiosos. La sentencia del Consejo de Estado señala que, como ha definido el Tribunal Constitucional, la laicidad es un principio supremo del ordenamiento constitucional italiano. No figura expresamente en la Constitución, pero está implícito en varios de los preceptos que establecen los principios fundamentales de la República. Estas normas, por tanto, contienen las condiciones de aplicación de la laicidad, que de otro modo sería un principio abstracto sin virtualidad jurídica. En concreto, la laicidad está implícita en los artículos que garantizan la inviolabilidad de los derechos fundamentales (art. 2); la igualdad de todos, con independencia de la religión y demás condiciones personales (art. 3); la autonomía recíproca del Estado y la Iglesia (art. 7); la igualdad de todas las confesiones religiosas ante la ley, y su derecho a organizarse libremente (art. 8); la libertad de culto (art. 19 y 20). Por otro lado, las condiciones de aplicación de la laicidad se definen también con arreglo a la tradición cultural y a las costumbres de cada pueblo, como muestra la diversidad de determinaciones en distintos países. La sentencia menciona los casos de Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos. Así pues, la cuestión es "si la exposición del crucifijo en las aulas (…) es contraria a las normas fundamentales de nuestros ordenamiento constitucional que dan forma y sustancia al principio de laicidad". Para responder, el Consejo examina la función y el significado que tiene el crucifijo en la escuela, según la tradición italiana. "En un lugar de culto, el crucifijo es propia y exclusivamente un símbolo religioso", dice la sentencia. En cambio, "en una sede no religiosa, como la escuela, destinada a la educación de los jóvenes, el crucifijo podrá seguir revistiendo para los creyentes los antedichos valores religiosos, pero tanto para creyentes como para no creyentes, exponerlo estará justificado y tomará un significado no discriminatorio en el plano religioso, si es apto para representar y recordar de modo sintético, inmediatamente perceptible e intuitivo (como todo símbolo), valores civilmente relevantes, sobre todo los que sustentan e inspiran nuestro orden constitucional". En tal caso, "el crucifijo podrá cumplir, aun en un contexto ‘laico’, distinto del religioso que le es propio, una función simbólica altamente educativa, con independencia de la religión que profese cada alumno". Pues bien, prosigue la sentencia, "en Italia, el crucifijo es apto para expresar –en clave simbólica, desde luego, pero de modo adecuado– el origen religioso de los valores de tolerancia, respeto mutuo, estima por la persona y afirmación de sus derechos y su libertad, autonomía de la conciencia moral ante la autoridad, solidaridad humana, rechazo de toda discriminación; valores característicos de la civilización italiana". "Recordar, por medio del crucifijo, el origen religioso de tales valores y su plena y radical conformidad con las enseñanzas cristianas sirve pues para poner de manifiesto su fundamento trascendente, sin poner en cuestión, más bien subrayando la autonomía del orden temporal con respecto al orden espiritual (no su contraposición basada en una interpretación ideológica de la laicidad que no encuentra confirmación alguna en nuestra Carta fundamental)". Esos valores de origen cristiano "son vividos en la sociedad civil de modo autónomo (…) con respecto a la sociedad religiosa, de suerte que pueden ser aprobados ‘laicamente’ por todos, con independencia de que pertenezcan a la religión que los ha inspirado y propugnado". Si, por tanto, el crucifijo en la escuela tiene la función de expresar el fundamento de los citados valores civiles, "en el contexto cultural italiano parece en verdad difícil encontrar otro símbolo que se preste mejor a hacerlo". Fuente: Aceprensa

Educación para la Ciudadanía provoca un riesgo de adoctrinamiento


Educación para la Ciudadanía provoca un riesgo de adoctrinamiento, según el PP (Fuente: www.abc.es, 8 de junio de 2006 M. A./ R. B. Desde hace tiempo, y a pesar de no conocerse su contenido, la anunciada asignatura de Educación para la Ciudadanía propuesta por el Gobierno viene cosechando críticas y alabanzas. Todo un abanico de reacciones que ayer se desató después de que el Ministerio de Educación, que dirige Mercedes Cabrera, presentara el borrador de la nueva materia que incluye, entre otras cuestiones, la enseñanza de valores como la diversidad cultural, derechos del niño, diferencias de género o educación afectivo-emocional y sexual. La versión definitiva está por perfilar y en esa tarea el Gobierno contará con el apoyo de unos y la oposición frontal de otros. El Partido Popular se ha sumado a las protestas. Su portavoz de Educación en el Congreso de los Diputados, Eugenio Nasarre, advierte del «grave riesgo de adoctrinamiento» que encierra la propuesta del Ministerio. El diputado popular entiende que, sin el repaldo de una disciplina científica, además del adoctrinamiento, la asignatura «perturba y degrada» materias tan necesarias y de tanta tradición como la Ética y la Filosofía. Los padres católicos se sitúan en el núcleo duro y advierten que se opondrán «con todos los instrumentos constitucionales». En este sentido, el presidente de Concapa, Luis Carbonel, hizo alusión a la objeción de conciencia, a la inasistencia de su hijos a clase e, incluso, la interposición de recursos judiciales. Tampoco le faltaron palabras para el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y para su equipo gubernamental de quienes lamentó «la petulancia y presunción absoluta» y tachó de «inadmisible y fascista» el pretender educar a los alumnos como si fueran sus hijos. «El Estado no es dueño del corral», sentenció Carbonel. Matices sin concretar En la oposición, pero con matices, se sitúa la Confederación de Centros de Enseñanza (CECE) que basa su oposición de entrada a esta disciplina en el «gravísimo error» de incluir la formación moral, al entender que esta enseñanza es competencia exclusiva de la familia. Así, su presidenta, Isabel Bazo, precisa que se «intentaría admitir» si se limita «en exclusiva» a impartir los derechos, deberes y libertades de la Constitución española y los principios recogidos de forma universal en los acuerdos internacionales. Con mejores ojos, aunque a falta de «pulir» cuestiones, ve la nueva materia el presidente de la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE-CECA), Manuel de Castro, que considera que el borrador propuesto es un «buen principio de inicio» para un currículum «aceptable» de esta asignatura. De momento, y a falta de una próxima reunión, sus objetivos se centran en la necesidad de resaltar más el tema de la xenofobia y la necesidad de un diseño «más cíclico» de algunas cuestiones que deberían repetirse en los distintos cursos con diferentes niveles de concreción. Desde la Confederación de padres Ceapa se aplaude una materia que se considera ha de tener una dimensión práctica además de teórica. Así, aboga porque se lleve a efectos en la vida cotidiana del centro escolar, así como con los padres, profesores y alumnos. El sindicato UGT también se mostró de acuerdo con el perfil de la materia y defendió que sea evaluable porque inculca «valores generales que todo el mundo debe conocer» y añadió que «hay una diferencia con la asignatura de Religión», ya que ésta es sólo para un segmento de la población determinado.

CONCAPA apelará a la objeción de conciencia ante algunas disposiciones de la LOE


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Asociaciones de padres de familia temen que asignatura "Educación para la ciudadanía" adoctrine a los alumnos.


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El Foro de la Familia por la objeción de conciencia a la "Educación para la Ciudadanía".


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La Generalitat catalana renueva conciertos a escuelas privadas por cuatro años


La Generalitat renueva los conciertos a las escuelas privadas por cuatro años. Fuente: www.educacio.socialistes.org JOSEP PLAYÀ MASET - 18/03/2006 BARCELONA Las escuelas privadas catalanas respiran tranquilas tras conocer ayer que los conciertos educativos se han renovado por otros cuatro años a partir del presente curso. La resolución, firmada por la consellera de Educació, Marta cid, se publicó ayer en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y anula otra anterior, de 30 de diciembre, en la que se prorrogaban los conciertos por un año, pero sobre la que pesaba una suspensión cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). El presidente de la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Escuelas Libres de Catalunya (Fapel), Antoni Arasanz, aseguró ayer a Europa Press, tras conocer el contenido de esta resolución, que la entidad que preside firmará el Pacte Nacional per l´Educació en Catalunya, tal como ya han anunciado otros agentes de la comunidad educativa catalana. La Fapel, que representa a un sector importante de los padres y madres de escuelas privadas, había recurrido la resolución anterior de Educació, al considerar que infringía la normativa actual. La Generalitat aprobó esta prórroga basándose en el avanzado estado de tramitación del proyecto de ley orgánica de Educación (LOE), que ya había aprobado el pleno del Congreso el 15 de diciembre pasado. Sin embargo, ahora ha considerado la necesidad de renovar los conciertos educativos por un periodo de cuatro años, tal como marca la ley vigente, a la vista de la interlocutoria del TSJC y de que la LOE está aún en trámite y no se prevé su aprobación hasta el mes de mayo. Arasanz explicó que la Fapel no había decidido firmar el pacto hasta ayer porque quería ver por escrito el compromiso verbal de la Conselleria d´Educació de la Generalitat de renovar los conciertos educativos de las escuelas concertadas por cuatro años más. Tras publicarse ayer en el DOGC la resolución, que lleva fecha de 14 de marzo, la Fapel se suma a las otros asociacioens de padres que ya habían dado su apoyo al pacto educativo, cuyas principales consecuencias son el establecimiento de la sexta hora de primaria en la pública y la progresiva desaparición de las cuotas en los centros concertados. Precisamente, tanto Ustec como ICV habían pedido con posterioridad una revisión de los criterios de los conciertos para dejar sin ellos a las que denominan "escuelas de elite". El presidente de Fapel admitió que firmará el pacto a pesar de las reticencias que sostiene en algunos puntos, sobre todo los relativos a financiación de las escuelas concertadas para que puedan alcanzar la gratuidad total y también motivadas por su "falta de confianza" en la conselleria. Como ejemplo de desconfianza señaló que anteayer "la conselleria denegó 75 conciertos de educación infantil a distintas escuelas". A excepción de Ustec y de otras organizaciones de secundaria, como Aspepc-SPS y la Associació de Catedràtics, el resto de las entidades educativas se sumará al pacto.

La CECE estudia posibilidad de plantear objeción de conciencia a la


educación-ciudadanía 27-02-2006 CECE advierte practicará objeción conciencia Educación Ciudadanía La patronal CECE volvió a oponerse hoy a la futura materia de Educación para la Ciudadanía y advirtió de que sus 6.000 centros educativos asociados se verán 'obligados' a 'la objeción de conciencia' si el Ministerio de Educación y Ciencia no la convence de que no hay motivos de sospecha contra sus contenidos. En un comunicado, la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) señaló que espera ser recibida por el Ministerio, que se reunirá mañana con otras 15 organizaciones (la mayoría ONG) para debatir sobre esta asignatura. CECE acusa al Ministerio de 'dejar de lado' a un porcentaje muy importante de la comunidad educativa a la hora de debatir sobre la Ley Orgánica de Educación (LOE), que prevé como obligatoria la asignatura Educación para la Ciudadanía en Primaria y ESO. Según CECE, los responsables ministeriales tratan cuestiones importantes y de importancia vital con organizaciones no vinculadas a la realidad educativa y otras como FERE-CECA (centros concertados católicos) para dar 'la sensación de que existe acuerdo' en torno a una materia 'rechazada por todo el mundo'. Esta es una prueba más de cómo el Ministerio trata de 'engañar' a la sociedad y crea un 'clima de confusión general' al hacer ver que está llegando a acuerdos sustanciosos con algunas organizaciones, lo que 'no es real', agrega CECE. Según la patronal, una las diez organizaciones que convocaron la manifestación del 12 de noviembre pasado contra la LOE, agrupa a centros de todo tipo, incluidos los de titularidad religiosa, de todos los niveles educativos y enseñanzas. En la enseñanza obligatoria, CECE asegura que su implantación del 35 por ciento en el territorio nacional. Terra Actualidad - EFE